jueves, 26 de diciembre de 2019

Caer como langosta: plagas históricas en la comarca del Bajo Tajuña (IV)

Fue necesario que el siglo XX llegara hasta su mitad para que, por fin, los agricultores pudieran enfrentarse con éxito a las langostas. Las plagas que habían provocado hambrunas y miseria en épocas pasadas se convirtieron en episodios esporádicos y cada vez mas reducidos. Antes, sin embargo, la comarca del Bajo Tajuña, como el resto del país, hubo de afrontar los últimos brotes de langosta en momentos tan difíciles como los años de posguerra.



Antes de llegar a la década de los cuarenta, las administraciones públicas continuaron generando una variada legislación que buscaba mejorar la lucha contra las plagas de langosta que tantos perjuicios había provocado, desde que existía memoria escrita, a la economía del país y de los agricultores. En 1903, por ejemplo, se emitió una Real Orden del Ministerio de Agricultura, Industria, Comercio y Obras Públicas en el que se reconocía la mejora en las campañas de prevención y extinción:
(…) han dado en gran parte los satisfactorios resultados que eran de esperar, hasta el punto de haber conseguido destruir tan asoladora plaga en algunas de las provincias infestadas, dominarla en otras y evitar en todas los graves daños y considerables perjuicios que con la pérdida de las cosechas eran de temer, y que han sido de poca importancia, con relación a la extensión invadida y a la intensidad con que la plaga se presentaba, no puede, sin embargo, tenerse todavía la satisfacción, a que aspira, de que la plaga esté en absoluto y por completo destruida, pues la que por causas insuperable no ha podido ser exterminada, ha adquirido su completo desarrollo, y, levantando el vuelo, se prepara a depositar en el terreno los funestos gérmenes que la perpetúa, y que pueden ser, por desgracia, motivo fundado de alarma para los labradores, y causa de constante preocupación para el Gobierno, en el año venidero (…).
Tras señalar a las juntas provinciales y municipales, peritos agrícolas, colonos y propietarios como responsables de continuar con la lucha contra lo que define como desoladora plaga, la orden del Ministerio de Agricultura insiste en el control de los lugares donde se haya confirmado la presencia de huevos como base esencial para la campaña de invierno, que es a su vez la mas eficaz y provechosa, como esta suficientemente comprobado por la destrucción de los gérmenes que con ella (…). (Boletín Oficial de la Provincia de Madrid, 6 de agosto de 1903).
En la lucha contra la plaga la administración recordaba a las juntas provinciales y municipales las medidas que incluía la normativa y su obligación de localizar los lugares de puesta de huevos y las fincas consideradas invadidas para que estas zonas fueran debidamente controladas por los inspectores dependientes de la junta provincial.
En esta orden también se incluía la obligación de controlar los medios materiales que la administración proporcionaba a los municipios para afrontar la extinción de la plaga. En este sentido, a diferencia de las décadas anteriores, en estos años de inicios del siglo XIX, aparte de la gasolina ya se citaban los insecticidas aplicados también como medidas de control de la langosta y destrucción de los canutos.
En 1908 se aprobó una nueva normativa sobre las plagas del campo que, en su artículo 60, obligaba a los propietarios y colonos a facilitar al Jefe de Fomento, dentro de la primera quincena de agosto, y bajo la multa de 50 a 500, una relación de las hectáreas que en sus fincas estuvieran infestadas de langosta. También se establecía un servicio de vigilancia en los campos invadidos, para observar los sitios en que se depositaban los canutos para proceder a acotarlos para su posterior eliminación.
En la provincia de Madrid, también se extremaban las medidas para luchar contra las langostas. El Gobierno Civil recordaba a las autoridades locales sus obligaciones como responsables primeros en la prevención y extinción:
Próxima la época en que ha de dar principio la avivación del mosquito de la plaga de langosta, se hace preciso que por las Juntas locales de defensa contra las plagas del campo, alcaldes, Guardia civil y dependientes de las Autoridades municipales se ejerza una gran vigilancia en los terrenos que se acotaron en el otoño e invierno últimos, por hallarse infestados del canuto o germen de la mencionada plaga, así como en aquellos otros en que se sospeche pudiera avivar la langosta, para que, en cuanto observen el nacimiento del insecto, lo comuniquen inmediatamente a este Gobierno de provincia y a la Jefatura del Servicio agronómico (Velázquez, 75) para que ésta, en cuanto reciba la denuncia correspondiente, organice la campaña de extinción de la plaga (…). (El Madrileño, 4 de mayo de 1919)
Regularmente, como por otra parte sucedía en todo el territorio nacional, la plaga se manifestaba en la provincia de Madrid y, por lo tanto en la Vega Baja del Tajuña. En 1934, por ejemplo, José María Hueso, diputado perteneciente a la minoría Popular Agraria, con mucha implantación en las zonas rurales de la provincia, planteó una petición al ministro para que ordene con toda urgencia se lleven a cabo trabajos de extinción de los focos de plaga de langosta que existen en la provincia de Madrid (…). (ABC, 23 de mayo de 1934). Desgraciadamente, la constatación de que la langosta aún era un problema no resuelto se manifestaría en los años siguientes, justo al finalizar la guerra civil.
Las plagas de langosta en la posguerra
Los tres años de guerra civil era evidente que no iban a facilitar las labores de prevención de las plagas de langosta. Cuando la prioridad era sobrevivir al conflicto y la ausencia de medios económicos solo una de sus muchas consecuencias, las zonas rurales no tardarían en comprobar que el viejo enemigo de cada año acechaba para endurecer aún más las condiciones de vida de la población. Pocas semanas después de finalizar la contienda, en la provincia de Madrid, como en otras zonas de España, se observaban los primeros indicios de que el verano se presentaba complicado para los agricultores:
(…) Habiéndose presentado la plaga de langosta en algunos términos municipales de la provincia, con gran intensidad, y siendo muy conveniente no retrasar el comienzo de la campaña de extinción, deben los señores alcaldes ordenar que los guardias rurales y los mismos agricultores vigilen y denuncien sin pérdida de tiempo la aparición de cualquier mancha de insectos. La Sección Agronómica dispone de productos arsenicales [utilizados] con excelentes resultados en el sistema de cebos envenenados (…). (Boletín Oficial de la Provincia de Madrid, 1 de junio de 1939).
El Boletín Oficial del Estado, unas semanas después, publicaba una orden a finales de julio que expresaba la preocupación de las autoridades por la propagación de una plaga que afectaba a una cosecha ya reducida en unas circunstancias definidas como especiales:
(…) se declara del mayor interés para la defensa de la producción agrícola velar por cuanto de modo directo o indirecto pueda contribuir a su conservación y mejora, alejando la posibilidad de contingencias que una natura] previsión puede fácilmente evitar, y a este fin el cumplimiento de preceptos legales y medidas que aseguren una actuación eficaz en los trabajos de campaña contra la plaga de langosta, será la mejor garantía para las intereses afectados, campaña aún más necesaria, si cabe, en las actuales circunstancias, por la especial situación de terrenos que estuvieron en zonas de guerra y el abandono en que se encontraban muchas de las regiones últimamente liberada (…). (Boletín Oficial del Estado, 30 de julio de 1939).
En términos muy similares se publicaron órdenes para luchar contra la plaga en los años 1940 (10 de junio y 30 de septiembre), 1942 (11 de julio y 12 de noviembre), 1943 (9 de julio) y 1944, (12 de agosto).
En la orden del 30 de septiembre de 1940 se apremiaba a propietarios, arrendatarios ayuntamientos y otras corporaciones y organismos responsables de terrenos infectados por los huevos de langosta a realizar enseguida los trabajos de extinción aunque hayan sido o no requeridos para ello por las respectivas Juntas locales, puesto que no se considerará causa para demora la falta de notificación por las Juntas (…).
En el punto quinto de la orden se especificaban las labores que era necesario realizar, antes del 1 de diciembre de ese año, para acabar con los canutos y evitar las multas de hasta 500 pesetas previstas en la legislación:
(…) Según las condiciones del terreno y medios disponibles, los trabajos de saneamiento serán: labor yunta de vertedera y gradeo complementario o dos labores yuntas y cruzadas, con arado romano, completándolas con escarificación a mano en las parles no susceptibles de ser aradas (…).
Para conocer cómo afectó a la comarca estas plagas en los años posteriores a la guerra civil contamos con algunas fuentes procedentes de la localidad de Arganda del Rey.
El Archivo de Arganda conserva varios acuerdos del Ayuntamiento que tratan sobre plagas de langostas declaradas en su término en los años posteriores a la finalización de la guerra civil. En concreto, el 20 de abril de 1940 se acordó en el pleno realizar trabajos para extinguir la plaga de langosta:
(…) en vista de lo alarmante que se presenta la plaga de langosta que invade este término municipal ha dispuesto como medio complementario de los procedimientos oficiales para su extinción empleados se proceda a gratificar con un peseta por cada kilo que se presente en este Ayuntamiento de langosta viva, y que los gastos que esto ocasione se abonen de los fondos que se extraigan del reparto que se realice sobre el líquido imponible y cuotas de la contribución industrial (…). (Archivo de la Ciudad de Arganda, AMAR L00007520167)
Sobresale en este documento oficial de un pueblo de la comarca el recurso al trabajo de las clases más humildes para afrontar la plaga de langosta. Recordemos que, en estos años, estos trabajos junto a la recogida de metralla y chatarra en los terrenos en los que se desarrolló la Batalla el Jarama constituían una fuente de ingresos para las familias.
Ese mismo año, el 11 de junio, se informa en el pleno sobre los trabajos realizados para cumplir con los acuerdos del mes de abril:
Con fecha seis del actual el representante de la Sección Agronómica (…) notificó a la Junta Local Agrícola de esta villa que vistos los resultados que han dado los trabajos de extinción de la plaga langosta en este término podía considerarse en el día de hoy como virtualmente terminada esta campaña, resaltando la enorme intensidad que estos trabajos han tenido de lo que da idea el hecho de haberse saneado unas trescientas treinta y nueve hectáreas de término infectado (…). (Archivo de la Ciudad de Arganda, AMAR L00007520209)
Tras la aparición de un foco de langosta en 1941, del que se informa al pleno el 5 de junio de 1941, en 1944 vuelve a tratarse en el pleno de Arganda la aparición del insecto en la reunión del 3 de junio. Posteriormente, de nuevo en el pleno celebrado el 22 de julio se da cuenta de los gastos originados para atajar la plaga.

Restos de langostas en una playa de Tenerife en la última gran plaga de 1958

En los años siguientes, una vez superados los periodos más duros de la posguerra, las plagas de langosta todavía no se podían dar por extinguidas pero es cierto que, al menos en la provincia de Madrid, su incidencia fue menor. Aún así, sobre todo la Diputación Provincia continuó siendo la institución que centraba las acciones contra la plaga. En 1948 el Boletín Oficial de la Provincia publicó, el 14 de abril, una serie de normas en este sentido entre las que ya no se contemplaba el trabajo de recogida a mano de los canutos o las propias langostas, como en épocas pasadas. La lucha química se había ya normalizado, debido a la pobre pero paulatina recuperación de la economía y a la generalización de los cebos de salvado de hoja trigo y la utilización del arsénico sódico en dichos cebos.
Con la mejora de los medios materiales y de las acciones preventivas se consiguió finalmente ganar la batalla y lograr que las plagas de langosta se convirtieran en episodios aislados y anecdóticos, localizados en áreas muy reducidas y aisladas, si exceptuamos algún brote más grave como el ocurrido en las Islas Canarias en 1959, cuando las langostas, procedentes del continente africano, donde las plagas estaban –y están- muy lejos de ser controladas asolaron los cultivos isleños.
Actualmente la ausencia de plagas de langosta no impide que las administraciones no mantengan la vigilancia para evitar nuevos brotes. De hecho, aunque las competencias en materia de plagas corresponden a las CCAA, la administración central no ha dejado de coordinar las acciones de las autonomías. En 2003, por ejemplo, se publicó un Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado (13 de diciembre), en el que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación señalaba que las plagas de langosta, (…) y otros ortópteros constituyen para las cosechas de los cultivos agrícolas en general un riesgo siempre presente en la mayor parte del territorio nacional, aunque sus poblaciones se encuentren normalmente localizadas en áreas geográficas concretas o amenacen a determinadas regiones (…).
El programa recogido en el Real Decreto determinaba que su ámbito de aplicación afectaba a todo el territorio nacional y recogía en su articulado la obligación de las personas físicas y jurídicas de comunicar la aparición de focos de langosta en sus propiedades. Para el control de la plaga se adoptaban como medidas obligatorias el laboreo de las zonas afectadas y los tratamientos con insecticidas o métodos biológicos contra las ninfas. En todas estas medidas destaca su carácter preventivo ante una plaga que tantos problemas creó, en el pasado, en las áreas rurales. Sobre otra plaga menos extendida en el tiempo, la filoxera, que afectó muy seriamente a nuestra comarca, trataremos a partir de la próxima semana.

Fuentes y bibliografía:

  • Archivo de la Ciudad de Arganda. Fondo pleno (AMAR L00007520167, 20 de abril de 1940).
  • Archivo de la Ciudad de Arganda. Fondo pleno AMAR L00007520209, 11 de junio de 1940).
  • Publicaciones y periódicos citados en el texto.


martes, 17 de diciembre de 2019

Caer como langosta: plagas históricas en la comarca del Bajo Tajuña (III)

En la segunda mitad del siglo XIX la aparición de una abundante normativa legal no impidió, al igual que en épocas pasadas, la proliferación periódica de las plagas de langosta. Como una maldición, la aparición de las nubes de langosta a finales de la primavera y comienzos del verano ponían en alerta a todos los pueblos de la comarca del Bajo Tajuña que, sin contar casi nunca con los medios adecuados para luchar contra los insectos, veían como mermaban las cosechas y la economía de sus habitantes, la mayoría de ellos dedicados a la agricultura





A mediados de la centuria, en 1847, encontramos nuevas referencias a la propagación del insecto en los pueblos del Bajo Tajuña. En el mes de junio, la Revista Enciclopédica, al tiempo que anunciaba una buena cosecha de cereal, alertaba ya de la presencia de la plaga en la comarca:
(…) En muchos pueblos inmediatos a Madrid, y en los alrededores de él, ha empezado ya la siega, y la cosecha es la mejor que se ha conocido hace muchos años. En Perales de Tajuña, se ha desarrollado la langosta, de un modo horroroso; los campos se encuentran cubiertos de insectos, y una infinidad de hombres, están únicamente destinados a destruirla (…). (Revista enciclopédica, periódico mensual. Número 9, junio de 1847).
Frente a estas noticias devastadoras, que reflejaban cierta impotencia para luchar contra la plaga, las autoridades estatales y provinciales no dejaron de presentar y aprobar una basta colección de órdenes ministeriales, reglamentos y todo tipo de medidas que, prácticamente en su totalidad, siempre hacían responsables a los alcaldes de su puesta en práctica y no siempre con los medios económicos necesarios para llevar a cabo esta tarea.
En la segunda mitad del siglo hemos analizado distintas normativas aprobadas en 1851, 1864, 1870, 1877-76, 1879 y 1889. En esta relación, que no es ni mucho menos exhaustiva, aparece una disposición publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid, del 6 de abril de 1864, en la que se fijan medidas para atajar los focos de langosta que se habían detectado en los municipios de Getafe, Collado Villalba y Rivas de Jarama, muy próximo este último a la vega del Tajuña. Tras apelar a que los alcaldes y guardas de campo de estos municipios, y los aledaños, incrementaran las labores de extinción de los insectos, en la inteligencia de que por la más ligera falta de morosidad incurrirán en responsabilidad, planteaba también como medidas eficaces para luchar contra su propagación la roturación de los terrenos afectados:
(…) el alcalde del término infestado, por medio de edictos que se fijarán en la casa de Ayuntamiento y los demás pueblos del distrito municipal, publicarán una relación del terreno o terrenos invadidos, expresando sus linderos. Si fueren de propiedad particular, los propietarios podrán verificar en ellos para la persecución del insecto cuantos trabajos juzguen convenientes, pero sin perjuicio de los que ellos emplearen en la persecución del canuto, podrán hacerlo libremente las personas que gusten, sean o no del pueblo o de la provincia, por el medio que crean más oportuno, exceptuando el de la roturación con arado que solo podrán emplear los propietarios de la finca infectada (…).
Según se deduce de esta medida, una parte muy importante de la lucha contra la plaga se confiaba a la retirada de los canutos con los huevos de langosta de los terrenos infestados por parte de particulares que, así, además de cooperar en la extinción obtenían unos ingresos económicos a razón de 96 reales por fanega* de canutos. Estos miles de canutos eran pesados y controlados los domingos en la plaza de la cabeza de partido judicial de los distintos municipios:
(…) La entrega del canuto se hará precisamente lodos los domingos en la plaza de la cabeza del partido judicial por medición que ejecutarán los medidores del pueblo, abonándose por cada fanega colmada la cantidad de 96 reales, extendiéndose un acta, autorizada por el Juez de primera instancia como delegado de la Junta provincial de langosta, el Regidor Síndico y el depositario que será nombrado por la comisión provincial de entre los seis mayores contribuyentes de la cabeza del partido judicial.
Los canutos, una vez registrados en un acta la cantidad, eran eliminados:
(…) La comisión acto continuo presenciará la quema del canuto que hubiere medido, procurando que estos actos tengan la mayor publicidad, debiendo cuidar mucho al tiempo de la medición que el canuto esté limpio de tierra y cualquier otro cuerpo extraño, y al de la quema que la desaparición de los restos se haga de tal manera, que en ningún caso pueda volver a presentarse a la medición el que haya sido entregado á las llamas.

Dibujo de una langosta publicado en el Tratado del cultivo de la vid, obra del catedrático de Agricultura afincado en Morata José de Hidalgo Tablada (1870)

La plaga de 1875
Estas medidas, según el texto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, debían tenerlas presentes, y así se advertía en la orden, todos los Alcaldes de los pueblos de esta provincia en el desempeño de sus funciones relativamente á este servicio.
El pago de una cantidad económica determinada por la recolección de los canutos de los terrenos infestados fue una práctica habitual en la desigual lucha contra las plagas de langosta. Durante la campaña de 1875, si tenemos en cuenta la documentación generada, la langosta fue especialmente abundante en la comarca del Bajo Tajuña. En una memoria elaborada por la Comisión Provincial para la extinción de la langosta se especificaba que ese año de 1875 se habían recogido en pueblos de la comarca como Aranjuez, Chinchón, Colmenar de Oreja, Villaconejos, Aranjuez y Titulcia la cantidad de 8.069 arrobas de canutos**, equivalentes a 92.793 kilos (Para hacernos una idea de la importancia de la plaga en ese año recordemos que los canutos contenían los huevos del insecto y no los propios insectos en su etapa larvaria o adulta). En esa misma memoria se señalaba que por cada arroba de canutos se habían abonado 3 reales, eso sí, solo en los municipios que contaban con recursos. En los que no contaban con estos medios económicos el texto de la Comisión Provincial indica que hicieron un llamamiento al pueblo, que corrió solícito a destruir la plaga por cuantos medios estaban a su alcance; muchos particulares también se prestaron a destruirlo por su cuenta.
La prensa de la época también se hizo eco del desarrollo de la plaga del verano de 1875 en el Bajo Tajuña. A mediados de agosto, La Correspondencia de España publicaba varias noticias sobre la plaga de langosta en la comarca:
(…) La langosta, que invadió hace días el término de Aranjuez, se ha corrido en gran parte hacia Valdelaguna, Los Parrales y Morata de Tajuña. (La Correspondencia de España, 15 de agosto de 1875).
Al día siguiente, el mismo periódico se refería también a la eliminación de los canutos de langosta en la cabeza del partido judicial, tal como determinaba la legislación:
(…) En Chinchón se mataron anteayer cerca de 1.000 arrobas de langosta. (La Correspondencia de España, 16 de agosto de 1875)
El mismo día el periódico publica otra noticia sobre la langosta:
(…) Ha sido nombrado vocal de la comisión que auxilia al Excmo. Señor gobernador de esta provincia, en los importantes trabajos concernientes a la extinción de la langosta que tantos daños está causando, nuestro antiguo y querido amigo Balbino Cortés y Morales, tan competente y laborioso en todo cuanto tiene relación con la agricultura (…).
El 19 de agosto, la plaga se da por extinguida en Morata según el mismo periódico:
Ha desaparecido por completo la langosta del término de Morata de Tajuña, en esta provincia. (La Correspondencia de España, 19 de agosto de 1875).
Un día después La Correspondencia Española reitera que la langosta ha desaparecido del término de Morata de Tajuña, aunque añade que la plaga sigue creando estragos en Titulcia:
(…) Ha desaparecido por completo la langosta del término de Morata de Tajuña (…), pero sigue haciendo grandes estragos en Titulcia y sus inmediaciones, y el ayuntamiento del mismo ha solicitado a la Diputación Provincial algunos fondos para atender a la extinción del insecto. No nos cansaremos de recomendar la más exquisita vigilancia y las precauciones más minuciosas en una cuestión que tanto interesa y en la cual el menor descuido puede ser causa de daños incalculables. (La Correspondencia de España, 20 de agosto de 1875).
Para hacernos una idea más completa de las consecuencias de la plaga de langosta del año 1875, que afectó a la mayoría de los pueblos de la comarca del Bajo Tajuña, acudimos, por último, a una publicación oficial, la Memoria de la Comisión Provincial para la extinción de la langosta. Según esta publicación, editada a finales de ese mismo año, la plaga en la comarca se detectó a finales de julio:
(…) vino en 31 de Julio último una invasión en número tan crecido de la parte de Ontígola y Oreja, de la provincia de Toledo, a la parte meridional de esta provincia o sea al partido de Chinchón, que causó considerables daños en toda clase de plantas en la fértil vega de Aranjuez y Colmenar de Oreja; desde estos puntos se propagó a Villaconejos y de aquí a Chinchón, a la Vega del Tajuña, y unos días después desde Aranjuez pasó a Titulcia y Ciempozuelos, a la Vega del Jarama, causando no menos daño que en los anteriores.
Todos los Ayuntamientos se apresuraron a dar cuenta de la invasión al Excmo. Sr. Gobernador, y diariamente lo hacían del estado que presentaba, denunciando a la vez como puntos de donde había partido aquella el término de Ontígola y Soto de Oreja, de donde veían bajar la asoladora plaga (…).
La plaga de 1875 aún dio lugar al interés de los expertos en extinción de plagas de esa época algunos años después. Casildo Azcárate, coautor de la Memoria de la Comisión Provincial para la extinción de la langosta, se refería a ella en una conferencia que pronunció en 1878. En su conferencia, Azcárate, que afirmaba que las langostas siempre se movían desde el oeste hacia el este, indicaba también que la plaga había llegado a la comarca procedente de la provincia de Toledo:
(…) llega la época de la ovación, y entonces la langosta emigra; y no solamente la que se levantó de los pueblos citados de esta provincia, sino la que en bandada densísima partió de la inmediata provincia de Toledo, invadieron muchos pueblos que en las vegas del Tajuña, del Jarama y del Tajo ningún indicio de langosta habían tenido en los meses de Abril, Mayo y Junio del citado año 1875, y sus términos municipales quedaron fuertemente infestados por los gérmenes de ese insecto, por el canutillo, y por esto sujetos a los procesos de destrucción que dichos gérmenes llevarían a cabo tan pronto como estos se avivaran en la primavera siguiente del año 1876, como así sucedió. Y entre estos pueblos infestados por la emigración de la langosta se hallan: Colmenar de Oreja, Villaconejos, Chinchón y otros en la primera de las vegas citadas; y Titulcia y Ciempozuelos en la segunda. (…).
La sensación de cierta impotencia en la lucha contra la langosta, que se desprende de muchos de los textos que hemos citado, se pone también de manifiesto en una publicación sobre la Sociedad Económica Matritense, una entidad que desde hacía décadas convocaba concursos para premiar las mejores propuestas para enfrentarse a la plaga. En esta publicación, editada en 1877, se hace un repaso de la bibliografía generada por estos concursos, las medidas que se proponían y, además, se reconoce lo poco que se había avanzado desde el año 1844, cuando empezaron a otorgarse estos premios:
(…) De la lectura de los extractos de las diez y siete memorias presentadas al concurso, se deduce que después de pasados treinta y dos años poco nuevo se ha descubierto contra el terrible y asolador insecto, siendo lo más lamentable que nada eficaz se haya propuesto para evitar o disminuir los estragos que ocasiona (…).
En realidad, esta indefensión ante la plaga traspasó las fronteras del siglo XIX y en las décadas siguientes seguiría provocando pérdidas de cosechas. Y eso a pesar de que en los años finales de ese siglo, según publicaba en La Iberia, en la provincia de Madrid se llegó a utilizar gasolina como nuevo remedio aplicado a la extinción de las temidas langostas:
(…) Por la Dirección General de Obras Públicas se ha dispuesto que todos los ingenieros agrícolas, y peritos agrónomos, del Instituto de Alfonso XII, a quienes causas mayores no detengan en la citada escuela, salgan a la provincia de Madrid con objeto de prestar el servicio de emplear la gasolina en la extinción de la langosta, y adiestren en estas prácticas a los que en provincias tengan que efectuarlas, evitándose de esta manera mayor gasto de gasolina haciendo que se consuma con provecho. (La Iberia, 3 de junio de 1889).


*La fanega como medida de capacidad, aunque era diferente según las diversas regiones, equivalía en Castilla a 55,5 litros.
**
**Para hacernos una idea de lo que significaba este método de lucha contra la langosta acudimos a una publicación de la época, Elementos de Agricultura, de Mariano Serra y Navarro. En un capítulo de esta publicación, De la langosta como elemento perjudicial para la agricultura, aparecen los siguientes datos:
(…) Coger y quemar los canutillos de los terrenos que no se araran desde agosto, en que concluyan la postura hasta marzo que se desarrollan, pudiendo pagarse á 13 céntimos de peseta el kilogramo; y como cada familia pobre, de tantas como hay en los pueblos agrícolas, pudiera coger al día por término medio, de 15 á 16 de aquellos; calculando 500 canutillos por kilogramo y 25 huevos cada uno, resultaría que por dos pesetas se destruirían mas de 200.000 insectos. (…).

Fuentes y bibliografía:

  • Memoria de la Comisión Provincial para la extinción de la langosta. Azcárate, Casildo y Montenegro, Antonio. Oficina tipográfica del Hospicio. Madrid, 1875.
  • Elementos de Agricultura. Serra y Navarro, Mariano. Establecimiento tipográfico de los hijos de D. José Francés. Jaén, 1878.
  • Tratado del cultivo de la vid y modo de mejorarlo. Hidalgo Tablada, José de. Segunda edición. Librería de la Señora Viuda e Hijos de D. José Cuesta. Madrid, 1870.
  • Conferencia agrícola del 21 de marzo de 1878 producida por don Casildo Azcárate, catedrático de la Escuela General de Agricultura. Reproducida íntegramente en Conferencia Agrícolas de la Provincia de Madrid. Tomo II Curso 1877-78. Imprenta del Colegio Nacional de Sordomudos y Ciegos. Madrid, 1878.
  • Datos bibliográficos sobre la Sociedad Económica Matritense. Catalina García, Juan. Imprenta y Fundición de M. Tello. Madrid, 1877.
  • Publicaciones y periódicos citados en el texto.


martes, 10 de diciembre de 2019

Caer como langosta: plagas históricas en la comarca del Bajo Tajuña (II)

Como vimos la pasada semana, en la lucha contra las plagas de langosta que asolaban los campos de la comarca no faltó el recurso a la ayuda divina ante la impotencia que provocaba escasos resultados de las medidas adoptadas para frenar la voracidad de las nubes de insectos que asolaban regularmente los campos y las cosechas. En el siglo XVIII y centurias siguientes también se recurrió a rogativas, procesiones y otros actos litúrgicos pero además, como veremos en la entrega de hoy, no faltaron tampoco las órdenes y providencias reales dictadas por los monarcas y los miembros de los Consejos Reales para hacer frente a la llegada de la temida plaga.





En la región que rodeaba el territorio de Madrid, la capital de la monarquía española, la llegada de la langosta era especialmente temida por las autoridades y la población. La amenaza del hambre consiguiente a la pérdida de la cosecha y la creencia, muy extendida, de que las plagas de langosta era el preludio de otras catástrofes como las epidemias de peste. Las plagas de langosta también era consideradas como el preludio a las desgracias provocadas por las guerras. Así ocurrió, por ejemplo, en los años en que tuvo lugar la guerra de sucesión tras la muerte sin herederos de Carlos II.
En el año 1909, cuando todavía no se había acabado el conflicto bélico y continuaba la lucha dinástica entre Borbones y Austrias, el periódico oficial de la época, La Gaceta de Madrid, publicaba la siguiente nota en su edición del 28 de mayo de 1709:
No siendo suficientes las grandes providencias con que ha acudido Madrid a la extinción de la langosta se determinó, de orden de S. M., una procesión general con las reliquias de los santos cuerpos de San Isidro y Santa María de la Cabeza, su esposa, patronos de Madrid, el domingo 26 por la tarde que se ejecutó con indecible concurso y devoción, causándola grande la piedad con que sus majestades adoraron las prodigiosas reliquias en su palacio, desde donde bajando por la Puerta de la Vega, dieron vista a los necesitados campos; allí se colocaron sobre un vistoso altar de vistosas grutas de hierbas y flores, donde se hizo la rogativa (…) prosiguiendo en rogativas a las Comunidades religiosas los tres días siguientes, a los dos santos cuerpos, y a la capilla de Nuestra Señora de Atocha. Las mismas rogativas se han realizado en los lugares del contorno. (La Gaceta de Madrid, 28 de mayo de 1709)
El recurso a la ayuda divina en estos días del reinado de Felipe V, ya instalado en Madrid como primer monarca Borbón, no concluyó con las rogativas y procesiones que citaba La Gaceta. Días después, el periódico oficial informaba de otros actos organizados para luchar contra la plaga:
Continuando Madrid su gran vigilancia para la extinción de la langosta, concluida la procesión general del domingo 26 del pasado, colocó el cuerpo de Santa María de la Cabeza, su patrona en la Real Iglesia de Santa María de la Almudena, con la grandeza correspondiente a su generoso ánimo (…) su majestad (Dios lo guarde) para desahogar en parte su real devoción, después de haber dado orden para que una escuadra de sus guardias la hiciese a las puertas del templo, pasó el martes en la tarde a visitar el cuerpo de la santa y el de su esposo S. Isidro, siendo imponderable el regocijo de la corte, celebrando verle vasallos de tan católico monarca. No fue menos el concurso cuando el miércoles por la tarde se restituyó la gloriosa María de la Cabeza a la capilla del Ayuntamiento (…) regocijados por haber sido Dios servido, por los méritos de sus santos, y movido de tantos religiosos cultos, de aplacar no solo en estas cercanías, sino en partes más distantes, la perniciosa plaga de la langosta (…). (La Gaceta de Madrid, 4 de junio de 1709).
Naturalmente, la lucha contra la plaga no sólo se circunscribía a estos actos devotos. Como vimos en la anterior entrega del blog, en un nivel más práctico se llegaron a utilizar los cerdos para intentar acabar con los denominados canutos –puestas de huevos que enterrados en el terreno esperaban a eclosionar la siguiente temporada). Otros métodos utilizados fueron los que se incluían en una Instrucción Real, publicada en 1755 durante el reinado de Fernando VI. Esta Instrucción, redactada por los miembros del Consejo de Castilla aconsejaba entre otras medidas para luchar con la plaga seguir el vuelo de grajos y tordos ya que, según se tenía comprobado, estas aves se alimentaban de los canutos y por tanto eran muy útiles para localizar los huevos y destruirlos. En cuanto a la utilización de cerdos, la Instrucción de 1755 recomendaba llevar a las piaras a los lugares infestados para que acabaran con los canutos. Aparte de los cerdos, en esta normativa de la Corona de Castilla también recomendaba hacer uso de gallinas y pavos para completar la labor del ganado de cerda.

Texto de la Instrucción Real contra la langosta publicado en 1755 

En todas estas acciones reseñadas estaba presente la idea preventiva de acabar con los huevos y, por lo tanto, evitar la propagación de la plaga en la temporada siguiente. Las autoridades y los agricultores eran conscientes de que levantar, en otoño e invierno, los lugares de puesta de huevos de las langostas era un método efectivo, siempre que se generalizase en todos los pueblos afectados para evitar que la ausencia de medidas en un pueblo provocara que la plaga llegara el siguiente año a los municipios vecinos. Los lugares donde se localizaban los canutos eran, muy a menudo, los terrenos destinados a dehesas y lugares de pasto del ganado, de ahí que, en ocasiones, existieran reticencias a levantar estos terrenos ya que también perjudicaba a los pastos futuros.
Para acabar con los canutos de huevos la Instrucción Real proponía igualmente recurrir al trabajo de los propios vecinos, armados con azadas, para retirar los canutos y, posteriormente, quemarlos. Este método, que se utilizó repetidamente, como veremos, en la siguiente centuria, requería el llamamiento a los vecinos y, en ocasiones, la remuneración de su trabajo en función de los canutos recogidos.
En la comarca del Bajo Tajuña, como en el resto del territorio, se aplicó durante varías décadas la Instrucción Real de 1755. En el Archivo de la Ciudad de Arganda se conserva un documento, de 1773, donde se recoge una Orden del Consejo Real para acabar con el canuto de la langosta y en el que se remiten al cumplimiento de las medidas aprobadas por el Consejo de Castilla en 1755:
(…) Con motivo de que en varios pueblos se ha manifestado langosta y que no obstante haberse dado ordenes correspondientes a las Justicias respectivas para su extinción, puede haber quedado alguna dispersa y aovando en diferentes sitios, multiplicarse más y hacer mayores estragos en el año próximo que viene si no se arranca y aniquila el canuto en tiempo oportuno, por los medios prevenidos por la Instrucción que se formó en el año 1755, ha resuelto el Consejo, con vista de lo expuesto por los tres Señores Fiscales, que las Reales Audiencias y Cancillerías del Reino, comuniquen las correspondientes órdenes a los corregidores de sus respectivos distritos, para que las Justicias de ellos hagan observación con el mayor cuidado, por medio de Peritos, los sitios donde comenzaron a aovar y haya insectos, demarcarlos y señalarlos, dando después los mismos peritos, ante sus respectivos ayuntamientos, a últimos de este mes de septiembre, declaración jurada de lo que hubiere observado y demarcado, y disponiendo que en cada uno de los sitios infectados se arranque todo el canuto que hubiere por los medios dispuestos en la instrucción, ampliándolos según la calidad, situación y demás circunstancias de los terrenos y de las resultas y progresos que se fueran advirtiendo, aprovechando la oportunidad de los tiempos, conforme a la misma instrucción, sin omitir diligencia alguna conducente, disponiendo que de los gastos precisos que se causasen se lleve cuenta formal, con arreglo a la misma instrucción, para que examinada y aprobada en la Contaduría de la Provincia, se pase a la general de Propios y Arbitrios para que por ella se ponga en noticia del Consejo, celando los corregidores, cada uno en su partido, se practique esta operación y diligencias, encargándolas a las Justicias de los Pueblos, con responsabilidad de ellas y de los mismos Corregidores a los perjuicios que dimanen de cualquier omisión. (…) disponiendo que los caudales de Propios se satisfagan los necesarios con la debida cuenta (…). (Orden del Consejo Real para eliminar el canuto de la langosta conservada en el Archivo de la Ciudad de Arganda, Fondo General-ES 28014 AMAR, 18 de mayo de 1773.)
El sentido de esta orden –trabajar preventivamente en la eliminación de los huevos para evitar la propagación de la plaga en los años siguientes-, aparte de remitir a las medidas que hemos analizado de la Instrucción Real de 1755, pone también de manifiesto cómo el peso de la lucha contra la langosta recaía sobre los Justicias de los pueblos; es decir, eran las autoridades locales las encargadas de poner en marcha las medidas y, además, buscar y proveer los fondos económicos para financiar estos trabajos.
Esta situación de delegar en los concejos la lucha contra la langosta, y el pago de sus costes con los ingresos de los Bienes de Propios*, se mantuvo en el tiempo durante varias décadas y no impidió que, regularmente, los pueblos tuvieran que enfrentarse a una plaga que no perdía su carácter de castigo divino en el pensamiento colectivo de la sociedad.
Sobre la repetición regular de la plaga hemos encontrado algunas referencias en los archivos de la Academia Nacional de Historia del año 1800 y cartas del responsable correspondiente que remitía muestras de langostas recogidas en los municipios de Colmenar de Oreja, San Martin de la Vega y Morata:
  • 4 de junio de 1800. Carta de Bartolomé Muñoz a Miguel Barnades remitiéndole una muestra de langosta de Colmenar de Oreja para su reconocimiento.
  • 10 de junio de 1800. Carta de Bartolomé Muñoz a Miguel Barnades informándole de la plaga de langosta en San Martín de la Vega y Morata y enviándole alguna muestra para su examen.
El hecho de responsabilizar a los concejos en la lucha contra las plagas de langosta en estos años de finales del siglo XVIII y primeras décadas del XIX permitía que afrontaran el problema quienes estaban más cerca de el. Por el contrario, significaba también que, en ocasiones, estos municipios no contaran con medios económicos suficientes para hacer frente a la langosta. En un artículo de La Gaceta de Madrid de 1825 se incidía en que los ayuntamientos podían acudir a los bienes de propios para financiar las medidas que se tomaban contra la langosta o incluso se permitía que aprobaran contribuciones especiales:
(…) El rey nuestro señor [Fernando VII] ha sabido con grande sentimiento por la exposición de V.S.I. de 10 del actual que la asoladora plaga de la langosta se ha manifestado en diferentes provincias, y aunque por los intendentes respectivos y por esa dirección general de Propios se ha tomado desde luego las medidas que están en sus facultades para atajar los incalculables males que amenazan su propagación, deseando el sensible corazón de S. M. que nada quede por hacer a favor de sus pueblos: ha venido en autorizar a los ayuntamientos de los mismos para que inmediatamente que se vean invadidos de la expresada plaga echen manos de sus fondos de propios, y aún también con una contribución repartida entre los propietarios del territorio (…). (Gaceta de Madrid, martes 5 de julio de 1825).
Al año siguiente, 1826, de nuevo ante la aparición de la plaga a finales de la primavera, vemos como de nuevo se responsabiliza a las justicias de los pueblos de atender la lucha contra la langosta con sus propios medios. En esta ocasión, las órdenes de Consejo Real llegaron a los municipios de la comarca del Bajo Tajuña a través de una comunicación del subdelegado de Policía del Partido Judicial de Chinchón remitida a todos los concejos de la comarca:
El superintendente General de Policía del Reino con fecha 18 del corriente me dice lo que copio: el señor Juez del Despacho de Gracia y Justicia me traslada una Real Orden que ha comunicado el Señor Gobernador del Consejo, por la que S. M: se ha dignado crear una Junta para que entienda exclusivamente de los medios y modos de extinguir la plaga de la langosta con lo demás conveniente a este asunto, expresando ser su real voluntad que para auxiliar y ejecutar las órdenes de la Junta se valga de los caudales del Ramo de Propios y arbitrios del Reino pero no de los Pósitos y Policía en atención a su graves obligaciones y a la escasez de sus fondos. Lo que comunica a Usted para su inteligencia y gobierno en la parte que le corresponde. Y yo lo hago a Usted para su conocimiento y efectos convenientes. Dios guarde a usted muchos años. Madrid, 20 de mayo de 1826. Trinidad Balboa, subdelegado del partido judicial de Chinchón. (Notificación del subdelegado de la policía del partido de Chinchón a la Justicia de Velilla de San Antonio de la creación de una junta para la extinción de la plaga de langosta, 18 de junio de 1826)
En el texto de esta comunicación, conservada en el Archivo de la Ciudad de Arganda, se advierte a los justicias que han de acudir a los caudales del Ramo de Propios y arbitrios del Reino, pero no de los Pósitos y Policía en atención a sus graves obligaciones y a la escasez de sus fondos. Como se observa en esta notificación, además de reiterar que se utilicen los fondos de Propios o arbitrios que se aprueben, advierte que no se utilicen los recursos de los pósitos municipales. Estas instituciones, creadas en la Edad Media servían para paliar y afrontar los periodos de escasez de recursos alimenticios en la población, tampoco disponían de mucha liquidez, según el texto del Consejo, y por tanto, se consideraba que sus fondos sólo debían usarse en periodos de verdadera emergencia social.

*Los bienes de Propios eran parte de los recursos económicos con los que se financiaban los concejos castellanos desde la Edad Media. Estos bienes procedían de los ingresos que generaban las propiedades inmobiliarias de los ayuntamientos que, a diferencia de los denominados bienes del Común de uso exclusivamente comunal, eran alquilados a particulares por una renta anual. En Morata, por ejemplo, uno de los bienes de Propios, propiedad del concejo de la villa, era la dehesa carnicera. La dehesa se alquilaba anualmente para pastos y, además, también proporcionaba ingresos al ayuntamiento por la subasta de sus leñas y del esparto.


Fuentes y bibliografía:

  • Archivo de la Ciudad de Argada, Fondo General-ES 28014 AMAR, 18 de mayo de 1773.
  • Archivo de la Ciudad de Arganda, Fondo General-ES 28014 AMAR, 18 de junio de 1826.
  • Instrucción formada sobre la experiencia y práctica de varios años para conocer y extinguir la langosta en sus tres estados de ovación, feto o mosquito y adulta, con el modo de repartir y prorratear los gastos que se hicieren en este trabajo, aprobada por el Consejo el año 1755. Madrid, 8 de julio de 1755. Archivo Histórico Nacional. Consejos. Lib. 1517 (30).
  • Documentos señalados del Catálogo de los Fondos Manuscritos del siglo XVIII de la Academia Nacional de Historia.
  • Publicaciones y periódicos citados en el texto.


miércoles, 4 de diciembre de 2019

Caer como langosta: plagas históricas en la comarca del Bajo Tajuña (I)

Yave dijo entonces a Moisés: extiende tu mano sobre la tierra de Egipto para que venga la langosta y devore toda la tierra del campo. (…) al amanecer, el viento del oriente había traído la langosta. (…) Ocultaron la luz del sol y cubrieron todas las tierras; devoraron toda la hierba del campo (…). Estos versículos de la Biblia no son sino una constatación del pánico que, entre los agricultores, han sembrado siempre las plaga. En las próximas semanas vamos a ver como las que durante mucho tiempo fueron consideradas una maldición divina, han afectado al mundo campesino, especialmente en nuestra comarca en torno al Bajo Tajuña.



No es casual que la octava plaga de Egipto haga referencia a la invasión de langostas en los campos de cereales que crecían en el entorno del río Nilo. El ser humano tuvo que hacer frente a estas plagas desde el mismo momento en que la agricultura pasó a dominar la economía. Las tierras del centro de la península Ibérica, como el Egipto de los faraones, también han sufrido a lo largo de su historia sucesivas plagas de este insecto. Nuestros antepasados agricultores no siempre contaron con las herramientas apropiadas para enfrentarse a la proverbial voracidad de las langostas, capaces de acabar con cosechas enteras y provocar hambrunas y enfermedades que diezmaban la población.
Esta falta de medios para afrontar con posibilidades de éxito las periódicas plagas de langosta provocó en las sociedades agrícolas medievales un auténtico pavor ante lo que, en muchas ocasiones, fue considerado un castigo de Dios. Es por esto que, en los siglos siguientes al primer milenio de la era moderna, las familias y los concejos, absolutamente dependientes de las cosechas anuales de trigo para su supervivencia, necesitaran completar las medidas terrenales contra la langosta con la búsqueda de la protección divina.
Para hacer frente a los insectos que llegaban a cubrir el sol no faltaron, desde la aparición de la imprenta, escritores que ofrecían remedios para luchar contra la plaga. Juan de Quiñones, por ejemplo, fue autor de un famoso opúsculo de larguísimo título que trataba sobre cómo enfrentarse a las periódicas y temidas plagas de langosta: Tratado de las langostas, muy útil y necesario en que se tratan cosas de provecho y curiosidad para todos los que profesan letras divinas y humanas y las mayores ciencias. En su obra, este hombre de letras y de leyes, natural de una familia de hidalgos avecindada en Chinchón -y por lo tanto conocedor de las temibles consecuencias de la plagas de langostas en nuestra comarca-, ya apuntaba como uno de los remedios para enfrentarse a los insectos la obligación de estar al corriente en el pago del impuesto eclesiástico del diezmo: Pagar los diezmos es otro remedio importantísimo, que por no pagarlos, suele nuestro señor enviar las langostas como lo dijo Malaquías en el capítulo 3. También se refería a otros remedios divinos como distintos conjuros y oraciones en latín que incluye en su texto y que ayudarían a mitigar los efectos de la plaga.
A un nivel más práctico, el autor del Tratado de las langostas… detallaba en los cuatro capítulos de su libro, editado en 1720, cuando ocupaba a las órdenes de Felipe III la alcaldía mayor de El Escorial y de las Obras y Bosques Reales del monasterio de San Lorenzo de El Escorial, los distintos tipos de langostas, su sistema reproductivo, y sus pautas de desplazamiento. También dedica Quiñones un apartado a los daños que provocaban las langostas en los campos agrícolas, en los montes y en los pastos y, por supuesto, cómo había que enfrentarse a estos efectos dañinos y a la propia plaga. Para ello recomendaba, entre otros, remedios basados en el uso del fuego y del humo e, incluso, la utilización de cerdos para que se comieran las langostas en sus primeras fases de crecimiento.

Tratado de  las langostas... de Juan de Quiñones, editado en 1720

Rogativas y fiestas religiosas para luchar contra la plaga.
Acudir a la religión para enfrentarse a la plaga no era, desde luego, algo ajeno a la lucha contra las langostas. Sin ir más lejos, en Morata también recurrían los vecinos a su fe religiosa a la hora de evitar las consecuencias sobre sus campos del temido insecto. Nuestros antepasados, en la respuesta 41 de las Relaciones Topográficas de los Pueblos de España, que mandara ejecutar Felipe II en la segunda mitad del siglo XVI, ya explicaban cómo afrontar la plaga, según la transcripción que aparece en el libro de Jesús Antonio de la Torre Briceño sobre la historia de Morata:
Al capitulo 41 dijeron que en esta dicha villa se guarda fiesta votable el día de San Agustín, y se da en ella el dicho día una cantidad de pan queso y vino a todos los que la quieren recibir, lo cual se hace porque antiguamente se recibía en los frutos notable daño de langosta, y por ello se votó la dicha fiesta y caridad, y desde entonces jamás ha habido en la dicha villa la dicha langosta ni hecho daño ninguno, (…) Y esto declararon a los dichos capítulos los susodichos para ello nombrados y lo firmaron de sus nombres Bautista Sánchez Paz, Juan Ramírez Ladrón de Ocariz. Ante mi, Pedro Pardo, escribano. (6 de diciembre de 1579).
La ausencia de plagas de langosta desde que se votó la dicha fiesta y caridad no deja de ser, según se deduce de documentación de la época, una licencia de los autores de las respuestas al interrogatorio ordenado por Felipe II. Este recurso al auxilio divino para enfrentarse a algo que provocaba hambre y miseria, que como veremos a lo largo de esta serie de post va a ser una constante hasta el mismo siglo XIX-, dio lugar a rogativas y rituales católicos en los que el favor de los santos era invocado por los indefensos fieles. San Agustín, como hemos visto en Morata y en otros pueblos, y otros miembros del santoral, como San Gregorio o San Vicente Ferrer, fueron algunos de los santos que la creencia popular consideraba intermediarios para luchar contra la langosta. En algunos otros pueblos cercanos a la comarca también se dieron similares pruebas de prácticas religiosas para combatir la plaga: en Pezuela de las Torres, aldea de Alcalá de Henares, se fundó en 1393 una cofradía bajo la advocación de Nuestra Señora de la Asunción y San Benito para librarse de la peste y de las plagas de langostas. La cofradía estaba integrada por muchos vecinos del dicho lugar contados, que no faltaba ninguno, viendo los males e plagas que Dios, por nuestros pecados, nos quiere dar e da de pestilencia e langosta.

Detalle de la obra San Agustín conjurando una plaga de langostas, de Jacinto Meléndez (1734, Museo del Prado)

Plagas de langosta documentadas en la comarca desde el siglo XVI
El recurso continuado a la ayuda divina para afrontar las plagas de langosta ya nos indican que su proliferación era motivo de preocupación para los responsables concejiles desde que se tiene referencias históricas. En los archivos hay documentación desde los primeros tiempos de la reconquista y durante toda la Edad Media que recoge la lucha frente a las langostas. Ciñéndonos a periodos más recientes, en los archivos municipales de dos localidades muy próximas a Morata, Arganda del Rey y Chinchón, existen varios documentos que nos describen cómo se luchaba contra la plaga y las medidas que se tomaban por parte de los concejos e incluso las recomendaciones de los máximos responsables de la monarquía contra las langostas.
Por las características de las plagas de langosta, que afectaban siempre a varios términos municipales, consideramos que estos documentos de los archivos de los pueblos vecinos pueden servirnos de referencia para las plagas desencadenadas en la comarca el Bajo Tajuña.
En el Archivo Municipal de Chinchón, por ejemplo, estos son algunos de los expedientes y legajos que recogen las acciones concejiles contra las plagas de langosta:
  • Listas de vecinos que han acudido a la extinción de la langosta, siglo XVII.
  • Sobre la extinción de la langosta y lista de vecinos que trabajaron en ella, 1670.
  • Petición de información sobre la escasez de trigo por causa del mal tiempo y de la langosta, 1672.
  • Maherimiento [prevención] a los vecinos de la villa para acudir al campo a procurar matar la langosta, 1675
  • Repartimiento y maherimiento para paliar el daño de la langosta, 1674-1676.
  • Medidas para combatir la langosta, 1692.
  • Acerca de que se tomen medidas para paliar los efectos de la langosta, piedra e inundación de la vega, 1709.
  • Sobre un repartimiento para acabar con la plaga de langosta, 1710.
  • Expediente sobre daños de la langosta, 1710.
  • Oficio sobre la langosta, 1726.
  • Correspondencia sobre la plaga de langosta, 1726.
  • Expediente sobre daños causados por la langosta, 1725-1726.
  • Expediente notarial sobre daños de la langosta, 1727.
  • Expediente sobre daños causados por la langosta, 1756-57.
  • Disposición para la extinción de la langosta, 1800.
  • Medidas para extinguir la plaga de langosta, 1801.
  • Expediente sobre daños causados por la langosta, 1815-1818.
  • Sobre gastos ocasionados por la plaga de langosta, 1817.
  • Correspondencia sobre plaga de langosta, escribano Perogordo. 1826.
  • Papeles sobre la extinción de la langosta, 1835.
  • Documentos concernientes a la extinción de la plaga de langosta 1876.

En el archivo histórico de Arganda del Rey también hay numerosa documentación sobre la lucha contra de langosta, algunas tan próximas en el tiempo como las plagas de 1940 y 1944:
  • Orden del Consejo Real para eliminar el canuto de langosta, 18 de mayo de 1773.
  • Provisión de Felipe IV ordenando se tomen las medidas oportunas para atajar una plaga de langosta, 10 de febrero de 1653.
  • Información para evaluar los daños causados por plagas de langosta, 1 de enero de 1671, 1672 y 1674.
  • Provisión de Felipe V ordenando que no se cobren las contribuciones reales a los vecinos de Arganda por los contratiempos padecidos en los últimos años por la guerra, plaga de langosta y heladas en las viñas,10 de enero de 1722.
  • Notificación del subdelegado de la policía del partido de Chinchón a la Justicia de Velilla de San Antonio de la creación de una junta para la extinción de la plaga de langosta, 18 de junio de 1826.
  • Acuerdo para la extinción de la plaga de langosta, 20 de abril de 1940.
  • Información de los trabajos realizados para la extinción de la langosta, 11 de junio de 1940.
  • Solicitud de la condonación de la deuda con el Ministerio de Agricultura por los gastos realizados como consecuencia de la plaga de langosta, 6 de septiembre de 1940.
  • Aparición de focos de langosta, 5 de junio de 1941.
  • Información relativa a una plaga de langosta, 3 de junio de 1944.
  • Información relativa a los gastos originados por la plaga de langosta, 22 de julio de 1944.
  • Información relativa a la recaudación de gastos de la plaga de langosta, 25 de agosto de 1944.
  • Información sobre la no cobranza de los gastos de la extinción de la plaga de langosta, 28 de octubre de 1944.
De esta documentación se puede deducir que, desde los primeros tiempo, fue muy frecuente acudir a todo el vecindario para que se implicara en la lucha contra una plaga que, como también puede deducirse de los legajos conservados en los archivos siempre llegaba al comienzo del verano, precisamente cuando estaban apunto de iniciarse en los pueblos y villas de la comarca los trabajos de la siega y la trilla de las mieses. Estas labores y estos ingresos constituían una parte considerable de los recursos de los agricultores. Sobre algunas de estas plagas y sobre los métodos de enfrentarse a las mismas trataremos en los post de las próximas semanas.


Fuentes y bibliografía:

  • Biblia Latinoamericana. Éxodo, capítulo 10. Versículos 13,14 y 15.
  • Tratado de las langostas, muy útil y necesario en que se tratan cosas de provecho y curiosidad para todos los que profesan letras divinas y humanas y las mayores ciencias. Quiñones, Juan de. Luis Sánchez, impresor del Rey nuestro Señor. Madrid, 1720.
  • Historia de la villa de Morata de Tajuña. Torre Briceño. Jesús Antonio de la. Ayuntamiento de Morata de Tajuña. Guadalajara, 1999.
  • Documentos referidos de los archivos municipales de Arganda del Rey y Chinchón.


martes, 26 de noviembre de 2019

Censos históricos y padrones de población en la villa de Morata (Epílogo)

Finalizamos esta serie sobre los censos y padrones históricos de Morata con un pequeño repaso a la evolución demográfica de la comarca natural de la Vega Baja del Tajuña desde el siglo XIX y su comparación con otras comarcas de la provincia de Madrid. El análisis de estos datos refleja, sin duda posible, el declive poblacional y económico del conjunto de una comarca que a mediados del siglo XIX era una de las más pujantes de la provincia.




Evolución de la población en la comarca del antiguo partido judicial de Chinchón
Hasta la reorganización de los años setenta y posteriores del pasado siglo, Morata y los municipios de la Vega Baja del Tajuña se mantuvieron agrupados en el partido judicial de Chinchón. Esta división administrativa, que también se aplicaba a los procesos electorales, se materializó al tiempo que en 1833 se reorganizó la división provincial de España (reforma de Javier de Burgos Burgos).
Desde sus comienzos, este partido judicial incluía 17 poblaciones de las que analizaremos su trayectoria demográfica desde mediados del siglo XIX hasta la actualidad.
Desde 1857, primer censo que analizaremos, y hasta el presente (2.018) esta comarca natural ha perdido progresivamente la importancia que llegó a tener en esos años de mediados de siglo XIX, cuando encabezaba la mayoría de las estadísticas de toda la provincia de Madrid, con la excepción lógica de la capital y no sólo en materia demográfica*.
En 1857, el censo elaborado por las autoridades que dirigían la Diputación Provincial recogía no solo los datos de cada uno de los municipios de la provincia sino que también se incluyeron en las publicaciones oficiales de la época las cifras agrupadas por partidos judiciales:

Población por localidades del antiguo Partido Judicial de Chinchón según el censo del año 1857:
  • Aranjuez: 10.725
  • Arganda: 3.442
  • Belmonte de Tajo: 877
  • Brea de Tajo: 809
  • Carabaña: 1.655
  • Colmenar de Oreja: 4.833
  • Chinchón: 4.603
  • Estremera: 1.635
  • Fuentidueña de Tajo: 1.051
  • Morata de Tajuña: 2.518
  • Perales de Tajuña: 1.629
  • Tielmes: 833
  • Valdaracete: 1.363
  • Valdelaguna: 522
  • Villaconejos: 1.162
  • Villamanrique de Tajo: 639
  • Villarejo de Salvanés: 2.991

Población por partidos judiciales de la provincia de Madrid en el censo de 1857
  • Alcalá de Henares (40 municipios): 36.173 habitantes.
  • Colmenar Viejo (30 municipios): 26.646 habitantes.
  • Chinchón (17 municipios): 41.319 habitantes.
  • Getafe (20 municipios): 24.168 habitantes.
  • Madrid (15 municipios) 297.360 habitantes.
  • Navalcarnero (20 municipios): 15.832 habitantes.
  • San Martín de Valdeiglesias: (11 municipios) 12.954 habitantes.
  • Torrelaguna (46 municipios): 21.333 habitantes.
El análisis de estas cifras muestra una realidad muy distinta a la actual con un partido judicial que, pese a agrupar únicamente a 17 municipios, frente a los treinta o más de otras comarcas como las de Torrelaguna o Alcalá de Henares, encabezaba las cifras de población con la excepción, lógica, del partido judicial de Madrid.

Territorio del antiguo partido judicial de Chinchón, 1884 (Biblioteca Regional de Madrid)

Población en la comarca del Bajo Tajuña en los siglos XX y XXI

Población por localidades del antiguo Partido Judicial de Chinchón según el censo del año 1900 (Población de derecho):
  • Aranjuez: 11.772
  • Arganda: 3.870
  • Belmonte de Tajo: 1.178
  • Brea de Tajo: 892
  • Carabaña: 1.939
  • Colmenar de Oreja: 6.066
  • Chinchón: 5.049
  • Estremera: 1.883
  • Fuentidueña de Tajo: 1.064
  • Morata de Tajuña: 3.290
  • Perales de Tajuña: 1.687
  • Tielmes: 1.362
  • Valdaracete: 1.232
  • Valdelaguna: 719
  • Villaconejos: 1.582
  • Villamanrique de Tajo: 547
  • Villarejo de Salvanés: 3.231

Población total del partido judicial de Chinchón en el año 1900: 47.363 habitantes.
Población total del partido judicial de Chinchón excepto Arganda y Aranjuez: 31.721 habitantes.


Población por localidades del antiguo Partido Judicial de Chinchón según el censo del año 1950 (Población de derecho):

  • Aranjuez: 21.910
  • Arganda: 5.076
  • Belmonte de Tajo: 1.427
  • Brea de Tajo: 1.090
  • Carabaña: 2.196
  • Colmenar de Oreja: 5.740
  • Chinchón: 4.975
  • Estremera: 2.002
  • Fuentidueña de Tajo: 1.532
  • Morata de Tajuña: 3.931
  • Perales de Tajuña: 1.997
  • Tielmes: 1.766
  • Valdaracete: 1.313
  • Valdelaguna: 918
  • Villaconejos: 3.023
  • Villamanrique de Tajo: 547
  • Villarejo de Salvanés: 3.231

Población total del partido judicial de Chinchón en el año 1950: 64.179 habitantes.
Población total del partido judicial de Chinchón excepto Arganda y Aranjuez: 37.193 habitantes.


Población por localidades del antiguo Partido Judicial de Chinchón según el censo del año 1960 (Población de derecho):
  • Aranjuez: 25.841
  • Arganda: 6.446
  • Belmonte de Tajo: 1.360
  • Brea de Tajo: 1.015
  • Carabaña: 2.043
  • Colmenar de Oreja: 5.636
  • Chinchón: 4.580
  • Estremera: 1.862
  • Fuentidueña de Tajo: 1.582
  • Morata de Tajuña: 3.910
  • Perales de Tajuña: 1.959
  • Tielmes: 1.613
  • Valdaracete: 1.319
  • Valdelaguna: 946
  • Villaconejos: 3.145
  • Villamanrique de Tajo: 953
  • Villarejo de Salvanés: 4.400

Población total del partido judicial de Chinchón en el año 1960: 68.610 habitantes.
Población total del partido judicial de Chinchón excepto Arganda y Aranjuez: 36.323 habitantes.


Población por localidades del antiguo Partido Judicial de Chinchón según el censo del año 1970 (Población de derecho):
  • Aranjuez: 28.720
  • Arganda: 11.993
  • Belmonte de Tajo: 1.247
  • Brea de Tajo: 658
  • Carabaña: 1.255
  • Colmenar de Oreja: 5.209
  • Chinchón: 4.100
  • Estremera: 1.442
  • Fuentidueña de Tajo: 1.516
  • Morata de Tajuña: 4.070
  • Perales de Tajuña: 1.924
  • Tielmes: 1.864
  • Valdaracete: 987
  • Valdelaguna: 719
  • Villaconejos: 2.886
  • Villamanrique de Tajo: 728
  • Villarejo de Salvanés: 4.010

Población total del partido judicial de Chinchón en el año 1970: 73.328 habitantes.
Población total del partido judicial de Chinchón excepto Arganda y Aranjuez: 32.615 habitantes.


Población por localidades del antiguo Partido Judicial de Chinchón según el censo del año 1986 (Población de derecho):
  • Aranjuez: 36.687
  • Arganda: 23.872
  • Belmonte de Tajo: 1.107
  • Brea de Tajo: 510
  • Carabaña: 1.030
  • Colmenar de Oreja: 5.181
  • Estremera: 1.097
  • Fuentidueña de Tajo: 1.243
  • Morata de Tajuña: 4.672
  • Perales de Tajuña: 1.881
  • Tielmes: 1.852
  • Valdaracete: 747
  • Valdelaguna: 585
  • Villaconejos: 3.118
  • Villamanrique de Tajo: 555
  • Villarejo de Salvanés: 4.530

Población total del antiguo partido judicial de Chinchón en el año 1986: 88.567 habitantes.
Población total antiguo del partido judicial de Chinchón excepto Arganda y Aranjuez: 28.808habitantes.



Población por localidades del antiguo Partido Judicial de Chinchón según el censo del año 2001
  • Aranjuez: 40.113
  • Arganda: 32.157
  • Belmonte de Tajo: 1.158
  • Brea de Tajo: 448
  • Carabaña: 1.180
  • Colmenar: 5.548
  • Chinchón: 4.270
  • Estremera: 1.049
  • Fuentidueña de Tajo: 1.471
  • Morata de Tajuña: 5.485
  • Perales de Tajuña: 2.089
  • Tielmes: 2.003
  • Valdaracete: 604
  • Valdelaguna: 573
  • Villaconejos: 2.946
  • Villamanrique de Tajo: 614
  • Villarejo de Salvanés: 5.753

Población total del antiguo partido judicial de Chinchón en el año 2001: 107.461 habitantes.
Población total del antiguo partido judicial de Chinchón excepto Arganda y Aranjuez: 35.191 habitantes.


Localidades del antiguo Partido Judicial de Chinchón según el censo del año 2018:
  • Aranjuez: 59.037
  • Arganda: 54.554
  • Belmonte de Tajo: 1.627
  • Brea de Tajo: 525
  • Carabaña: 1.905
  • Colmenar: 7.902
  • Chinchón: 5.239
  • Estremera: 1.236
  • Fuentidueña de Tajo: 1.985
  • Morata de Tajuña: 7.553
  • Perales de Tajuña: 2.831
  • Tielmes: 2.604
  • Valdaracete: 626
  • Valdelaguna: 903
  • Villaconejos: 3.363
  • Villamanrique de Tajo: 699
  • Villarejo de Salvanés: 7.291

Población total del antiguo partido judicial de Chinchón en el año 2018: 160.880 habitantes.
Población total del antiguo partido judicial de Chinchón excepto Arganda y Aranjuez: 47.289 habitantes.

En la elaboración de los censos incluidos en esta relación ofrecemos la población total de los 17 municipios que integraban el partido judicial de Chinchón y, además, el total de esos municipios excluidos Arganda del Rey y Aranjuez, localidades que por su mayor tamaño y distintas circunstancias socioeconómicas distorsionan el total comarcal.
  • Si analizamos esas cifras, comprobamos, por ejemplo, que tras comparar el censo de 1900 con el de 2018, primero y último de la serie descienden en población más de la mitad de las localidades del antiguo partido judicial: Belmonte de Tajo, Brea de Tajo, Carabaña, Colmenar de Oreja, Chinchón, Estremera, Valdelaguna, Villamanrique de Tajo y Valdaracete. Por el contario ocho localidades, Aranjuez, Arganda, Fuentidueña, Morata, Perales, Tielmes, Villaconejos y Villarejo de Salvanés aumentan su población.
  • Si comparamos el censo de población a nivel provincial del año 1900 con el del año 2007 veremos que en el comienzo del siglo XX tres poblaciones de la comarca, Aranjuez, Colmenar de Oreja y Chinchón, ocupaban el lugar el tercer, cuarto y sexto lugar por número de habitantes. En el año 2007 esos lugares los ocupaban las localidades de Alcalá de Henares, Fuenlabrada y Alcorcón.
  • También resulta llamativo que en el censo de 1900 las poblaciones del partido judicial, exceptuadas Aranjuez y Arganda, contaban con más habitantes, 31.721, que en el censo de 1986, 28.808 habitantes.
  • También es muy revelador que en 1950 esas quince poblaciones contaran con 37.193 habitantes, una cifra superior a todos los censos siguientes, con excepción del último de 2018: 36.323 habitantes en el censo de 1960; 32.615 habitantes en el censo de 1970, y 28.808 habitantes en el censo de 1986. Quizás una explicación plausible de este descenso tan acusado podamos encontrarla en que en 1950 ya comenzó a producirse el éxodo del campo hacia la ciudad de Madrid en un proceso que no dejó de crecer en las décadas siguientes en la mayoría de los municipios de la comarca.
  • En sentido contrario, el censo de 2018 registra un importante incremento de habitantes en el censo conjunto de las quince poblaciones. Los 47.289 habitantes suponen un record en la suma de estas quince localidades, aunque este incremento de población esta muy lejos del que se ha producido en este año de 2018 en los censos de Arganda y Aranjuez,

Sin entrar en más análisis que sobrepasan la intención de esta serie de entregas del blog y parafraseando a Sergio del Molino** y a su exitoso libro La España vacía, podemos decir que las cifras que hemos reflejado en este post nos remiten, si se me permite la expresión, a dos comunidades de Madrid. Primero, está la comunidad de Madrid urbana que se desarrolla en el entorno de la corona metropolitana y que ofrece a sus habitantes todos los servicios y ventajas del siglo XXI. Es la comunidad de Madrid que crece. Frente a estos pueblos y ciudades bien comunicados, con buenos servicios y oportunidades de trabajo, está la otra comunidad de Madrid, la que esta alejada del centro urbano que representa la capital no solo por kilómetros de distancia sino por kilómetros de indiferencia de las administraciones. Esta comarca de la Vega Baja del Tajuña es la comunidad de Madrid que languidece y a la que sólo le queda rememorar tiempos pasados que, en su caso, siempre fueron mejores.




*Encabezamientos y arrendamientos por derechos de consumos año 1849.
Las cifras de encabezamientos o arrendamientos de los impuestos por consumos (similar al IVA actual) que pagaba cada municipio de la provincia de Madrid a mediados del siglo XIX, son un buen indicador de la actividad económica de cada pueblo en el año de referencia (1.849) ya que se entiende que cuanto mayor era la cantidad que abonaba cada ayuntamiento, mayor era el movimiento económico de la localidad. Según una publicación de la época, El Manual de la Provincia de Madrid, estas eran las cantidades que pagaban anualmente los pueblos del partido judicial de Chinchón:
  • Aranjuez: 153.000
  • Arganda: 93.000
  • Belmonte de Tajo: 6.709
  • Brea de Tajo: 8.487
  • Carabaña: 19.078
  • Colmenar: 79.750
  • Chinchón: 66.500
  • Estremera: 26.448
  • Fuentidueña de Tajo: 6.915
  • Morata de Tajuña: 33.665
  • Perales de Tajuña: 20.363
  • Tielmes: 14.783
  • Valdaracete: 15.250
  • Valdelaguna: 5.000
  • Villaconejos: 10.500
  • Villamanrique de Tajo: 5.279
  • Villarejo de Salvanés: 40.000
Para contextualizar la situación de cada municipio en relación con el resto de localidades de la provincia de Madrid hemos elaborado el ranking de los cuarenta municipios que más aportaban a las arcas provinciales entre los 202 pueblos que formaban parte de la provincia en 1849:
Aranjuez (1º)
Arganda (2º)
Colmenar de Oreja (4º),
Chinchón (5º)
Villarejo de Salvanés (12º),
Morata (19º)
Estremera (27º)
Perales de Tajuña. (37º)
Carabaña (38º)

** (…) Hay dos Españas, pero no son las de Machado. Hay una España urbana y europea, indistinguible en todos sus rasgos de cualquier sociedad urbana europea, y una España interior y despoblada que he llamado España vacía (…).
Sergio del Molino, en la página 47 de su obra, también se refiere a una localidad de nuestra comarca:
(…) Cuenca es una provincia limítrofe con Madrid. El pueblo que marca la frontera, Fuentidueña de Tajo, tiene dos mil habitantes. Administrativamente es Madrid. Los fuentidueñenses son madrileños de pleno derecho y, en un día sin mucho tráfico, pueden alcanzar el centro de la capital en coche en unos cuarenta y cinco minutos, pero nada recuerda allí a Madrid. (…) Cuando acaba el término de Arganda del Rey, la meseta recupera su tono marrón y amarillo y el viento y el sol son los únicos señores como lo han sido siempre (…).


Fuentes y bibliografía:
  • Censo de 1857. Fondo documental del Instituto Nacional de Estadística.
  • Censo de 1900.Tomo I. Resultados definitivos. Detalle por provincias. Fondo documental del Instituto Nacional de Estadística.
  • Censo de 1950. Madrid. Tomo. I Cifras generales. Fondo documental del Instituto Nacional de Estadística.
  • Censo de 1960. Tomo I. Cifras generales de habitantes. Fondo documental del instituto nacional de Estadística.
  • Censo de 1970. Tomo I. Número de habitantes por municipio. Fondo documental del instituto nacional de Estadística.
  • Censo 1986, 2001 y 2018. Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid a partir de ficheros oficiales del instituto Nacional de Estadística.
  • Manual de la Provincia de Madrid. Cotarelo, Juan. Establecimiento tipográfico de A. López. Madrid, 1849.
  • La España vacía. Molino, Sergio del. Turner Noema. Madrid, 2016.