jueves, 5 de septiembre de 2024

Usos y prácticas de la caza en Morata y su entorno (II)

Durante la segunda mitad del siglo XIX los Altamira arrendaron la caza del coto de El Bosque
En 1900 se produjo un grave motín para protestar contra el acoso de la Guardia Civil a los furtivos

Con el cambio de siglo y el paso del XVIII al XIX el acceso a la práctica de la caza se popularizó y se extendió entre las clases más modestas. La nobleza, sin embargo, seguía manteniendo sus privilegios y sus cotos exclusivos, sin ir más lejos en Morata donde los Altamira conservaban su coto de El Bosque. Mientras tanto, el control de la caza no dejó de generar problemas entre las autoridades y los cazadores más modestos, casi siempre con el socorrido furtivismo como origen de los conflictos. 



Que la práctica de la caza se popularizó ya desde comienzos del siglo XIX en relación con épocas pasadas se comprueba con una noticia aparecida en agosto de 1801 en el Diario de Madrid y que hacía referencia a un entorno muy cercano a Morata y los pueblos vecinos de Perales de Tajuña y Arganda del Rey:

Quien quisiere arrendar la granja del Campillo, con su casa, cercado y demás terreno de su coto, sito entre los pueblos de Arganda, Perales de Tajuña y Morata, acuda a hacer su postura ante el padre abad mayordomo del monasterio de nuestra Señora de Monserrat, villa de Madrid. Dase de término hasta el día 15 del corriente mes de agosto, y se rematará en el mejor postor bajo condiciones y pactos que se acordaren. (Diario de Madrid, 7 de agosto de 1801).

Este terreno situado en el paraje de El Campillo se cedía a quien estuviera dispuesto a pagar el arrendamiento, una práctica que no era nada habitual hasta entonces y que, como veremos, también llegó al mismo término municipal de Morata. Por otra parte, que la caza ya estuviera más extendida más allá de la nobleza y la monarquía no significaba que las autoridades hubieran abandonado su papel a la hora de vigilar esta actividad, tanto por motivo de la misma práctica de la caza y el respeto a las épocas de veda como por el control de las propias armas de fuego. No en vano, el país vivió una época convulsa, a principios de siglo, primero con la guerra de la independencia y posteriormente con la imposición del absolutismo por parte de Fernando VII, el triunfo del liberalismo y, al fin, una nueva vuelta de las ideas más conservadoras a partir de 1823.

Con estos vaivenes políticos, las autoridades tenían claro que debían controlar la tenencia y uso de las armas y así se lo hacían saber a los responsables políticos de las zonas rurales, donde más presencia tenían los cazadores. En 1823, justo después de que se pusiera fin al trienio liberal, una comunicación a los pueblos del partido judicial de Chinchón recordaba la obligación de vigilar la actividad de los cazadores y controlar que todos contaban con la correspondiente licencia: 

Restablecido el gobierno del Rey nuestro señor como se hallaba antes del aciago día del 7 de marzo de 1820, lo ha sido por consecuencia el Juzgado de Veda, de Caza y de Pesca (…) habiéndose aprobado por el Supremo Consejo de Castilla el Edicto de que acompaño a V. un ejemplar, lo hará fijar en el sitio acostumbrado para que nadie alegue ignorancia.

Jamás ha sido tan precisa la vigilancia para el uso de armas de fuego como en el día, pues así lo exige la seguridad pública; por lo tanto encargo a V. vele eficazmente que ninguna persona salga a cazar con escopeta en el término de ese pueblo, ni permita que los de otro lo hagan sin la correspondiente licencia mía (…) y el que contraviniere sufrirá la pena que se le impone el artículo 15 de la Real Orden inserta en dicho edicto (…).

Madrid, 25 de agosto de 1823.

(Archivo de la Ciudad de Arganda del Rey. 25/08/1823. Orden de Manuel José de Urbizu a la villa para que se vigile que nadie sale a cazar con escopeta sin su permiso).

Esta orden incide en el control de los cazadores y sus armas y, en el mismo sentido, se explica otra que emitió el subdelegado de policía del partido de Chinchón en 1826:

(…) Me consta que en el año anterior se ha cazado sin licencia, ya con galgos, ya con escopeta, por personas que lo verificaban a la vista de las autoridades de varios pueblos de esta subdelegación, bien por patrocinio de estas o bien por un abandono culpable y digno de castigo, siendo consiguiente en esta conducta criminal el desprecio con que por dichas autoridades se minaban los preceptos soberanos. Yo espero de ustedes que en el presente año no darán lugar a que se repitan tales excesos que sobre perjudicar en gran parte a los intereses del ramo, da una baja idea de la institución del mismo cuando sus disposiciones o se desprecian o no se cumplen (…).

(Archivo de la Ciudad de Arganda. 10/07/1826. Notificación del subdelegado de la policía del partido de Chinchón a la justicia de Velilla de San Antonio sobre la expedición de Licencias de Caza).

Por último, para ratificar e insistir en el control de los cazadores, el mismo subdelegado de policía del partido de Chinchón exigió a todos los pueblos de la comarca que le remitieran un listado con la filiación de todas las personas con licencia de caza en el año 1828. Se trataba, por supuesto, de controlar la práctica de la caza pero también, y no menos importante, a los propios cazadores.

El motín de los cazadores de Morata en la prensa (Fuente: El Español, 18 de abril de 1890)

Cotos de caza, furtivismo y conflicto social

El control de las licencias de caza y de las personas que disponían de armas de fuego tenía su máxima expresión en la vigilancia de los espacios acotados para la caza, en última instancia para evitar el furtivismo en los cotos pero también en los terrenos libres y abiertos a todos los cazadores, donde tampoco era extraño que se produjeran incidentes que en ocasiones terminaban trágicamente. Así sucedió en abril de 1850 cuando una discusión en medio de un lance de caza provocó la muerte de un cazador morateño. El diario El País relataba así el suceso: 

Dentro de breves días debe verse en la Audiencia de esta corte una causa ya concluida en el juzgado de Chinchón, sobre la muerte causada hace pocos meses a un joven cazador en las inmediaciones de Morata. El hecho que la ha dado origen es que hallándose cazando varios jóvenes de aquellas cercanías, uno de ellos disparó a una liebre que, acosada por los perros, fue a refugiarse a un sitio donde se hallaba un pastor guardando su ganado, el cual hizo presa del animal fugitivo. Los cazadores reclamaron la liebre; el pastor se negó a entregársela, y pasando de las palabras a las obras, este último dio un navajazo al joven que se suponía dueño de la liebre, dejándole muerto en el acto. En la sentencia del juez de Chinchón parece que los demás cazadores que tuvieron la desgracia de presenciar esta catástrofe, sin delito delito ni culpa alguna de su parte, tienen impuesta la dura pena de cinco años de presidio. (El País, 19 de abril de 1850).

Este suceso, del que desconocemos la sentencia final, ocurrió en los terrenos libres del término municipal de Morata. En este mismo término aún se conservaba un espacio acotado, El Bosque de los condes de Altamira que, a mediados del siglo XIX, aún contaban con el arrendamiento de su caza como parte de sus ya menguados ingresos en su antigua villa de señorío. 

Recordemos, como veíamos la pasada semana, que los marqueses de Leganés, antecesores en el señorío de Morata de los Altamira, ya se habían ocupado en el siglo XVII de reservarse un espacio exclusivo para la caza. Más de doscientos años después, en el año 1852, cuando la Casa de Altamira ya prácticamente solo conservaba el palacio condal entre sus propiedades en Morata, El Bosque aún permanecía en su patrimonio y como tal se arrendaba: 

Se arrienda la caza del Bosque que posee el Excmo. Señor conde de Altamira, en término de la villa de Morata, bajo las condiciones que estarán de manifiesto en la contaduría de S. E. y en la administración de dicho señor, en la expresada villa, hasta el día 31 del corriente, en que se adjudicará al sujeto que mejor proposición hubiese hecho, advirtiéndose que el mencionado bosque está a poco más de un cuarto de legua de la carretera de Las Cabrillas entre Arganda y Perales, por la cual pasan diariamente las diligencias de Valencia y Tarancón, habiendo otra también establecida en Arganda que conduce pasajeros de esta corte los lunes y sábados (…). (Diario Oficial de Avisos de Madrid, 24 de enero de 1852). 

Unos años después, en 1856, otro anuncio en el Diario Oficial de Avisos volvía a informar sobre el arriendo de esta propiedad de los Altamira en la que, además de la caza, también se explotaba la leña y el esparto. Para proteger estos bienes El Bosque contaba con un guarda que habitaba la casa construida en esta propiedad, situada justo en la zona sur del citado bosque. Por la documentación de la Casa de Altamira sabemos que, en 1839, Salvador García, que ejercía como guarda, ganaba un salario de 4 reales diarios. 

Entre las obligaciones de este guarda y de todos los que ocuparon este puesto se contaba la de vigilar que no se practicara el furtivismo, lo que no siempre era posible. Así, en septiembre de 1867, el Ayuntamiento de Morata publicó en la Gaceta de Madrid un edicto anunciando la celebración de un juicio de faltas contra Ildefonso Rivas Gómez por cazar con hurón en El Bosque perteneciente a la testamentaría del excmo. señor conde de Altamira. Celebrada la vista el día 10 de octubre, en ausencia del denunciado declarado en rebeldía, el mismo periódico oficial publicaba la condena contra un acusado que tampoco acudió al juzgado municipal:

Francisco Estévez, teniente segundo de alcalde de esta villa de Morata de Tajuña:

Hago saber que en el juicio de faltas celebrado en rebeldía contra Ildefonso Rivas Gómez, cuyo paradero se ignora, por entrar a caza con hurón en el bosque que en este término corresponde a la testamentaría del Excelentísimo señor conde de Altamira, se ha dictado sentencia condenándole en la multa de 20 reales, costas del juicio y reintegro del papel mismo (…). 

Morata de Tajuña, 11 de octubre de 1867. (Gaceta de Madrid, 12 de diciembre de 1867).

Este incidente menor causado por el furtivismo tuvo su continuación, con consecuencias mucho más graves, unas décadas después, ya a comienzos del siglo XX. En abril de 1900 tuvo lugar un motín generalizado de los cazadores de Morata para protestar por lo que consideraban excesivo rigor de la Guardia Civil a la hora de perseguir el furtivismo en el término municipal. Prácticamente todos los periódicos madrileños se hacían eco de los incidentes ocurridos en Morata el domingo 18 de abril:

Por telegramas particulares se tuvo ayer noticia en Madrid de un motín ocurrido el domingo en Morata de Tajuña, que ha revestido caracteres graves.

La causa de la alteración del orden fue el rigor desplegado por la Guardia Civil contra los cazadores furtivos.

De un numeroso público que estaba apostado en una calle salieron algunas voces de socorro al pasar por allí una pareja de la Benemérita.

Esta se acercó inmediatamente y entonces calló sobre ella una lluvia de piedras por lo que tuvo que refugiarse en la casa cuartel.

Al poco rato salió el cabo comandante con todas las fuerzas a sus órdenes, lo que sublevó más los ánimos, estallando entonces el motín verdaderamente alarmante.

La Guardia Civil tuvo que disparar al aire sus fusiles para atemorizar a los revoltosos; pero como estos no deponían su actitud y eran muy superiores en número, se vio aquella en la necesidad de retirarse al cuartel sin lograr siquiera hacer una detención.

El cuartel fue apedreado, disparándose también contra él muchos tiros. Por lo que no quedó un cristal sano.

Los amotinados, que fueron dueños durante algunas horas de la población, depusieron al fin su actitud.

Para asegurar el orden acudieron fuerzas de la Guardia Civil de los pueblos inmediatos. 

También se han pedido algunas parejas a Chinchón, a fin de que se encargue de conducir a Madrid a siete individuos que fueron presos últimamente como promovedores del motín.(El País, 18 de abril de 1900).

El diario El Español, que titulaba su información sobre el motín como Lo de Morata, también se hizo eco de los incidentes, al igual que la mayor parte de la prensa madrileña de la época:

En Morata de Tajuña se promovió el domingo un motín contra la Guardia Civil por la persecución que esta realiza contra los cazadores furtivos.

Los amotinados dispararon infinidad de tiros y las cosas llegaron a ponerse muy serias, pues intentaron quemar la casa-cuartel de la Benemérita.

Reconcentradas en Morata las fuerzas precisas, se ha calmado ya la excitación pública.

Hay 34 detenidos, de los cuales 25 quedarán en libertad provisional, y los otros serán conducidos a esta corte, para ser sometidos a la jurisdicción correspondiente.

No hay temores de que se vuelva a turbarse el orden en Morata.(El Español, 18 de abril de 1900).

Otro periódico como El Liberal añadió a la información unos ripios para pronunciarse sobre el motín:

Cosas del día

En Morata de Tajuña

ha habido motín y escándalo

porque los guardias civiles

persiguiendo sin descanso

ni tregua a los cazadores 

furtivos, los ha irritado

y por lo visto en Morata

hay abundancia en el ramo.

El motín debió ser grave

aunque pronto sofocado

porque hubo pedradas, gritos

subversivos y disparos, 

según dice un periódico

fueron los amotinados

hasta reponerse el orden

dueños del pueblo un gran rato.

No obstante, no hubo desgracias 

ni funestos resultados

pues por suerte para todos

los tiros no hicieron blanco

y solo hubo algún contuso

de resultas de algún palo

lo cual” que según el chico

de Gedeón, no es extraño

ni tiene importancia alguna

porque es solo, al fin y al cabo

un cazado de Morata

con el cuerpo amoratado. (El Liberal, 18 de abril de 1900).





Fuentes y bibliografía:

  • Archivo Provincial de Toledo H-410 y H 408.

  • Historia de la villa de Morata de Tajuña. Torre Briceño, Jesús Antonio. Ayuntamiento de Morata de Tajuña, 1999.

  • Descripción histórica del Real Bosque y Casa de Aranjuez. Álvarez de Quiondos y Baena. Imprenta Real. Madrid, 1804.

  • Archivo de la ciudad de Arganda del Rey. 01/02/1789. Orden del conde de Floridablanca para que los vecinos de Arganda respeten las ordenanzas de caza.

  • Archivo de la Ciudad de Arganda del Rey. 10/07/1792 Expediente judicial para que se arregle el camino que va Morata y se encuentre en la mejor disposición para el paso del rey.

  • El furtivismo en los cotos reales. Peris Barrio, Alejandro. Publicado en el año 2017 en la Revista de Folklore número 428.

  • Archivo de la Ciudad de Arganda del Rey. 25/08/1823. Orden de Manuel José de Urbizu a la villa para que se vigile que nadie sale a cazar con escopeta sin su permiso.

  • Archivo de la Ciudad de Arganda del Rey. 19/112/1828. Notificación del subdelegado de la policía del partido de Chinchón a la justicia de Perales de Tajuña para que le envíen una lista de todas las personas que les han sido concedidas las licencias de armas y caza durante 1828.

  • Archivo de la Ciudad de Arganda. 10/07/1826. Notificación del subdelegado de la policía del partido de Chinchón a la justicia de Velilla de San Antonio sobre la expedición de Licencias de Caza.

  • Publicaciones y periódicos citados en el texto.


 

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