USOS Y COSTUMBRES
Proceso judicial para recuperar la dote matrimonial
En 1746, una vecina de Morata denunció a su marido por impago de la dote tras la anulación de su matrimonio
La deuda provocó el ingreso en la cárcel del marido y su destierro de Morata
En las últimas semanas hemos visto ejemplos de cartas de dote de dos vecinas de Morata. La primera de ellas correspondía a una mujer perteneciente a la pequeña nobleza local, María Antonia Ruiz de Castañeda, y el importe de su dote ascendía a casi 50.000 reales. En el segundo caso, la carta dotal de Inés de Corpa, una morateña que había trabajado en su adolescencia como criada en Madrid y que regresaba a Morata para contraer matrimonio, la dote facilitada por su familia y sus antiguos empleadores, junto con las arras aportadas por su marido, apenas ascendía a 4.500 reales, una diferencia realmente importante para unas dotes matrimoniales que, en ambos casos, se otorgaban para asegurar que las mujeres quedaran desamparadas en caso de viudedad o de anulación del matrimonio. Para terminar con estas entregas y completar el conocimiento sobre las dotes matrimoniales trataremos sobre un caso de anulación matrimonial y cómo la mujer pleiteó para recuperar su dote.
A mediados del siglo XVIII dos vecinos de Morata, Teresa García de la Puente y Pedro Antonio Ruiz de Castañeda*, contrajeron matrimonio en la villa. Por motivos que desconocemos, el matrimonio fue anulado por la autoridad eclesiástica, la única institución competente en esta época para aprobar una medida tan drástica de disolución matrimonial. Se trataba de uno de los casos en los que la legislación vigente en esos años permitía a la mujer recuperar su dote matrimonial para afrontar así su nueva situación personal.
Según una escritura de obligación conservado en el Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, el que fuera marido de Teresa García de la Puente, la dote debido a los problemas económicos que le impedían contar con los fondos necesarios para cumplir con la ley.
Este incumplimiento activó la maquinaria judicial y Pedro Ruiz de Castañeda ingresó en la prisión eclesial de Alcalá de Henares. Según la propia escritura de obligación, la prisión se había decretado por orden del nuncio papal, una situación de la que solo podía salir si afrontaba el pago de la dote a la que fuera su mujer. Para saldar la deuda y salir de prisión, en el mes de agosto de 1746 su propia familia le cedió la propiedad de una viña cpara el pago de la dote:
(…) en once de agosto pasado de este año por Don Julián García Gutiérrez, su cuñado, [de Pedro Antonio Ruiz de Castañeda] también vecino de la Villa de Morata y al presente residente en esta de Madrid, y por ante Joaquín de Vecerreino, escribano de S. M. en ella se otorgó a su favor escritura de donación intervivos de una viña de doce mil cepas de cabida, poco más o menos, que el denominado D. Julián tenía y le pertenecía en el término de dicha Villa de Morata donde llaman el Llano de Arriba y La Gracia, linde por una parte con viña del Convento de religiosos Dominicos del Convento de Nuestra Señora del Rosario de esta Corte, por otra parte con la vereda que va a la villa del Campo y por las demás partes con tierra erial de D. Joseph de Cuevas, vecino de la villa de Carabaña, cuya viña compró a diferentes sujetos en precio de treinta mil reales, poco más o menos, como resulta de las escrituras de su compra (…). (AHPM. Escribanía de Francisco Guerra. Tomo 18.362. Sin foliar).
El valor de la viña que le cedió su familia para afrontar el pago de la dote a Teresa García de la Puente ascendía a 30.000 reales, una cantidad elevada y acorde con el nivel económico de los dos contrayentes, sin embargo, pasaron los meses y la mujer de Pedro Ruiz de Castañeda aún no había recibido el importe de su dote por lo que denunció a quien había sido su marido.
Denuncia de Ines de Corpa por incumplimiento del pago de la dote
Seis meses después de que Pedro Ruiz de Castañeda recibiera la donación de la viña adquirida por su familia para que afrontara el pago de la dote a Inés de Corpa, ésta aún no había recibido el importe de dicha dote, por lo que acudió a la Justicia para recibir la compensación económica a la que tenía derecho. Para pleitear con quien fuera su marido, el 19 de febrero de 1747 otorgó un poder legal a Vicente María de Arroyal para que defendiera sus derecho a recuperar la dote impagada:
En la Villa de Madrid a diez y nueve días del mes de febrero de mil setecientos cuarenta y siete ante mí el escribano y testigos pareció Doña Theresa García de la Puente residente en ella, natural de la villa de Morata de estado soltera, mayor, que declaró ser veinte y cinco años y que por sí y su persona dijo que por cuanto ha seguido y sigue a efecto matrimonial con D. Pedro Ruiz de Castañeda, vecino de la citada Villa de Morata, en el que en su primera instancia se le condenó al susodicho a la entrega de once mil reales de vellón por razón de dote de la expresada y por haberla disfrutado su virginidad los cuales hasta este día no ha recibido, y para que tenga efecto y se practique en este asunto y como en otra cualesquier causa las delego (…) al licenciado Don Vicente María de Arroyal, abogado de los Reales Consejos, para que en su nombre y representando su propia persona la defienda en todos sus pleitos y causas civiles y criminales, ordinarios y ejecutivos que de presente tiene y en adelante tuviere (…) y así mismo (…) para que pueda percibir y cobrar así los citados once mil reales de vellón que a la otorgante le están mandados entregar (…). [Poder firmado por los testigos Don Germán de Burget, D. Julio Francisco Martínez y Manuel Antonio Melendez de Vargas, y Teresa García de la Puente ante el notario Juan Francisco Fernández]. (AHPM. Escribanía de Juan Francisco Fernández . Tomo 17.780. Folios 200-202).
Poder notarial para iniciar la denuncia por impago de la dote (Fuente: Archivo Histórico de Protocolos de Madrid)
Vemos por este poder notarial que, en efecto, en esa fecha Teresa García no había recibido aún el importe de su dote y menos aún la propiedad de la viña que Pedro Ruiz de Castañeda había recibido en donación de su familia para que afrontara este pago. Una semana después, el 26 de febrero de 1746, el representante legal de Teresa García de la Puente, Vicente María de Arroyal, firma una carga de pago para reconocer haber recibido en nombre de Teresa García el importe de la deuda depositado ante la Nunciatura. Por este documento de reconocimiento del pago de la cantidad adeudada también sabemos que Teresa García acudió a la justicia civil, concretamente ante el marqués de Lara, gobernador del Real y Supremo Consejo de Castilla, para conseguir el destierro de Pedro Ruiz de Castañeda de la villa de Morata en tanto que no le fuera abonado el dinero que correspondía a su dote. Saldada la deuda de la dote matrimonial, el referido Pedro Ruiz de Castañeda pidió que se le expidiera la correspondiente carta de pago :
(…) por cuanto la dicha Doña Theresa García de la Puente ha seguido pleito matrimonial con Don Pedro Ruiz de Castañeda, vecino de la expresada villa de Morata, en el cual se dio sentencia por el señor vicario general de la Ciudad de Alcalá de Henares, absolviéndole y dándole por libre de los esponsales pretendido por la susodicha y condenándole a que la dotase en mil ducados de vellón y en las costas procesales de dicho pleito y alimentos de lactancia por tres años a razón en cada un día de cuatro reales de vellón de cuyas cantidades se haya sin percibir los citados mil ducados de su dotación sin embargo de estar depositados en el Tribunal de la Nunciatura de esta Corte, lo que es notorio a que la dicha Doña Theresa acudiese ante el Ilustrísimo Señor Marqués de de Lara, gobernador que fue del Real y Supremo Consejo de Castilla pidiendo se desterrase al (…) Don Pedro Ruiz de Castañeda de su pueblo, como lo ejecutó por su orden cometida a las Justicias de dicha Villa de Morata, quienes la pusieron en práctica (…) donde se mantiene [en el destierro], y estando convenido y ejecutado en virtud de dicho poder con la parte del referido Don Pedro en que separándose el otorgante y a la dicha Doña Theresa de cualesquier y otro que tenga a reclamar en dicho pleito prestará su consentimiento para que sin embargo de la contradicción que a la entrega de dichos mil ducados tiene hecha, desde luego se le entreguen para que se cese el motivo de recurso hecho ante el mencionado Ilustrísimo Señor Marqués de Lara con tal que a su favor otorgue la carta de pago correspondiente así de la explicada cantidad como de las costas procesales y alimentos de lactancia. Y viendo ser justa la pretensión lo quiere hacer por tanto en la mejor razón y forma que mas haya lugar en derecho otorga y confiesa haber recibido los explicados once mil reales de vellón en monedas de plata, oro y (…) del Depósito donde se depositaron y por mandato de Don Fernando Grande notario mayor (…). [Firmas de Vicente de Arroyal, los testigos y el escribano Juan Francisco Fernández (AHPM. Escribanía de Juan Francisco Fernández . Tomo 17.780. Folios 202-204).
Con el pago de la dote, finalizaba el proceso judicial planteado por Teresa García de Puente ante la justicia eclesiástica para anular su matrimonio, y ante la justicia civil para conseguir que se le restituyera el pago de su dote matrimonial. De Teresa García no existen documentos que recojan su vecindad en Morata unos años después de que se anulara el matrimonio, por su parte, Pedro Antonio Ruiz de Castañeda aparece avecindado en 1751 en el vecino pueblo de San Martín de la Vega aunque con propiedades en Morata como una casa en la calle real que va a San Martín e incluso un molino aceitero en la calle de los Huertos.
*En la documentación que se generó por el proceso judicial iniciado para que Teresa García de la Puente recuperara la dote, su marido aparece identificado en unas ocasiones como Pedro Ruiz de Castañeda y en otras como Pedro Antonio Ruiz de Castañeda.
Fuentes y bibliografía:
Archivo Histórico de Protocolos de Madrid. Escribanía de Manuel Sánchez Dávila. Tomo 18.473. Folios 1-6.
Archivo Histórico de Protocolos de Madrid. Escribanía de Francisco Guerra. Tomo 18.362. Sin foliar.
Archivo Histórico de Protocolos de Madrid. Escribanía de Juan Francisco Fernández . Tomo 17.780. Folios 200-202.
La mujer dotada y las dotaciones en Castilla y los territorios vascos durante el Antiguo Régimen (Marcos jurídicos y prácticas). Morientes Simal, Alba. Trabajo de fin de grado de derecho 2022-2023. Dirigido por Imanol Merino Malillos. Universidad del País Vasco.
Catastro de Ensenada. Pieza seis. Libro de lo personal del estado seglar. Pieza 3ª. Archivo Provincial de Toledo H-410 y H- 408.

No hay comentarios:
Publicar un comentario