miércoles, 4 de noviembre de 2015

1574, Morata se convierte en villa de la Corona


El Concejo se hipotecó en 24.000 ducados para dejar el señorío del arzobispado de Toledo

Desde el siglo XIV Morata, enclavado en las tierras de Segovia, había pasado por distintas situaciones de vasallaje. Primero, Fernán Pérez Portocarrero compró la jurisdicción de Morata, junto a Valdemoro y Pinto, por 180.000 maravedíes. Unos años después, Pedro I dona la villa a un miembro de la familia Mendoza, Pedro González de Mendoza y, ya en los albores del siglo XV, Enrique III emite una carta real con fecha de diciembre de 1393 por la que el lugar de Morata pasa también por donación a la Mesa Arzobispal de Toledo. En 1574, por vez primera, el Concejo de Morata quiso que sus vecinos abandonaran la condición de vasallos
En todos estos cambios jurídicos, los vecinos poco o nada tenían que decir. Los reyes, utilizaban sus privilegios y usaban el status de Morata como moneda de cambio con la nobleza y con la Iglesia. Bien por motivos económicos, como sucedió con la venta a Pérez Portocarrero, o bien por intereses mutuos como las donaciones a los Mendoza o al arzobispado de Toledo, Morata no pudo influir en su situación jurisdiccional hasta bien entrado el siglo XVI. Es entonces cuando, aprovechando que Felipe II, una vez más, tenía al borde de la quiebra la hacienda del reino, los vecinos dieron el paso para que Morata adquiriera la condición de villa y con ello mayor independencia municipal.
En el archivo de Simancas (AGS-Expedientes de Hacienda-Legajo 329-Expediente 6) se conserva el expediente de todo el proceso jurídico por el que Morata logró salir del vasallaje del arzobispado de Toledo, eso sí, después de comprometerse a desembolsar una importante cantidad de dinero, 24.000 ducados, que después de repercutirla en los impuestos, habían de asumir todos los vecinos durante los años siguientes.
Desmembración del arzobispado de Toledo
Unos años antes de iniciarse el proceso de desmembración, la Hacienda Real pasaba por momentos de apuro, algo por otra parte habitual durante todo el reinado de Felipe II. La deuda, alrededor de 36 millones de ducados, y las continuas exigencias económicas de la agresiva política exterior del monarca, obligaron al rey a buscar nuevos recursos económicos extraordinarios. Uno de ellos fue aprovechar un breve papal de Gregorio XIII que autorizaba al rey a desmembrar villas de señorío eclesiástico –como era el caso de Morata- y así obtener recursos con los que financiar la deuda.
En esta ocasión, las necesidades económicas del rey coincidieron con el deseo del Concejo de Morata de obtener mayor independencia municipal y parecía que el momento económico era el adecuado para cumplir este deseo. Pero antes había que valorar el precio a pagar por esta nueva situación jurisdiccional.
En la legislación emitida para llevar a cabo todo el proceso, se fijaba un precio de 15.000 maravedíes por vecino. Este era el precio que debían pagar bien las propias villas que desearan obtener su independencia de otros señoríos, o bien los particulares que pretendieran convertirse en señor de vasallos al comprar la jurisdicción de alguno de los lugares en venta. Morata, para evitar esta posibilidad, que hubiera significado cambiar un señorío eclesiástico por un señorío civil, optó por comprar su propia jurisdicción. Todo este proceso, recogido en el expediente del Archivo General de Simancas, se desarrolló en muy poco tiempo, concretamente entre el 9 de diciembre de 1574 y el 15 de enero de 1575. En esas fechas se desplazó a Morata el juez Francisco de Morales, enviado de la Hacienda Real para determinar las condiciones de la venta y, especialmente, las rentas y el censo de vecinos de Morata.
Ya el día 9 de diciembre el concejo realiza un padrón de los vecinos. Recordemos que el precio a pagar estaba directamente relacionado con el número de vecinos de cada villa y también con las rentas que se habían producido en los cinco años anteriores a la desmembración. Con este padrón, que encabezaba Adán Ruano, hospitalero del hospital de la villa, se trataba de fijar el censo de vecinos y también el número de viudas, clérigos, huérfanos y moriscos. El motivo de esta distinción era muy claro: estos habitantes de Morata contaban como medio vecino a la hora de valorar el precio final a pagar a la Hacienda Real.
Tres días después, el padrón se presenta al juez por los regidores de la dicha villa de Morata e dijeron que en cumplimiento de la provisión de su majestad que les fue notificada a ellos han hecho padrón de todos los vecinos e moradores, viudas e menores que hay en la dicha villa, el cual padrón han hecho según de la manera que les fue mandado, del cual padrón han presentado ante el dicho señor juez y va escrito en 19 hojas y firmado de sus nombres y de mí, Alonso Bravo, escribano público de esta villa y del concejo de ella.
Recibido el padrón, el juez pasó a comprobar, casa por casa, la veracidad de su contenido el día 13 de diciembre. Acompañado de los regidores de la villa e juntamente con ellos fue al hospital de la dicha villa donde vive Adán Ruano, que es el primer vecino que va puesto y asentado en el padrón presentado por el Concejo. Desde la dicha casa se comenzó a facer la declaración y comprobación en la dicha calle y todas las casas de la dicha villa, y en cada una tomaron un juramento preguntando a los vecinos que en la tal casa vivían e los menores e huérfanos que tenían en estas casas …).
El documento de comprobación continúa reflejando los habitantes y circunstancias de todas las casas de Morata con datos particulares de algunos de estos vecinos. Por ejemplo, Pascuala de Prado, que fue casada y su marido se fue; o también los vecinos huérfanos y, como hemos reflejado ya, los moriscos o las viudas. El acta de esta revisión del padrón firmada por Francisco de Morales, se realizó el 16 de diciembre, pero ya un día antes, el día 15 el concejo presenta un nuevo escrito en el que refleja, refrendado por testigos avecindados en la villa, los vecinos que son pobres y mendicantes en una relación que no esconde la situación de necesidad de estas familias. Así, es de nuevo Adán Ruano el primer vecino que aparece reflejado y del que se dice que son personas pobres que no tienen ningunos bienes muebles ni raíces (…) y su mujer anda a pedir.  La relación sigue con Sebastián de Villegas que es tan pobre que no tiene tierras ningunas y su mujer y [sic] hijos andan mendigando y pidiendo limosnas por las casas (…). Otros casos entre los citados por el concejo y los testigos es el de María de Guzmán, mujer que fue de Pedro Serrano [que] es muy pobre, que no tiene sino una casilla, e tiene seis hijos e hijas pequeños, y se le da limosna y botica si caen malos.
Así, nada menos que hasta 126 vecinos, de un censo de 520, -alrededor del 25 por ciento del censo-eran considerados pobres por el Concejo y, por lo tanto, poco o nada podían aportar al pago del precio requerido para lograr la desmembración del arzobispado de Toledo y su parte, lógicamente, recaería sobre el resto del vecindario. Para defender ante la Corona que estos pobres debían descontarse de la tasación final de la venta, el concejo otorgó un poder a varios vecinos para recurrir su inclusión en el padrón, y por lo tanto reducir el precio final que se debía abonar, pero lo cierto es que es que, aunque en la documentación no aparece referencia alguna a esta reclamación, parece que no se tuvo en cuenta por parte de la Hacienda Real y la valoración se mantuvo.
Una compra que hipotecó al concejo
La adquisición de la condición de villa y de la independencia que suponía pasar a la jurisdicción real tenía un precio que ya hemos visto fue fijado en 24.000 ducados. Naturalmente pagar esta cantidad no era fácil, como vamos a ver, y es de suponer que muchos vecinos, aunque no hay documentación que lo demuestre, no estarían de acuerdo con esta decisión del concejo que, no lo olvidemos, estaba controlado por las familias más influyentes y en el que poco tenían que decir los jornaleros o los vecinos más humildes que, sin embargo, también se comprometían a abonar la cantidad acordada.
Para comprender que el concejo apostara por la compra hay que tener en cuenta que en la fecha de la venta de jurisdicciones Morata, como tantos otros pueblos del entorno de Madrid, había pasado por una época relativamente boyante. En las propias Relaciones Geográficas, elaboradas por Felipe II, se señala que el pueblo estaba creciendo, gracias se dice, al cultivo del cáñamo, pero también, sin duda, a la demanda de otros cultivos y productos como el trigo, el vino y el aceite  que Morata podía aportar a la creciente población de Madrid. De hecho, unos años antes el propio concejo había comprado la dehesa carnicera y, simultáneamente, 277 vecinos, habían adquirido también en propiedad las tierras baldías sacadas al mercado por Felipe II, de nuevo con el objetivo de conseguir ingresos extraordinarios.
El último cuarto del siglo XVI fue una época, por tanto, de relativa pujanza y el concejo entendió que era la oportunidad de conseguir la independencia municipal inexistente en los siglos anteriores. Sin embargo, 24.000 ducados era una cifra muy elevada que, evidentemente, el concejo no tenía y que se consiguió con la firma de juros y censos –créditos hipotecarios diríamos ahora- que había que pagar. En cierta forma, en esos años se vivía una burbuja económica y los regidores consideraron que Morata tenía capacidad económica suficiente para abordar los créditos, pero, simplemente, el tiempo demostró que no era así.
Para hacernos una idea de la importancia de la cantidad comprometida con la Hacienda, si la pasamos a reales y maravedíes, podremos imaginar lo que significó para los vecinos de Morata en esa época. La conversión a moneda menor nos indica que los 24.000 ducados equivalían a 264.705 reales o, también aproximadamente, 9 millones de maravedíes, la moneda más utilizada en la época. Si tenemos en cuenta que el salario diario, los días que se trabajaba, estaba fijado entre 2 y 3 reales, tenemos una imagen real de que la cantidad comprometida fue tan importante que era inevitable que generara problemas como así sucedió: cincuenta y ocho años después de firmar el acuerdo de desmembración del arzobispado de Toledo, el concejo de Morata se encontraba acuciado por el pago de los intereses y el principal de la deuda contraída. De hecho, en una historia que contaremos con más detalles, en 1633 únicamente se habían amortizado 400 ducados de los 24.000 comprometidos y, lógicamente, el concejo tuvo que actuar para solucionar el problema económico que ahogaba a los vecinos y que había llevado a Morata a la bancarrota. Y sí, la dación en pago fue el método elegido para solucionar el problema en una demostración más de que la historia, a veces, se repite.

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