jueves, 29 de septiembre de 2022

El cultivo del cáñamo en la ribera del Tajuña (III)

El empozado y tratamiento de la planta del cáñamo se reguló en las Ordenanzas municipales de Morata

Una de las causas que ayudaron a que el cáñamo se extendiera por las tierras de regadío de Morata, y en el resto de villas de la vega baja del Tajuña, fue la posibilidad que ofrecía de alternar su cultivo con los cereales, trigo o cebada, que tan rentables resultaban para las economías de los agricultores. Como contrapartida, el cáñamo exigía disponer de las pozas indispensables para tratar las plantas, una actividad que no dejaba de provocar molestias a los vecinos además de riesgo de incendios. Para evitar o minimizar estas molestias y peligros, las Ordenanzas municipales de Morata dedicaron algunos apartados al cáñamo y también a las pozas y al trabajo que en torno a ellas se realizaba.


Desde que en el siglo XVI se generalizara el cultivo del cáñamo en las tierras regadas por las aguas del Tajuña, los agricultores comprobaron que esta planta resultaba muy apropiada como parte del ciclo de tres años en el que, tras dos años de siembra de cereal, en el tercero se plantaban hortalizas –ajos, judías, habas,…- o el mismo cáñamo. José García Sanz, autor de una en su tiempo muy exitosa obra de agricultura, Guía práctica de labradores, hortelanos, jardineros y arbolistas, proponía el uso del cáñamo como una planta muy adecuada en el ciclo del cereal:

(…) Los trigos en regadío, tengo ya dicho que no convienen en barbecho a propósito y solo para ellos y que deben sembrarse sobre el rastrojo de cáñamo sin ninguna otra labor ni abono, más que tirarlo sobre el rastrojo, o sea, tierra donde se haya cosechado cáñamo por ser esta la ventaja que proporciona aquel cultivo, que deja la tierra dispuesta para un trigo, y en su rastrojo una cebada sin ningún otro gasto más que tirarlos, envolverlos y marcar la labor del riego, como diré más por menor, cuando trate del cultivo del cáñamo (…).

Habitualmente, tras dejar en barbecho la última cosecha de cereal, los agricultores procedían a plantar el cáñamo, siempre por supuesto en tierras de regadío. Se solía plantar entre los meses de marzo y abril, e incluso hasta la primera quincena de mayo, en liños que facilitaran el riego, que debía ser abundante, y más o menos espesos en función del destino preferente de la cosecha: si se buscaba producir más cañamones, el marco de plantación era más claro, para favorecer la aparición de ramas secundarias en las que prosperaban las semillas; por el contrario, si se pretendía destinar la cosecha a la obtención de fibra de cáñamo, la plantación se realizaba más espesa, precisamente para evitar en lo posible el desarrollo de ramas secundarias y favorecer el crecimiento del tallo central, que era el que proporcionaba la fibra textil.

El cáñamo, por otra parte, no era muy exigente en las labores a realizar y con una o dos escardas, para limpiar las malas hierbas, y algún aclarado, si era necesario, para asegurar el vigor de las plantas se podía completar su ciclo vegetativo. Con estas labores mínimas y riegos regulares, resultaba suficiente para conseguir una buena cosecha que, por las peculiaridades de la planta del cáñamo, podía realizarse en dos procesos diferenciados.

En efecto, el cáñamo, al tratarse de una planta con ejemplares masculinos y femeninos, exigía que, si se pretendía priorizar la cosecha de cañamones, previamente se extrajeran en una primera tanda los ejemplares masculinos una vez que se había producido la fertilización. Tras realizar un último riego de las plantas femeninas, para conseguir su total maduración, se procedía a la cosecha definitiva y corta de las plantas femeninas unos quince días después.

Por el contrario, si el agricultor optaba por obtener hilaza de la mayor calidad, realizaba la cosecha y corta antes de que los cañamones hubieran madurado, y así obtener plantas de hasta cuatro metros que proporcionaban unas fibras excelentes. En la mayoría de los casos, los agricultores podían optar por reservar plantas hembras fertilizadas en una parcela concreta, para obtener así cañamones para consumo ganadero e incluso humano –además de semillas para campañas posteriores-, y proceder a extraer estos cañamones antes de realizar el empozado.

Vista aérea, enmarcada en rojo, de la zona la vega, junto a la carretera de Perales y el cementerio, donde se localizaban la mayoría de las pozas de cáñamo de Morata (Nomecalles.org)

Empozado y tratamiento final del cáñamo

Tras realizar la cosecha del cáñamo maduro, entre agosto y primeros del mes de octubre, el agricultor debía proceder a realizar un proceso de tratamiento de la planta con el fin de obtener tanto la hilaza como, en su caso, los cañamones.

En el caso de recolectar el cañamón, se trataba simplemente de sacudir la planta contra un borriquete en un terreno convenientemente preparado, normalmente una era de las utilizadas para la trilla del trigo. Posteriormente se recogían y aventaban las semillas, como en el caso del trigo y otros cereales, para eliminar las impurezas y permitir el almacenamiento de los cañamones, ya perfectamente secos, extendidos y lejos de humedades en una cámara.

En cuanto al empozado del cáñamo–denominado enriado cuando se realizaba en corrientes de agua-, resultaba fundamental e ineludible en la obtención de la hilaza, aunque no dejaba de generar problemas a los agricultores por la propia singularidad de estas labores.

Balbino Cortes, autor del Manual del cultivador del lino y cáñamo con el nuevo método para preparar estas plantas, describía lo que definía como efectos perniciosos de estos trabajos de empozado a los que se veía obligado el agricultor para obtener la fibra textil:

(…) Para obtener pues esta separación ha habido necesidad de recurrir al ameramiento [empozado], es decir, que antes de probar el separar la hilaza de la madera se ha puesto a remojar el cáñamo y el lino en el agua por algún tiempo (…).

Bien sé también que hay otros inconvenientes de mucha gravedad, pero me limitaré al más pernicioso de todos y el de más trascendencia, este es la naturaleza bien conocida de las fatales exhalaciones de los ameradores [pozas] que pueden empestiferar [sic] todo un pueblo, y es tal que si un hombre las respirara de lleno por algunos instantes, caería muerto como si un rayo lo hubiera tocado, que si tales desgracias son muy raras consiste felizmente en que esas exhalaciones se mezclan con el aire y el veneno que ellas contienen disminuye su fuerza, aunque no se destruye del todo (…).

Balbino Cortes, concluía:

(…) Así que esta operación no ofrece a los cultivadores sino penosos y pestíferos trabajos, pérdidas de producto e inminentes peligros, sin producir para el trabajo del lino y cáñamo otros resultados que el facilitar la separación de la hilaza de la cañamiza y el suavizar esta misma hilaza para los trabajos subsiguientes, dando al lino y al cáñamo un color que no se puede quitar sino con un blanqueo pesado y dispendioso (…).

Estos efectos indirectos e indeseables del empozado del cáñamo, una operación que podía extenderse en villas como Morata durante dos meses o más -entre mediados de agosto y octubre, tiempo necesario para procesar toda la cosecha de los agricultores locales en función de su distinto grado de maduración-, fueron los que provocaron la intervención de las autoridades concejiles desde el mismo momento que el cultivo del cáñamo y su tratamiento posterior se generalizó en Morata y, tal como ya vimos, en otros pueblos ribereños del Tajuña. Estas pozas se localizaban, preferentemente, al este de la villa, en las proximidades de la ermita de la Soledad, entre el entonces camino de Perales y el caz del monte, con el fin de evitar en lo posible que, como afirmaba Balbino Cortes, se pudiera empestiferar el pueblo.

Los agricultores debían asegurarse de que, mientras las plantas de cáñamo se mantenían en las pozas, cada cuatro días se cambiara el agua para evitar que las fibras obtenidas tuvieran un color oscuro y fueran lo más claras posibles. Para impedir que las plantas flotasen en las balsas de agua, se utilizaban piedras para mantenerlas permanentemente sumergidas.

El tiempo de empozado podía variar en función de la calidad del cáñamo, del mes en que se realizaba el empozado y de la temperatura que alcanzara el agua. Podía variar entre cuatro y cinco días en el mes de agosto, con temperaturas más elevadas; entre ocho y doce en el mes de septiembre, y hasta quince y diez y ocho días en el mes de octubre.

Cuando se consideraba que las fibras ya se habían separado del cuerpo leñoso central de la planta –la cañamiza que podía utilizarse como combustible-, el material se retiraba de la poza, para su secado y posterior tratamiento, lo que permitía proceder a empozar otra tanda, en un trabajo continuado que podía extenderse desde agosto hasta octubre.

El modo de regular el cultivo, empozado y tratamiento posterior del cáñamo, con el objeto de minimizar las molestias a los vecinos, se materializó en las Ordenanzas municipales que estuvieron vigentes en Morata desde, al menos, 1734, cuando Felipe V aprobó las que conocemos por una copia del año 1803, realizada por el escribano municipal Ramón García Nieto, aunque en siglos precedentes no es descartable que las ordenanzas vigentes por entonces, cuyo contenido desconocemos, también incluyeran medidas concretas relativas a las labores de empozado y manipulación del cáñamo.

En el caso de las Ordenanzas municipales a las que nos referimos –que ya han aparecido en varias ocasiones en el blog, por tratarse de las normas que regían y regulaban todo el trabajo agrícola en Morata-, trataban de proteger el cultivo del cáñamo de las mismas agresiones que podían sufrir otros cultivos de la vega y el secano morateño y los peligros derivados del posible incendio de una planta muy proclive a la combustión espontánea.

Al mismo tiempo, para evitar a los vecinos las molestias y los malos olores de los trabajos de empozado, a los que nos referíamos anteriormente, el municipio se reservaba el derecho de autorizar la construcción de pozas que debían situarse, obligatoriamente, lo suficientemente alejadas de la villa.

Las referencias concretas al cáñamo en las Ordenanzas de Morata aparecen, en primer lugar, en el apartado 14 en el que se incluía la prohibición de atar al ganado de labor en las inmediaciones de los cultivos de cáñamo como de otras especies:

(…) en las lindes y las mediaciones de las tierras que de una y otra parte estén sembradas, así de cáñamo, judías, melones como otras legumbres por acaecer en estos mismos perjuicios y el que esto hiciere por la primera vez tenga de pena por cada bestia cien maravedíes y por la segunda doscientos maravedíes y por las demás en que reincida se castigue criminalmente además de pagar el daño a las partes.

El mismo objetivo de proteger el cultivo y las plantas del cáñamo perseguía el apartado 22 de las Ordenanzas:

Ítem, que por cada cabeza de ganado mayor, así mular, caballar, vacuno y de otro género que por descuido o malicia del dueño entrare en panes o viñas o tierras de legumbres como cáñamo, lino, melones, ajos, cebollas y otras semejantes que se crían en este término pague además del daño que hiciere cien maravedíes de pena siendo de día y doblado siendo de noche, y lo mismo si fuera ganado asnal o de cerda, y si fuere lanar o cabrío pague por cada cabeza cuatro maravedíes, como el ato no exceda de cien cabezas, porque de ahí arriba seis maravedíes por cada una siendo de día y doblado de noche, y se le agravará según la reiteración como las antecedentes

Una vez cosechado el cáñamo, las Ordenanzas también preveían medidas para evitar el incendio de las plantas previa o posteriormente a su empozado:

(…) por la experiencia de los daños que se originan en los cáñamos hacinados, melones y otros esquimos por los incendios que acaecen en quemar los restrojos [sic] además de quitar por ello el pasto al ganado ordenaron que persona alguna queme restrojo alguno hasta pasado el quince de agosto pena de trescientos maravedíes como las antecedentes y pagare el daño que hiciere.

La preocupación por evitar los incendios del cáñamo, después del proceso de empozado, y tras pasar el tiempo de secado de la planta en las eras, se manifestaba también en el apartado 39. Se trataba de evitar el peligro de procesar la caña en el pueblo y provocar incendios que afectaran al caserío:

Ítem, para evitar los incendios que se suelen originar de traer al lugar el cáñamo a agramar por ser especie que estando en caña se enciende con grandísima facilidad de forma que con gravísima dificultad se puede apagar ordenaron que persona alguna traiga semejante especie de cáñamo en caña al lugar para llevarlo a agramar, pena de quinientos maravedíes y el daño que por su culpa se originase con más de la agravación según la reiteración.

Tras finalizar el empozado y el secado de las plantas, continuaban los trabajos para la obtención de la hilaza de cáñamo. Estos trabajos variaron muy poco durante varios siglos. Se trataba de unas labores que en España no se mecanizaron hasta muy entrado el siglo XIX, lo que exigía mucha mano de obra, una de las razones por las que este cultivo del cáñamo, como veremos la próxima semana, fuera promocionado por las autoridades durante muchos periodos históricos.

Básicamente, el tratamiento del cáñamo tras el empozado y secado en las eras, consistía en el denominado agramado, un trabajo que consistía en machacar, con distintos procedimientos y herramientas, las fibras que se había, separado del tronco leñoso de la planta con un mazo. Posteriormente, las fibras se peinaban con las denominadas agramaderas, una herramienta que permitía separar las hebras con las que se formaban las madejas que ya permitían tejer o hilar el material obtenido, previo proceso de retirada de las impurezas sueltas con la espadilla.

Esta hilaza ya estaba lista para elaborar una de las utilidades más habituales del cáñamo, la fabricación de cuerdas y cabos de distinto grosor, con un sistema prácticamente igual al empleado en la fabricación de cuerdas de esparto. Además, los agricultores podían vender las madejas de hilaza de cáñamo para la elaboración de lienzos, costales y otros usos de esta fibra textil o, en su caso, transformarlas ellos mismos en pequeños talleres artesanales.


 Maquina para agramar el cáñamo y madejas de hilaza (Fuente: BDH-Biblioteca Nacional)



Fuentes y documentación:

  • Ordenanzas para el buen régimen y gobierno de la muy noble y muy leal e imperial ciudad de Toledo. Imprenta de José de Cea. Toledo 1858.

  • Modelos de diversidad: crecimiento económico y crisis en los reinos hispanos en la Baja Edad Media. Rodríguez, Ana. Vínculos de Historia, nº 2. Instituto de Historia, Centro de Ciencias Humanas y Sociales. CSIC, Madrid. 2013.

  • Archivo General de Simancas, RGS, legajo, 149905,149.

  • Archivo General de Simancas, RGS, legajo, 149904,30.

  • Descripción y cosmografía de España. Colón, Hernando de. Boletín de la Real Sociedad Geográfica. Tomo L. imprenta de Eduardo Arias. Madrid, 1908.

  • Historia de la villa de Morata de Tajuña-Torre Briceño, Jesús Antonio. Ayuntamiento de Morata de Tajuña, 1999 (transcripción de las respuestas de las Relaciones Topográficas de Felipe II).

  • Relaciones Topográficas de los Pueblos de España. Ortega y Rubio, Juan. Sociedad Española de Artes Gráficas. Madrid, 1919.

  • Alcabalas y diezmos de Morata. Archivo General de Simancas. Expedientes de Hacienda, legajo 131.

  • Diccionario Enciclopédico de agricultura, ganadería e industrias rurales. Tomos I y III. Madrid, Viuda e hijos de J. Cuesta editores. Madrid, 1886.

  • Tratado de las abejas, su multiplicación y productos en España. Hidalgo Tablada, José de. Librería Cuesta. Madrid, 1875.

  • Archivo General de Simancas. Catastro de Ensenada. Respuestas Generales. Toledo. Volumen 408. Información hecha sobre el contenido

viernes, 23 de septiembre de 2022

El cultivo del cáñamo en la ribera del Tajuña (II)

En el siglo XVIII en todos los pueblos se cultivaba el cáñamo en combinación con los cereales

En Morata se registraban 13 pozas de empozar cáñamo

La dedicación de los agricultores al cultivo del cáñamo en la vega del Tajuña continuó más allá del siglo XVI, cuando creció la demanda de esta planta industrial que proporcionaba la materia prima necesaria para la elaboración entre otros productos de cabos, cuerdas y velas, costales y paños. En el siglo XVIII el cáñamo aún era citado como uno de los cultivos más importantes en las tierras de regadío de la ribera del Tajuña y así lo atestiguan distintas fuentes documentales como el Catastro de Ensenada.



La economía generada alrededor del cultivo del cáñamo no podía dejar de estar presente cuando se elaboró la documentación del Catastro de Ensenada a mediados del siglo XVIII. Bien es cierto que esta presencia muestra rasgos diferenciados en los distintos pueblos que en las riberas del Tajuña se dedicaban, más o menos extensamente, a las labores relacionadas con esta planta industrial.

Las referencias al cáñamo que los responsables del Catastro de Ensenada recogieron en sus averiguaciones quedaron reflejadas fundamentalmente en las denominadas Respuestas Generales, con datos relativos a la existencia de este cultivo en cada villa, su rendimiento por fanega y el precio habitual que alcanzaban las cosechas anuales de la planta.

En el caso de Morata, la primera cita al cultivo del cáñamo en la villa aparece en la respuesta a la cuarta pregunta de las Respuestas Generales:

4ª Que en las tierras de riego no se siembra hortaliza alguna por ser su principal destino para granos, sembrando las de buena calidad de esta especie dos años seguidos y el tercero por vía de abono se planta en ellas ajos, melones, habas, repollo y algún cáñamo.

El contenido de esta respuesta al interrogatorio catastral indica que, para los agricultores de Morata, los cereales eran fundamentales para su economía y como tal eran los más extendidos en la vega, mientras que el cáñamo se utilizaba como complemento en el sistema trianual que combinaba dos años de cereal –trigo o cebada- con otro año de cultivo de hortaliza o el propio cáñamo. De hecho, la respuesta a la pregunta décimo primera no hace sino confirmar este sistema de práctica agrícola:

11ª A la pregunta once declararon que los frutos que producen las tierras de este término son trigo y cebada y centeno, uva, aceituna y en los años de intermedio en que no se siembran de granos las tierras de riego producen melones, repollo, ajos, cáñamo y cebollas.

Finalmente, el interrogatorio contenía una pregunta, la décimo tercera, destinada a averiguar el valor anual en alquiler de un elemento fundamental en todo el proceso de relacionado con el cultivo y del cáñamo, las pozas necesarias imprescindibles en la obtención de la hilaza:

13ª (…) Así mismo fueron preguntados por su […] sobre el producto que pueden tener anualmente las eras de pan trillar y pozas para trillar cáñamo en rama, a que respondieron bajo la misma solemnidad que cada era se acostumbraba a arrendar en una fanega de trigo, si era empedrada en dos, y que cada poza produce la utilidad de treinta reales.

Más allá de estas referencias no encontramos más apariciones del cáñamo en las Respuestas Generales, a diferencia de otras villas vecinas, donde era habitual que se incluyera en estas mismas respuestas datos relativos a la producción y al precio que se pagaba, por término medio, por la cosecha de cáñamo (preguntas doce y catorce).

Es en las declaraciones individuales de cada vecino de la villa de Morata en las que podemos encontrar más datos sobre el cáñamo y, especialmente, sobre esos elementos que definíamos como fundamentales en su cultivo, las pozas de engramar o empozar el cáñamo.

En el legajo correspondiente al Cuaderno de notas y resumen del tráfico industrial y personal se recoge el número de pozas para empozar cáñamo existentes en Morata en ese año de 1751*, trece en total- aunque en otros apartados del catastro aparecen solo 11-, así como la renta que se pagaba por su alquiler, treinta reales, tal como también aparecía reflejado en las Respuestas Generales.

Por otra parte, gracias a las declaraciones individuales de los vecinos de Morata y de algunas instituciones religiosas como el convento de dominicos del Rosario, o el mismo conde de Altamira o el marqués de Espinardo conocemos la localización de la mayoría de estas pozas. En concreto, contamos, por ejemplo, con la localización exacta de la poza que era propiedad de los frailes dominicos:

Una poza para curar cáñamo propia del Convento del Rosario de Madrid junto a la ermita de nuestra Señora de la Soledad, su caber dos celemines de tierra de buena calidad.

Por la declaración textual del encargado de la casa de labranza de los frailes podemos situar aún más exactamente esta poza, localizada entre la actual carretera de Perales y el caz del monte –o primero, y próxima a la entonces conocida como ermita de la Soledad, actualmente de Fátima:

Una poza de empozar cáñamo, extramuros junto a la ermita de la Soledad, su caber dos celemines, linda por el Poniente con poza de Don Joseph de Orozco, por el oriente con poza de don Joseph de Cuevas, por el Norte con las eras y por el mediodía con el caz del Monte. Se considera que vale en arrendamiento cinco fanegas de trigo.

En esta zona situada en torno a la ermita de la Soledad, además de la poza que ya hemos citado, se localizaban hasta 8 pozas más en un triángulo delimitado por lo que hoy es la carretera de Perales, el caz del monte y el camino de La Aceña. Otras pozas se localizaban en las proximidades del molino de Abajo, propiedad del conde de Altamira; en El Coso, perteneciente al marqués de Espinardo; junto a la presa de la Aceña, propiedad de Francisco Sánchez Alonso, y una última poza de Miguel Salcedo, en la Vereda Vieja.

Todas estas pozas tenían en común la condición ineludible de estar situadas junto a un caz que surtiera el agua necesaria para embalsar el cáñamo y una extensión para inundar que siempre oscilaba entre dos y tres celemines de superficie.

Contestación sobre los cultivos de Morata en el Catastro de Ensenada (Archivo General de Simancas-PARES)

Contestación sobre los cultivos de Morata en el Catastro de Ensenada (AGS-PARES)

El cultivo del cáñamo en el resto de villas de la vega baja del Tajuña

Prácticamente en todos los pueblos de lo que hemos dado en llamar vega baja del Tajuña -en los pueblos que actualmente forman parte de la Comunidad de Madrid desde que el río penetra en territorio madrileño, en el término municipal de Ambite, hasta su desembocadura en el Jarama en término de Titulcia- aparecen referencias al cultivo del cáñamo en las denominadas Respuestas Generales del Catastro de Ensenada, así como a la productividad por fanega y precio de las cosechas**.

En Ambite, tras indicar en la decimoprimera pregunta que en su término se cultivaba el cáñamo en las tierras de regadío, añaden en la respuesta a la pregunta 12:

(…) los años que se siembra de cáñamo rinde cada fanega seis arrobas [de cáñamo] y fanega y media de cañamones (…).

Y en la respuesta a la pregunta 14:

(…) también dijeron que el valor de los frutos que se cogen en este término un año con otro (…) los cañamones a 6 reales fanega y cada haz de cáñamo 22 reales.

En Orusco también se hacia referencia a la presencia en su vega de plantaciones de cáñamo y a la décimo segunda pregunta respondieron que el rendimiento de cada fanega de tierra sembrada de cáñamo, se regula en 184 reales.

En Carabaña en su respuesta a la décimo primera pregunta especifican con más detalle cómo era el cultivo del cáñamo en esa villa:

11ª. A la once dijeron que las especies de frutos que (…) en regadío de primera calidad produce todos los años y echa la cuenta por ocho, los cuatro se siembran de cáñamo y los otros cuatro de trigo y cebada, y el año que siembran de cáñamo rinde cada fanega ocho arrobas (…) y de cañamones dos fanegas (…) que hecho el cómputo por dichos ocho años, cada fanega de dichas especies se reguló en ciento y sesenta y seis reales y medio anualmente.

Los vecinos de la villa de Carabaña aún ofrecen más información en su contestación a la pregunta 14:

14ª. A la catorce dijeron que el valor de los frutos un año con otro que se cogen en este término considerados por un quinquenio (…) cada arroba de cáñamo a veinte reales, la de cañamones a diez y seis reales [fanega].

Los peritos que participaron en la elaboración del Catastro de Ensenada en Tielmes también se refieren al sistema de explotación de las tierras de regadío de su vega y cómo se utilizaba en la rotación de cuatro años mezclando cereal y hortaliza:

11ª. A la once dijeron que las especies que se ven en este término son cáñamo, trigo, cebada, centeno y avena y una parte muy corta de viñas y aceite (…).

(…) se siembran de cáñamo [cuatro años] y los otros cuatro de trigo y cebada, y el año que se siembra de cáñamo rinde cada [fanega] ocho arrobas y de cañamones tres fanegas.

El precio que alcanzaba la arroba de cáñamo y la fanega de cañamones, también aparece reflejado en la respuesta a la pregunta 14:

14ª.A la catorce dijeron que el valor de los frutos que un año con otro se cogen en este término, considerado por quinquenio, en cada fanega, la de cañamones a quince reales, cada arroba de cáñamo a diez y ocho (…).

En el caso de la villa de Perales de Tajuña, los peritos señalaron también cómo el cáñamo se utilizaba en el sistema de rotación de cultivos implantado en las tierras de riego:

11ª. A la pregunta once dijeron que las tierras de este término producen trigo y cebada, uva, aceituna y en los años en que no se siembran de grano las de riego, regularmente llevan cáñamo.

12ª (…) y que en los años que las tierras de riego no se siembran de granos y sí de cáñamo producirá cada fanega indistintamente siete arrobas de cáñamo y dos fanegas de cañamones (…).

En la pregunta 14 los vecinos de Perales declararon el precio de cada arroba de cáñamo a 18 reales y la de cañamones a veinte dos reales.

La documentación del Catastro de Ensenada del actual término municipal de Chinchón se recoge en dos conjuntos documentales distintos. El primero referente a la propia villa de Chinchón y el segundo al territorio que entonces ocupaban las tierras ligadas al conde de Puñonrrostro y localizadas en torno al castillo de Casasola. En el caso de Chinchón estas fueron sus respuestas

11ª. A la once que se coge trigo, cebada, cañamones, cáñamo (…).

12ª. A la doce que la tierra de sembradura en vega produce unos años con otro si de cañamones diez fanegas, si de cáñamo 45 haces (…).

14ª. A la catorce que regularmente se estima la fanega de cañamones a diez y siete reales, el haz de cáñamo sin grana a diez y ocho (...).

El término de Casasola generó, como decimos, su propia documentación en el Catastro de Ensenada:

11ª. A la undécima que se coge trigo, cebada, cáñamo y cañamones (…).

12ª. A la duodécima que la obrada de sembradura de regadío en vega produce unos años con otros (…) si de cañamones ocho fanegas y si de cáñamo cuarenta y cinco haces (…), en la obrada de segunda , si de cañamones siete [fanegas], si de cáñamo treinta y cinco haces, (…).

14ª.A la décimo cuarta (…) la de cañamones lo mismo [diez y ocho reales], la de cáñamo [arroba] veinte reales.

Finalmente, en Titulcia, donde también se declara el cultivo de cáñamo en su vega, en la respuesta a la pregunta 12 indican:

(…) que labrada de cáñamo, en vega de primera calidad produce un año con otro, si de cañamones ocho fanegas, si de cáñamo treinta y dos haces.

Finalmente, en la respuesta a la décimo cuarta pregunta sobre el precio del cáñamo y cañamones apuntan lo siguiente:

A la catorce que regularmente se estima la fanega de cañamones en veinte y cinco reales, el haz de cáñamo con grana en veinte (…).

Al margen de estas referencias al cáñamo de las Respuestas Generales, en la documentación del Catastro de Ensenada también aparecen otras anotaciones relativas a este cultivo, como los arrieros que se dedicaban al transporte del cáñamo desde Carabaña a Madrid o la presencia de vecinos con el oficio de artesanos del cáñamo en Perales.

Unos años después de que se elaborara el catastro, en el interrogatorio que ordenó elaborar para las villas y ciudades de su archidiócesis el cardenal Lorenzana, arzobispo de Toledo, también se incluye información sobre el cáñamo en los distintos pueblos de la vega baja del Tajuña. En el caso de Morata, en la respuesta a la octava pregunta del cuestionario, el cura de la parroquia morateña informa:

(…) Los frutos más singulares que produce este pueblo son trigo, cebada, aceite y vino, y en la vega varios esquilmos de ajos, melones, cebollas, cáñamo y otras verduras que se benefician con los caces que salen del río Tajuña (…).

Mucho más extenso en su contestación sobre el cáñamo es el párroco de Perales. Tras cuantificar en 5.000 arrobas la cosecha anual de cáñamo en la villa afirma en la contestación a la pregunta 9:

(…) las manufacturas que hay son de hilazas de cáñamo en lo que se emplean las mujeres para texer lienzos que son los que comúnmente gastan los vecinos, y la de texer costales, de los cuales además de los que se necesitan para el pueblo se venderán anualmente otros mil doscientos a precio, cada uno, de nueve a diez reales de vellón; y todos ellos, o los más, se texen por las mujeres del pueblo, en el que no hay máquinas ni inventos nuevos (…).


* La próxima semana, cuando analicemos cómo se regulaba en las ordenanzas de Morata el uso de estas pozas, también trataremos en qué consistía el proceso de empozar el cáñamo.

**Al analizar la productividad por fanega en cada municipio hay que tener en cuenta que no en todos ellos utilizaban las mismas medidas de superficie y, aunque la más habitual era la fanega de 200 estadales, también se utilizaba la fanega de 400 estadales.



Fuentes y documentación:

  • Ordenanzas para el buen régimen y gobierno de la muy noble y muy leal e imperial ciudad de Toledo. Imprenta de José de Cea. Toledo 1858.

  • Modelos de diversidad: crecimiento económico y crisis en los reinos hispanos en la Baja Edad Media. Rodríguez, Ana. Vínculos de Historia, nº 2. Instituto de Historia, Centro de Ciencias Humanas y Sociales. CSIC, Madrid. 2013.

  • Archivo General de Simancas, RGS, legajo, 149905,149.

  • Archivo General de Simancas, RGS, legajo, 149904,30.

  • Descripción y cosmografía de España. Colón, Hernando de. Boletín de la Real Sociedad Geográfica. Tomo L. imprenta de Eduardo Arias. Madrid, 1908.

  • Historia de la villa de Morata de Tajuña-Torre Briceño, Jesús Antonio. Ayuntamiento de Morata de Tajuña, 1999 (transcripción de las respuestas de las Relaciones Topográficas de Felipe II).

  • Relaciones Topográficas de los Pueblos de España. Ortega y Rubio, Juan. Sociedad Española de Artes Gráficas. Madrid, 1919.

  • Alcabalas y diezmos de Morata. Archivo General de Simancas. Expedientes de Hacienda, legajo 131.

  • Diccionario Enciclopédico de agricultura, ganadería e industrias rurales. Tomo III. Madrid, Viuda e hijos de J. Cuesta editores. Madrid, 1886.

  • Tratado de las abejas, su multiplicación y productos en España. Hidalgo Tablada, José de. Librería Cuesta. Madrid, 1875.

  • Archivo General de Simancas. Catastro de Ensenada. Respuestas Generales. Toledo. Volumen 408. Información hecha sobre el contenido de los artículos del interrogatorio impreso. Pieza 2. Catastro de Ensenada. (Para las Respuestas Generales de Morata).

  • Archivo General de Simancas, Dirección General de Rentas, 1ª remesa. Catastro de Ensenada. Respuestas Generales. (para las respuestas del resto de municipios).

  • Ejecución de transcripciones literales de los manuscritos de las respuestas al cuestionario enviado por el cardenal Lorenzana (…). Martín Galán, M. M. y Sánchez Belén, J. A. Diputación Provincial de Madrid. Madrid, 1983.( Copia mecanografiada).




jueves, 15 de septiembre de 2022

 

El cultivo del cáñamo en la ribera del Tajuña (I)

Los cañamares proliferaron en el en las tierras de regadío de la vega baja a partir del siglo XVI

(…) Otro sí ordenan y mandan, que ninguna persona pueda asedar cáñamo para los zapateros de esta ciudad, ni de fuera de ella, si no fuere de madre pura, y tal cual convenga para asedarlo. Y que sea de jugo, y delgado, y que no sea brozno ni áspero. Y que el dicho cáñamo sea de ribera de Tajuña, de Morata, o Perales, Arganda, o Utiel, o Chinchón, o Carabaña, o de otras semejantes a estas (…). El texto precedente, incluido en el título 37 de las Ordenanzas para el buen régimen y gobierno de la muy noble y muy leal e imperial ciudad de Toledo viene a reconocer la importancia del cultivo del cáñamo en la vega del Tajuña desde mediados del siglo XVI, un reconocimiento que también aparece recogido en varios textos de la época como las Relaciones Topográficas de Felipe II.



Todas las fuentes documentales apuntan a que en el siglo XVI, desde sus comienzos, el cultivo del cáñamo experimentó un auge importante en Morata y en la mayoría de los pueblos de la vega baja del Tajuña. Parece que esta planta de gran porte ya se sembraba en las tierras regadas por el Tajuña desde siglos antes, quizá con los árabes, y puede que antes, como suministradora de fibra textil para distintos tejidos, y también para el aprovechamiento de su semilla, los cañamones, utilizados en la alimentación del ganado e incluso como base de un aceite muy apreciado y utilizado para el tratamiento de distintas enfermedades*.

El cultivo de esta especie, que exigía tierras fértiles y no muy frías, así como un suministro asegurado de agua, tanto para su desarrollo vegetal como para el tratamiento que permitía obtener su fibra una vez cosechada la planta, estuvo muy presente en el periodo de la dominación árabe y, posteriormente, en la costa mediterránea del reino de Valencia y en el territorio de la actual Andalucía, aunque también era habitual en el centro peninsular, sobre todo en el entorno de la cuenca hidrográfica del Tajo y sus afluentes, entre ellos el Tajuña.

Ana Rodríguez, en su trabajo Modelos de diversidad: crecimiento económico y crisis en los reinos hispanos en la Baja Edad Media, explica cómo el sistema de explotación del territorio en la Edad Media favoreció el desarrollo de los distintos cultivos en función de las condiciones de cada territorio y del avance de la conquista de territorios a los árabes:

(…) Las diversas pautas culturales en los territorios peninsulares y el ritmo de la conquista frente a al-Andalus, crearon factores de diferenciación en las formas de explotación de la tierra y los sistemas de cultivo, explicando los sistemas andalusíes basados en las técnicas del regadío algunos aspectos clave del desarrollo agrícola en el sur y del este peninsular. (…) huertas y arrozales en Valencia y Murcia tras la conquista cristiana del siglo XIII; olivos e higueras en Andalucía y también en Cataluña, Castilla la Nueva y en el Bajo Aragón y una gran presencia en la Baja Edad Media de plantas industriales como el lino y el cáñamo.

Pero fue en siglos posteriores, a partir de la llegada de colón a América cuando la demanda de cáñamo, y el lino, una de las plantas industriales más utilizadas, aumenta en proporción directa al incremento generalizado del tráfico marítimo entre Europa y América, y el resto del mundo. Según se calcula, cuando Colón realizó su primer viaje en su equipamiento naval se incluían no menos de noventa toneladas de elementos fabricados con cáñamo en forma de velas, redes, jarcias y todo tipo de cuerdas y cabos, además de los costales en los que transportar y almacenar los alimentos y suministros.

Son estos años de la llegada de los españoles a América, y décadas posteriores, un momento histórico de auge del cultivo del cáñamo, y el lino, y así se pone de manifiesto en la documentación existente, especialmente en esa fuente inagotable de información que constituyen las Relaciones Topográficas de Felipe II, pero también en otros documentos anteriores a la elaboración del cuestionario que mandara elaborar el rey prudente.

En concreto, en los años del cambio de centuria, y pocos años después del primer viaje de Colón, ya parece que Morata y otros pueblos de la comarca mantenían un comercio fluido con el gremio de cabestreros** establecidos en Toledo. En 1499, estos artesanos de la ciudad de Toledo protestaron ante la Real Cancillería de los Reyes de Castilla por el cobro, que consideraban indebido, de una blanca –medio maravedí- por cada arroba de cáñamo que compraban en pueblos ribereños del Tajuña y el Henares, concretamente las ciudades y villas de Alcalá de Henares, Valdemoro, Morata, Perales, Carabaña, Campo Real y Arganda. Todos estos municipios recibieron una carta, en abril de 1499, remitida a sus concejos por la administración real para se abstuvieron de cobrar este impuesto a los cabestreros toledanos y respetaran sus privilegios que les eximían de pagar cantidad alguna en el traficó del cáñamo.

Además de esta comunicación general a todos los pueblos que trataban de cobrar este impuesto, algunos como Morata también recibieron una carta individualizada que en el caso de Morata recibió el concejo en mayo del mismo año de 1499, reiterando que no tenía derecho a imponer esta tasa sin contar para ello con una licencia real que anulase los derechos históricos alegados por los cabestreros toledanos.

El conflicto por la aplicación de este impuesto, anulado por decisión real, no impidió que los artesanos toledanos del cáñamo siguieran acudiendo a la ribera del Tajuña para abastecerse de la materia prima con la que desarrollaban su trabajo.

No en vano, en otro texto muy indicativo de la época, el Itinerario de Hernando de Colón, también se cita a Morata como lugar dedicado al cultivo del cáñamo junto co los cereales:

(…) Morata es un lugar de docientos vesynos está en llano ribera de río dicho Taxuña, es del arçobispaqdo de Toledo e tiene la mejor vega que ay en esta tierra de pan e cañamares.

Los cabestreros de Toledo disponían, como otros gremios medievales, de unas ordenanzas sancionadas por el rey que regulaba hasta los más mínimos aspectos de su trabajo, el acceso al oficio y las normas que los regulaba. Entre ellas, parte fundamental era la obtención de la materia prima en los lugares que consideraban que ofrecían más calidad para sus trabajos, de ahí, que la inclusión del cáñamo de la vega del Tajuña entre los elegidos como de mayor calidad -al mismo nivel que los de la villa valenciana de Utiel, uno de los más apreciados del reino- suponga un refrendo del aprecio que se tenía por las plantas y las fibras cosechadas y elaboradas en la comarca de la vega baja. Que el cáñamo utilizado en la ciudad de Toledo fuera, necesariamente, de ribera de Tajuña, de Morata, o Perales, Arganda, o Utiel, o Chinchón, o Carabaña, o de otras semejantes a estas, de aguas dulces. Y que no sea de cáñamo de huerta ni secano, certifica el buen trabajo de los agricultores ribereños del río Tajuña y justifica el viaje, por entonces nada accesible, desde Toledo para adquirir el material y cumplir así con unas normas gremiales que ordenaban que ninguna persona, de cualquier estado y condición que sea, no sea osado a vender ninguna cosa de cáñamo, sino fuere conforme a las dichas ordenanzas. So pena de perderla obra, y mas dos mil maravedíes de pena, aplicados según de suso [sentencia] (…).


Carta al Concejo de Morata para que no cobre una blanca a los cabestreros de Toledo (PARES-Archivo General de Simancas, RGS, legajo, 149905,149)

El cultivo del cáñamo en las Relaciones Topográficas

La fecha de la aprobación de las ordenanzas del gremio de cabestreros de la ciudad de Toledo, 1561, junto con su contenido no sólo garantiza la calidad del cáñamo cultivado y manufacturado con las aguas del Tajuña sino que confirma también el buen momento que atravesaba este cultivo en años de máxima demanda que no podía cubrir las importaciones de cáñamo procedente de países como Francia e, incluso Rusia. Unos años después, son los propios morateños quienes confirman que el cáñamo es uno de los cultivos más importantes de su vega -junto con los cereales como el trigo y la cebada- cuando responden al cuestionario de Felipe II, las Relaciones Topográficas. En varios apartados de los dos cuestionarios que se llevaron a cabo, el de 1579 y el de 1580, aparecen referencias al cáñamo. En el primero de ellos, ya desde la segunda pregunta se cita este cultivo:

(…) habrá en la dicha villa quinientos vecinos al presente, y tienen memoria por oídas de hombres viejos que la dicha villa ha sido de menos vecindad antes de ahora y la causa por la que ha aumentado es la multiplicación de la gente y haberse casado, y haberse quedado en la dicha villa, y edificado en ella, y también porque algunos forasteros han venido a trabajar en la dicha villa en el beneficio del cáñamo que en ella se coge, y pareciéndoles que en ella pueden vivir del dicho trabajo y beneficio (…).

En la respuesta al capítulo veinte afirman:

A los veinte capítulo dijeron que por junto a la dicha villa de Morata y hacia la parte del mediodía, ochocientas varas de distancia poco más o menos, pasa un río que se dice Tajuña, que es río pequeño que siempre tiene agua en su tanto, y se riega con el cantidad de tierras donde se coge cantidad de cáñamo y trigo y otras semillas (…).

Más adelante, en la respuesta del capítulo 23 responden los vecinos de la villa:

Al capítulo veinte y tres respondieron que la dicha villa de Morata tiene tierra de labranza y lo que en ella se labra fuera de lo que es vega es estéril y de poco llevar, y lo que en ella más se coge es cáñamo y pan (…).

Finalmente, en el capítulo 35 del primer cuestionario se ofrece una respuesta similar, aunque resulte sorprendente que solamente se cite el beneficio del cáñamo y no otros cultivos:

Al capítulo 35 de la dicha relación dijeron que los vecinos de la dicha villa viven de la labor y granjería de sus tierras y beneficio del cáñamo que en ella se coge.

Un año después, en 1580, se dio respuesta a un cuestionario muy similar en el que también se destaca el cultivo del cereal y el cáñamo en la respuesta al capítulo 20:

A los veinte capítulos dijeron que el río que se dice Tajuña pasa por junto a la dicha villa la vega abajo, dos tiros de arcabuz de ella por la parte del mediodía de la dicha villa (…) con cuya agua se riegan tres mil fanegas de pan en sembradura poco más o menos, adonde se cogen mucho frutos de cáñamo y pan (…).

Respuesta similar obtiene el capítulo 23 del cuestionario:

(…) dijeron que la dicha villa es tierra de labranza y se cogen en ella trigo, cebada y avena y cáñamo y vino moderadamente (…).

Al igual que en Morata, en muchos de los pueblos de la comarca se destaca en sus respuestas al cuestionario de Felipe II la presencia del cáñamo entre sus cultivos más abundantes. Así sucede en Carabaña, que a la pregunta 23 responde:

(…) cógese trigo, cebada, cáñamo y algunas poco vino y aceite (…)

Muy similar es la respuesta de Tielmes:

(…) No hay cosa notable más de que el marqués de Mondéjar tiene en esta villa y su término un mayorazgo, por el cual parece que sus pasados lo dejaron y la dicha memoria y mayorazgo es muy grande y de muy buena hacienda de cañamares, molinos y casa de mesón (…).

Por otra parte, escaso cuerpo documental existente sobre este periodo histórico en Morata nos impide, siquiera aproximadamente, cuantificar las cosechas anuales de cáñamo en el siglo XVI, cuando parece que este cultivo alcanzó el cenit de su presencia en la vega morateña. La documentación sobre el pago de diezmos, que habitualmente constituye una muy buena fuente para cultivos como los cereales o el vino, no resulta de gran ayuda en el caso del cáñamo ya que el diezmo de este producto se incluía en los denominados menudos, correspondientes también a otros cultivos económicamente menos importantes que el cereal o la vid.

En cualquier caso, sí que hemos localizado un documento, de arrendamiento de diezmos en la última década del siglo XVI en Morata, en el que aparecen reflejadas las cosecha anuales del mayor contribuyente de la villa en esos años, Diego Fajardo. Según esa relación, este miembro de la pequeña nobleza local cosechó 126 arrobas de cáñamo en el año 1594 y 153 arrobas un año después, cantidades pequeñas que, no obstante, hay que señalar que corresponden a un solo vecino. La existencia en la vega de Morata de varias de las denominadas pozas de cáñamo necesarias para tratar la cosecha, tal como veremos la próxima semana, confirman que era un cultivo muy extendido aunque también es cierto que su importancia en la economía agraria de la villa no dejó de disminuir en los años siguientes, como también analizaremos a partir de la documentación el Catastro de Ensenada.



*Cuando el cultivo del cáñamo a gran escala hace siglos que desapareció en la vega del Tajuña, resulta muy complicado, por no decir imposible, determinar qué variedad de esta planta era la que se sembraba en la comarca y si la misma contenía y en qué cantidad el THC, el principio activo de la variedad de cáñamo conocida como marihuana. Sí que está documentado que en la cultura de los musulmanes presentes en la península el uso del cáñamo, con fines lúdicos y hasta medicinales, era relativamente frecuente y formaba parte de su día a día, al contrario de lo que sucedía con el vino, prohibido por su religión y habitual en la cultura cristiana, donde el vino formaba parte de su liturgia.

También está documentado, que la Inquisición prohibió y castigó el uso lúdico del cáñamo a los cristianos, lo que indica que también se cultivaban variedades destinadas a un uso distinto del industrial.

Cuando ya el cultivo del cáñamo era prácticamente residual en la comarca del bajo Tajuña, José Hidalgo Tablada, un estudioso y profundo conocedor de la agricultura en el siglo XIX, reseñaba en una de sus obras más ambiciosas, redactada junto con otros especialistas, el Diccionario Enciclopédico de agricultura, ganadería e industrias rurales, que en esos años de mediados de siglo y décadas siguientes se cultivaban en España tres tipos de cáñamo: el cáñamo ordinario, el cáñamo del Piamonte y el cáñamo de China, también denominado gigantea o cannabis indica, todos ellos destinados al uso industrial o alimenticio.

Sin embargo, es el mismo Hidalgo Tablada, en su Tratado de las abejas, su multiplicación y productos en España, quien cuenta que las abejas resultaban afectadas cuando libaban en las flores de algunas plantaciones de cáñamo:

(…) algunas veces cae al suelo una abeja, y se revuelca con gran velocidad, intenta volar, y si lo consigue, cae otra vez y sigue con mas violencia dando vueltas en el suelo; lo que tiene es que está vertiginosa, loca, de cuyo mal muere (…). Esta enfermedad, no es muy común, y menos donde se cultivan poco las umbelíferas, por lo cual se cree sin datos para poderlo afirmar, cómo gran parte de lo que ocurre a las abejas, tan difíciles de estudiar, que la produce la flor del cáñamo (…).


** Los cabestreros desarrollaban su oficio artesano en sus talleres donde se elaboraban cabestros y otras obras de cáñamo, jáquimas, cinchas, etc. Los cabestros consistían en ramales de cuerda o correa de una o dos varas de largo que se fijaban en la cabeza y servían para atar los animales al pesebre o cualquier otra parte y para conducirlos a mano. También se denominaba cabestro a la cuerda que se ponía a las caballerías sobre las narices de modo que haciendo un nudo debajo o a un lado del barbuquejo del animal se formaba una especie de cabezada.




Fuentes y documentación:

  • Ordenanzas para el buen régimen y gobierno de la muy noble y muy leal e imperial ciudad de Toledo. Imprenta de José de Cea. Toledo 1858.

  • Modelos de diversidad: crecimiento económico y crisis en los reinos hispanos en la Baja Edad Media. Rodríguez, Ana. Vínculos de Historia, nº 2. Instituto de Historia, Centro de Ciencias Humanas y Sociales. CSIC, Madrid. 2013.

  • Archivo General de Simancas, RGS, legajo, 149905,149.

  • Archivo General de Simancas, RGS, legajo, 149904,30.

  • Descripción y cosmografía de España. Colón, Hernando de. Boletín de la Real Sociedad Geográfica. Tomo L. imprenta de Eduardo Arias. Madrid, 1908.

  • Historia de la villa de Morata de Tajuña-Torre Briceño, Jesús Antonio. Ayuntamiento de Morata de Tajuña, 1999 (transcripción de las respuestas de las Relaciones Topográficas de Felipe II).

  • Relaciones Topográficas de los Pueblos de España. Ortega y Rubio, Juan. Sociedad Española de Artes Gráficas. Madrid, 1919.

  • Alcabalas y diezmos de Morata. Archivo General de Simancas. Expedientes de Hacienda, legajo 131.

  • Diccionario Enciclopédico de agricultura, ganadería e industrias rurales. Tomo III. Madrid, Viuda e hijos de J. Cuesta editores. Madrid, 1886.

  • Tratado de las abejas, su multiplicación y productos en España. Hidalgo Tablada, José de. Librería Cuesta. Madrid, 1875.







viernes, 2 de septiembre de 2022

 

Molinos y aceñas en la vega baja del Tajuña (Epílogo)

El molino harinero sujeto pasivo de los impuestos reales

El control del estraperlo y del mercado negro condicionó el trabajo los molinos en la posguerra

A comienzos del siglo XX, los molinos se convirtieron en las primeras fábricas de luz de la comarca


Finalizamos esta semana las entradas del blog sobre la historia de los molinos en la ribera del Tajuña. La presencia de estos ingenios hidráulicos fue patente durante varios siglos, tal como hemos visto, y prácticamente hasta los años sesenta del pasado siglo formaron parte importante de la economía local de los pueblos de la vega baja del Tajuña. Acabaremos esta serie con tres asuntos relacionados con los molinos harineros, a lo largo de la historia: su fiscalidad y el pago de impuestos relacionados con su trabajo; la reconversión de muchos de ellos en fábricas de luz, en el periodo que abarca desde finales del siglo XIX hasta las primeras décadas del siglo XX, y por último, el papel de los molinos maquileros en los difíciles años, de escasez y hambre, que siguieron a la guerra civil española.


Como cualquier otra actividad económica, los molinos y los molineros, o sus propietarios, han sido protagonistas pasivos de distintos impuestos, en ocasiones de carácter nacional y, en la mayoría de los casos, de ámbito local. Como centro logístico de una actividad económica imprescindible y obligada en casi todas las villas y lugares, en torno a los molinos se generaba tal movimiento y flujo económico que no podía escapar al interés de las autoridades como sujetos tributarios de los que obtener fondos de manera periódica o puntual.

Y entre la documentación que hemos utilizado para escribir esta serie de entregas sobre los molinos en la comarca del bajo Tajuña hemos encontrado un curioso documento que refleja cómo las autoridades acudieron a los molinos para obtener fondos en metálico. El documento al que nos referimos recoge los gastos e ingresos del Concejo de Morata y también los fondos destinados a las exigencias de la Corona, siempre necesitada de ingresos para cubrir sus gastos ordinarios y, también en ocasiones, los que se presentaban de manera extraordinaria.

Precisamente para afrontar un gasto extraordinario, el enfrentamiento con Portugal para recuperar este territorio independizado de la Corona española a partir de la insurrección de 1640, el rey Felipe IV solicitó a todas las ciudades, villas y lugares un servicio económico, impuesto, con el que financiar los gastos militares generados. Este servicio consistía en la asignación anual de una cantidad económica que debían aportar los concejos con fondos recaudados a partir de distintos arbitrios o impuestos en sus municipios.

En el caso de Morata, el Concejo estaba obligado a aportar 6.000 reales anuales y con sus escasos medios, que apenas servían para los gastos corrientes, se vio obligado a buscar una fuente de ingresos con la que reunir esa cantidad destinada al tesoro real. Aunque en el decreto que fijaba el impuesto se admitía que los concejos pudieran recaudar la cantidad asignada a partir de un recargo o sisa sobre las denominadas cuatro especies (vino, vinagre, carne y aceite), las autoridades morateñas acordaron fijar un impuesto extraordinario a los molinos que en esos años, en torno a 1664, funcionaban en Morata: el molino de Arriba y el molino de Abajo o de la Huerta de la Vega. En un texto recogido en la documentación del Catastro de Ensenada, se incluye información sobre este impuesto especial asignado por el concejo a los molinos harineros pero que, realidad, debían de abonar los forasteros que acudieran a moler a Morata:

(…)Y ahora por parte del dicho el Concejo de justicia y regimiento de la Villa de Morata del dicho reinado de Toledo me ha sido hecha relación que con intervención del dicho Don Andrés de Riaño [miembro del Consejo de Hacienda del rey] ofrecisteis servirme por vos y vuestros vecinos con seis mil reales por ambos dominios, el cual en virtud de la dicha comisión por decreto suyo de fecha de veinte y uno de febrero pasado de dicho año, os concedió facultad para que por el tiempo necesario pudieseis imponer y cargar medio real en cada fanega de trigo que se moliese por los forasteros en los molinos del término de dicha Villa y un real en cada arroba de jabón de lo que se sacase para fuera parte de ella buscándosela dicha cantidad a censo o a daño sobre los dichos medios (…).

Esta medida venía a confirmar la importancia de los molinos morateños en esos años como punto de destino de agricultores de otros pueblos que acudían a Morata a molturar sus cosechas de cereales pero, al mismo tiempo, libraba a los vecinos de Morata de aportar cantidad alguna para pagar el servicio real al que se había obligado el Concejo de la villa.

Sin embargo, la aplicación de este impuesto extraordinario a los forasteros tuvo una consecuencia inmediata: los forasteros que acudían a moler a Morata buscaron alternativas en otros molinos en los que no se les gravaba con ese medio real por fanega de trigo molido. Y perjudicados indirectamente también se encontraban los molineros que vieron como se reducía drásticamente su trabajo al descender los clientes procedentes de fuera de Morata.

Tan perjudicial resultó la medida para los molinos de Morata que el propio consejero real, Andrés de Riaño, admitió que se modificara la decisión del Concejo, por lo gravoso de los dichos arbitrios y haber cesado la molienda de trigo, y que a partir de 1665 la recaudación de los 6.000 reales del servicio extraordinario al rey se recaudase de una sisa de dos maravedíes en cada libra de carne que se vendiera en la carnicería de la dicha Villa. Además, también se gravó la siembra de nuevos plantíos de viñas en los últimos diez años con un impuesto de cuatro reales por aranzada. Con esta decisión, se libraba a los molinos del pago del medio real por fanega a cambio de que fueran los propios vecinos de Morata, y no los forasteros, quienes financiaran los 6.000 reales anuales que se debían de abonar por el servicio real.

El propio Concejo reconoció en una reunión en la casa de la Villa, celebrada el 21 de marzo de 1665, lo inapropiado de gravar la molienda y la necesidad de solicitar la modificación del arbitrio aprobado con anterioridad:

(…) reconociéndose los inconvenientes que se seguirán de usar imposición alguna sobre las moliendas de trigo y el jabón acordasteis no usar este arbitrio ni parte alguna de él suplicándome sea servido de aprobar los demás de dicha imposición de dos maravedíes en cada libra de carne y plantíos de viñas (…).

Los molinos maquileros tras la guerra civil

Muchos años después, casi trescientos de las medidas que gravaban la maquila en Morata, los molinos tuvieron que afrontar otro momento muy difícil. Y es que los años posteriores a la finalización de la guerra constituyó un periodo particularmente duro para los molinos maquileros de la vega baja del Tajuña, tal como sucedió con estos ingenios hidráulicos en el resto de España. Ya desde comienzos de siglo los molinos harineros habían ido perdiendo importancia, a favor de las más eficientes y rentables fábricas de harina, todavía mantenían su papel, pero con las medidas adoptadas en esos años los problemas aumentarían para los molineros y los propietarios de los molinos. Javier Revilla Casado, en un texto sobre las diferencias entre los molinos maquileros y las fábricas de harina ponía el énfasis en sus diferencias:

(…) En el plano económico fábrica de harinas y molino maquilero no solo son conceptos diferentes, sino que están claramente enfrentados. Mencionamos que el molino es precapitalista y que se mantiene tras la Revolución Industrial como centro transformador de trigo en harina donde simplemente se cobra en especie por tal trabajo. La fábrica de harinas es ya una industria en todo el sentido capitalista de esta palabra, donde el trigo es la materia prima adquirida para transformarse en harina, que sería el producto a vender y del cual obtener el beneficio (…).

Estas diferencias se pondrían de manifiesto tras la finalización de la guerra civil española, aunque ya antes, en plena contienda, la escasez de materia prima provocada en muchas zonas de España por la cercanía de los frentes de batalla generó una legislación muy invasiva que obligaba a los molinos maquileros, como parte imprescindible de todo el proceso productivo del pan, a aprovechar al máximo los escasos recursos cerealistas en forma de harinas sin refinar y en detrimento de las harinas blancas. Ese fue el origen del pan negro que ya formaría parte de la vida diaria de muchos españoles, hasta bastantes años después de la finalización de la guerra y, por supuesto mientras se mantuvo el sistema de cartillas de racionamiento para abastecer a la población.

Al comienzo de este periodo posbélico, caracterizado por la escasez y las dificultades de abastecimiento, se dicta una medida legal que marcó el día a día de los molinos maquileros en toda España y que afectó directamente a su funcionamiento y gestión durante varios años. Esta ley, promulgada el 25 de noviembre de 1940, facultaba al delegado nacional del Servicio Nacional del Trigo a ordenar la clausura de los molinos maquileros de toda España. En el preámbulo de la ley se justifica esta drástica medida:

El gran número de molinos maquileros que existen en España, y la dificultad consiguiente de ejercer sobre ellos una estrecha vigilancia, son circunstancias que determinan sea grande la cantidad de trigo que se moltura sin sujeción estricta a las normas establecidas por las Autoridades competentes. Estos hechos originan graves dificultades para el normal abastecimiento de trigo de la Nación, sobre todo en años de escasa cosecha como es la actual, haciéndose preciso, por consiguiente, tomar con carácter transitorio medidas restrictivas que terminen con este estado de cosas.

Este breve preámbulo era, aún así, más extenso que el escueto articulado de una ley que en su artículo 1º facultaba al delegado a clausurar los molinos maquileros y en el 2º y último derogaba cualquier disposición anterior que se opusiera a la ley aprobada.

El objetivo de la ley, que dejaba a las fábricas de harinas como responsables del grueso de la producción nacional, no era otro, según se estipulaba en el propio preámbulo, que intentar controlar un mercado triguero marcado como hemos adelantado por la escasez y por algo habitual que siempre aparece en tiempos de posguerra, un mercado negro al margen de los precios y circuitos oficiales.

Este fenómeno, conocido como estraperlo y que afectaba a productos esenciales como el pan, la carne o el aceite, pero también a productos de lujo como el tabaco, es el que el gobierno intentaba evitar al promulgar leyes como la que hemos citado. Entendía el gobierno que al concentrar la elaboración de harinas en las fábricas harineras, más eficientes que los menos evolucionados molinos, y a la vez menos numerosas y por tanto más fáciles de controlar, sería más fácil de vigilar el tráfico de harinas y todo el proceso de producción de un producto tan esencial como el pan en tiempos tan difíciles.

Pero este planteamiento de partida sobre el sector cerealista, en el había que conjugar la escasez de grano con la existencia del estraperlo y la obligación de abastecer a la población, chocaba con una realidad por la que los pequeños molinos seguían siendo necesarios a la hora de moler las cosechas de los pequeños agricultores para su autoconsumo e incluso para el abastecimiento de los pequeños municipios. Es por eso que el gobierno, consciente de la imposibilidad de clausurar todos los molinos, publicaba cada año, a nivel provincial, la relación de molinos maquileros a los que se autorizaba el funcionamiento una vez que, finalizaba la cosecha, se iniciaba una nueva campaña de molturación.

En el caso de la por entonces provincia de Madrid, y en la comarca de la vega baja del Tajuña, varios molinos fueron autorizados a seguir con su trabajo, de forma que cada año, aproximadamente por el mes de agosto, aparecía la relación de los molinos autorizados a trabajar durante esa campaña. En el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid, de 8 de agosto de 1941, aparece publicada la relación de los molinos y sus propietarios autorizados por parte de la Jefatura Provincial de Madrid del Servicio Nacional del Trigo (Incluimos únicamente los localizados en la comarca de la vega baja del Tajuña):

(…) Únicos molinos maquileros de esta provincia autorizados por esta jefatura provincial del Servicio Nacional del Trigo para la molturación exclusiva de cereales y leguminosas de grano seco (excepto trigo, centeno y maíz)a los labradores que posean ficha declaratoria de la cosecha 1941, y según las normas que se comunican a los molineros:

(…) Ambite: Luis Sánchez Ruiz.

Carabaña: Virginia del Pozo Orea.

Chinchón: José Romano Huertas.

Morata de Tajuña: herederos de Don Manuel Mac Crohon.

Orusco: Luis Sánchez Ruiz.

Perales de Tajuña: Justo Avilés.

Tielmes: Francisco Sánchez Ruiz y Luis Sánchez Ruiz.

(…) Los molinos de la presente relación que queden autorizados para la molturación de trigo, centeno y maíz, recibirán el permiso y las normas de esta
provincial. Los alcaldes de estos pueblos donde exista algún molino público que no esté incluido en la relación anterior procederán, auxiliados por la guardia Civil, si creen necesario, a clausurar el molino y desmontar las piedras colocando las volanderas a la puerta del mismo, levantando acta de tal operación. Para funcionar el molino necesita el acta en la contribución industrial, la autorización de la Delegación de industria y el permiso de esta Jefatura Provincial del Servicio Nacional del Trigo.

Los molinos que en lo sucesivo queden autorizados tendrán documento acreditativo de este Servicio Nacional del Trigo (…).

Como se puede apreciar, en todas las localidades ribereñas del Tajuña en la provincia de Madrid se autorizó al menos un molino (dos en Tielmes) para trabajar en esos años de la posguerra. En el párrafo final también aparece reflejado el papel de los propios ayuntamientos y de la Guardia Civil a la hora de vigilar el funcionamiento de estos molinos o, en su caso, impedir que se trabajara en los que no contaban con autorización y que, para compensar la prohibición, recibían una indemnización por parte de la administración.

Los trabajos de vigilancia y de control de la molienda para intentar impedir el estraperlo con la harina se centraban en controlar la estricta documentación que se exigía a los propietarios de los molinos (el denominado Libro de operaciones del molino C-21, en el que había que registrar absolutamente todos los trabajos realizados, cantidades y por supuesto personas que acudían a moler al molino con sus cereales), a los propios molineros y a los agricultores y arrieros que primero transportaban el cereal hasta los molinos y posteriormente, una vez molido el grano, la harina desde los molinos hasta los almacenes y cámaras de los agricultores (En el caso de de los transportistas y agricultores se les exigía, para el control del trigo, un documento denominado C-1 que servía como control y guía del cereal en todo el proceso).

Este control era tan estricto que los agricultores cosecheros de trigo, y los trabajadores que recibieran el pago por su trabajo en especie, debían proveerse también de una cartilla expedida por el Servicio Nacional del Trigo y tramitada por los secretarios de las ayuntamientos en donde constaban los datos de cada solicitante. Cada uno de los agricultores productores de trigo y sus trabajadores podían molturar 200 kilos de trigo anual por cada uno de los miembros de la unidad familiar. Las cantidades que excedieran la cuota asignada a cada familia debían entregarse, al precio oficial marcado por el gobierno, al Servicio Nacional del Trigo:

(…) El incumplimiento de la presente disposición se castigará con incautación de la mercancía, sin indemnización, aplicándose además una fuerte sanción en metálico a los incumplidores, sin perjuicio de las responsabilidades de otro orden que pueda haber lugar (…). (Boletín Oficial de la Provincia de Madrid, 17 de julio de 1940).

Toda esta legislación restrictiva, que trataba de impedir el estraperlo y el mercado negro, sin conseguirlo en muchas de las ocasiones, se extendió durante un periodo que llegó hasta la década de los sesenta del pasado siglo. Como consecuencia, la orden de clausura de los molinos maquileros que se publicó por primera vez en 1940, se renovaba cada año y, por lo tanto, cada año los molinos de la vega baja del Tajuña se vieron obligados a renovar la autorización anual que les permitía moler el grano en sus instalaciones. Todavía en el año 1952, año en el que desaparecieron las cartillas de racionamiento, el Servicio Nacional del Trigo, publicó una orden en el Boletín Oficial del Estado de 21 de noviembre de 1952 destinada a controlar el sector de los molinos maquileros en todo el territorio nacional:

(…) ejercerá sobre la actividad industrial y comercial de los molinos maquileros (…) la vigilancia e inspección que considere precisas para evitar toda actuación que infrinja las normas legales a que deba acomodarse la actuación de dichas industrias (…).

Naturalmente, con el paso de los años y el propio devenir de los molinos, incapaces ya de afrontar con garantías la competencia de las fábricas de harinas, se relajaron estas medias de control en el trabajo diario de los molineros que, también en los años sesenta, vieron como dedicaban ya la mayor parte de su trabajo a la molienda de piensos para el ganado. 


Chimenea del molino de Angulo  (Fuente: Museo de la Molinería)
 

Las fábricas de electricidad y los molinos harineros

Para finalizar la serie de entregas del blog sobre los molinos no podemos dejar de hacer una mención al papel fundamental de los molinos y su protagonismo en los primeros tiempos de la generación de la electricidad en España y cómo fue en estos mismos molinos donde se fabricó la luz que alumbró por primera vez las casas de los vecinos de toda la vega baja del Tajuña y de las calles de estos mismos municipios.

Este recuerdo es quizá más oportuno en estos tiempos en los que la generación de la energía eléctrica es motivo de debate, por razones mediombientales y económicas, lo que justifica que abordemos, siquiera como recordatorio, el papel que jugaron los molinos en esos años en los que la luz eléctrica comenzó a formar parte de la vida de las personas en pleno proceso de transición de una sociedad agrícola a una modelo industrial.

José Luis García Grinda, en su obra tan citada sobre los molinos del Tajuña, recoge este fenómeno que modificó o amplió el papel de estos molinos harineros:

(…) A finales del siglo XIX y de modo especial en el primer tercio de este siglo, los molinos tradicionales se ven sustituidos por las fábricas de harinas, con una producción industrializada y por las centrales eléctricas, aunque en varios ejemplos de ello no signifique una sustitución física, sino una ampliación de las instalaciones, conservándose la fábrica del antiguo molino. Los batanes siguen un proceso parecido, industrializando la producción a finales del siglo pasado y ampliando las instalaciones en una mayoría de los casos (…).

La relación de los molinos que vieron cómo a sus piedras molederas se añadieron las turbinas que generaron la electricidad que, por primera vez, llegaba a los hogares de la comarca, es amplia aunque su permanencia en el tiempo resulta muy diferente según los casos de cada uno de ellos:

Ambite:

  • Molino de El Puente, funcionó desde comienzos del siglo XX.

  • Fábrica de Harinas La Josefilla, abasteció a Villalvilla, Ambite, Orusco, Nuevo Baztán, Olmeda de las Fuentes, Valverde de Alcalá y Villar del Olmo.

Carabaña:

  • Central Eléctrica de Chavarri, abasteció a la fábrica de Aguas de Carabaña.

  • Molino Nuevo, abastecía de luz a Villarejo de Salvanés (1929).

  • Molino de El Puente o del Cisne. Abasteció a Carabaña y Valdilecha.

Tielmes:

  • Molino de El Caz, abasteció a Valdilecha y Tielmes.

  • Molino de Cantarranas, abasteció a Tielmes.

Perales de Tajuña:

  • Molino de El Congosto, desde 1907 funcionado como central eléctrica. Abasteció a Arganda y la fábrica de Gallina Blanca.

Titulcia:

  • Fábrica de Abajo, se mantuvo activo hasta los años 70 y abasteció a Titulcia. 

    Detalle de la turbina del molino de Angulo (Fuente: Museo de la Molinería)
     

Morata de Tajuña:

  • Antiguo molino de El Taray y fábrica de papel y regenerado de tejidos. Abasteció a Morata hasta los años 70.

  • Molino de Angulo, desde comienzos del siglo XX, abasteció a Morata y también a Valdelaguna.

A partir de los años 60 las grandes compañías eléctricas fueron adquiriendo algunas de estas fábricas de electricidad con lo que dejaron de estar operativas, en muchas ocasiones con el pretexto de la falta de caudal que asegurara la generación de electricidad en épocas de estiaje. Naturalmente, esta justificación se desmonta por el hecho de que prácticamente todas estas instalaciones contaban con medios alternativos de generación de electricidad a partir de motores diesel o, como en el caso de el molino de Angulo de Morata, con la posibilidad de sustituir la turbina movida por las aguas el Tajuña, en épocas de escaso caudal, con la utilización del vapor a partir de una caldera de carbón. García Grinda incide sobre este sistema alternativo del molino de Angulo:

(…) La generación hidroeléctrica se apoyó en las épocas de estiaje del río por medio de una turbina movida por vapor de agua producido por la combustión de carbón y leña, de la que queda como un claro símbolo la esbelta chimenea de ladrillo que hoy da un aspecto singular al molino.

Hora es de poner en valor el aporte de los molinos de la vega baja del Tajuña a lo largo de su extensa y dilatada historia, primero como centros de transformación del cereal cultivado en la comarca y tantos pueblos cercanos a ella, y posteriormente con esta última aportación como generadores de energía limpia para las localidades donde se asentaban.

En tiempos de energía eléctrica a precios desbocados, con las materias primas convertidas en armas de guerra y de presión política y económica, justo es rememorar con nostalgia y cierta envidia esos tiempos en que la electricidad que alumbraba pueblos y casas se producía gracias a las aguas del generoso Tajuña.



Fuentes y documentación:


  • Regadíos y molinos en la vega del Tajuña (siglos XII-XIII): del control comunitario al dominio señorial. Martín Viso, Iñaki. Universidad de Salamanca. En Agua y sistemas hidráulicos en la Edad Media Hispana. C. Segura coord. Madrid.

  • Castillos, poder feudal y reorganización espacial en la Transierra madrileña (siglos XII-XIII). Martín Viso, Iñaki. Espacio, Tiempo y Forma, Serie III, H. Medieval, t. 13, 2000.

  • Los hospitalarios y la nobleza castellano leonesa (siglos XII-XIII). Barquero Goñi, Carlos. Universidad Autónoma de Madrid.

  • Orígenes de la Orden del Hospital en el reino de Toledo (1144-1214). Rodríguez Picavea, Enrique. Espacio, tiempo y forma. Serie III Historia Medieval. UNED, 2002.

  • Recuperación de los molinos del Tajuña. García Grinda, José Luis. Comunidad de Madrid, Consejería de Política Territorial. Dirección General de Agricultura. Madrid, 1990.

  • Historia de la insigne ciudad de Segovia y compendio de las historias de Castilla. Colmenares, Diego de. Madrid, 1637.

  • Libro de privilegios de la orden de San Juan de Jerusalén en Castilla y León (siglos XII.XIV). Ayala Martínez, Carlos de. Editorial Complutense. Madrid, 1995.

  • Molinos y aceñas en los fueros del sur del Tajo. Val Valdivieso, Isabel del. Universidad de Valladolid. En El Historiador y la sociedad, Homenaje al profesor José María Mínguez. Cruz Díaz, Pablo de la; Corral, Fernando Luis; Martín Viso, Iñaki. Ediciones de la Universidad de Salamanca. Salamanca, 2013.

  • Las ordenanzas de Alcalá de Henares, ratificadas por Felipe II en 1592. Anales Complutenses. Volumen XXIV. Institución de Estudios Complutenses. Alcalá de Henares, 2012.

  • Los pergaminos del Archivo Municipal de Alcalá de Henares: la Carpeta I. Sáez, Carlos. Universidad de Alcalá de Henares. Servicio de Publicaciones. Madrid, 1990.

  • El Fuero Nuevo de Alcalá (Edición). Pérez-Bustamante, Rogelio. Catedrático de historia del Derecho. Universidad Complutense.

  • Notas sobre molinos en los fueros de la provincia de Guadalajara. López de los Mozos, José Ramón. Revista Molinum, nº 30. Asociación para la conservación y Estudios de los Molinos. Enero-febrero, 2012.

  • Agua e industria en la segunda mitad del siglo XVI: los molinos harineros de la Meseta Sur. Vela Santamaría, Francisco Javier. Instituto Universitario de Historia Simancas. Mayo de 2009.

  • Los antiguos molinos harineros madrileños. Peris Barrio, Alejandro. Revista de Folklore. II época, nº 347. Obra social y cultural de Caja España. Valladolid, 1980.

  • Felipe II y el Tajo. López Gómez, Antonio, Arroyo Illera, Fernando, Camero Bullón, Concepción. Departamento de Geografía (Universidad Autónoma de Madrid).

  • Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de Ultramar. Madoz, Pascual. Imprenta P. Madoz y L. Sagasti. Madrid, 1846-1850.

  • Acuerdos para construir un molino, plantar álamos y árboles frutales y otros acuerdos referentes a la Compañía de Jesús. Fondo Pleno. A101.00. Ayuntamiento de Arganda del rey. Archivo de la Ciudad.

  • Archivo Histórico Provincial de Toledo. Sección Hacienda. Catastro de Ensenada. Libros maestros y respuestas generales de Morata de Tajuña. H. 408 y  H. 410.

  • Portal de Archivos españoles (PARES). Catastro de Ensenada. Buscador de localidades. Respuestas Generales.

  • La Capilla de los del Campo en la Parroquia de la Trinidad de Segovia. Marques de Lozoya. Boletín de la sociedad Española de Excursiones. Arte, Arqueología, Historia. Año XXXVI. Cuarto trimestre. Madrid, diciembre de 1928.

  • Anales del teatro español correspondientes a los años 1581 a 1625. Díaz de Escobar, Narciso. Imprenta Helénica. Madrid, 1913.

  • Archivo Histórico de Protocolos de Madrid. Tomo 5993, fol. 525r-556v.

  • Noticias genealógicas del linaje de Segovia continuadas por espacio de seiscientos años. Román y Cárdenas, Juan.

  • Ejecutoria del pleito litigado por García de Guzmán Herrera, vecino de Alcalá de Henares, con Antón de Cáceres, vecino de Segovia. Real Audiencia y Chancillería de Valladolid. Registro de Ejecutorias, caja 641, 10.

  • Ejecutoria del pleito de Juan Arias Dávila, conde de Puñonrostro, García González, de Morata, y Guzmán de Herrera de Alcalá de Henares por el aprovechamiento de un molino de propiedad compartida por los litigantes. Real Audiencia y Chancillería de Valladolid. Pleitos civiles, Fernando Alonso (F) Caja 571, 1.

  • Contribución al estudio de las economías nobiliarias en Castilla: los condados de Puñonrostro y Barajas durante el reinado de Felipe II. Hernanz Elvira, José Luis. Equipo Madrid de Estudios Históricos.

  • Morata de Tajuña. Biblioteca de la provincia Tomo duodécimo. Arribas, Juan Diego. Excelentísima Diputación Provincial de Madrid. Madrid, 1891.

  • Anuario-Almanaque del comercio, de la industria, de la magistratura y de la administración. Madrid, ediciones de 1879 y 1886.

  • Anuario Ribera. Madrid, ediciones de 190, 1904,1905 y 1908.

  • Inventario de las posesiones del marqués de Leganés, 22 de febrero de 1655 AHPM t,6267 f.425r-759v.

  • Poder y nobleza en la primera mitad del siglo XVII: el I marqués de Leganés. Arroyo Martín, Francisco. Tesis doctoral. Universidad Carlos III. Departamento de Humanidades, Geografía y Arte. Getafe, mayo de 2012.

  • Archivo Histórico de Protocolos de Madrid 1.1.1.1763.001. T.0005993.

  • Archivo Histórico de la Nobleza, BAENA,C. 275,D.161-401.

  • Archivo Histórico de la Nobleza, BAENA,C. 274,D. 22.

  • Archivo Histórico de la Nobleza, BAENA,C.89,D.120-347).

  • Historia de la villa de Morata de Tajuña-Torre Briceño, Jesús Antonio. Ayuntamiento de Morata de Tajuña, 1999.

  • CAMÓN, Á. (1872): “Aprovechamiento de las aguas de los ríos de la provincia de Madrid”. Revista de Obras Públicas, tomo I, nº 8.

  • Molinos, norias y batanes en la península Ibérica durante la Edad Media. Roldán Cañas, José. Discurso pronunciado en la clausura del año académico 2015-16. Boletín de la Real Academia de Córdoba. (2016).

  • (Descripción y cosmografía de España. Colón, Hernando de. Boletín de la Real Sociedad Geográfica. Tomo L. imprenta de Eduardo Arias. Madrid, 1908.

  • Testimonios personales de Concepción Loriente García y José Sánchez-Bravo García-Oliva.

Archivo Histórico Provincial de Toledo. Sección Hacienda. Catastro de Ensenada. Pieza 8ª Documentos, comprobaciones de la operación en dicha Villa.

Cuestión de maquilas: diferencias entre molino maquilero y fábricas de harinas. Revilla Casado, Javier. Universidad de León.

Cuestión de maquilas: diferencias entre molino maquilero y fábricas de harinas. Revilla Casado, Javier. Pensar la tradición. Diputación Provincial de Valladolid. Fundación Joaquín Díaz, 1921.

  • Periódicos y publicaciones citados en el texto.