miércoles, 30 de diciembre de 2015

Así era Morata en 1753, según el Catastro de Ensenada


Las respuestas generales ofrecen información sobre la economía de la villa

Los datos fueron aportados los propios vecinos



Las respuestas generales del Catastro de Ensenada corresponden a un cuestionario de cuarenta preguntas que se planteó en todas las ciudades, villas y aldeas de Castilla a mediados del siglo XVIII. Esta práctica de elaborar cuestionarios, para que fueran los propios vecinos quienes dieran información sobre los lugares en los que vivían, no era la primera vez que era utilizada en la monarquía española. Felipe II ya lo había hecho cuando ordenó la elaboración de las Relaciones Topográficas en el siglo XVI y, a finales del siglo XVIII, el arzobispo de Toledo, cardenal Lorenzana, también encargó, en este caso a los párrocos, la elaboración de un cuestionario para conocer la situación de las villas y aldeas que estaban bajo su jurisdicción. En el documento que hoy analizamos, las primeras quince preguntas del cuestionario, se da información de primera mano sobre la economía de la villa, la extensión de su término, los cultivos principales y su precio medio de venta, …, en definitiva, información necesaria para conocer el nivel económico de los vecinos y, a partir de ahí, elaborar el catastro.

RESPUESTAS GENERALES DE LA VILLA DE MORATA
En la villa de Morata a diez días del mes de julio de mil setecientos cincuenta y un años en cumplimiento de las órdenes de S. M. y auto en su consecuencia promovido en primero del corriente por el señor licenciado Don Juan Joseph de Leza Cesáreo, abogado de los Reales Consejos y Juez subdelegado por el señor Vicente Caballero y Llanes Intendente general de esta provincia de Toledo con aprobación de la Real Junta de la Única Contribución para las diligencias que sobre su establecimiento se están practicando en esta villa ante su merced  y del infrascripto escribano de S. M. y de lo actuado en esta comisión concurrieron el señor licenciado Don Pedro Marchena presbítero en lugar y nombre de Don Andrés Ros, cura propio de la Parroquial de esta villa, quien por su notoria enfermedad se halla imposibilitado de asistir a este acto; los señores Bernardino Páez Fominaya, Teniente de Corregidor, Don Juan de Almazán y Manuel Sánchez de San Agustín, Alcaldes Ordinarios por ambos estados, Don Ventura Ruiz de Castañeda y Francisco Sánchez Alonso, regidores por ambos estados, y Miguel Bello Martín, escribano del numero y ayuntamiento de esta villa, Don Pedro Fominaya Monterroso, Juan Páez Jaramillo y Francisco Ruiz de Castañeda, Peritos nombrados por ella para reconocimiento de tierras, sus calidades, caudales, frutos, cultura, artes de las personas del pueblo, comercios, granjerías, ocupaciones y demás utilidades que se averiguasen. Y estando todos juntos se les recibió por juramento, a excepción de dicho señor teniente de cura que solo asiste como persona imparcial y desinteresada para autorizar esta diligencia según se previene por el capitulo Cuarto de la Real Instrucción, bajo del cual ofrecieron los demás por Dios Nuestro Señor y una Señal de la Cruz decir verdad en lo que supieren y les fuese preguntado y haciéndolo al tenor de los cuarenta artículos que contiene el interrogatorio impreso que a este fin manifiesto ir instruyendo sobre cada uno a los señores declarantes lo necesario para su mejor diligencia respondieron en la forma siguiente:
1ª A la primera pregunta del interrogatorio dijeron que de inmemorial tiempo a esta parte saben y les consta que esta villa se ha llamado y actualmente se nombra Morata, sin que sobre este particular hayan oído en tiempo alguna cosa en contrario.
 Primera página del documento de las Respuestas Generales de Morata 
conservado en el Archivo de Simancas

2º A la segunda pregunta dijeron que esta villa es propia del Estado de Leganés que hoy posee el Excelentísimo Señor Conde de Altamira a quien siempre han reconocido por dueño de ell,a percibiendo el dicho señor de Alcabalas uno y medio por ciento, el del fiel medidor, sacador y cargador, el de las Penas de Cámara que recaudan en la Audiencia de esta villa, la Contaduría del Número, Cuentas y Particiones y el oficio de Escribano de Ayuntamiento que por razón de Alcabalas uno y medio por ciento cobra dicho señor en cada un año cuatro mil setecientos y diez reales de vellón en que está encabezada la villa por labranza y crianza de Ganado y ventas.
Que por el mismo respecto percibe mil y novecientos reales anualmente, mitad del arrendamiento de la tienda de mercería y abacería. En cada libra de carne vendida en la carnicería publica cobra dos maravedíes, cuyo producto se tiene regulado en cada un año por mil y quinientos reales. Por las ventas sueltas de heredamientos y caballerías no criadas en el pueblo cobra el cinco por ciento en las que se celebran entre legos. Y el once por ciento cuando son a favor de persona exenta cuyo importe regularmente suele ser doscientos reales anuales por la alcabala del viento, que con los oficios de fiel medidor, sacador y cargador están arrendados a Joseph Berengeno y Joseph Carrascosa, cobra dicho señor tres mil y cien reales, por el presente año que a corta diferencia es el de los demás su regular valor. Por las penas de cámara podrá percibir anualmente según dicho juicio setenta reales. La Contaduría de Cuentas y Particiones está arrendada a Don Diego de Almazán, administrador de dicho señor por cuarenta reales y que el oficio de escribano del número y Ayuntamiento lo ejerce Miguel Bello Martín a quien lo tiene dado su excelencia sin interés alguno sin ofrecerse a los señores declarantes que añadir sobre el contenido de esta pregunta.
3ª A la tercera pregunta declararon que el término de esta villa ocupará según su juicio de levante a poniente como una legua regular de una hora de andadura; del norte al mediodía como tres cuartos de dicha legua y como cinco de circunferencia que por el oriente confronta o linda con el término de la villa de Perales de Tajuña; por el mediodía con los de las villas de Chinchón y Valdelaguna; por el norte los de la villa de Arganda y religiosos del Escorial que llaman término de Pajares; y al Poniente con el de la villa de San Martín de la Vega y que la figura de este termino es ovalada según se manifiesta por la del margen.
4ª A la cuarta pregunta declararon que este término se compone de tierras de riego que es todo lo que ocupa la Vega donde se facilita por caces o tornillos que salen del Río Tajuña, a excepción de algunas que por su demasiada altura no alcanzan este beneficio, siendo demás del termino secano.
Que en las tierras de riego no se siembra hortaliza alguna por ser su principal destino para granos, sembrando las de buena calidad de esta especie dos años seguidos y el tercero por vía de abono se planta en ellas ajos, melones, habas, repollo y algún cáñamo. Y en las de mediana e inferior calidad se siembran grano un año y otro judías y cebollas alternando. Que en esta vega las tierras que no eran aparentes para sembradura se hallan plantadas de viña. Y que también hay en ella diferentes plantíos de árboles frutales con el nombre de huertas y varios pedazos de alamedas de álamos negros y blancos. Que en secano se encuentran plantíos de viñas y olivos, tierras de sembradura de año y vez y un Bosque acotado propio del señor de esta villa que se compone de una porción de olivos, algo de alamedas y lo demás son espartales y algunas encinas. Y que también hay una Dehesa para pasto del ganado lanar, de mala calidad, como de un cuarto de legua de larga y medio de ancha, situada al oriente de esta población y dista de ella un cuarto de legua, consistiendo el resto de este término en diferentes cerros calvos infructíferos que compondrán como una cuarta parte a corta diferencia de su recinto.
5ª A la quinta pregunta declararon que en las especies de tierra de que se compone el término, que quedan referidas a la antecedente, se hallan de todas calidades, esto es baja, media e inferior, a excepción de las en que están las viñas de riego porque en ellas no hay diferencia, estando todas consideradas de malísima calidad. Que sólo algún corto pedazo de algunas que por su situación parecen alguna desigualdad, sucediendo lo mismo en cuanto a las alamedas. Y que en lo respectivo a las tierras plantadas de frutales sólo hay de buena y mediana calidad.
6ª A la sexta pregunta declararon que en las tierras de sembradura de riego no hay plantío de árboles alguno que sólo los frutales que quedan referidos y que en secano hay diferentes tierras plantadas de olivos y en otras de sembradura y viñas se hallan esparcidos muchos de ellos sin orden ni marco.
7ª A la séptima pregunta declararon que los frutales están plantados entre distintos parajes de la Vega en tierras de buena y mediana calidad. Que los pedazos de Alameda están en varias cabezadas de tierra de mala calidad en la vega y a los márgenes del Río. Y que los olivos se hallan en tierras de secano de todas calidades.
8ª A la octava pregunta declararon que las viñas de secano están todas plantadas a marco real de once pies en cuadro y las de riego como una cuarta parte menos de terreno. Que los olivos unos están plantados a marco real de cuarenta pies en cuadro y otros sin estar en toda la tierra, aunque guardada la misma distancia. Que algunas en las de pan llevar y viñas se hallan algunos olivos esparcidos sin orden. Que los frutales están plantados en la misma conformidad que los olivos. Y que las alamedas nacen naturalmente sin culto ni arte alguno.
9ª A la pregunta nueve declararon que una fanega de tierra de riego se compone de doscientos estadales y la de secano de cuatrocientos de once pies en cuadro cada uno. Y que regularmente se siembra en cada fanega de tierra indistintamente una de trigo y de cebada una y cuartilla, siendo la razón de sembrarse igual cantidad en la fanega de tierra de riego que en la de secano por ser aquella de duplicada sustancia y producto.
10ª A la pregunta diez declararon que comprendiendo las tierras incultas y cerros infructíferos se compondrá el término de esta villa como de diez mil fanegas de tierra según su juicio; que de ellas habrá de riego como dos mil y quinientas fanegas de sembradura, comprendidas como trescientas y cincuenta plantadas de viña, y el resto de secano, en que habrá como dos mil y cuatrocientas fanegas de sembradura, mil y doscientas de viña y otras tantas a corta diferencia de olivares. Doscientas fanegas que tendrá el Bosque del señor de esta villa y setecientas la Dehesa que tiene esta dicha villa, que es de mala calidad. Que las tierras de riego son de buena y mediana calidad por mitad y muy poco de ínfima, de que no podrá haber cincuenta fanegas. Que en las de secano habrá como mil fanegas de sembradura de buena y ínfima calidad por mitad y el resto de mediana. Que en las plantadas de viña de esta clase habrá como ochocientas fanegas de buena calidad y el resto de mediana y en estas como ciento de inferior calidad. Que en los olivares habrá como seiscientas fanegas de buena calidad y el resto de mediana incluidas como ochenta fanegas de inferior. Y que el Bosque tendrá lo mas que ocupa de tierra de ínfima y que su situación es entre cerros y peñascos excepto un poco que hace de cañada que serán como diez fanegas de buena calidad.
11ª A la pregunta once declararon que los frutos que producen las tierras de este término son trigo y cebada y centeno, uva, aceituna y en los años de intermedio en que no se siembran de granos las tierras de riego producen melones, repollo, ajos, cáñamo y cebollas.
12ª A la doce declararon que con una ordinaria cultura y moderada puede producir a su juicio por un quinquenio cada fanega de tierra de riego de buena calidad sembrada de trigo siete fanegas de esta especie en cada un año. Que la de mediana calidad daría seis fanegas. Y la de inferior cinco. Que sembradas de cebada producirán las de buena calidad catorce fanegas, las de mediana doce. Y las de inferior diez. Que la fanega de tierra de buena calidad en secano podrá dar en el año que se siembra de trigo cinco fanegas. La de mediana cuatro y la de inferior tres. Y sembradas de cebada podrán producir las de buena calidad diez fanegas. Las de mediana ocho y la de inferior seis y que no hacen regulación de lo que producen cuando se siembran de centeno o avena, porque esto sucede rara vez por algún vecino y solo en aquellas tierras calvas mas infelices. Que cada fanega de tierra de riego plantada de viña que se compone de doscientos estadales con trescientas cepas consideramos pueden producir indistintamente un año con otro doce cargas de uva de a ocho arrobas cada una, que reducidas a vino se sacarán treinta y nueva arrobas. Que cada fanega de tierra en secano de buena calidad plantada de viña que se compone de cuatrocientos estadales con cuatrocientas cepas regulan podrán producir ocho cargas de uva del mismo peso. Las de mediana seis cargas y las de inferior cuatro y cada una de estas reducida a vino dará tres arrobas. Que cada fanega de tierra plantada de olivos que se compone de cuatrocientos estadales y en ellos según el marco regular podrán caber treinta siendo de buena calidad producirán cada año según la experiencia que tienen por un quinquenio cuatro fanegas de aceitunas, la de mediana calidad tres fanegas de dicho fruto y la de inferior calidad dos fanegas. Y que cada una de estas daría media arroba de aceite; también regulan que cada fanega de tierra de riego en los años de intermedio que se plantan de los esquimos que quedan referidos producirán en dinero sesenta reales sin diferencia en las calidades de estas tierras.
13ª A la pregunta trece declararon que de cada fanega de álamos negros o blancos consideran se pueden cortar de diez en diez en diez años treinta palos y que la común estimación de cada uno es ocho reales. Que cada fanega de tierra plantada de frutales tendrá como cuarenta y que cada uno de estos regulan podrá producir un año con otro media arroba de fruta que compensado el mas valor que unas tiene con el menor consideramos a cada arroba el precio de cinco reales y esto que el plantío esté a marco o sin el pues en los pocos frutales que hay en este término no hallamos diferencia.
Asimismo fueron preguntados por su merced sobre el producto que pueden tener anualmente las eras de pan trillar y pozas para curar cáñamo en rama, a que respondieron bajo la misma solemnidad que cada era se acostumbra arrendar en una fanega de trigo y si es era empedrada en dos fanegas. Y que cada poza producía la utilidad de treinta reales.
14ª A la pregunta catorce declararon que a cada fanega de trigo que producen las tierras de este término regulan el precio de diecinueve reales según el que por un quinquenio se tiene experimentado porque por su inferior calidad no tiene tanta estimación como en los lugares inmediatos. Que cada fanega de cebada un año con otro la regulan a siete reales. Que cada arroba de vino tiene por un quinquenio la estimación de cinco reales y medio sin poderlo conservar por la debilidad que le ocasiona la mezcla de las uvas de riego y que cada arroba de aceite la regulan a dieciocho reales.
15ª A la pregunta quince declararon que sobre las tierras del termino de esta villa únicamente se halla impuesto el Derecho Eclesiástico de Diezmo de todos los frutos que produce y quedan ya referidos a excepción del repollo, habas y melones, que además de lo dicho se paga de los granos por cada cosechero media fanega colmada por toda la cosecha en llegando a diez fanegas de cada especie por razón de primicia. Que de las frutas que se cogen en la huerta que pertenece a los señores de esta villa se paga de diezmo de dieciocho arrobas, que la que pertenece en este término a Don Claudio Sánchez y Torres canónigo de la santa Iglesia de Osma es libre de diezmo y únicamente paga a la Parroquial de esta villa por razón de feudo seis maravedíes en cada un año.  Que las tierras pertenecientes a la Capellanía que fundó en esta villa Doña Beatriz de Cortinas de que es capellán el padre Fray Francisco de Borja religioso mercedario calzado son también libres de diezmo. Que algunas de las que goza la viuda de don García Gato, vecina de Chinchón tienen el mismo privilegio. Y asimismo otras que posee Don Joseph de Cuevas, vecino de esta villa y las que en ella pertenecen al Monasterio de El Escorial y convento de Santa Úrsula de Religiosas Franciscas de la ciudad de Alcalá. Y que en los referidos diezmos son interesados el Rey, Arzobispo, Canónigos, Arcediano y Deán de Toledo, la Iglesia de esta villa, el Cura, el Monasterio de Escorial, Convento de la Villa de Toledo y el arcediano de Guadalajara.

miércoles, 23 de diciembre de 2015

El III marqués de Leganés, un conspirador contra la dinastía Borbón en España


El II marqués de Morata de La Vega murió exiliado en Paris

Tras su muerte, el señorío de Morata pasó a la Casa de Altamira

En febrero de 1711 moría en París Diego Mesía Felípez de Guzmán, III marqués de Leganés y II de Morata. Nacido en 1648 en Badajoz, en sus sesenta y tres años de vida desarrolló una intensa actividad en la monarquía española, durante los años convulsos que se sucedieron en los reinados de Felipe IV, Carlos II y Felipe V. Su toma de partido por la causa austracista durante la guerra de Sucesión española le costó la cárcel y el exilio. Con su muerte sin descendencia, la Casa de Leganés y todos sus bienes pasaron a la Casa de Altamira que, como tal, paso a ostentar el señorío de Morata.



Diego Mesía Felípez de Gúzman, hijo único de Gaspar Mesía Felípez de Gúzman y Francisca de Rojas y Córdoba, nació en Badajoz y como primogénito de la casa tenía asignado el titulo de II marqués de Morata de la Vega.  Como en el caso de su abuelo -el I marqués de Leganés, con el que compartía el nombre- y de su padre, desde muy joven utilizó las influencias familiares para ocupar distintos cargos en la administración de la monarquía española, tanto en puestos administrativos como militares. De hecho, a la temprana edad de 18 años sustituyó a su padre, tras la muerte de este en febrero de 1666, en el cargo de virrey de Valencia, el mismo que también había ocupado su abuelo, y que fue el trampolín utilizado para desarrollar una larga y controvertida carrera política que, a la postre, le valdría la cárcel y el exilio en Paris.
Tras su estancia en Valencia, que concluyó en marzo de 1668, el III marqués de Leganés fue ampliando su influencia en la corte con una sucesión de cargos que, curiosamente, no eran ajenos al entorno familiar. Como su abuelo, el I marqués, fue virrey en Cataluña entre 1684 y 1688 -nombrado por Juan José de Austria, el hijo bastardo de Felipe IV-, maestre de campo y capitán general de caballería. Durante su permanencia en Cataluña hubo de hacer frente a una situación política muy compleja, con las reivindicaciones catalanas en pleno auge -lo que provocó su enfrentamiento con la Generalitad- y empeorada por las míseras condiciones de vida de los soldados a su cargo. A finales del siglo XVIII, fue nombrado, también como su abuelo, gobernador y capitán general de Milán, Lombardía y el Piamonte, cargo en el que permaneció entre 1691 y 1698. 
Esta intensa labor administrativa y militar, que incluía su pertenencia al consejo de Estado durante varias etapas, fue una constante en su vida. Cercano siempre al poder, su boda con Jerónima de Benavides, hija del conde de Santisteban del Puerto, tuvo lugar en la galería de retratos de palacio, donde su mujer era dama de honor de la reina regente Mariana de Austria. En esta faceta de su vida privada, el III marqués de Leganés, no descuidó la gestión de su patrimonio familiar, en el que se incluía el señorío de Morata y sus importantes bienes en la villa, ni los numerosos procesos judiciales en los que estaba implicada su familia desde mediados del siglo XVI para acceder a los derechos del ducado de San Lúcar la Mayor, herencia del conde duque de Olivares, que finalmente fueron asignados a la casa de Leganés. Este victoria judicial, que ampliaba notablemente el patrimonio de la Casa de Leganés, tuvo un escaso recorrido pues el marqués no tuvo herederos –su mujer murió en 1673 sin descendencia- y esos bienes y honores nobiliarios pasarían a la Casa de Altamira.
El conflicto dinástico y la guerra de Sucesión
El III marqués de Leganés se implico profundamente en el gran problema de la monarquía española a finales del siglo XVII y principios del XVIII: la sucesión de Carlos II. La ausencia de herederos del monarca al que la historia también conoció como El Hechizado, fue origen de conflictos familiares, enfrentamientos diplomáticos y, finalmente, una guerra que significó el cambio de la familia reinante en el decadente reino de España. En medio de este panorama incierto, que dividió a todos los estamentos de la sociedad española de la época, Diego Mesía Felípez de Guzmán siempre tuvo claro cual era su bando. En el enfrentamiento entre los partidarios de los Borbones y los partidarios de la casa real austriaca, el marqués permaneció siempre del lado de estos últimos ya desde los años en que la falta de heredero, aún en vida de Carlos II, anunciaba el enfrentamiento que finalmente se produjo. Siempre intrigante, su palacio de Madrid fue lugar de reunión del bando austracista, en el que también militaban miembros de la nobleza como el duque de Medinaceli y los condes de Benavente y Monterrey, frente a los partidarios de los Borbones encabezados, entre otros por el conde de Oropesa. Ya en 1699, con el rey todavía vivo pero sin ningún criterio mínimamente lógico –llegó a redactar tres testamentos contradictorios respecto a los intereses de los Borbones y los austracistas- fue instigador y partícipe de un motín que tuvo lugar en abril de 1699 en Madrid y que finalmente fue sofocado. Pero este afán conspirador a favor de los intereses de la casa de Austria no terminó aquí. A  pesar de que fue el encargado de entregar las llaves del Retiro a la llegada de Felipe V a Madrid como nuevo rey, el marqués de Leganés continuó defendiendo su postura contraria a los Borbones. Con la guerra de Sucesión ya iniciada –se desarrolló entre 1701 y 1714- un nuevo complot, este de mayor envergadura que el de 1699, tuvo como protagonista a Diego Mesía Felípez de Guzmán considerado culpable de participar en los sucesos provocados durante las celebraciones de la fiesta del Corpus en Granada. Este levantamiento, junto a su antecedente anteriores como contrario a los borbones y otros cargos, como el que le acusaba de pasar información a las tropas del archiduque Carlos, provocaron la detención del marques del Leganés el 11 de junio de 1705.
Tras su detención, junto a otros nobles como el duque de Medinaceli, el marqués fue confinado en la ciudadela de Pamplona y, más tarde, para evitar que su influencia en territorio español favoreciera a los partidarios de la Casa de Austria, fue finalmente recluido en París donde era fácilmente controlado por la monarquía borbónica. El marqués fue así apartado de los avatares de la guerra de Sucesión que, como sucedió en todo el territorio español, también afecto a su señorío de Morata. La villa sufrió la presencia de tropas favorables a los austrias, comandadas por el marques de las Minas, con el resultado de saqueos y tropelías contra la población, mientras que en la cercana villa de San Martín de la Vega permanecían las tropas leales a los borbones. La Gaceta de Madrid relataba así esta presencia de las tropas favorables al archiduque Carlos en Morata:
El día 14 [de agosto de 1706] salió su majestad [Felipe V] de Torrejón y llegó a San Martín de la Vega, quedando el enemigo en Morata, ribera de Tajuña. Con estas cuidadosas marchas se va disminuyendo el ejercito de los aliados, pues en estos cinco días, entre prisioneros, muertos y desertores faltan cerca de dos mil … (Gaceta de Madrid, 17 de agosto de 1706).
Documento que refleja la muerte del III marqués de Leganés en París

El marqués de Leganés no llegaría a ver el final de la guerra. En 1711 moría París sin que todos sus esfuerzos y conspiraciones sirvieran para que se cumpliera su deseo de ver a la Casa de Austria al frente de la monarquía española. Además, su larga prisión y exilio en Francia, lejos de su país y de sus posesiones, y sin un heredero que cuidara de su patrimonio provocó que a su muerte dejara un reguero de deudas en España. Un documento del Archivo Histórico Nacional revela el estado lamentable de sus cuentas;
Don Martín Solano, contador de la Casa y Estados del Excelentísimo Señor Marqués de Leganés, Duque de San Lúcar la Mayor, mi señor, certifico que por los libros y papeles de dicha contaduría que están a mi cargo consta estar debiendo a los acreedores censualistas que se expresarán en esta certificación las cantidades (…).
A don Juan Ruiz de Castañeda, visitador general del partido de Alcalá [en el que estaba incluida la villa de Morata, y en la que era administrador de los bienes del marqués], se le están debiendo siete mil y quinientos reales de partida conocida, aunque se cree es menor cantidad, lo cual es dinero que prestó a S. E. cuando pasó a Francia. (…)
Más de diferentes salarios que están debiendo en Morata mil y quinientos reales. (…).
(Sección Nobleza del Archivo Histórico Nacional. Baena, C. 222, D.75-82)
En este documento, del que sólo se reseñan las deudas del marqués relacionadas con Morata, se consignaban débitos superiores a los 620.000 reales acumulados fundamentalmente por los gastos ocasionados por su prisión y exilio en París. Sobre este castigo, algún partidario de marqués se quejaba del trato recibido por Diego Mesía Felípez de Guzmán en la capital francesa, resaltando su lealtad a los Augsburgo. Así era desde luego, y el marqués de Leganés y de Morata siempre mostró su obligado agradecimiento a los últimos monarcas de la Casa de Austria, Felipe IV y Carlos II, quienes después de todo engrandecieron con prebendas, privilegios y regalías a la Casa de Leganés y de Morata de la Vega, de ahí que justificara su apoyo a los austrias frente a los borbones con unas palabras que, a buen seguro, confirmarían todos sus antepasados:
(…) es cosa fuerte sacar la espada contra la casa de Austria a quien tanto beneficios debía la suya.  

miércoles, 16 de diciembre de 2015

Gaspar Mesía Felípez de Guzmán, I marqués de Morata


El II marqués de Leganés murió con 36 años cuando era de virrey de Valencia

El 2 de abril de 1646 en la ciudad de Madrid tuvo lugar una curiosa ceremonia en la que el primer marqués de Leganés, Diego Mesía Felipez de Guzmán, contraía matrimonio con Juana de Rojas y Córdoba. Hasta aquí todo normal en una boda entre dos representantes de la nobleza de la época si exceptuamos que el marqués, ya viudo de su primera mujer Policena Spínola y residente en Milán en aquellos años, hubo de casarse por poderes. Lo que traspasaba la normalidad es que en la misma ceremonia se celebraron otros dos matrimonios: el hijo mayor de Diego Mesía Felipez de Guzmán, Gaspar, se casaba con Francisca de Rojas y Córdoba, hija de Juana, madrastra del novio, y de su primer marido, Francisco Fernández de Córdoba; mientras, Inés Felípez de Guzmán, hija también del I marqués de Leganés y de Policena, se  casaba, a su vez, con otro hijo de su madrastra, Gaspar Hurtado de Mendoza, hijo de Juana de Rojas y su segundo marido Lope Hurtado de Mendoza.
Esta ceremonia, una más de las que en aquellos años servían para unir lazos entre las familias más poderosas del reino, significó una de las primeras apariciones públicas de Gaspar Mesía Felípez de Guzmán, II marqués de Leganés. Gaspar, hijo primogénito del I marqués de Leganés y como tal I marqués de Morata de la Vega –un titulo que Felipe IV había concedido a su padre en 1632 como privativo del heredero primogénito del marquesado de Leganés- tenía en la fecha de su boda únicamente 16 años pero primaron los intereses familiares y las convenciones sociales de la nobleza en el siglo XVII. En la familia del I marqués de Leganés se cumple, punto por punto, la norma no escrita de que el heredero se dedique a la milicia y un segundo hijo a la carrera eclesiástica. A las hijas se les prepara un buen matrimonio con un miembro de una familia de similar categoría o, en su defecto, ingresa en un convento.
En el caso del marqués de Leganés esta costumbre social de la nobleza se cumplió milimétricamente –el segundo hijo Ambrosio, dedicado a la carrera eclesiástica, llegó a ostentar el cargo de Arzobispo de Santiago y de Sevilla, tras pasar por los obispados de Oviedo y Valencia y formarse en la Universidad de Salamanca- y Gaspar fue una pieza más en esta política familiar.
Desde su nacimiento en Madrid, en marzo de 1630, Gaspar tenía diseñado su destino como hijo primogénito de la entonces influyente Casa de Leganés. Su padre había creado un mayorazgo en el que se acumulaban los bienes raíces, honoríficos y económicos de la familia y él era el heredero designado de este patrimonio acumulado por su padre en su carrera como militar, diplomático y político. De hecho, Gaspar ya desde muy temprana edad se dedica a la milicia. En 1647 está ya al mando de un regimiento en Aytona. Dos años más tarde, en 1647, participa en la campaña de la guerra contra los portugueses, una de las últimas acciones militares en la larga trayectoria de su padre. En la siguiente década, Gaspar Mesía, todavía como marqués de Morata, también interviene en alguna campaña en Francia e incluso tiene alguna intervención política como consejero de Estado en 1659. Sin embargo, cuando su carrera toma más impulso es con su nombramiento como gobernador y capitán general de Omán en 1662, lugar en el que consigue una victoria sobre el gobernador de Tremecen. Este destino le permitió ampliar su patrimonio económico antes de alcanzar su último cargo: virrey y capitán general de Valencia, un cargo en el que tenía la representación de la corona española en el levante español y que era el que desempeñaba cuando murió en 1666.
 Documento con la firma del I marqués de Morata en el que pide licencia para administrar sus bienes
Su muerte, a la temprana edad de 36 años le impidió alcanzar la influencia que caracterizó la trayectoria de su padre. Cierto es que logró cargos importantes, algunos de ellos gracias a la intervención del I marqués de Leganés, preocupado siempre por proyectar el poder de la familia en sus propios hijos –el segundo hijo Ambrosio fue obispo de Oviedo y Valencia y arzobispo de Santiago y Sevilla-, pero Gaspar, bien por su fallecimiento prematuro o porque ya no contaba con un apoyo tan determinante como el que tuvo su padre con su primo el conde-duque de Olivares, en ningún caso puede compararse con la biografía de su progenitor aunque, curiosamente, en una demostración más del funcionamiento de los lazos familiares y de los vínculos clientelares, fue su propio hijo Diego, el III marqués de Leganés, quien le sustituiría en el virreinato de Valencia.
De su relación con Morata poco sabemos. Utilizó el titulo de marqués de Morata hasta la muerte en 1655 de su padre, fecha en la que pasó a su único hijo Diego, tal como se preveía en las condiciones del mayorazgo. Una vez convertido en cabeza de la Casa de Leganés pasó a ser el responsable del nombramiento de los cargos municipales de Morata entre los propuestos por el Concejo además de elegir el cargo de alcalde mayor como representante directo de los poseedores del señorío en la villa. Además, continúo el proceso legal iniciado por su padre para heredar mayorazgo de San Lúcar la Mayor, el marquesado de Mairena y el condado de Aznalcollar en litigio desde la muerte del conde-duque de Olivares y que se extendería hasta finales del siglo XVII cuando, ya con el III marques de Leganés al frente de la familia, la justicia dio la razón al marquesado de Leganés frente a las pretensiones del duque de Medina de las Torres.

miércoles, 9 de diciembre de 2015

I marqués de Leganés, una vida marcada por la milicia, la diplomacia y su cercanía al poder


Diego Messía, señor de Morata desde 1632, ascendió socialmente gracias a su parentesco con el conde-duque de Olivares

Eligió Morata para construir un palacio que se convirtió en su segunda residencia 

En 1632 Morata perdió su condición de villa de realengo. Las dificultades económicas de la villa hicieron inviable para las arcas del Concejo el pago de los créditos solicitados en 1574 para desmembrarse del Arzobispado de Toledo. En realidad, habían pasado casi sesenta años desde que el Concejo aprobó hipotecarse en 24.000 ducados para pagar a la Hacienda real y solamente se habían amortizado 400 escasos ducados del principal del crédito. Y, lo que era peor, el pago de los intereses ahogaban las cuentas municipales. Ante esta situación, los responsables de la villa solo encontraron una salida viable: revertir la situación y regresar a la condición jurídica de villa de señorío. En este momento histórico, las necesidades del Concejo de Morata coincidieron con el deseo de un destacado miembro de la nobleza, el marqués de Leganés, de ampliar su influencia señorial en el entorno geográfico de Madrid, la capital de la monarquía católica de Felipe IV. Así es como se produjo la llegada del marqués de Leganés, Diego Messía de Guzmán, a su nuevo señorío de Morata. Diego Messía eligió Morata como segunda residencia y aquí se hizo con un extenso patrimonio. En esta primera aproximación a su figura, esbozamos su biografía en esta entrega que antecede a otros retratos biográficos de todos los miembros de la nobleza que ostentaron el señorío de Morata hasta su abolición en el primer tercio del siglo XIX.
El marqués de Leganés pintado por Rubens
Diego Messía de Guzmán, I marqués de Leganés, pertenecía a una familia de la pequeña nobleza castellana. Cuarto hijo de los marqueses de Uceda, Diego Messía Ovando y Leonor de Guzmán y Ribera, su trayectoria vital estuvo condicionada por su parentesco directo con uno de los personajes más influyentes de la primera mitad de siglo XVII español: el conde duque de Olivares. De no ser por esa cercanía a Gaspar de Guzmán, su todopoderoso primo, sería difícil de entender el ascenso social, económico y militar del marqués de Leganés, pero, aún así, hay que reconocer que Diego Messía tampoco responde al arquetipo de noble que solo asciende gracias a sus contactos en la corte y en los consejos de la monarquía; de ahí que tan cierto es que el nepotismo del conde duque le ayudó en su ascenso social como que su labor diplomática y militar también fue un elemento fundamental en su importancia como personaje destacado de la monarquía de Felipe IV en la primera mitad del siglo XVI.
Su papel como elemento influyente en la corte de Felipe IV se inició cuando ni siquiera reinaba el penúltimo monarca de los austrias. Diego Messía, que había nacido en 1584 y que se desplazó a Flandes junto a su madre a comienzos del siglo XVI en el séquito de la infanta Isabel, hija de Felipe II, se dedicó desde muy joven a la milicia. Participa en numerosos episodios bélicos, entre ellos la batalla de las Dunas donde su actitud decidida le sirve para salvar la vida nada menos que al archiduque Alberto, suceso que siempre recordará el futuro marqués para destacar sus servicios a la Corona. También interviene en el sitio de Ostende en 1603, donde conocería a otro personaje muy influyente en su trayectoria vital, Ambrosio de Spínola, que en años posteriores se convertiría en su suegro. Su carrera militar continúa en Flandes donde alcanza el cargo de capitán en 1605. Escenarios como la batalla de Grol o Frisia sirven a Diego Messía para ampliar su prestigio y asumir también labores diplomáticas en Bruselas, lo que le lleva a viajar a Milán, otro destino fundamental de su biografía.
En 1617 ya es maestre de campo y en meses posteriores se desplaza con frecuencia Madrid para negociar en nombre del archiduque. Participa también en la campaña del Palatinado, en 1620, dirigiendo a los tercios y al año siguiente se desplaza a Madrid en calidad de enviado de la infanta Isabel ante su sobrino Felipe IV

Valimiento del conde duque y el ascenso del marqués de Leganés
Con el conde duque ya en su papel de responsable máximo de la política de Felipe IV, Diego Messia regresa a Bruselas pero ya también como hombre perteneciente al círculo de Gaspar de Guzmán. Interviene en las batallas de Juliers, que supone uno de sus momentos más destacados como militar al derrotar al poderoso ejército sueco, es nombrado general de artillería y en 1625 está presente en la toma de Breda, junto a su futuro suegro, lo que le valdrá aparecer en el cuadro de Las Lanzas, de Velázquez. En años posteriores, ya como gobernador de Milán, y con el marquesado de Leganés concedido por el rey, participa victoriosamente en numerosas batallas -Po, Fontana, Anón y Gatinara, Ponzón, Monferrato y Turín, entre otros logros- lo que le vale la concesión del título de grande de España -unos años antes había obtenido para su primogénito el condado de Morata de la Vega-. Su buena estrella se tuerce con la derrota de sus tropas en Casal, lo que le vale el reproche de su acomodado primo, siempre alérgico al campo de batalla, que le obliga a regresar a España con el dolor de la derrota y su prestigio minusvalorado en la corte.
En 1637, el marqués pide permiso real para administrar su patrimonio en el que ya se incluyen sus bienes en  Morata (Sección Nobleza del Archivo Histórico Nacional, BAENA,C.255,D.193-195)

Por estos años, 1640, fallece su primera mujer, y el Marqués de Leganés emparenta, gracias a su nuevo matrimonio con Juana Rojas y Córdoba, con otra poderosa rama de la nobleza española. Como capitán general de Cataluña Leganés vive uno de sus momentos más difíciles en su larga carrera militar y en su trayectoria personal. Fallece su hijo menor y en 1642 sufre una dolorosa derrota en la batalla de Lérida. A partir de aquí, cae en desgracia ante Felipe IV, situación que empeora con la destitución de su primo el conde duque. Confinado en Ocaña y alejado de la corte, ni siquiera se le permite residir en su palacio de Morata como solicita al rey, aunque finalmente se le da permiso para trasladarse a esta villa en septiembre de 1643. Diego Messía tiene que hacer frente a los cargos de los que se le acusan y responde con un extenso memorial en el que defiende su trayectoria al servicio de la Corona. Concretamente son 43 los cargos que se presentan contra su persona y que recibe en su palacio morateño en febrero de 1644.
Pese a la gravedad de los cargos, el marqués de Leganés consigue ser rehabilitado y su figura y prestigio militar resurgen de nuevo, casualmente en Lérida. La ciudad que le valió unos años antes su caída es ahora el lugar en el que se apoya para recuperar el aprecio del monarca. Diego Messía derrotó, en 1645, al prestigioso general francés D´Harcourt. De nuevo en la cúspide del ejército español, se traslada de frente y acude a intentar, sin conseguirlo, sofocar el levantamiento portugués en la batalla de Olivenza. Paralelamente, el marqués de Leganés, ya de avanzada edad y enfermo, ve como otro de sus hijos fallece en el campo de batalla y asiste a numeroso pleitos para acceder a nuevos señoríos, singularmente el de Poza y el de San Lucar, antigua posesión de su primo el conde duque. Este último pleito, que se alargará prácticamente hasta finales del siglo XVII, cuando su nieto el III marqués de Leganés logre una sentencia favorable, aumentará su patrimonio menguado en los últimos años de su vida a pesar de ser nombrado por el rey presidente del Consejo de Italia.
En 1655, en el mes de febrero, murió el viejo general y diplomático y, como era su deseo, fue enterrado en el convento de San Basilio, levantado gracias a las aportaciones económicas del propio marqués de Leganés y donde se celebraron más de siete mil misas cantadas en su memoria. Durante su vida, de constante ascenso social pero con altibajos en la corte de Felipe IV, se hizo con un inmenso patrimonio, del que nos ocuparemos en próximas entregas. Entonces nos interesaremos  fundamentalmente por su presencia en Morata, tanto en su faceta de poseedor del señorío de la villa, y el control del concejo gracias a sus cargos y a sus extensas propiedades –fincas rústicas, molinos de aceite, molino harinero, batán, posadas, pozos de nieve, …-, como en su otra faceta destacada de coleccionista de arte. Gracias a este afán de coleccionista compulsivo de pinturas y otras obras de arte, el marqués de Leganés convirtió su palacio morateño en una especie de pinacoteca espectacular en la que atesoró parte de la producción –la otra se exhibía en su palacio madrileño- de los mejores pintores de la época.

miércoles, 2 de diciembre de 2015

¿Cómo festejaba Morata la Constitución en el siglo XIX?


Placas conmemorativas, espectáculos taurinos y bailes en honor de los textos constitucionales

Algunas de estas celebraciones y homenajes generaron polémica

 En unos días conmemoraremos la aprobación de la Constitución Española de 1978. A partir de la Constitución de 1812, en Morata se han levantado esculturas o placas conmemorativas para hacer honor a las leyes fundamentales que han regido el país. Vamos a hacer un repaso, a partir de textos publicados en los periódicos de la época, de algunos de los actos que se organizaron en Morata en el siglo XIX para expresar el respeto a distintos textos constitucionales aunque, como veremos, no siempre estos homenajes lograron la unanimidad ni la adhesión de todos los estamentos de la villa.   
El 9 de agosto de 1821 el periódico El Universal publicaba en sus páginas una reseña sobre los actos que se celebraron en Morata para festejar la reinstauración de la Constitución de 1812:
Morata (Provincia de Madrid) 1º de agosto
La colocación de la lápida de la Constitución en las casas consistoriales de esta villa es en cierto modo uno de los actos de civismo que honrarán para siempre la memoria de los ciudadanos. No habiendo fondo en los propios para costear los gastos de esta fiesta, se abrió una suscripción voluntaria, a la cual se prestaron gustosos no solo los vecinos, sino también otros varios sujetos de la Corte que se hallaban aquí pasando la temporada de verano; los cuales estuvieron tan prontos a este acto patriótico, que fueron los primeros a inscribirse en la lista de contribuyentes. Por este medio logró el ayuntamiento reunir la cantidad necesaria, y preparada la lápida se llevó a la iglesia parroquial, en donde el 25 del pasado, día de esta función, se celebró una misa solemne con tedeum. El párroco D. Serafín Pinto pronunció un enérgico discurso, haciendo ver los muchos beneficios que había traído a la nación el restablecimiento de la ley fundamental de la monarquía, y la necesidad de observarla para conseguir la completa felicidad que nos promete. Concluida la función de la iglesia, fue trasladada la lápida a las casas consistoriales, conduciéndola en un carro triunfal, en el que colocaron dos niñas graciosamente vestidas, representando la paz y la abundancia. El acompañamiento de los ciudadanos de todas clases, la escolta de la milicia local de caballería e infantería, los repetidos himnos patrióticos que se cantaban en medio de una música marcial, las sinceras aclamaciones que por todas partes resonaban, las reiteradas salvas de fusilería, y el adorno de la carrera, todo formaba un conjunto, que excitaba a un mismo tiempo los sentimientos más puros de alegría y ternura, de amor a la patria, de obediencia a las leyes, de profunda adhesión a las sabias instituciones que nos rigen, y de la inalterable decisión de estos habitantes a sostenerla. Colocada la lápida en el lugar que le estaba destinada, el alcalde constitucional y el cura párroco hicieron la ceremonia de descubrirla, y al punto fue universalmente saludada y aclamada con entusiasmados vivas a la Nación, a la Constitución y al Rey constitucional. El secretario del ayuntamiento leyó, a nombre de este, una alocución al pueblo, felicitándole, y felicitándose a sí mismo por el acto memorable en que acabaron todos de ratificar sus juramentos por la restauración de la Constitución política, consagrando en aquél símbolo su firme resolución de defenderla. Por la noche hubo vistosos fuegos de artificio y un baile general, al día siguiente una corrida de novillos, y la víspera de la fiesta se anunció esta con un repique general de campanas y una iluminación en todas las casa del pueblo. Para que no quedase nadie que no participase en estos festejos patrióticos, y se coronasen con un acto altamente constitucional, se repartió entre los pobres raciones de pan y carne.
Prímera página de la Constitución de 1812

En realidad, este homenaje a la Constitución respondía a una iniciativa del gobierno liberal que regía el país tras la reinstauración, gracias al levantamiento de Riego, del texto constitucional abolido en 1814 por el rey Fernando VII. En la fecha del homenaje España vive en pleno trienio liberal, que finalizaría en 1823 tras un nuevo golpe a la legalidad constitucional del rey felón, pero no en todos los pueblos se acogió con el entusiasmo que se hizo en Morata la reinstauración de La Pepa. En ese año, Juan Sánchez era el alcalde constitucional que se adhirió a la iniciativa del gobierno y a una Constitución que, no lo olvidemos, había puesto fin a los señoríos que menguaban la independencia municipal prácticamente desde la Edad Media. La Iglesia de Morata también se sumó, con su párroco Serafín de Pinto, a unos actos que, si hemos de hacer caso a la crónica, rompieron con la rutina diaria de los morateños nada menos que con tres días de fiesta.
Unos años después, en 1854, en pleno periodo de lucha entre las ideas moderadas y progresistas, un acto de homenaje a la Constitución de 1845 provocó un enfrentamiento verbal entre los partidarios de una y otra tendencia política. La Constitución de 1845, que sustituyó a la de 1837, puso fin, momentáneamente, entre otros logros de su antecesora, a la elección popular de los alcaldes. Este era uno de los motivos por el que los partidos progresistas se oponían al texto constitucional que se homenajeó con la instalación de una placa en el Ayuntamiento de Morata en el año 1854. Y fue en el periódico progresista de La Iberia donde esta oposición se manifestó en forma de dura crítica al acto celebrado en Morata en un suelto publicado 14 de septiembre:
Mucho ruido y pocas nueces
El viernes pasado se inauguró en la plaza de Morata de Tajuña, en medio de salvas e himnos patrióticos, una lápida de la Constitución. La tal lápida, desmintiendo su etimología, es una tabla, fijada en un pie derecho junto al tejado que cubre el balcón de la casa consistorial, embadurnada de azul oscuro, y en la que los más menudos caracteres corresponden a la palabra constitución. Nuestros lectores de Madrid podrán formar exacta idea de su aspecto por el que presentan las muestras de las zapaterías de viejo, de las sastrerías de portal, o de los más tronados despachos de leche de burras. ¿Si habrá sido el pintor algún antiguo afiliado en el ejército carlista que, proponiéndose servir ocultamente al oscurantismo, ha tratado de poner en ridículo insignias peculiares al sistema liberal? Rogamos al ayuntamiento que, consultando a su propio decoro y al de la población, haga desaparecer tan ignominioso aborto, reemplazándolo por una placa digna de dicho nombre.
Que La Iberia publicara este texto no resulta extraño. Su director, Ignacio Rojo había nacido en Morata –era hijo de un administrador del conde de Altamira- y durante la segunda mitad del siglo XIX se mantuvo en primera línea de la actividad política. Abogado de profesión, masón y editor de distintos periódicos -además de ocupar cargos como senador o gobernador civil-, estaba al tanto de la actualidad de su pueblo de nacimiento, por lo que es posible que aprovechara la humildad de la placa conmemorativa de la Constitución para criticar a sus rivales políticos, acusándoles de ser en realidad favorables a los carlistas, tan activos siempre a la hora de combatir cualquier avance progresista en España. Sea como fuere, estos rivales no dudaron en defenderse de las críticas y unos días después, el 28 de septiembre, enviaron a La Iberia una carta en la que atribuían a la pobreza de las arcas municipales la imposibilidad de haber sido más espléndidos a la hora de elegir los materiales de la placa conmemorativa. Ignacio Rojo, nobleza obliga, no dudo en publicarla:
Señor director de La Iberia
Muy señor mío: Estoy autorizado por el ayuntamiento de la villa de Morata de Tajuña para contestar al suelto inserto en la gacetilla del número 76 de su apreciable periódico que principia: Mucho ruido y pocas nueces, en el cual no solo se ridiculiza la placa colocada en la plaza de la Constitución de la misma villa, sino que a la vez se ponen en duda los ideales liberales del sujeto que la ha pintado.
Cierto que no es de mármol de Carrara la lápida, como el ayuntamiento hubiera deseado, sino de pino de la sierra de Cuenca, pintado lo mejor que se ha podido, y con caracteres de cinco pulgadas, que pareció bastante para que los lea quien no sea miope. La razón de no ser de la primera materia, es por no tener medios para comprarla, y de seguro habría sido dado más señalada muestra de liberal el crítico, si en vez de tomar la pluma para satirizar lo que es hijo de la pobreza de un pueblo, hubiera sacado media docena de onzas del bolsillo para reemplazar la lápida que tan mal le parece y compara con la muestra de zapateros de viejo.
Por lo demás, si ha pretendido poner en duda las ideas liberales de los individuos del ayuntamiento, sepa que en esto no ceden a nadie, ni en buenos antecedentes ni en menos lealtad y consecuencia de principios. En cuanto a la maliciosa alusión que se hace del pintor, sólo diré que, lejos de haber servido en las filas de D. Carlos, lo ha hecho de sargento de caballería, todo el tiempo de la guerra civil en el ejército constitucional, y que en la actualidad es miliciano nacional voluntario. Ruego a Ud., señor director, se sirva insertar estas líneas en el número próximo de su estimado periódico, en contestación al suelto explicado al principio, a lo que queda agradecido su atento servidor que besa su mano
Juan Rodríguez
Madrid, 25 de septiembre de 1854

La Constitución de 1869 también genera polémica en Morata
De todos los textos constitucionales aprobados hasta entonces, la Constitución de 1869 fue la más progresista y la que más rechazó causó en las filas conservadoras. Y en Morata esta lucha entre progresistas y conservadores se manifestó también a la hora de defender o apoyar la nueva Constitución. Ya en junio de 1869, el ayuntamiento de la villa, regido por Pablo Fominaya Sánchez, organizó distintos actos para homenajear a la Constitución. Estos actos, promovidos por el gobierno, fueron generalizados en todo el país. Así lo publicaba El Imparcial en su edición del 6 de junio de 1869:
Por acuerdo del Ayuntamiento popular de Morata de Tajuña, mañana se celebrará en dicha villa de un modo digno la promulgación de la Constitución. Habrá novillos, juegos artificiales, bailes, iluminación, música y salvas que harán los voluntarios de la libertad, mandados por sus respectivos jefes.
De nuevo la celebración de festejos taurinos, fuegos artificiales y bailes, como en 1821, centraron las celebraciones a favor de una Constitución que, como se vería meses después, no fue tan bien acogida por toda la población. De hecho, en esta ocasión la reseña del periódico no indica que se organizaran actos en la iglesia de Morata. Una carta, enviada el 14 de abril de 1870 por el párroco de Morata al periódico católico y monárquico-conservador La Esperanza, tal vez explica la ausencia de actos religiosos en las celebraciones del mes de junio de 1869, y ponía de manifiesto, de forma explícita, esta oposición:
Señor juez de paz de esta villa:
En vista del oficio de V.S. que acabamos de recibir, en el que se nos comunica haber determinado, en virtud de órdenes superiores, señalar la hora de las once de la mañana del corriente para que el clero de esta parroquia que tiene derecho a percibir asignación del Estado se presente ante su autoridad a prestar juramento a la Constitución democrática vigente, los que suscriben, únicos individuos que componen el clero en esta villa, sienten verse en la precisión de poner en conocimiento de V.S. que, sumisos siempre y dispuestos a obedecer a las potestades constituidas, no pueden hacerlo en lo referente al juramento indicado, por no permitírselo su conciencia, y aunque con ciertas salvedades se lo consintiere, que no se lo consiente, no lo harían tampoco, por no dar motivo de escándalo a un gran número de ilustres y sabios católicos seglares, que negándose a prestar el citado juramento, se han desprendido generosamente del polvo de la tierra, elevándose a una altura que les honra sobremanera.
Dios guarde a V. S. muchos años. Morata de Tajuña, 12 de abril de 1870. Félix Pérez, cura párroco. Leonardo Fominaya, ecónomo beneficiado. Galo Salcedo, id., id.
Esta carta del párroco Félix Pérez, en la que se negaba a jurar el texto constitucional, no era sino la expresión a nivel local de la lucha de la jerarquía católica en España frente a una Constitución que, era cierto, ponía fin a alguno de los privilegios de la Iglesia en nuestro país. Frente a esta oposición, el gobierno entendió que, puesto que muchos miembros del clero percibían sus emolumentos de los presupuestos el Estado, era lógico que juraran su adhesión el ordenamiento legal que permitía estos pagos. En marzo de 1870, el gobierno fijo un plazo de un mes para que los eclesiásticos juraran la Constitución. Este decreto gubernamental fue sin duda el que originó la carta del párroco morateño aunque desconocemos si, a posteriori, la firmeza del gobierno forzó a Félix Pérez a transigir con la ley y realizar un juramento que la Santa Sede ya había autorizado.