jueves, 15 de enero de 2026

Tasación del molino nuevo de Morata (1689)

El molino pertenecía ese año al III marques de Leganés

Reproducimos en la entrega semanal de esta semana un documento notarial de 1718 que recoge una copia de la tasación del Molino de la Huerta, molino nuevo en el texto original, elaborada en 1669. Esta copia se realizó en el escribanía de Manuel Francisco Sánchez a petición de la viuda del fallecido arrendador de molino y de su sustituto en la gestión del mismo. Entre estas dos fechas, 1669 y 1718, el molino perteneciente a los marqueses de Leganés había pasado a ser propiedad de Antonio Gaspar Osorio de Moscoso, VIII conde de Altamira, cuando el III marqués de Leganés falleció en París sin sucesión.


En 1669 años el señorío de la villa de Morata, y el entonces denominado molino nuevo, pertenecía a Diego Mexía Felípez de Guzman, III marques de Leganés, que había sustituido a su padre, Gaspar Mexía, fallecido en 1666, dos años antes. En el año 1668 el III marques de Leganés, que había ejercido como capitán general en Cataluña, ocupaba el virreinato de Valencia, cargo en el que había sustituido precisamente a su padre.

A la muerte en 1711 del III marqués de Leganés, que había estado preso en Paris debido a su toma de postura en favor del candidato de la Casa de Austria frente a Felipe V, Antonio Osorio de Moscoso, VIII conde de Altamira, heredó el marquesado de Leganés y con él, el señorío de la villa de Morata. 

Desconocemos el motivo * por el que el escribano de la villa y también alcalde mayor de Morata en ese año de 1718, Andrés Sánchez Espejo, redactó este documento conservado en el Archivo Histórico de Protocolos de Madrid (AHPM, Tomo 15572, fols. 3, 4 y 5). Que una misma persona ocupara la escribanía del Ayuntamiento de Morata y, al mismo tiempo, la alcaldía mayor de la villa, y como tal responsable de la administración de justicia en primera y segunda instancia era una circunstancia ciertamente excepcional no documentada en ninguna otra ocasión durante la existencia del señorío de Morata en poder de los marqueses de Leganés y los condes de Altamira.

Aparte del interés administrativo del documento, que según su redactor se elaboró a petición de Francisca de la Cruz, viuda del fallecido arrendador del mismo, Juan de Santander, y el molinero que sustituyó a este, Gabriel de Guzmán, este también ofrece información sobre el propio molino, todavía denominado como molino nuevo, y los elementos técnicos y el valor delas tres piedras con las que contaba.

Tasación del molino nuevo de Morata (año 1669)

Yo, Don Andrés Sánchez Espejo, escribano de Su Majestad y notario de todos sus reinos escribano público del Número y Ayuntamiento de esta villa de Morata y de la administración de las rentas alcalde primero y segundo uno y medio por ciento que tocan y pertenecen al Excmo. Señor Conde de Altamira, marqués de Astorga y Leganés, mi señor, doy fe y verdadero testimonio a todos el que el presente vieren cómo en los papeles que quedaron por fin y muerte de Manuel Francisco Sánchez escribano que fue del número y Ayuntamiento de esta dicha villa hay hecha cierta tasación del molino harinero sito en el rio Tajuña que llaman el nuevo, propio de S. E. que a la letra dicha tasación es en esta forma.

Tasación

En la Villa de Morata a doce días del mes de Mayo de mil y seiscientos y sesenta y nueve años, Andrés Tizón, maestro de molinos y de carpintería, vecino de la Villa de Ciempozuelos, y Diego Cantero, maestro molinero, vecino de esta Villa al pedimento de Francisca de la Cruz, viuda de Juan de Santander, arrendadores que han sido del molino harinero que llaman el Nuevo y de Gabriel de Guzmán, arrendador que al presente es de dicho molino, hicieron tasación de él en la forma siguiente:

Primeramente tasaron los ladrones, en cien reales

Piedra postrera

La piedra postrera 

Compuerta y corredores, en ochenta reales

De la encerchadura [sic] de dicha piedra, treinta reales.

De la sopuente y mordazga, treinta y cinco reales.

De la rangua, en treinta reales.

(…)

La piedra solera y corredera, en 50 reales.

El palo de hierro y labija, en ciento y diez reales.

La buarda de dicha piedra, en diez reales.

Tres velortas, en seis reales.

La tolva (…) 

Piedra de en medio

Compuerta y corredores, en 80 reales.

De la guarda, doce reales.

Piedra solera y corredera y tiene ambas a dos ocho pulgadas y media de trabajo, que cada pulgada vale sesenta reales importan cuatrocientos y noventa y cinco reales.

Palo de hierro y lavija, en ciento y treinta y cinco reales.

La cerbadura [sic], en cincuenta y cinco reales.

El rodete, cerco y bisagras, en cincuenta reales.

El (...) en cincuenta y cuatro.

Alivio, tolva y cadena, ello por ello [sic]. [0 reales].

Piedra primera

Compuerta y corredores, ochenta reales.

La buarda, en ocho reales.

La puente y (…), en treinta y cinco reales.

La rangua y el gorrón, en setenta reales.

La cerchadura, en cuarenta y cuatro reales.

El (...) en treinta y cuatro reales.

Palo de hierro, lavija y (…), en ciento y cincuenta reales.

Piedra solera y corredera, en cuarenta y cuatro reales.

Alivio, tolva y cadena, ello por ello. [0 reales].

Rodete, y cerco y (…), en cien reales.

Así mismo se tasaron tres picos en veinte y cuatro reales.

Garabato y martillo, en once reales.

Lavara [sic], en veinte reales.

Un cerco y bisagras de rodete, en treinta y cinco reales.

La cual dicha tasación se hizo con asistencia de Féliz [sic] Castellano, mayordomo del Excmo. Señor Duque de San Lúcar, marqués de Leganés, mi señor.

Importa dos mil y sesenta y siete reales que es su justo valre, sin hacer agravio a ninguna de las partes.

Andrés Aizón

Este es un (...) que va bien y fielmente sacado y concuerda con dicha tasación original que volvía a poner en los papeles del dicho Manuel Francisco Sánchez, y para que así conste de pedimento de Manuel Guzmán, clérigo de menores de esta dicha (...) como hijo y heredero de Gabriel de Guzmán, su padre difunto, doy el presente que signo y firmo en la villa de Morata a veinte y tres días del mes de mayo de mil y setecientos y diez y ocho años.

En testimonio de verdad.

Andrés Sánchez de Espejo


Documento de tasación del Molino nuevo (Fuente: AHPM, Tomo 15572, fols. 3, 4 y 5).

*Habitualmente, cuando se producía un cambio de arrendadores en una propiedad señorial, los responsables de la administración de los bienes del propietario del mismo, en este caso el molino de los marqueses de Leganés, podían ordenar hacer un inventario de dicha propiedad y la conservación de la misma. En esta ocasión la tasación del molino sólo afecta a la maquinaria del mismo y no al resto del mismo. La copia de la tasación se realiza a petición de Manuel Guzmán, clérigo de menores de esta dicha (...) como hijo y heredero de Gabriel de Guzmán, tal como se expresa en la copia pero sin expresar el motivo de realizar la misma.


Fuentes y bibliografía:

  • Archivo Histórico de Protocolos de Madrid. Escribanía deAndrés Sánchez Espejo. Tomo 15572, fols. 3, 4 y 5.

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