Desamortización de los Hospitales de Beneficencia de Morata
Los hospitales de beneficencia, u
hospitales de pobres, jurídicamente estaban adscritos a la Iglesia.
De hecho, en la documentación existente sobre estas instituciones de
caridad, sus bienes aparecían en los documentos del estado
eclesiástico. Ya es sabido que en Morata existían dos de estos
hospitales: el de transeúntes pasajeros y el de pobres de la villa.
El primero, también conocido como hospital del doctor Vallejo, fue
fundado en 1579 y estaba localizado en una de las esquinas de la
plaza Mayor; el segundo, también conocido como hospital de Antonio
López, fundado en 1671, tenía sus dependencias en la calle del
Ciego, a espaldas del palacio del conde de Altamira.
Según la documentación del siglo
XVIII, la más fiable de las existentes, el patrimonio de estas
instituciones de Morata, con cuyas rentas podían hacer frente a su
función benéfica, era el siguiente:
Hospital de pasajeros o transeúntes
del doctor Vallejo:
Tierras de riego de
buena calidad: 5 fanegas en los parajes de El
Coso, El Burrueco y
La Callejuela.
Tierras de secano
de mediana calidad: 1 ½ en Las
Cabrizas.
Por el arrendamiento de estos bienes
Francisco Corpa, vecino de Morata en el año 1751, pagaba 156 reales
al año.
Además, el hospital, tenía como
ingresos fijos 148 reales anuales, procedentes de censos a su favor,
y 300 reales que aportaba el concejo para pagar al médico que
asistía a los pobres transeúntes.
Hospital de pobres de la villa o de
Antonio López:
Tierras de riego de
buena calidad: 7 fanegas y 7 celemines en los parajes de Cerro
de la Cabaña, El Coso, Los Escuderos y
La Canal.
Tierras de riego de
mediana calidad: 16 fanegas y media en los parajes de Tierras
Largas, Cardón, La Celadilla, El Herrero, Sanchisnal y
Collaspiga.
Olivares de mediana
calidad: 4 fanegas con 80 olivas en El
Mojonazo.
Las tierras las labraban en renta
Pedro Marchena presbítero de la parroquia de Morata, que pagaba 275
reales por 11 fanegas; Francisco Ruiz, que pagaba 325 reales por 6
fanegas y 8 celemines y 2 fanegas con 40 olivas, y Francisco Oliva,
que pagaba 250 reales por 7 ½ fanegas de tierra de labor y 2
fanegas de olivar con 40 olivas.
Por censos a su favor, el hospital de
Antonio López ingresaba anualmente alrededor de 541 reales. El
concejo también aportaba los gastos de la atención médica.
Naturalmente, para completar tan
escasos medios, los dos hospitales también recibían limosnas y
donaciones de los vecinos que podían ser en metálico o en especie.
Al fondo de la imagen, el Hospital del doctor Vallejo
En la documentación
del Catastro de Ensenada aparece, por ejemplo, que una vecina de la
villa, María Ignacia Mejía, propietaria de una casa en la plaza
Mayor de Morata, tenía como carga de su hacienda
mantener una cama en el Hospital de la plaza de esta villa,
[hospital de Vallejo] cuya
carga es anual.
Por otra parte, en la villa de Morata
también fueron desamortizados en la misma época bienes
patrimoniales de carácter rústico pertenecientes al hospital de
Vallejo y al hospital de la Misericordia, ambos de la villa de
Chinchón.
Este patrimonio de
las instituciones de caridad se vio afectado por las leyes de
desamortización en varios periodos históricos, aunque la que amparó
finalmente la venta de sus bienes en Morata fue la ley Madoz de 1855:
I. Se declaran en estado de venta,
con arreglo a las prescripciones de la presente Ley, y sin perjuicio
de las cargas y servidumbres a que legítimamente estén sujetos,
todos los predios rústicos y urbanos, censos y foros pertenecientes:
Al Estado, al clero, a las Órdenes
Militares de Santiago, Alcántara, Calatrava, Montesa y San Juan de
Jerusalén, a Cofradías, Obras pías, Santuarios, al secuestro del
ex-Infante Don Carlos, a los propios y comunes de los pueblos, a
la beneficencia, a
la instrucción pública. Y a cualesquiera otros pertenecientes a
manos muertas, ya estén o no mandados vender por leyes anteriores.
Entre los bienes que se podían
enajenar de acuerdo con esta ley estaban excluidos, según el
artículo 2, párrafo 2º:
Los edificios que ocupan hoy los
establecimientos de beneficencia e instrucción.
Así pues, al amparo de esta ley, los
hospitales de beneficencia de Morata vieron como algunas de sus
fuentes de ingresos, las que provenían del arrendamiento de sus
propiedades inmobiliarias y los censos a su favor, debían ser
desamortizados, aunque conservarán eso sí, los edificios en los que
asistían a los pobres de la villa y a los pobres transeúntes.
A partir de esta normativa legal, el
patrimonio de fincas rusticas de los dos hospitales de Morata fue
enajenados. Desconocemos quienes fueron los compradores de estas
tierras de labor pero sí que consta que las fincas fueron vendidas y
que los ingresos de estas ventas fueron destinados a la inscripción
de deuda pública a nombre de ambos establecimientos.
En efecto, la ley Madoz obligaba en su
artículo 20 a que (…) el
producto íntegro de la venta de los bienes de beneficencia y de
instrucción pública, si las corporaciones competentes no hubieren
solicitado y obtenido otra inversión, se destinará a comprar
títulos de la Deuda consolidada al 3 por 100 para convertirlos en
inscripciones intransferibles a favor de los referidos
establecimientos (…).
En aplicación de este artículo, el
Diario Oficial de Avisos de
Madrid publicaba el 28 de
marzo de 1867 la inscripción de títulos de esta deuda
intransferible al 3 por ciento por un importe de 10.308 reales
correspondiente al producto de la venta de los bienes del Hospital de
Vallejo (de pobres transeúntes).
Unas semanas después, el 20 de abril
de 1867, el mismo diario oficial publicaba otra orden del
departamento de ventas civiles por la que inscribía a favor de los
dos hospitales de Morata deuda transferible al 3 por ciento por un
importe de 6.521,40 reales, procedentes de la enajenación de bienes
del hospital de Antonio López; y 2.645, 45 reales del hospital de
Pobres (hospital de Vallejo).
Resulta obvio decir que los intereses
de estos títulos de la deuda pública, el 3 por ciento de un capital
de alrededor de 19.500 reales -menos de 600 reales al año de
intereses-, difícilmente podían cubrir a partir de entonces –sin
otras aportaciones- los gastos de estos establecimientos de
beneficencia que, al menos desde el siglo XVI, habían asistido a las
familias pobres de Morata y a los pobres
transeúntes. Su
funcionamiento, sin embargo, está documentado en años muy
posteriores a la desamortización de sus bienes y en el libro de Juan
Diego Arribas Morata de
Tajuña, crónica de la provincia de Madrid
se hace mención al funcionamiento de ambos establecimientos
benéficos:
(…) Así es que para socorrer á
los pobres imposibilitados o enfermos de la localidad cuenta este
Ayuntamiento con un hospital, legado de D. Antonio López en 1670, en
el cual hay ocho camas de hierro (algunas sin estrenar),y en el que
se asiste con el esmero y cuidado que necesitan tan desgraciados
seres.
No contentos los morateños con
ejercer la caridad entre sus convecinos y deseosos de que ésta
alcance á los demás desgraciados, tienen también otro hospital
(titulado de Vallejo, por ser éste quien legó su casa, á
principios del siglo XVI) para tan sublime objeto; hospital que sirve
de albergue a los pobres transeúntes, en donde encuentran refugio
seguro contra las inclemencias del tiempo.
La asistencia facultativa para 150
familias pobres está encomendada a dos activos é inteligentes
Médicos, los cuales cobran por tan señalado servicio 750 pesetas
anuales cada uno, y los medicamentos que las mencionadas familias
pobres necesitan, se suministran en la farmacia de esta villa, la
cual se paga por recetas é importa unas 950 pesetas anuales
próximamente (…).
.
Fuentes y bibliografía:
- Archivo Histórico Provincial de Toledo. Sección Hacienda. Catastro de Ensenada. Libros maestros y respuestas generales. Bienes de Eclesiásticos. H 408 y H. 410.
- Textos legales de las desamortizaciones eclesiásticas españolas y con ellas relacionados F. Javier Campos y Fernández de Sevilla. OSA. Estudios Superiores del Escorial.
- Morata de Tajuña. Crónica de la provincia de Madrid-Arribas, Juan Diego-Imprenta de la Diputación Provincial-Madrid, 1891.
- Publicaciones y periódicos citados en el texto.
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