La
aprobación de la Constitución de 1812 puso en cuestión los
derechos señoriales que lastraban la autonomía y la economía de
los municipios y villas españolas. Morata, como muchos otros
pueblos, también luchó por recuperar para el concejo los
privilegios que gozaban los poseedores del señorío, que en el caso
de nuestro pueblo pertenecían a los condes de Altamira.
Existe
alguna documentación histórica que refleja el conflicto legal que
enfrentó al concejo de Morata con el conde de Altamira. La villa,
por medio del Ayuntamiento planteó ante los tribunales de la época
la recuperación de los derechos señoriales que pertenecían a la
Casa de Altamira –y en siglos anteriores al marquesado de Leganés,
desde que los adquiriera en 1631.
Lamentablemente,
no contamos con toda la documentación sobre este contencioso entre
Morata y la Casa de Altamira, representada en la segunda década del
siglo XIX por Vicente Isabel Osorio de Moscoso y Álvarez de Toledo,
nacido en Madrid en 1777 e hijo primogénito del primer matrimonio de
su padre, Vicente Joaquín Osorio de Moscoso con María Ignacia
Álvarez de Toledo, pero sí que hemos localizado algunos de los
legajos que nos dan información sobre el proceso judicial.
En
este enfrentamiento ante los juzgados no fue sólo la villa de Morata
la que se enfrentó a la Casa de Altamira. Otras villas que también
fueron en su momento señorío de los marqueses de Leganés –Perales
de Tajuña y el mismo Leganés- pleitearon igualmente ante los condes
de Altamira como sucesores de los primeros poseedores de los
señoríos. A raíz de estos pleitos, el poseedor de los derechos del
señorío en 1817, Vicente Isabel Osorio de Moscoso, XIII conde de
Altamira, que había heredado el condado tras la muerte de su padre
el año anterior, 1815, solicitaba a los encargados de su archivo
general, en un escrito con fecha de 26 de marzo de 1817, la
documentación pertinente que acreditara sus derechos señoriales
sobre las villas de Morata, Perales y Leganés. En respuesta a esta
orden, los administradores respondieron, según un documento que se
conserva en el Archivo Histórico Nacional, en los siguientes
términos:
El
Archivo, cumpliendo el decreto de vuestra Excelencia a que acompaña
el oficio que le ha pasado el ayuntamiento de la villa de Leganés
(…) del que ha recibido del intendente de esta provincia que
termina de averiguar los oficios que en los pueblos de ella están
enajenados de la Corona, a quienes pertenecen, si sus dueños han
satisfecho el valimiento dice:
Que
por Real Cédula de 6 de junio de 1803 se confirmó al Excmo. Marqués
Conde Duque (en paz descanse) padre de Vuestra Excelencia el derecho
de nombrar escribanos de número y Ayuntamiento, fiscal, contador,
medidor, corredor y fiel almotacén en las villas de Leganés, Morata
y Perales de Tajuña, mediante el pago de 23.600 reales que le fueron
regulados por el valimiento sobre oficios enajenados de la Corona
establecido en Real Decreto de 6 de noviembre de 1799. (…).
Madrid,
16 de abril de 1817
Documento de 1817 del archivo del conde de Altamira sobre los derechos del conde en Morata, Leganés y Perales de Tajuña
En
el documento se añadía lo siguiente:
Informe
dado por el archivo en 16 de abril de 1817 relativo a los oficios
enajenados de la Corona que pertenecen a Vuestra Excelencia cuales
son el de Escribano de número y Ayuntamiento, fiscal, contador,
medidor, corredor y fiel almotacén de las villas de Leganés, Morata
y Perales de Tajuña, cuyo año de nombramiento fue confirmado por
Real Cédula de 6 de junio de 1809 y pagado su valimiento. (Sección
Nobleza del Archivo Histórico Nacional, BAENA, C. 222, D.16-40).
Un
año después, el 21 de febrero de 1818, los administradores del
conde de Altamira registraban la petición del titular del condado
para entregaran nueva documentación a Tomás de Sancha, su
representante en el pleito con las villas de Morata, Leganés y
Perales:
Decreto
de Su Excelencia del 21 de febrero de 1818 mandando al archivo
entregar al escribano Tomás de Sancha la escritura de venta de las
alcabalas de la villa de Leganés hecha por el Rey Don Felipe IV a
Don Diego Felípez de Guzmán con privilegio de confirmación.
El
privilegio del mismo monarca vendiendo al mismo Don Diego las
alcabalas de Morata, la Real Cédula del Señor Don Carlos IV
confirmando al padre de su excelencia los oficios de medidor y fiel
almotacén de Leganés, Morata y Perales de Tajuña.
Se
le entregaron todos estos documentos y los devolvió el 28 del mismo.
(Archivo Histórico Nacional-Sección Nobleza. BAENA-C.325-D.76).
Documento de 1818 con información sobre el pleito con Morata, Leganés y Perales de Tajuña
Aunque
no contamos con la documentación del pleito generada por el concejo
de Morata, sí que disponemos del testimonio de Juan Diego Arribas
quién, años después, en su libro sobre la historia de Morata
afirmaba que el pleito se perdió y que cinco años después hubo de
interponerse otra demanda:
(…)
En 1817 el Ayuntamiento, común de vecinos y cosecheros de uva de
Morata, quisieron despojar al conde de Altamira de los derechos que
aquí tenía de adehalas por embudar, enaldar, sacar pellejos y
ayudar a cargar á los arrieros, alegando no pertenecer estos
servicios al oficio de almotacén, y los perjuicios que se les
irrogaba a los cosecheros, que querían hacer estos trabajos con sus
criados.
A
pesar de las razones expuestas, y después de cinco años de pleito,
nada consiguieron, y en 1822 D. José María de Rojas, en nombre de
D. Alejo García Gutiérrez y D. Manuel Sánchez, vecinos de esta,
presentó en el Juzgado otro segundo y muy bien escrito, pidiendo se
revocase la anterior sentencia; pero después de diez años de
litigio no consiguieron nada, dando por resultado en amparar al conde
en los derechos que aquí tenía (…).
Como
era de esperar el contencioso entre las villas de Morata, Leganés y
Perales de Tajuña se extendió a lo largo del tiempo. Al menos
pasaron diez años, si hacemos caso a Juan Diego Arribas, para llegar
a un mismo resultado contrario a los intereses del concejo de Morata.
Para
la Casa de Altamira, que ganó ambos pleitos, estas victorias
judiciales tampoco sirvieron para mejorar su difícil situación
económica. De hecho, los litigios ante los tribunales -y los gastos
que se generaban- empeoraron las cuentas generales de la Casa de
Altamira en tanto que los derechos en disputa tampoco suponían unos
ingresos muy importantes. En este sentido, en la documentación que
hemos consultado correspondiente a la administración de la casa
condal aparece algún documento en el que se hace referencia a estos
ingresos procedentes de los derechos señoriales. En concreto, se
trata de la relación de ingresos y gastos de la administración de
Morata correspondiente al año 1839 que vimos en un post de hace dos
semanas. En este legajo, el administrador del conde de Altamira en
Morata se quejaba de los escasos ingresos que se generaban en la
villa, en comparación con los gastos, y comunicaba al administrador
general del conde de Altamira que en el mes de agosto de 1839 había
ingresado 733 reales por los derechos de fiel medidor, uno de los que
estaban en litigio con el concejo desde hacía más de veinte años.
En
su escrito, Pablo Martínez Toledano, administrador de Morata,
añadía:
(…)
Creí poder hacer frente a estos gastos con lo que me devolviese el
ayuntamiento de la cuenta de pago de los 2.000 reales, pero como van
cayendo las mensualidades de la contribución extraordinaria y están
escasos de dinero han quedado en ir abonando en dichas mensualidades,
por cuya razón sólo queda el recurso de que si fuese posible se
sirva V. E. dar su orden al arrendatario del derecho de fiel medidor
almotacén para que del tercio que deben paguen pronto (…).
(Carta
remitida por el administrador de Morata al administrador general en
Madrid con fecha de 20 de octubre de 1839).
Bibliografía
y fuentes:
- Morata de Tajuña. Crónica de la provincia de Madrid. Arribas, Juan Diego-Imprenta de la Diputación Provincial-Madrid, 1891.
- Sección Nobleza del Archivo Histórico Nacional, BAENA, C.222, D.16-40.
- Sección Nobleza del Archivo Histórico Nacional, BAENA, C.354, D.453-464.
- Sección Nobleza del Archivo Histórico Nacional BAENA, C.325- D.76.
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