Reunión del Honrado Concejo de la Mesta en el palacio del Conde de Altamira (II)
Esta semana seguimos con la transcripción del acta de la reunión
que celebró en Morata el Honrado Concejo de la Mesta en el año
1738. Como apuntamos en el post anterior, en esta reunión los
representantes de los ganaderos trashumantes decidieron los nuevos
cargos de la Mesta y resolvieron los asuntos que afectaban a esta
poderosa organización de origen medieval.
Junta del
viernes cuatro de octubre por la mañana
Hallándose
formada la Junta se dio cuenta por el Secretario de Acuerdos de
varias peticiones y se decretaron:
Por Don
Gaspar Manuel de Benavides se hizo presente cómo habiéndose dado
por su ilustrísima despacho para exigir a (…) Tabernero y Joseph
Martínez (…) que fueron en las entradas del año mil setecientos y
treinta y siete y salidas del del treinta y seis el primero del
Puerto de Socuéllamos y el segundo del de El Guijo los quince
ducados de multa en que estaban incursos por no haber cumplido como
es de su obligación con entregar los libros del paso de ganados en
la Escribania de Acuerdos de mi cargo, sin embargo de varias
providencias que para ello hubo, no se había podido poner en
ejecución dicho despacho por serles impracticable a los padres del
convento de San Francisco de la villa de Molina, a quienes estaban
aplicadas dichas multas en cuenta de seiscientos reales que se les
aplicaron de limosna en el concejo celebrado en dicha villa por no
saber el domicilio de dichos padres y otras dificultades, por lo que
se acordó que para lo que mira a la exacción de la multa de dicho
(…) Tabernero se diese el despacho correspondiente a dicho Don
Gaspar Manuel de Benavides y a la de el nominado Joseph Martínez a
Don Julio Manuel Viejo, pero que esta exacción se entendiese con los
que le nombraron que fueron Don Francisco Sáenz del Río al dicho
Martínez y Tabernero, Mathias Tabernero que dentro de veinte días
de como les sea hecho notorio el Despacho aporte cada uno dichos
quince ducados, y no lo haciendo se les exija doble la multa
reservándoseles como se les reserva a dichos nominadores su derecho
para que se le repitan contra los nominados procuradores quienes así
mismo dentro de quince días de cómo les conste esta providencia
remitan los libros de dichos puertos, pena de que se les exigirán
los treinta ducados que se les impone en el poder que con ellos se
les entrega.
En
conformidad de la costumbre que hay y como cuarto día que es de
concejo por mí el escribano se dio aviso a la Junta de que para
mañana se echaran las suertes de oficios mayores como son fiscales y
Alguaciles de las audiencias de los cuatro partidos de Segovia Soria,
Cuenca y León. Y en este estado y por esta mañana mando su
ilustrísima se cesase y levantase la Junta hasta la tarde que la
hubiese a las cuatro, lo que se participó.
Junta del
mismo día cuatro por la tarde
Leyéronse
diferentes peticiones de varios hermanos de este Honrado Concejo
sobre posesiones de pastos y otras cosas y se decretaron:
Diose
cuenta de la relación de las (…) efectuadas en el medio del verano
de este año por el licenciado Don Manuel Ortiz alcalde mayor
entregador del partido de Segovia, procurador fiscal y ministros de
su Audiencia que comprende las audiencias de Boñar, Cervera, Íscar,
Peñafiel y San Esteban de Gormaz. Y en vista de las adicciones,
reparos y cargos hechos por el señor Fiscal general se acordó lo
que consta en el oficio de residencias.
Y en esta
Junta se acordó por su ilustrísima y los individuos de ella que
cuando se nombren los comisarios para cumplimentar de su parte a Don
Gerónimo Pardo que sucede en el Concejo y Junta general próxima al
señor presidente actual, se haga presente en esta Junta el reparo
del Señor Fiscal General sobre la residencia de las villas de Rueda
y su intendencia que se componen de diez y siete pueblos para que
entonces se tómela providencia correspondiente a fin de que respecto
de excusarse estas y otras a los llamamientos del entregador se
represente a dicho Ilustrísimo señor Don Gerónimo Pardo que dichos
comisarios lo conveniente para que con su protección se pueda
conseguir alguna providencia favorable que facilite el remedio para
que no se excusen dichos pueblos a los expresados llamamientos por lo
perjudicial que es al Concejo.
En este
estado se mando por su Ilustrísima de viese la relación de los
pleitos que están de cuidado y solicitus de Don Manuel Fernández de
Salinas, procurador General de este Honrado Concejo como se efectuó
y en vista de ello y de lo prevenido por el señor Fiscal general se
acordó en cada partida lo que sigue:
Estado de
Capilla. Que respecto de haberse mandado por el Concejo se guarde la
costumbre que hay sobre que se residencie el estado de Capillas por
el Alcalde entregador de Mestas se acordó que con dictamen del
abogado se delibere y haga lo conveniente en el seguimiento de esta
instancia.
Composición
del Puente de María Castañas. Que el despacho que sobre ello se ha
obtenido se entregue a el licenciado Don Manuel Ortiz, Alcalde
entregador del partido de Segovia para que haga, se evacue y ejecute
dando recibo.
Derecho
que intentar cobrar en Villarta. Que se entregue a Don Pedro Sobrino
vecino de Mazarete el despacho sobre que presenten el Privilegio que
tuviesen para cobrar dicho derecho a fin de que haga, se notifique.
Derecho
del puente de Almaraz. Que el despacho dado por el Concejo para que
se presente el privilegio que hubiese para la cobranza de este
derecho se entregue al Licenciado Don Manuel Ortiz, Alcalde
entregador de Segovia para que haga se notifique.
Mesa
Maestral y Puerto del Campillo. Que se solicite la determinación y
que por este efecto se de pedimiento en Consejo pleno pidiendo se
señale día para votarlo.
Villa de
Bilbao,siga
Imposiciones
de Montiel,se solicite la vista
Contaduría
del Concejo, se este a la vista.
Mesta y
Sevilla, se solicite la vista.
Memoria
sobre Dehesas de Maestrazgos, que se solicite esta resolución en
tiempo oportuno con dictamen de su ilustrísima.
Montazgo
de la Mula, se solicite la vista y que los señores Comisarios que se
nombrasen para cumplimentar del Señor Presidente próximo de parte
de este Concejo hagan la súplica correspondiente al Señor que
presida en la sala de Hacienda para que se vea y en caso necesario la
hagan del señor Marqués de Torrenueva.
Memorias
sobre dehesas de pasto y labor, que se solicite la resolución.
Memorial
sobre dehesas de concejos, siga.
Memorial
sobre particioneros, siga.
(…) con
los protectores de Huelgas y Paular, siga y con dictamen del Abogado
se continúe en esta dependencia.
Cuenca,
siga en la conformidad que antes está acordado.
Villa de
Galve. Que estos autos los reconozca el abogado del Concejo con
asistencia del entregador de Soria para que en su vista y de lo que
este le instara pueda dar el dictamen conveniente.
Albarracín,
que el procurador general siga esta dependencia a costa cde este
Cencejo y que la defensa la haga el Señor Fiscal respecto de estar
instruida de ella desde sus principios.
Villas de
Aguilar y la (…), que asistiendo el entregador a decir el hecho de
esta (…) del Abogado con dictamen de este, seguida de aclaración
por no haber ya pleito alguno pendiente.
Sexmeros
de Ledesma, se esté a la vista
Villa de
(…), que se note como está acordado
Villa de
Romanos, se solicite la vista.
Representación
del reino, siga conforme a lo acordado.
Duque de
Escalona, para apartador y que asista el entregador de Soria por
haber insinuado tener que decir sobre ello.
Cuenca y
Don Diego Alonso, siga.
Diputado
común y Tierra de Molina, se acordó que respecto de la (…) se
acuda del Concejo a pedir que la práctica y ejecución de ella se
haga asistencia del poder saliente que ponga esta Junta. Y desde
luego se acordó dar poder al Señor Don Gaspar Martínez de
Benavides con las facultades convenientes para dicho efecto y
cláusula de (…) en caso de enfermedad.
Villa de
Saldaña, siga.
En cuyo
estado mando su ilustrísima se cesase en la relación y levantase la
Junta de ser tarde hasta mañana que la hubiese a las nueve continuar
con la relación y en lo demás que ocurra.
Junta del
sábado cinco de octubre por la mañana
Nuevamente
juntados en este Concejo con su ilustrísima los hermanos ganaderos y
después de haberse dado cuenta de varias peticiones que se
decretaron mandó su ilustrísima y la Junta se continuase en la
relación del Procurador General que quedó pendiente ayer por la
tarde y en efecto de hizo de la forma siguiente:
Villa de
Ledesma, siga.
Villa de
Ayllón, siga.
Villa de
Villamayor, que se escriba a Don Diego de Torres, hermano de
Villamayor y quien tiene el poder del Concejo para esta dependencia a
fin de que de aviso qué estado tiene o qué se ha efectuado en ella
y si acaso está evacuada avise con qué perjuicio de este Concejo
con toda individualidad para que se consulte con el abogado que lo
defiende y en su vista se tome el sesgo que parezca más conveniente
para subsanar cualquier perjuicio que en esto se considere.
Villa de
Almotacén, siga.
Don
Francisco del Toro y Joseph (…) que para lo que (…) en el
territorio de Mérida no se adquiere posesión lo siga el Procurador
General acosta de este Concejo.
Conde de
Villareal, siga.
Don
Joseph Godino, que se suplique de esta sentencia con dictamen del
Abogado que lo defiende para lo cual le informa el Alcalde entregador
del partido de Soria.
Ciudad de
Almería, siga.
Villa de
Cebreros, se esté a la visa.
Villa de
Caracenilla, que se facilite esta certificación poniéndolo en
estado.
Villa de
Rinconada, se esté a la vista
Lugar de
Mozoncillo, ídem.
Villa de
Monteagudo, que se anote en el libro que está acordado.
Villa de
Bodornal, que esté a la vista.
Villa de
Villagordo, ídem.
Villa de
Torbanos, ídem.
Miguel
Ibáñez, se esté a la vista.
Villa de
Cambronero, ídem.
Villa de
Montellano, que se anote en el libro.
Lugar de
Pozuelo, se esté a la vista.
Villa de
Añover, ídem.
Villa de
Los Santos, ídem.
Lugar de
Cueto, ídem.
Santa
María de (…), ídem.
Lugar de
Corduente, ídem.
Villa de
Vellisca, que se anote en el libro.
Lugar de
Povedilla, ídem.
(…)
Cañada
de Molina, que se efectúe todo lo contenido en el dictamen dado que
los abogados del Concejo en veinte y seis de agosto de este año con
la calidad de que el cometido sea del Alcalde entregador del partido
de Cuenca para que lo efectúe cuando ponga su audiencia en la villa
de Budía.
Y en
estos términos y por ser ya la hora de acudir a la función de
Ánimas que hace esta Comunidad y está señalada para hoy, mandó su
ilustrísima se cesase esta Junta, hasta la tarde a la hora
acostumbrada.
Escudo del Honrado Concejo de la Mesta
Junta del
mismo día, sábado cinco de octubre por la tarde.
Estando
ya formada la junta con su ilustrísima y habiéndose dado cuenta de
varias peticiones se mandó proseguir la relación de asuntos del
Procurador General como se efectuó en la forma siguiente:
Villa de
Montalbán, siga.
Lugar de
Aliseda, siga
Villa de
Rueda, siga.
Puerto de
Montalbán, que respecto de haber ido ahora del puerto el sujeto para
esta diligencia dará cuenta en el Concejo próximo.
Arrendador
de alcabalas, siga conforme a lo acordado.
(…)
Por Don
Manuel Fernández de Salinas Procurador general de este Concejo se
presentó la relación de gastos causados en los pleitos y demás
dependencias que han corrido y corren a su cuidado que importan,
desde el Concejo y Junta General próxima, seis ochocientos y sesenta
y siete reales y trece maravedíes, los que se mandaron librar y pagar
por decreto (…) y que respecto de que en dicha relación se
cargaban los apuntamientos hechos por el pasante de Don Julio Antonio
de Albala, uno de los abogados de ese Concejo y los despachos del
susodicho con la consideración de su entidad y que la práctica
observada es que en los pleitos que nuevamente se despachan se tenga
en consideración el examen de los autos, sin considerar segundo
apuntamiento, pero habiendo este o precediendo junta se acordó se
considere con moderación el Despacho de Pedimientos, y para ello se
prevenga al procurador general lo practique así en adelante, sin
dejar de remunerar el trabajo ni gravar al Concejo.
Diose así
mismo cuenta de la relación remitida por el agente de la
Chancillería de Valladolid Don Francisco de (…) de los pleitos que
tocantes a esta comunidad corren a su cuidado y en vista de la razón
que daba del estado de cada uno se previno y acordó lo siguiente:
Villa de
(…) y aldeas de su jurisdicción, que prosiga en este pleito según
lo que se propone y con dictamen del Abogado que le defiende.
Los
regidores y concejo del lugar de Baños, que solicite la vista.
La villa
de Ágreda, que esté a la vista con todo cuidado y acudiendo a
proseguir el pleito la villa de Ágreda de cuenta por medio del
Procurador general, advirtiendo del de Valladolid que este pleito es
con la villa de Ágreda y no con su tierra, porque los lugares de
ella se están residenciando.
Despacho
y Audiencia sobre rompimientos y plantíos en tierra de Valladolid,
que a tiempo de ir a la Audiencia de Martín Muñoz y mediante estar
próximo para ello el Entregador de Segovia Don Manuel Ortiz, efectúe
él el cometido entonces.
En estos
términos se mandó por su ilustrísima y Junta general que respecto
de ser el día señalado para echar los oficios mayores de fiscales y
alguaciles de las cuatro audiencias y partidos de Soria, Cuenca,
Segovia y León se pasase a ejecutar y con efecto para este fin, yo
el Escribano de Acuerdos recibí juramento de los individuos
ganaderos que iban a practicar dicha elección, el que hicieron en la
forma ordinaria de defender el Misterio de la Inmaculada Concepción
de María Santísima, Señora nuestra y que la ejecutarían sin y en
personas y demás conforme a las leyes y Privilegios de este Honrado
Concejo en cuya virtud mandó su ilustrísima saliesen, como salieron
según se acostumbra las tres cuadrillas de Cuenca, Segovia y León,
quedando solo la de Soria con su Ilustrísima y esta conforme nombró
para que entrasen en suerte de fiscal de este partido a Don Juan
Manuel Viejo, Don Julian Manuel del Valle y Don Joseph Martínez;
para escribano a Juan García, Miguel Gutiérrez Caravantes y Joseph
Solano; para primer alguacil a Juan Antonio Moreno, Manuel González
y (…) de Angulo; y para la suerte de segunda vara a Francisco Bravo
Andrés, Juan Sierra y Francisco Sierra. Y después de efectuada esta
elección por esta cuadrilla fueron entrando las demás sucesivamente
en la sala del Concejo, siguiendo a la referida de Soria la de Cuenca
y a esta la de Segovia y últimamente la de León, las cuales también
hicieron las elecciones de personas para el sorteo de dichos oficios
en la forma siguiente:
La
cuadrilla de Cuenca nombró para que entrasen en suerte para fiscal
de este Partido a Don Juan de Hermosilla, Don Gerónimo Cayetano de
la Sierra y Don Nicolás López; para la de escribano a Antonio
Pérez, Tomas Rubio y Joseph Fernández; para primera vara a Jacobo
Sanz, Francisco Serna y Domingo Sanz; para la de segunda vara a (…)
Clarés, Juan Martínez y Diego Serna.
La
cuadrilla de Segovia nombró para entrar en la suerte de fiscales a
Don Pedro de Veraza, Don Julián de Veraza y Don Manuel Vázquez de
Zúñiga; para la de escribano a Tomás Martínez de Fresno, Antonio
Alejo Sanz de Villavieja y Joseph Arribas; para la de primera vara a
Manuel Fernández Ortiz, Luis González y Pedro Sanz; para la de
segunda vara a Baltasar García Bello, Melchor Ramírez y Benito
Sanz.
La
cuadrilla de León nombró para que entrasen en la suerte de fiscal
de este partido a Don Manuel Izquierdo, Mathías Andrés de la Cámara
y Don Joseph Pérez; para la de escribano a Joseph de Soria, Antonio
Palazón y Thomás Bureba; para la de primera vara a Sebastián
García, Mathías Sánchez y Miguel de (…); y para la de segunda
vara a Juan Antonio Fernández, Juan de la Puente y Juan Ruiz. Y en
este estado por su Ilustrísima y Concejo se mandó que para que no
se siguiesen gastos en la (…) de los ganaderos que habían de
esperar del sorteo de dichos oficios se parase a ejecutar desde
luego, no obstante, lo que prevenía la ley, atento a que en esto se
seguía a todos buena obra, y con efecto, habiendo condescendido sin
reparo ni réplica mandó su Ilustrísima previniese como se hizo el
cántaro y bolas de plata que para estos casos tiene este Concejo, en
el cual se fueron introduciendo tres bolas atornilladas, que cada una
incluía una cédula con el nombre de los tres que para cada oficio,
así de fiscal como de escribano, primer alguacil y segundo están
nombrados, y después la sacó un niño que para este efecto se llamó
de corta edad, siendo la primera la que gozará la suerte de cada
oficio y sacadas en esta conformidad en todas cuatro cuadrillas con
la orden y forma que se acostumbra salieron y les tocó la suerte
para dichos oficios y a cada uno de ellos como se expresará a las
personas siguientes:
Para
Procurador fiscal de la Audiencia del Partido de Soria salió en la
suerte Don Juan Manuel del Valle, vecino del lugar de Maya.
Para
escribano a Juan García, vecino de la villa de Cabrejas del Pinar.
Para
primer Alguacil a Manuel González, vecino de Gallinero; para segundo
Alguacil a Francisco Bravo Andrés, vecino de Tarangüeña.
Para
Procurador Fiscal de la Audiencia del Partido de Cuenca salió por
suerte Don Juan de Hermosilla, vecino de Masegosa.
Para
escribano Thomás Rubio, vecino de Anguiano.
Para
primer Alguacil, Francisco Serna, vecino de Masegosa.
Para
Alguacil segundo, Diego Serna, vecino de Terzaga.
Para
Procurador fiscal de la Audiencia del Partido de Segovia salió en
la suerte Don Pedro de Beraza, vecino de Segovia, para escribano a
Antonio Alejo Sanz Villavieja, vecino de La Alameda.
Para
primer Alguacil tocó la suerte a Luis González, vecino de Canencia.
Para
segundo Alguacil a Melchor Ramírez, vecino de (…).
Para
Procurador Fiscal de la Audiencia del Partido de León tocó la
suerte a Manuel Izquierdo vecino de (…).
Para
Escribano a Thomás Brieva, vecino de Anguiano.
Para
primera vara de Alguacil tocó la suerte a Sebastián García, vecino
de Montenegro.
Para la
segunda vara de Alguacil a Juan Ruiz, vecino de Villaoslada.
Ejecutado
el referido sorteo, yo es escribano de Acuerdos de este Concejo
recibió juramentos a los que como va expresado les tocó la suerte
para los enunciados empleos, el que hicieron en forma de derecho de
ejercerlos bien y fielmente, sin dolo, fraude ni contravención de
las Leyes y Privilegios de este Honrado Concejo con lo cual se acabó
el referido sorteo de oficios en la conformidad que queda prevenida.
Por el
fiscal General de este Concejo se hizo presente en esta Junta a que
respecto de no haber enviado a ella Don Joseph Aguado su segundo
agente la relación de pleitos que corren a su solicitud y cuidado, y
que estos debían tener el curso correspondiente a su expedición, en
que había alguna lentitud, se acordase lo conveniente en este
particular y con efecto apara ello se mandó remitir a Junta de
Caballeros apartados.
Así
mismo se hizo presente que Don Jacinto Martínez, Tesorero de este
Concejo y Don Joseph Sáenz de Santa María, contador de el tenían
que dar razón de cómo se habían percibido varias cantidades de más
de algunos juros y otros efectos que se habían puesto en estado de
producir los intereses correspondientes a esta Junta con el motivo
del encargo y cometido dado para ello en las juntas próximas y en su
vista se acordó remitiese como se remitió este particular a la
Junta de caballeros apartados.
Fuentes
y bibliografía
- Archivo Histórico Nacional. Diversos-Mesta 514 N 1
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