jueves, 28 de agosto de 2025

La comarca del Bajo Tajuña durante la guerra de Sucesión española (1701-1713)

Una publicación de la época recoge los saqueos en edificios religiosos

También consta el acantonamiento de tropas del archiduque Carlos en Morata y en Chinchón


La guerra de Sucesión, iniciada a raíz de la muerte sin heredero directo de Carlos II, se desarrolló entre 1701 y 1713. En estos años, las tropas de los dos aspirantes al trono español, Felipe de Anjou, el candidato borbónico, y el archiduque Carlos, candidato de los Habsburgo austriacos pasaron en varios momentos por la comarca del bajo Tajuña. Aunque no llegaron a producirse enfrentamientos directos, el conflicto bélico no dejó de generar algunos incidentes de distinta gravedad, especialmente cuando las tropas llegaban a los distintos pueblos de la ribera y trataban de aprovisionarse. Un documento del año 1711 recoge una recopilación de los incidentes que provocaron las tropas del archiduque Carlos en los años 1706 1710 en distintos pueblos de la comarca. Además tratamos también, específicamente, sobre la presencia de las tropas del archiduque en Chinchón y en Morata 


Contamos con varios testimonios que recogen distintos episodios ocurridos en la comarca del Bajo Tajuña durante el periodo en el que se desarrolló la guerra de Sucesión. La comarca no fue escenario de batallas decisivas pero sí que sufrió algunas consecuencias negativas para su población mientras tuvo lugar un conflicto histórico que, entre otras consecuencias, significó la desaparición de la dinastía de los Austrias al frente de la monarquía hispana y la llegada de los Borbones al trono. 

Nicolás de Jesús Belando recoge en su libro sobre la Historia civil de España, sucessos [sic] de la guerra y tratados de paz desde el año mil setecientos hasta el mil setecientos treinta y tres como en agosto de 1706 el marqués de Minas, uno de los generales más importantes de los partidarios del archiduque Carlos pasó por Morata procedente de tierras de Guadalajara:

(…) marchó por Loranca, protegido de las riberas del río [Tajuña], y después pasó a Chiloeches, y a Morata, convirtiéndosele la tierra tan estéril, que ya no encontraba si no amarguras. El señor archiduque, que en el día 14 de agosto entró en Chinchón, villa situada entre los ríos Tajo y Tajuña, pisando también una tierra en donde mezcladas con flores solo encontraba espinas (…).

Este texto, recoge una versión de la presencia de las tropas del aspirante austriaco y el propio archiduque Carlos en la comarca cuando, por esas mismas fechas, Felipe V también se encontraba por la comarca muy próximo a las tropas del marqués de Minas. Rosa Cal Martínez recoge este dato en su estudio sobre las publicaciones de la Gazeta de Madrid:

(…) Su majestad [Felipe V] que Dios guarde, entró en Alcalá el día 12 a las diez de la mañana, adonde fue cortejado con fidelísimas demostraciones. 

El día catorce salió su majestad de Torrejón y llegó a san Martín de la Vega [otras fuentes señalan que el destino de Felipe V fue la villa de Ciempozuelos] quedando el enemigo en Morata, ribera de Tajuña. Con estas cuidadosas marchas, se va disminuyendo el ejercito de los Aliados, pues en estos cinco días, entre prisioneros, muertos y desertores, faltan cerca de 2.000 (…).

De estos días en los que coincidieron en el territorio los dos pretendientes a la corona española existen otros testimonios que cuentan como las tropas del marques de Minas permanecieron en Chinchón, un pueblo favorable al Felipe de Anjou, alrededor de 20 días. Se dice que durante este tiempo el propio archiduque pernoctó en la que se conoce como casa de la Cadena, un edificio situado junto a la plaza Mayor de Chinchón en el que ya se había aposentado meses antes el propio Felipe V. Meses antes de la presencia de las tropas austracistas, que ocasionaron graves daños en la fortaleza, se había retirado la artillería del castillo de los condes de Chinchón que se entregó, posteriormente, al ejercito del Borbón.. 

Al igual que sucedió en Chinchón, las tropas del archiduque también se acantonaron en Morata en 1710. De la presencia de los partidarios del archiduque en la villa tenemos constancia por un documento que se conserva en el Archivo Histórico Diocesano de Madrid. Jose Juan Pérez Preciado, en su tesis El marques de Leganés y las artes, recoge este episodio de la estancia de tropa favorables al archiduque Carlos en Morata. En el documento que señalamos se analiza cómo los soldados austracistas, al mando de militares aliados ingleses, los generales Carpenter y Bils, sí que saquearon alimentos como trigo y vino, además de ganado durante los 14 días que al parecer permanecieron en Morata. Afortunadamente, durante estos días, las tropas no hicieron ningún daño a las pinturas colgadas en el palacio morateño del III marqués de Leganés, destacado partidario, curiosamente, del archiduque Carlos y que en esa fecha se encontraba preso y exiliado en Paris por decisión de Felipe V. 


Entradilla del impreso que recoge los saqueos de las tropas del archiduque Carlos (Fuente: Pares AHN-UNIVERSIDADES,743, N.1)

Saqueos en la comarca de las tropas austracistas

Sobre estos saqueos y las consecuencias para los edificios religiosos de la comarca, trata un documento que se elaboró a instancias del arzobispado de Toledo denominado con el extenso título de Resumen y extracto de los sacrilegios, profanaciones y excesos, en lo sagrado , que por las informaciones auténticas, ejecutadas, de orden de ordinarios eclesiásticos de los obispados de Sigüenza, Cuenca, Osma y arzobispado de Toledo se justifica haberse cometido por los soldados, tropas del Archiduque, en los más de los pueblos donde llegaron en dos ocasiones, que internaron en este reino de Castilla (por su desgracia) en los años de 1706 y 1710. Este documento solo recoge los actos de violencia de las tropas de Felipe V, a la postre vencedor en la guerra de Sucesión. Extractamos del documento los apartados en los que se hace referencia a los pueblos de la comarca en los que casi siempre se reproduce un patrón a la hora de relatar la actuación de las tropas del archiduque: la agresión a los religiosos, el robo de alhajas y el saqueo de los víveres de los pueblos para aprovisionar a los soldados. Estos víveres, quizá en un intento de evitar su robo, estaban depositados, en muchos casos, en los propios edificios religiosos: 


(…) Tielmes. 

En la villa de Tielmes entró una partida de las dichas tropas mandadas por el general Stanope y se fueron en derechura a la Iglesia, la saquearon, llevándose cuantos granos y alhajas tenían en ella refugiados los vecinos, ejecutando lo mismo en las casas de los eclesiásticos, a quienes ultrajaron de obra y palabra. En la ermita de Nuestra Señora de la Concepción, estuvieron jugando a los naipes, derribaron de el altar a la Santa Imagen y la arrastraron por el suelo, quitándola y llevándose todos sus vestidos, dejándola boca abajo, y al niño Jesús que tenía en sus brazos le quitaron la corona de plata.


Perales de Tajuña.

En la villa de Perales de Tajuña, una gran partida de dichos soldados, rompieron las puertas de la ermita de San Sebastián y robaron algunas alhajas que había en ella, haciéndose pedazos la Cruz de el Altar. De la Iglesia Parroquial de dicha villa se llevaron algunos granos, que los vecinos habían refugiado en ella. Maltrataron mucho a los sacerdotes, dándoles golpes y bofetadas, y en particular al párroco, le dieron de palos, pusieron una pistola a los pechos, y un alfange a la garganta, y los robaron sus casas.


(…) Arganda.

En la villa de Arganda entraron algunos de los dichos soldados, y dos de ellos montados a caballo entraron por una puerta de la Iglesia, y salieron por la otra, otros rompieron un tejado de la ermita de Nuestra Señora de la Natividad, y sus puertas y a una imagen dejaron hecha pedazos en el suelo ny se llevaron algunas alhajas de dicha Ermita.


(…) Ambite.

En la villa de Ambite el año pasado de 1706 diferentes soldados de la tropa del Archiduque, entraron en la Iglesia Parroquial y desnudaron una imagen de Nuestra Señora del Rosario y se llevaron sus vestidos y joyas, que importarían más de cuatrocientos ducados. También se llevaron las Crismeras, tratando vilipendiosamente los Santos oleos; rompieron las puertas del Tabernáculo, y procuraron llevar preso al párroco, el cual escapó a refugiarse al Campo de el Rey nuestro Señor Felipe V Felipe V (que dios guarde) y los dichos soldados le robaron, y quemaron la casa, haciéndole de daño más de tres mil ducados.

En 4 de diciembre de el año pasado pasaron de marcha como tres mil hombres de las dichas tropas, y entraron en la Ermita de Nuestra señora de Villaescusa, y se llevaron un Cáliz y Patena de plata, y la harina y pan; y a un sacerdote le quitaron la ropa y dinero que tenía. El dicho día por la tarde, entraron en la dicha villa de cuatro a cinco mil hombres de las referidas tropas, y se apoderaron de la Iglesia Parroquial, y quisieron ahorcar al sacristán, porque no abría las puertas, y hicieron establo el Templo, y los Altares para sí, y los caballos, guisando en el la comida: entraron una carroza en la capilla mayor, rompieron dos Tabernáculos y se llevaron dos Copones con Sagradas Formas; de la Sacristía, un Ornamento, un Cáliz, y Patena de plata, despojaron las Santas Imágenes de sus vestiduras y los Altares. También se llevaron la cera de el Culto Divino y todo cuanto encontraron, sin dejar rincón que no registrasen. A las mujeres que estaban refugiadas hicieron muchos oprobios y malos tratamientos. Quemaron y saquearon veinte y siete casas y a un vecino de dicha villa le arrastraron desnudo por la Iglesia y ble dieron muchos azotes, diciéndole era espía de Phelipe quinto.


Carabaña.

En la villa de Carabaña estuvieron quince días dichos soldados, rompieron una pared maestra de la Iglesia Parroquial, profanaron las ermitas de el circuito, haciéndolas establos, y habitaciones para ellos y sus caballos, deshicieron y quemaron mucha parte y la madera de ellas, y las Cruces de el Vía Crucis, hicieron pedazos las imágenes que había a cuchilladas y golpes, dándole muchos a un sacerdote, y le quitaron la capa, obligándole a que les sirviese de guía. A otro Clérigo de Menores, le echaron una soga al cuello, llevándole arrastrando más de trescientos pasos de el Lugar atado a la cola de un caballo, y le hubieran muerto a no interponerse otro soldado, pero le desnudaron de todos sus vestidos, después de haberle robado su capa.


(…) Morata.

En la villa de Morata dichos soldados rompieron las puertas de la ermita de Nuestra Señora de la Antigua por el Camarín, y entraron en ella quitaron la Santa Imagen de el Trono y la despojaron de sus vestidos, y a otras imágenes de Cristo y sus Santos dejándolas en el suelo. Se llevaron todos los Ornamentos, y alhajas de la dicha Ermita, y de los Altares.

Igual destrozo hicieron en otras Ermitas del contorno, robando a las Santas Imágenes, las Coronas de plata, joyas y demás adornos, haciendo pedazos sus divinos simulacros.


(…) Villarejo de Salvanés.

En la villa de Villarejo de Salvanés entraron dichos soldados, y con fuerza y violencia registraron todas las casas de los vecinos eclesiásticos, robando de ellas, y tomando lo que querían, maltratando a todos de obra y de palabra. En la Iglesia Parroquial entraron con violencia, y robaron todos los granos y alhajas que allí habían retirado los vecinos. Quebrantaron algunas puertas y cajones donde se guardaban las alhajas de la Iglesia para registrar lo que había. Quebrantaron las puertas de cuatro Ermitas, Extramuros, y cercanas a dicha villa, robaron sus alhajas y Vasos Sagrados, como cáliz y Patena, maltratando las imágenes, haciendo establos dichas ermitas, escarnecieron a una Imagen de talla, arrojándola en el campo, y las Santas Imágenes que en cualquier parte encontraban, las rasgaban haciendo sumo desprecio.


(…) Colmenar de Oreja.

En la Villa de Colmenar de Oreja, entraron dichos soldados y con violencia registraron el convento de religiosos de dicha Villa, y de él robaron todo el trigo, granos y demás cosas que allí tenían refugiados los vecinos, y lo que tenía para sus sustento la Comunidad. Violaron la clausura del Convento de Religiosas, y robaron todo el trigo, y demás cosas que en habían custodiado los vecinos.


Chinchón.

En la Villa de Chinchón, entraron dichos soldados y escalaron algunas paredes del Convento de Religiosas , y le violaron entrando en la clausura, y habiéndole registrado, se volvieron a salir sin ejecutar otra cosa.


(…) Los lugares de este arzobispado donde quitaron y se llevaron todos o los más de los granos de los diezmos son los siguientes: Yebra, Villar del Olmo, Horche, Perales de Tajuña, (…) Ambite, Carabaña, (…) Morata, (…) Villarejo de Salvanés, (…), Colmenar de Oreja, Chinchón.


(…) Todo lo dicho resulta justificado en la manera dicha de las informaciones ejecutadas de orden de los Ordinarios eEclesiásticos, que por ahora quedan en mi poder, de que certifico yo, Don Miguel Rubín de Noriega, escribano de Cámara de Su majestad más antiguo y de Gobierno de el Consejo. Madrid, y agosto diez y seis de mil setecientos once.

Miguel Rubio de Noriega




Fuentes y bibliografía:

  • Historia civil de España, sucessos [sic] de la guerra y tratados de paz desde el año 1700 hasta el mil setecientos treinta y tres. Belando, Nicolas de Jesús. Imprenta y librería de Manuel Fernández. Madrid, 1740.

  • La Gazeta de Madrid y la guerra de sucesión. Cal Martínez, Rosa. Cuadernos dieciochistas. Vol 3 (2002). Universidad de Salamanca.

  • Análisis espacial y constructivo del castillo de Chinchón por el método comparado. Villanueva y Domínguez, Luis de. Actas del Segundo congreso Nacional de Historia de la construcción. Actas del segundo Congreso Nacional de Historia de la construcción. A Coruña, 22-24 de octubre, 1998.

  • El marqués de Leganés y las artes. Pérez Preciado, José Juan. Tesis doctoral. Universidad Complutense. Facultad de Geografía e Historia. Madrid 2010.

  • Resumen y extracto de los sacrilegios, profanaciones y excesos, en lo sagrado , que por las informaciones auténticas, ejecutadas, de orden de ordinarios eclesiásticos de los obispados de Sigüenza, Cuenca, Osma y arzobispado de Toledo se justifica haberse cometido por los soldados, tropas del Archiduque, en los más de los pueblos donde llegaron en dos ocasiones, que internaron en este reino de Castilla (por su desgracia) en los años de 1706 y 1710. Blanco Matheo. Impreso en Madrid. 1711.

 

jueves, 21 de agosto de 2025

Felipe III ordenó en 1610 la expulsión de sus reinos de los moriscos castellanos (III)

Cuando se decretó la deportación, 15 familias, con unos 50 miembros dedicados la mayoría a la agricultura, residían en Morata


En 1610 el rey Felipe III decretó la expulsión de unos 300.000 moriscos residentes en su reino. Tras la expulsión de los moriscos valencianos y aragoneses, los más numerosos, le toco el turno a los castellanos. Desde Morata y con dirección a Burgos salieron, según ls distintas fuentes, entre 50 y 58 personas pertenecientes a 15 familias de esta minoría social. Este contingente pertenecía al mismo colectivo llegado a la villa en 1571 cuando fueron expulsados de tierras granadinas. 


Cuando se produce la llegada de más de ochenta moriscos a Morata en 1571 la villa vivía un momento de expansión de su población. En las Relaciones Topográficas de Felipe II, redactadas unos años después, se recoge que la población estaba creciendo, hasta los quinientos vecinos, aproximadamente, justo cuando el Concejo y sus vecinos estaban a punto de comprar su jurisdicción al arzobispado de Toledo para conseguir acceder a la condición de villa real, previo pago de 24.000 ducados a la Hacienda real.

En este contexto social de crecimiento demográfico -los quinientos vecinos pueden significar alrededor de 2.000 habitantes- cabe preguntarse, entre otros aspectos, dónde y cómo fueron alojados estos nuevos vecinos llegados a Morata por decisión real. Aunque lamentablemente no contamos con fuentes documentales que den respuesta a esta pregunta, sí que podemos acudir a las fuentes orales que hablan de una calle de la Morería en Morata, que todavía se conserva en el callejero. La cuestión es si esta calle, este barrio y las cuevas habitadas que existieron y aún existen en las proximidades de este espacio del trazado urbano de Morata fue el lugar donde se asentaron estos nuevos vecinos llegados a Morata a finales del siglo XVI.

Si bien no podemos resolver esta duda sí que hemos podido seguir el rastro documental que dejaron algunos de estos cristianos nuevos moros o moriscos, en la jerga de la época, llegados en el año 1571 a Morata y a otros lugares y villas de la comarca deportados desde Granada. Así, en los últimos meses de 1574 y en los primeros de 1575, cuando la villa de Morata había iniciado el proceso legal para separarse de la jurisdicción del arzobispado de Toledo, aparecen algunos de estos moriscos en los padrones de población que se realizaron para determinar cuántos vecinos, y en consecuencia, cuánto valor tenía la villa en este proceso de pasar a convertirse en villa real, Algunos de estos moriscos, como Alonso Elvira, Guillermo Ruíz o Agustín de Mingo, con sus nombres castellanizados, aparecen en el padrón que hemos consultado y que se realizó en diciembre de 1574.



Solicitud de permiso de cinco moriscos para trasladarse de Morata a Salamanca (PARES. AGS CCA-CE-260). 

Asimilación de la minoría morisca en la villa de Morata

La consideración de los moriscos como miembros de una minoría integrada entre las clases sociales menos favorecidas, aunque siempre con matices, según veremos en algún caso, plantea otra cuestión referente a su integración en el mercado laboral de una villa como Morata, dependiente casi en su totalidad de las agricultura y con muy pocas opciones de trabajo fuera de este sector.

Hay que recordar que la recomendación real a los responsables concejiles de que trataran de integrar a los recién llegados en sus lugares de destino no aportaba ninguna garantía de que esta integración fuera efectiva. Morata contaba con la supuesta ventaja de contar con un sector productivo muy pujante en esos años, la agricultura que siempre se ha asociado precisamente con el trabajo primero con la población mudéjar y, a partir del bautizo obligatorio de comienzos del siglo XVI, con los propios moriscos. 

Sin embargo, que estos moriscos fueran unos acreditados trabajadores del sector agrícola no garantizaba que todos los miembros de esta minoría encontraran fácilmente un acomodo laboral tras la deportación desde tierras granadinas. Para confirmar esta realidad contamos con un documento de la época que certifica que no todos los recién llegados a Morata consiguieron adoptarse a su su nuevo entorno. En una recopilación de cédulas reales de la época hemos localizado una orden de Felipe II, el monarca reinante en esos años, en la que se hace mención a estos problemas de adaptación de alguno de los moriscos llegados a Morata:

Alcaldes ordinarios de la villa de Morata, por parte de Miguel Hernández, Francisco Hernández, Íñigo de Rojas, Gabriel Hernández y Alonso de Padilla, cristianos nuevos [moriscos], nos ha sido hecha relación que ellos están avecindados en esa villa donde padecen mucha necesidad y por ser oficiales no se pueden sustentar con sus oficios suplicándonos fuésemos servidos de darles licencia para que se vayan a vivir a la ciudad de Salamanca, como la nuestra merced fuese, lo cual habemos tenido por bien y os mandamos que dando los susodichos fianzas que dentro de 25 días se presentarán en la dicha Salamanca ante el corregidor de ella para que los haga asentar en la lista y matrícula de los que allí hay y se tenga la cuenta que habemos mandado tener con los que se han llevado a aquella ciudad y que dentro de otros 30 días os enviarán testimonio de como lo hubiesen hecho les deis licencia para que se vayan a vivir a dicha ciudad de Salamanca con sus mujeres y hijos sin les poner embargo ni impedimento alguno hasta que otra cosa mandásemos (…). (Libros generales. CCA-CE-260. Página 272).

Como vemos por la fecha, había pasado poco más de un año desde la llegada de los moriscos a Morata y ya algunos de ellos habían comprobado que la adaptación a su nueva vida no iba a ser fácil. En la cédula se habla de moriscos con oficios, que no se citan y que, casi con seguridad, no podían ejercer, de ahí su petición para que les autorizaran a asentarse en una ciudad como Salamanca. Este problema no dejó de ser habitual entre los moriscos deportados y la repuesta de las autoridades siempre fue controlar y, en su caso, autorizar los posibles nuevos destinos de quienes no encontraron en el lugar asignado, en este caso Morata un medio de vida adecuado para sostener a sus familias.

Un caso similar se produjo en Perales de Tajuña según recoge Aurelio García López en La comunidad morisca de Alcalá de Henares (1570-1610). En la villa vecina los moriscos Luis Fresco y Luis Fernández de Perales, ambos agricultores, solicitaron licencia al consejo Real para desplazarse hasta Alcalá de Henares tras alegar que no tenían trabajo y para comer padecían mucha necesidad y en esa villa de Alcalá tenían parientes y deudos que les favorecían y podían ganar de qué comer (…). 

Frente a estos moriscos que no encontraron acomodo, se plantea el caso contrario. El de aquellos que, según la documentación, sí que prosperaron y llegaron a mostrar signos de que lograron integrarse en la vida económica y social de Morata. Hay dos casos muy representativos de esta situación que hemos localizado en la documentación de la época correspondiente al año 1590. 

Se trata de dos moriscos, Luis de Talavera y otro de nombre Sebastián -del que no hemos podido confirmar el apellido- que llegaron a convertirse en arrendadores del impuesto de las alcabalas de la tienda del pescado y de la tienda de la fruta, respectivamente. Para hacerse cargo de la gestión de estos impuestos ambos debieron de aportar, como fianza, unas cantidades que no eran pequeñas, 30.000 maravedíes, en el caso de Luis de Talavera, y que demostraban un cierto progreso social desde su llegada a Morata unos 20 años antes.

Frente a este caso de adaptación y asimilación también se produjeron situaciones de conflicto, en ocasiones relacionadas con la religión que estos moriscos había profesado hasta que fueron obligados a bautizarse y que, en no pocas ocasiones, podían seguir practicando en secreto. En un trabajo de Daniel Gil Benumeya, Madrid islámico-La historia recuperada, se cuenta cómo un morisco vecino de la cercana villa de Villarejo de Salvanés, Jorge de Peralta, fue detenido por utilizar una expresión como ay, Mahoma. Otro vecino de Villarejo, de oficio hilador de seda, fue detenido por la Inquisición cuando se había desplazado a Morata y donde había reprendido a unos vecinos cristianos viejos por proferir una maldición sobre Mahoma, lo que le costó un largo proceso por parte del Santo Oficio entre 1572 y 1575. 

Por último, para constatar la situación de la comunidad morisca no solo en Morata, sino también en Alcalá y su tierra, contamos con la documentación existente en el archivo de la propia ciudad de Alcalá de Henares que aparece en el trabajo La comunidad morisca de Alcalá de Henares (1570-1610. Entre esta documentación destaca el repartimiento de impuestos que se hizo entre los moriscos de la comarca de la tierra de Alcalá. Ahí aparecen los moriscos que tenían los recursos económicos suficientes para afrontar este pago residentes en pueblos como Arganda, Orusco, Los Santos, Ambite o Morata. En el caso de Morata aparecen reflejados apellidos que ya han aparecido en estas páginas, como Gonzalo Elvira, que pagó 43 reales; Lorenzo Pérez, 32 reales; Fernando Elvira, 27 reales; Luís de Talavera, 20 reales; Francisco Mendoza, 11 reales; Joan Pérez el Viejo, 4 reales; Francisco Pérez, 4 reales; Luís Pérez el mozo, 6 reales; Joan Atino, 2 reales; Luís Enríquez, 4 reales, y Francisco de Talavera, 12 reales. (Archivo Municipal de Alcalá de Henares legajo 574/4)

Felipe III ordena la expulsión definitiva de los moriscos (1609-1610)

Algo más de cien años después de que en 1502 Isabel I decretara el bautizo obligatorio de los mudéjares y de que su biznieto, Felipe II, ordenara la deportación de los moriscos granadinos en tierras de Castilla, su tataranieto Felipe III decidió la expulsión de sus reinos en un proceso que se inició en 1609 con los decretos de expulsión de los moriscos valencianos y aragoneses y que culminó, en 1610, con la orden de expulsión de los moriscos castellanos, entre los que también se encontraban los que se habían instalado en Morata en 1571, hacía unos 40 años.

Cuando Felipe III decretó la expulsión se estimaba que esta minoría social la integraban unas 300.000 personas. La mayoría de estos moriscos residían en el reino de Valencia (alrededor del 45%), mientras que en el reino de Aragón vivían alrededor de 60.000 moriscos. El resto se avecindaba en territorio castellano. Estos moriscos conocieron el 10 de julio de 1610 el decreto de su expulsión: 

Por cuanto habiendo yo mandado expeler todos los Cristianos nuevos, Moriscos, hombres, y mujeres habitantes en los mis Reinos de Valencia, Andalucía, Granada, Murcia, Cataluña, y Aragón, por las causas, y razones contenidas en los bandos que sobre ello mandé publicar: habiendo así mesmo permitido, y dado licencia, para que todos los de la dicha nación que habita en los Reinos de Castilla Vieja, y Nueva, Extremadura, y la Mancha, que quisieren salir destos mis Reinos y Señoríos de España a vivir fuera dellos, lo pudiesen hacer (…).

En base a este decreto, los moriscos nuevamente se convirtieron a su pesar en protagonistas de una decisión real que, ahora, ya directamente les expulsaba del reino. Quienes habían afrontado el bautismo obligatorio o las deportaciones desde Granada ahora se les expelía, según la expresión usada por Felipe III, con el agravante de que, según el decreto de expulsión, podían salir con bienes muebles o semovientes pero no podían llevar consigo moneda, oro, plata, ni joya, ni letras de cambio, mientras que sus bienes inmuebles pasaban al patrimonio real. En la práctica, antes de la expulsión, los moriscos castellanos se apresuraron a vender sus bienes inmuebles y también pudieron sacar bienes en metálico, con la condición de hacer frente a la imposición de ceder la mitad de su importe al rey.

La orden de expulsión implicaba que los afectados se desplazaran a distintos puntos de la costa o de las fronteras limítrofes para salir del reino, en un proceso controlado por las autoridades locales. Existen distintas fuentes para determinar cuántos de estos moriscos expulsados procedían de Morata. Sabemos que al producirse la deportación desde Granada llegaron a la villa al menos 80 personas. Según una antigua publicación a la que ya nos hemos referido anteriormente, Crónica de los moros de España, de Jaime Bleda, en Burgos, una de las ciudades desde donde se organizó la expulsión aparecen registrados varios moriscos procedentes de la comarca:

Chinchón, 86 casas, 373 personas.

Colmenar de Oreja 42 casas, 211 personas.

Ciempozuelos 4 casas, 21 personas.

Morata, 15 casas, 58 personas.

Villarejo de Salvanés, 53 casas, 247 personas.

En el Archivo General de Simancas, se conserva un documento que refrenda una cifra muy aproximada para el caso de Morata, 15 casas -familias´y 50 personas. Manuel Lomas Cortés, en su trabajo El conde de Salazar y la expulsión de los moriscos de la Mancha, indica que por Burgos pasaron 13.103 moriscos, de unas 3.000 casas, procedentes del reino de Toledo. 

Algunos de estos moriscos hicieron el camino de vuelta años o meses después, incumpliendo la prohibición expresa de este regreso. En el Quijote se recoge alguno de estos casos de moriscos que como Ricote, el personaje cervantino, no pudo evitar la nostalgia de su tierra, según confesión a Sancho Panza:

(…) Bien sabes, o Sancho Panza, vecino y amigo mio, como el pregón y bando que su Magestad mandó publicar contra los de mi nación, puso terror y espanto en todos nosotros: a lo menos en mí lo puso, de suerte, que me parece que antes de tiempo que se nos concedía, para que hiciésemos ausencia de España, ya tenía el rigor de la pena executado en mi persona y en la de mis hijos.


Fuentes y bibliografía:

  • Decreto de expulsión de los moriscos que habitan en los reinos de Castilla remitido a la villa de Pastrana y diligencias de su cumplimiento. Archivo Histórico de la Nobleza, OSUNA,C.2709,D.54. 

  • Moriscos expulsados de Granada y “avecindados” en Toledo. Rodríguez de Gracia, Hilario. Hispania Sacra, LXV. Enero-junio 2013.

  • Alarde del cardenal Cisneros en el arzobispado de Toledo. Archivo Histórico Nacional (ES. 28079. AHN//UNIVERSIDADES,710).

  • El conde de Salazar y la expulsión de los moriscos de La Mancha. Lomas Cortés, Manuel. (Universitad de Valencia. eHumanista/Conversos 3 (2015).

  • Crónica de los moros de España, dividida en ocho libros. Bleda, frai Jaime. Impresión de Felipe Aley. Valencia1618.

  • Madrid islámico. La historia recuperada. Gil Benumeya, Daniel. Madrid destino, cultura y negocio. Madrid, 2018.

  • La reconstrucción de una comunidad. Los moriscos en los reinos de Córdoba y Jaén (ss. XVI-XVII). Otero Mondéjar, Santiago. Tesis doctoral. Universidad de Córdoba. Facultad de Filosofía y Letras. Departamento de Historia Moderna, Contemporánea y de América. Córdoba, 2012.

  • A.G.S. Cámara de Castilla. Legajo 2163. Año 1571.

  • Relaciones Topográficas de Felipe II. Madrid. Estudio introductorio. Alvar Ezquerra, Alfredo. Comunidad de Madrid. Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Imprenta de la Comunidad. Madrid, 1993.

  • Historia de la villa de Morata de Tajuña. Torre Briceño, Jesús Antonio. Ayuntamiento de Morata de Tajuña, 1999. (Transcripción de las respuestas al interrogatorio).

  • Algo más sobre los moriscos de Madrid. Moreno, Francisco J.. Universidad de Castilla-La Mancha. Revista Tiempos Modernos 34 (2017/1) ISSN:1699-7778. 

  • El repartimiento del servicio y medio servicio de los mudéjares de Castilla en el último cuarto del siglo XV. Viñuales Ferreiro, Gonzalo. Al-Qantara. Revista de Estudios Árabes, 24/1.

  • Datos demográficos sobre los mudéjares de Granada y Castilla en el siglo XV. Ladero Quesada, Miguel Ángel. Anuario de Estudios Medievales, 8. 1972-73.

  • Archivo General de Simancas. Libros generales. CCA-CED-259.

  • La Comunidad morisca de Alcalá de Henares (1570-1610). García López, Aurelio. Historiador en GEA patrimonio. Institución de Estudios Complutenses.

  • Archivo Municipal de Alcalá de Henares. Legajo 574/4. 

  • Archivo General de Simancas. Sección Estado. Legajo 228-2º.





jueves, 14 de agosto de 2025

 Los moriscos deportados a Morata desde las Alpujarras (II)

En 1571 fueron asignados a Morata 80 moriscos de los 2.550 llegados al arzobispado de Toledo

En las villas del Bajo Tajuña se repartieron parte de los deportados asignados a Alcalá de Henares

En 1571 Felipe II ordenó que 2.550 de los moriscos deportados desde Granada a Castilla, tras la guerra de Las Alpujarras, fueran repartidos por las ciudades, villas y lugares del arzobispado de Toledo. En este reparto, realizado en dos partes, a Morata le correspondieron 80 de estos nuevos cristianos que llegaron a la villa tras un penoso viaje desde tierras andaluzas.

Antes de analizar las cifras de los moriscos granadinos que llegaron a Morata y a los pueblos de la comarca de Bajo Tajuña, tras la expulsión decretada por Felipe II una vez sofocada la guerra de las Alpujarras, aunque no es el objeto de estas entregas del blog, trataremos de determinar cuántos miembros de esta minoría religiosa estaba ya asentada en los municipios de la actual comunidad de Madrid por los años finales del siglo XVI, cuando se ordenó su bautizo obligatorio 

Se trata de un objetivo complicado en el que no es fácil encontrar bases documentales que certifiquen los moriscos que habitaban unas tierras que, antes de que los cristianos recuperaran su dominio en el siglo XI, sí que habían vivido en ellas desde los tiempos de la conquista la musulmana iniciada en el año 711. Para comprobar si, efectivamente, los mudéjares habitaron cada uno de los pueblos de la comarca del Bajo Tajuña, sería necesario acudir a los padrones de población que se hubieran podido hacer desde que Alfonso VI conquistó la ciudad de Toledo y todo su entorno en el año 1085.

Sí que sabemos que en Morata, y en otras villas de la comarca, siempre se ha asociado el diseño y construcción de la red de caces que distribuyen las aguas del Tajuña por la vega con esos mismos mudéjares. Más allá de esta presencia musulmana en Morata y su comarca durante la Edad Media, antes y después de la conquista de Toledo, en algún documento coetáneo en el tiempo de la llegada de los moriscos a Morata, tenemos un testimonio escrito con cierto valor que se refiere a este asunto. Se trata de las Relaciones Topográficas de Felipe II y la respuesta primera realizada por el doctor Mejía, cura de la parroquia de Morata, en agosto de 1580 sque indica:

(…) porque de este nombre de Morata se llamaron algunos moros, y así consta en la historia que se escribió de la guerra de Malta, que un moro principal de la armada del turco se llamaba Morata y, así se presume, que cuando los moros ganaron a España algún moro habría que fuera señor de Morata, del cual tomase el nombre, y así hay fama de que el riego que ahora hay en esta villa fue ordenado y hecho como al presente está por los moros más ha de cuatrocientos años, y que antes de la destrucción de España hecha por los moros hay vestigios y señales de haber sido una gran ciudad, porque a la parte de oriente de la dicha villa, muy cerca de ella hay ruinas de haber sido un castillo con cuatro torres de tierra (…).

En este texto, a la referencia del protagonismo de los musulmanes en el trazado del sistema de riego se une la presencia de una fortaleza al este del núcleo urbano que puede identificarse con una torre de vigilancia, tan habituales en los territorios conquistados a los cristianos y de la que no queda resto alguno mas allá de la denominación de la calle de Mazacotes en alusión a esta construcción levantada con la técnica del tapial. En cualquier caso, tampoco podemos dejar de señalar cómo en este texto, elaborado unos años después de la deportación de los moriscos granadinos y el asentamiento de varias decenas de ellos en Morata, no se hace ninguna mención directa a estos nuevos vecinos de la villa.

Para terminar con este asunto de la presencia previa de los musulmanes en la comarca, y siquiera sea para aportar algunas cifras sobre los antecesores de los moriscos en la misma, podemos acudir a un artículo publicado en la revista Tiempos Modernos del que es autor Francisco J. Moreno. En el texto de este trabajo, Algo más sobre los moriscos de Madrid, el profesor de la Universidad de Castilla-La Mancha hace referencia a la utilidad de los censos fiscales para determinar la importancia de esta minoría social y religiosa en el comienzo del siglo XVI. 

Sobre este asunto, el profesor Miguel Ángel Ladero Quesada y Gonzalo Viñuales Ferreiro estimaron que la población mudéjar -y posteriormente morisca- en Castilla, antes de ser obligados a bautizarse tras la pragmática real de 1502, no superaba la cifra de 20.000 personas y que en el entorno de Madrid esta cifra no llegaría a superar el 1 por ciento del total de la población. 

Viñuales Ferreiro estudió, concretamente, la población mudéjar en las localidades de Valdemoro, Talamanca, Cobeña y Chinchón, entre otras. En Chinchón, la localidad más cercana a Morata y una de las más pujantes de la comarca a comienzos del siglo XVI, se censaron 33 vecinos.



Apunte de los 80 moriscos trasladados a Morata desde Granada en 1571( Archivo General de Simancas (CCA-CED-259))

Reparto de moriscos en el Bajo Tajuña y Morata según las cédulas reales.

La pasada semana, en una primera aproximación a las expediciones de moriscos deportados a la comarca del Bajo Tajuña y alrededores, tras la decisión de Felipe II de repartir por el reino de Castilla los moriscos levantados y derrotados en la guerra de las Alpujarras, utilizamos un documento que trataba sobre la expedición de moriscos procedentes de lo que fue el reino de Granada comandada por Per Afán de Ribera.

En esta ocasión utilizaremos algunas de las cédulas reales emitidas por Felipe II como fuente documental para analizar cómo se repartieron los moriscos así como el legajo del Archivo General de Simancas sobre el que ya tratamos la pasada semana. (A.G.S. Cámara de Castilla. Legajo 2163. Año 1571). Por este documento, además de lo ya adelantado en la anterior entrega del blog, sabemos, según certificación del gobernador del arzobispado de Toledo, que en el territorio de la mitra toledana se repartieron 1.760 moriscos. Como veremos a continuación, está cifra fue ampliamente superada según otras fuentes, hasta llegar a los 2.550 individuos.

Aparte de esta fuente contamos, como ya se ha visto, con otros documentos muy interesantes: las cédulas reales emitidas en los meses en que se produjo la deportación de los moriscos desde Granada hasta Castilla. En la página 135 de una de las recopilaciones de estas cédulas reales (CCA-CED-259) se ordena al arzobispo de Toledo:

(…) os habemos querido avisar de ello y encargaros que luego que enviéis os den a los alcaldes mayores de los dichos partidos que los reciban en los lugares de ellos que fueren más cerca y a propósito del camino que traen que es el que viene a salir a Ocaña y que los repartan en los lugares de los dichos partidos lo más menudamente que fuere posible (...).

Otra cédula real, del 3 de diciembre de 1570, prácticamente en los mismos términos que la enviada al arzobispo, se remitió al gobernador de Ocaña, la villa situada en el camino de Andalucía a la que estaba previsto que llegara la expedición de los moriscos. En esta comunicación los números no siempre coinciden, según quien sea el destinatario:

Los moriscos que se han mandado sacar de las ciudades de Úbeda y Baeza y adelantamiento de Cazorla y villa de (…) que se presupone que no llegarán a mil quinientas personas entre hombres, mujeres y niños hayan de venir a la villa de Ocaña para desde allí distribuirse por menudo manda su majestad que se repartan en los lugares siguientes de más de los que ahora hay en ellos:

En las villas y lugares del partido de Ocaña.

En Alcalá de Henares y en las villas eximidas en los lugares (…) de la dicha Alcalá.

En la villa de Illescas y lugares de su tierra.

En la villa de Yepes y su tierra.

En Tordelaguna [sic] Uceda y Talamanca y lugares de sus tierras en las villas eximidas de ella

En Alcoléa de Torote y su tierra.

En la villa de Morata, treinta.

En Perales quince (…).

Tras este primer reparto, del que hemos reproducido las citas referentes a Morata, la tierra de Alcalá y otras villas cercanas como Perales, en los días siguientes al 3 de diciembre se produjeron algunas modificaciones en la asignación de moriscos a las distintas villas, en la mayoría de los casos para aumentar su número. Antes, el rey Felipe II se dirigió al corregidor de Jaén y Andújar, localizado en Ciempozuelos y máximo responsable del traslado de los moriscos. En una nueva cédula real en la que se hace referencia a las dificultades por las que ha pasado la expedición, según carta del 16 de diciembre, se dan nuevas órdenes que modifican la idea inicial de llegar a Tierra de Campos:

Al Corregidor de Jaén y Andújar

(…) teniendo consideración al trabajo que decís tendrían en pasar los puertos por su pobreza y desnude y por las otras causas que representáis hemos acordado que por ahora se pongan y repartan en los lugares que veréis por el memorial que irá con esta firmado del secretario Juan Vázquez que todos son de puertos acá y así os encargamos que habiendo entregado al alcalde del estado de Chinchón quinientas personas de los dichos moriscos para que los reparta en los lugares de lo más menudamente que se pudiese enviéis a los lugares cerca de ahí los que han de ir a ellos y con los demás pasaréis a Alcalá de Henares donde o o en el lugar de su jurisdicción que fuere más cerca y a propósito entregaréis al alcalde mayor de aquel partido los que se han de poner en él desde la parte que fuere más a propósito y enviando y distribuyendo los demás de los dichos moriscos enviando a cada parte el número que en el dicho memorial declara advirtiendo que en los lugares realengos se han de entregar a las justicias de ellos y en los lugares de la dignidad arzobispal de Toledo y en los otros de señorío a los alcaldes mayores de ellos (…).

Esta orden, fechada el 20 de diciembre de 1571, fijaba el protocolo de entrega a las autoridades de los moriscos asignados en su destino final. Según se constata en la cédula real, fue el secretario real, Juan Vázquez, la persona que asignó estas entregas según la relación que aparece en el libro de cédulas reales:

Los dos mil y quinientos y cincuenta moriscos entre hombres, mujeres y niños que se traen de Jaén y Andújar manda su majestad que por ahora se pongan y repartan en los lugares siguientes:

En Chinchón, Ciempozuelos y los otros lugares del conde de Chinchón [Villaconejos, Valdelaguna y otros], quinientos.

En Casarrubios y Arroyo de Molinos [sic] ciento y cincuenta.

En Colmenar de Oreja demás de los que ahora hay, cincuenta.

En Fuensalida y en los lugares del conde de ella, ciento.

En Santa Olalla, ciento.

En la villa de Illescas y lugares de su tierra y jurisdicción, ciento de más de los que antes había y de otros cientos que se han mandado poner allí de los que vienen por otro camino.

En Yepes y su tierra, ciento demás de los que había y de otros cincuenta que se llevan de otras partes.

En la villa de Borox, ciento.

En Morata cincuenta demás de otros treinta que se han mandado llevar a ella.

En Alcalá de Henares y lugares de su tierra y jurisdicción y villas eximidas y en los lugares de la casería de la dicha Alcalá quinientos de más de los que había y de otros cuatrocientos que llevan por otro camino. (…).

En esta relación definitiva vemos que no aparecen los moriscos asignados individualmente a las villas y lugares del Bajo Tajuña (Ambite, Orusco, Carabaña, Tielmes y Perales de Tajuña). Estas asignaciones correspondían al reparto de los 500 moriscos destinados a Alcalá de Henares y su tierra.

Tras este reparto Felipe II emitió una nueva cédula real en la que pedia y encarecía al gobernador de la mesa arzobispal que trasladara a los responsables de cada villa que se tenga con ellos [los moriscos que les habían sido asignados] y con su modo de vivir la cuenta y cuidado que os hemos escrito que se tuviese con los demás.

Esta consideración con los moriscos, con sus oficios, no siempre fue posible de cumplir, en muchos casos. Entre ellos el de dos moriscos asignados a la villa de Morata, como veremos en la entrega de la próxima semana en la que concluiremos esta serie con la expulsión definitiva de los moriscos del reino, a partir de la orden emitida por Felipe III en 1609.




Fuentes y bibliografía:

  • Decreto de expulsión de los moriscos que habitan en los reinos de Castilla remitido a la villa de Pastrana y diligencias de su cumplimiento. Archivo Histórico de la Nobleza, OSUNA,C.2709,D.54. 

  • Moriscos expulsados de Granada y “avecindados” en Toledo. Rodríguez de Gracia, Hilario. Hispania Sacra, LXV. Enero-junio 2013.

  • Archivo Histórico Nacional (ES. 28079. AHN//UNIVERSIDADES,710). Alarde del cardenal Cisneros en el arzobispado de Toledo.

  • El conde de Salazar y la expulsión de los moriscos de La Mancha.Lomas Cortés, Manuel. (Universitad de Valencia. eHumanista/Conversos 3 (2015).

  • Crónica de los moros de España, dividida en ocho libros. Bleda, frai Jaime. Impresión de Felipe Aley. Valencia, 1618.

  • Madrid islámico. La historia recuperada. Gil Benumeya, Daniel. Madrid destino, cultura y negocio. Madrid, 2018.

  • La reconstrucción de una comunidad. Los moriscos en los reinos de Córdoba y Jaén (ss. XVI-XVII). Otero Mondéjar, Santiago. Tesis doctoral. Universidad de Córdoba. Facultad de Filosofía y Letras. Departamento de Historia Moderna, Contemporánea y de América. Córdoba, 2012.

  • A.G.S. Cámara de Castilla. Legajo 2163. Año 1571.

  • Relaciones Topográficas de Felipe II. Madrid. Estudio introductorio. Alvar Ezquerra, Alfredo. Comunidad de Madrid. Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Imprenta de la Comunidad. Madrid, 1993.

  • Historia de la villa de Morata de Tajuña. Torre Briceño, Jesús Antonio. Ayuntamiento de Morata de Tajuña, 1999. (Transcripción de las respuestas al interrogatorio).

  • Algo más sobre los moriscos de Madrid. Moreno, Francisco J.. Universidad de Castilla-La Mancha. RevistaTiempos Modernos 34 (2017/1) ISSN:1699-7778. 

  • El repartimiento del servicio y medio servicio de los mudéjares de Castilla en el último cuarto del siglo XV. Viñuales Ferreiro, Gonzalo. Al-Qantara. Revista de Estudios Árabes, 24/1.

  • Datos demográficos sobre los mudéjares de Granada y Castilla en el siglo XV. Ladero Quesada, Miguel Ángel. Anuario de Estudios Medievales, 8. 1972-73.

  • Archivo General de Simancas. Libros generales. CCA-CED-259.


jueves, 7 de agosto de 2025

 La expulsión de los moriscos en Morata y el bajo Tajuña (I)

En 1502 vecinos de Morata se alistaron para acudir a sofocar el levantamiento en Las Alpujarras

En 1571 llegaron a Morata y a la comarca varios centenares de moriscos deportados de Granada

El 17 de febrero de 1502 la reina Isabel I de Castilla promulgaba una pragmática real que obligaba a los mudéjares granadinos a bautizarse y convertirse al cristianismo. Esta pragmática, que se promulgaba solo tres días después de que otra disposición real les obligará bien a bautizarse, o bien a abandonar el reino, fue el comienzo de un periodo en el que, durante algo más de cien años, esta minoría social y religiosa fue protagonista de variados episodios, como la deportación en 1570 de los moriscos granadinos a Castilla y, finalmente,su deportación fuera del reino a partir de 1609. En esta primera entrega, trataremos sobre la orden de bautismo de los mudéjares, del reclutamiento de vecinos de Morata para acudir a las Alpujarras a sofocar los levantamientos de 1502 y de la llegada en 1571 al arzobispado de Toledo, y a Morata y otros pueblos de la comarca, de los moriscos deportados por orden de Felipe II tras la denominada guerra de Las Alpujarras.



En esos primeros años del siglo XVI, la minoría mudéjar, término que se refiere a los seguidores de la religión islámica que permanecieron en el reino tras la conquista definitiva de Granada en 1492, era particularmente numerosa en el entorno granadino y en el reino de Valencia. Dedicados la mayoría de ellos a la agricultura, a los trabajos relacionados con la construcción y a otros oficios como la elaboración de tejidos, ya habían sufrido problemas de convivencia al menos desde 1499 cuando se produjo una primera rebelión en el Albaicín granadino.


Bautizo obligatorio de ,los moriscos-Grabado de Durero

En medio de este clima, no muy diferente al que provocó el decreto de expulsión de los judíos unos años antes, la promulgación de las dos pragmáticas reales en el breve plazo de tres días, fue el inicio de toda una serie de iniciativas legales que fueron limitando sus derechos como miembros de una minoría cuyos integrantes llevaba asentada en la península y en los reinos hispanos varios siglos.

En la primera pragmática se planteaba a los conocidos como mudéjares el dilema entre su conversión al cristianismo, en el plazo de unos de unos meses, o la expulsión del reino. En el texto de esta primer decreto real, que comenzaba definiendo como gran escándalo la estancia de moros en nuestros reinos y señoríos, se justificaba la necesidad no acabar con esta situación: (…) y que no permitamos más que haya en nuestros reinos gentes que sigan leyes reprobadas. Además se justificaba así la posible expulsión:

(…) echemos de nuestros reinos los enemigos de su santísimo nombre, y que no permitamos más, que haya en nuestros reinos gentes que sigan leyes reprobadas, considerando asimismo, como la mayor causa de subversión de muchos cristianos, que en estos nuestros reinos se ha visto, fue la participación y comunicación de los judíos (…).

Respecto a la expulsión también se señalaba:

(….)  acordamos de mandar salir a todos los dichos moros y moras de esto nuestros reinos de Castilla y de León, y que jamás tornen ni vuelvan a ellos alguno de ellos, y sobre ello mandamos dar esta nuestra carta, por la cual mandamos a todos los moros de catorce años arriba, y a todas las moras de doce años arriba, que viven y moran, y están en los dichos nuestros reinos y señoríos de Castilla y de León (…).

La Pragmática real finalizaba con una seria advertencia sobre las consecuencias de ayudar a los moriscos y también decretando la pena de muerte para quienes animaran a los convertidos a regresar a sus antiguas creencias:

(…) Y mandamos y defendemos, que ningunas ni algunas personas de los dichos nuestros reinos, y de cualquier estado, preeminencia y dignidad que sean, no sean osados de los recibir, receptar, ni acoger ni defender pública ni secretamente a moro ni mora de los susos dichos, pasado el dicho termino de este fin del mes de Abril, ni en adelante para siempre jamás, en sus tierras ni en sus casas, ni en otra parte alguna de los dichos nuestros reinos y señoríos, so pena de perdimiento de todos sus bienes, vasallos, y fortalezas y otros heredamientos; y otro sí de perder cualesquier maravedíes que de Nos tengan, y todo ello sea aplicado a nuestra Cámara y Fisco… Y mandamos, que ninguno de los moros cautivos ni moras, ni otra persona alguna no sean osados de decir, ni digan a los dichos nuevamente convertidos a nuestra Santa Fe Católica, cosas que los atraigan a dejar nuestra Fe, so la dicha pena de muerte.


Nombres de los voluntarios de Morata para acudir a Las Alpujarras ((ES.28079.AHN//UNIVERSIDADES,710)

Alarde en el territorio del arzobispado de Toledo

La conversión obligatoria de los ya denominados moriscos, en sustitución del término mudéjar con el que se identificaban hasta entonces en la jerga popular, no impidió, como era de prever, que muchos de ellos siguieran practicando en secreto sus costumbres y los ritos de su religión. Tampoco faltaron los incidentes más o menos graves en el reino de Granada con los moriscos como protagonistas. El bautizo obligatorio de los antiguos mudéjares podía haber solucionado sobre el papel un problema que, lejos de solucionarse, no significó la asimilación de la minoría morisca, especialmente en el territorio finalmente conquistado en 1492.

La proliferación de estos incidentes y enfrentamientos, ya sería una constante según avanzaba el siglo. A estos enfrentamientos se respondía con una batería de nuevas medidas legislativas emitidas tanto por Isabel I de Castilla como por sus sucesores en el trono. Esta nueva legislación alimentaba a la vez la rebelión de unos moriscos que, desde su conversión forzosa en 1502, fueron vistos como un peligro para la propia monarquía hispánica.

Tan es así que, ya en ese mismo año de 1502, se pusieron en marcha iniciativas para afrontar la posibilidad de que se generalizasen los enfrentamientos y se llegará a declarar, como finalmente se produciría décadas después, una guerra abierta que se conoció como guerra de Las Alpujarras, ya en el reinado de Felipe II. El arzobispo de Toledo, el poderoso e influyente cardenal Cisneros, el que, en uso de su autoridad señorial en el amplio territorio del arzobispado toledano, se erigió en promotor de un reclutamiento extraordinario, o alarde en terminología de la época, al que fueron llamados todos los residentes en las ciudades y villas que estaban bajo su jurisdicción. 

La movilización, de la que existe una amplia documentación, incluía el alistamiento tanto de hombres a caballo como de infantería. Un extenso documento conservado en el Archivo Histórico Nacional (ES.28079.AHN//UNIVERSIDADES,710), de 224 folios, escritos por ambas caras, recto y verso, recoge las circunstancias de este alistamiento. El legajo, que se inicia con un texto sobre el reclutamiento en la villa de Tordelaguna[sic] y en él también aparece un escrito, añadido con posterioridad al año 1502, en el que se resumía la suma de los hombres alistados en Alcalá de Henares y su tierra, así como en las villas que, como en el caso Morata, no dependían civilmente de Alcalá de Henares pero sí que pertenecían a su arciprestazgo. En total, la tierra y arciprestazgo de Alcalá aportaron quinientos diez y seis hombres, tanto de caballería (305), como de infantería (216).

En el propio documento se incluye el texto que define el contenido del legajo:

Lista o alardes de la gente de armas tomar, así de a caballo como de a pie, que se hizo año de 1502 en toda la tierra de nuestro santo cardenal Cisneros donde tenía jurisdicción temporal. Son buenas escrituras para curiosidad de saber las personas y calidades que había en aquel tiempo y qué villas y lugares tenía el arzobispo, jurisdicción temporal (…).

En la villa de Morata, según esta documentación, se alistaron cuatro miembros de infantería que respondían a la siguiente filiación: Juan Ruiz, Alfonso Fernández, Francisco Mexía y Diego de Sepúlveda.

Guerra de las Alpujarras y expulsión de los moriscos del reino de Granada

Los primeros enfrentamientos propiciados por la pragmática que obligaba a los mudéjares a bautizarse y renegar de su fe islámica, y que estuvieron en el origen del alarde organizado por el cardenal Cisneros en las tierras del arzobispado de Toledo, fueron una constante en los años siguientes, tanto durante el reinado de Juana y Felipe el Hermoso, el del emperador Carlos I y, sobre todo, del hijo de este Felipe II. 

Distintas pragmáticas y decretos reales limitaron las prácticas culturales y religiosas de los moriscos. Asuntos como su vestimenta fueron objeto de prohibiciones hasta llegar, en 1568, ya durante el reinado de Felipe II, a la rebelión de los moriscos granadinos, caracterizados desde el ya lejano 1502 por su animadversión a las medidas que limitaban sus derechos como minoría. Lo que se conoció como la guerra de las Alpujarras, fue un conflicto que se extendió durante más de dos años y culminó con una medida radical: la deportación de los moriscos granadinos a distintas ciudades y villas del reino de Castilla que, entre otras regiones, incluía Andalucía, Extremadura, La Mancha, Toledo, Madrid y distintas ciudades y villas situadas al norte del sistema central. 

El hermano bastardo de Felipe II, Juan de Austria, dirigió la compleja operación que significó el traslado forzoso de una masa humana que, según distintas estimaciones, supero la cifra de 40.000 deportados. De este exilio forzoso de los moriscos nos interesa, especialmente, los que llegaron al antiguo reino de Toledo y al entorno de Madrid, la capital de la corte, donde se sitúan la villa de Morata y otras villas próximas que como Chinchón, Villarejo de Salvanés, Ciempozuelos, Colmenar de Oreja o Perales de Tajuña se convirtieron en el destinos final de estos moriscos granadinos. 

El proceso de deportación, iniciado en 1570, se desarrolló durante varios meses y exigió un importante esfuerzo de organización y de intendencia para la monarquía. No resultó sencillo ni fácil para los propios moriscos ni tampoco para la fuerza militar que controlaba los traslados. Lo más habitual fue organizar convoyes de unos 1.500 moriscos controlados por una tropa de unos doscientos soldados. Las penalidades del viaje, en ocasiones de cientos de kilómetros en condiciones muy precarias provocaron, aproximadamente, la muerte de uno de cada cinco deportados.

Al reino de Toledo, en el que se localizaban Morata y las villas que ya hemos citado, llegaron según algunas fuentes de la época unos 6.000 moriscos. Una vez concluido el traslado, una pragmática real emitida el 6 de octubre de 1572 marcaba las condiciones que había de regir la vida de los moriscos granadinos en sus nuevos destinos en tierras de castellanas. Entre las medidas más importantes de la pragmática se incluían la limitación de los movimientos de los moriscos, la prohibición de regresar a sus lugares de origen, con penas muy duras para quien se saltaran esta prohibición,. Además, como ya había sucedido en otras tantas medidas legales promulgadas en décadas anteriores, los moriscos no podían usar su lengua, ropas tradicionales y otras costumbres. Para que su asimilación a sus lugares de destino fuera más factible, se recomendaba a las autoridades religiosas la enseñanza de la fe católica a los más pequeños y a las autoridades civiles que promovieran la integración con los denominados cristianos viejos.

Reparto de moriscos en Morata y otras villas de la comarca del Bajo Tajuña

    Sobre la llegada de moriscos al reino de Toledo, alrededores de Madrid y Alcalá de Henares y su tierra Santiago Otero Mondéjar en su tesis doctoral La reconstrucción de una comunidad. Los moriscos en los reinos de Córdoba y Jaén (ss.XVI-XVII), recoge un documento que explica las dificultades que vivieron los deportados en su viaje hacia el norte desde Granada. El encargado de una de estas expediciones, Per Afán de Ribera, y Melchor de Soria, escribano real, relatan cómo llegaron hasta su destino definitivo en 1571unos moriscos que, en principio, estaban destinados a ser alojados en tierras castellanas al norte del sistema central y en Guadalajara.

En el documento, conservado en el Archivo General de Simancas (AGS-Cámara de Castilla. Legajo 2163), Per Afán de Ribera habla sobre su llegada a Ciempozuelos con el convoy de moriscos deportados:

Recibí el despacho de su Majestad hoy lunes en la noche en Ciempozuelos, y otra de vuestra merced, por la cual se me manda lleve estos moriscos a el Adelantamiento de Castilla, tierra de campos, y a cierto yo no tengo salud para ello, pero hasta a caballo haré lo que su Majestad manda; yo les escribo algunas dificultades que verá por ella, y despacho este correo en diligencia, para que su Majestad provea lo que sea su servicio (…).
A continuación Per Afán de Ribera se queja de la falta de recursos para cumplir la orden real:
(…)  a vuestra merced suplico que ya que su Majestad me manda le sirva con mi persona, mande dar orden cómo pueda llevar esta gente, porque si no tengo con qué, mal lo podre hacer, y vuestra merced haga se me avise de todo con toda brevedad, porque aguardo en esta villa la respuesta. Y a vuestra merced beso las manos muchas veces por la merced que me ha hecho en todo. Nuestro Señor la ilustre persona de vuestra merced guarde y acreciente. De Ciempozuelos, y de diciembre dieciséis [de 1571].

La solicitud de instrucciones por parte de Per Afón de Ribera para cumplir con su orden de traslado de los moriscos granadinos recibió respuesta unos días después, cuando aún permanecía en Ciempozuelos. Melchor de Ribera, escribano del rey, confirma que Afón de Ribera tenía, efectivamente, el encargo de trasladar a los moriscos a su cargo a Guadalajara y, previamente, al adelantamiento de Castilla, pero por las circunstancias de que dichos moriscos venían muy pobres se modificó el destino inicial de la expedición y Afán de Ribera recibió la orden de repartir los moriscos a su cargo en diferentes destinos que fueron ordenados por Juan Vázquez Salazar, secretario de Felipe II. Según la relación de villas y lugares que nos interesan este reparto se definió de la siguiente manera:

(…) En la villa de Colmenar de Oreja, ciento diez personas moriscos, como parece por testimonio de Francisco de Perales, escribano de la dicha villa, en veinte y cuatro

días del mes de diciembre del dicho año (…).

En la villa de Morata, sesenta y dos personas, como parece por testimonio de Gerónimo Sánchez, escribano de la dicha villa, en veinte y tres del mes de diciembre del dicho años [1571]. 

En la villa de Chinchón, a el gobernador de dicho condado, cuatrocientos y ochenta personas, como parece por testimonio de Diego de Donrubio, escribano (…).
La próxima semana abundaremos en este reparto de moriscos en las villas y lugares de nuestro entorno basándonos en otras fuentes más completas sobre este asunto, fundamentalmente las procedentes de una cédula real que contiene información, muy exacta y amplia, sobre la llegada de los moriscos procedentes de Granada al territorio del arzobispado de Toledo. 



Fuentes y bibliografía:

  • Decreto de expulsión de los moriscos que habitan en los reinos de Castilla remitido a la villa de Pastrana y diligencias de su cumplimiento. Archivo Histórico de la Nobleza, OSUNA,C.2709,D.54. 

  • Moriscos expulsados de Granada y “avecindados” en Toledo. Rodríguez de Gracia, Hilario. Hispania Sacra, LXV. Enero-junio 2013.

  • Archivo Histórico Nacional (ES.28079.AHN//UNIVERSIDADES,710). Alarde del cardenal Cisneros en el arzobispado de Toledo.

  • El conde de Salazar y la expulsión de los moriscos de La Mancha1 Manuel Lomas Cortés (Universitad de Valencia. eHumanista/Conversos 3 (2015).

  • Crónica de los moros de España, dividida en ocho libros. Bleda, frai Jaime. Impresión de Felipe Aley. Valencia1618.

  • Madrid islámico. La historia recuperada. Gil Benumeya, Daniel. Madrid destino, cultura y negocio. Madrid, 2018.

  • La reconstrucción de una comunidad. Los moriscos en los reinos de Córdoba y Jaén (ss. XVI-XVII). Otero Mondéjar, Santiago.Tesis doctoral. Universidad de Córdoba. Facultad de Filosofía y Letras. Departamento de Historia Moderna, Contemporánea y de América. Córdoba, 2012.

  • A.G.S. Cámara de Castilla. Legajo 2163. Año 1571.

jueves, 31 de julio de 2025

Donativos reales en Morata: carne más cara para salvar la Hacienda del rey 

Los impuestos extraordinarios durante los reinados de los Austrias aumentaron la presión fiscal sobre ciudades y villas


(…) A una cruz de tanto peso/con que a tu reino lastimas/en vez de Simón le arrimas/otro madero más grueso/Alivia tan grande exceso/de donativos millones/y otras mil imposiciones/a quien posible no iguala/que la sisa y la alcabala/que a tus agüelos [sic] pagamos/Todo tu reino adeudado/ por pagar lo que no debe/no halla excusa que no apruebe/ tanto subsidio excusado. (…). Estos versos, que algunas fuentes atribuyen a Quevedo, circularon profusamente por el Madrid de Felipe IV. Su contenido, y las referencias a algunos de los impuestos vigentes durante el siglo XVII (alcabalas, subsidios, excusado y donativos) no dejaba de ser una crítica satírica y mordaz al afán recaudador del penúltimo de los Austrias. Sobre uno de estos impuestos, el donativo real, tenemos bastante referencias sobre cómo se aplicó en la villa de Morata en distintos momentos de los reinados de Felipe IV y Carlos II, su sucesor.


En septiembre de 1665 fallecía en Madrid Felipe IV. A lo largo de los 44 años de su reinado, las cuentas de la monarquía española en raros periodos se podrían calificar como saneadas. Las guerras frente a los Países Bajos, Francia, Inglaterra o Portugal, por no citar el levantamiento de Cataluña, abocaban a una continua sangría económica. Esta escasez de recursos llevó en ocasiones a la quiebra de la Hacienda real (dos de ellas en 1652 y en 1662 en los últimos años del reinado de Felipe IV) y en otras tantas ocasiones a la imposición de impuestos supuestamente extraordinarios que, con su reiteración, se convirtieron en una costumbre que periódicamente afectaban a los súbditos de la monarquía española.

Entre estos impuestos los denominados donativos reales se aplicaron profusamente durante el reinado de Felipe IV, mientras que su hijo y sucesor, Carlos II, también acudió a este gravamen habitualmente. Estos donativos, que ya se aplicó Felipe II, fueron un recurso habitual para su nieto, Felipe IV. En 1625, 1629, 1636, 1649-51 y 1664-65 se aprobaron distintos donativos reales. Tenemos constancia documental de su aplicación en la villa de Morata de los que se aprobaron para el año 1636 y 1664-65. En el reinado de Carlos II, durante la regencia de Mariana de Austria, también se aprobó un donativo real en 1668 del que también hemos localizado documentación.

En los tres casos que citamos, en el Archivo General de Simancas se conservan los apuntes que en forma de cédula real recogen las cantidades que aportó la villa de Morata para hacer frente a estos donativos reales, en el caso de los donativos de 1664-65 y 1668, y la relación de las cantidades aportadas en el donativo de 1636. Además, en estos documentos también aparece reflejado cómo se financiaron las cantidades asignadas a Morata según la petición realizada por el propio Concejo de la villa a la Hacienda real. 

Financiación en Morata del donativo real de 1665

A diferencia de lo que había sucedido en el año 1636, cuando el donativo asignado a Morata se recaudó por el sistema de reparto directo entre los distintos vecinos (que aportaron distintas cantidades en función de sus rentas), los últimos donativos del reinado de Felipe IV, no así el reinado de Carlos II, se financiaron con un sistema indirecto: en lugar de repartir distintas cantidades entre los vecinos, el Concejo solicitó recargar con arbitrios algunos productos de consumo o licencias reales para plantar viñas, para así llegar a cubrir el donativo del periodo 1664-65.

Por una cédula real, de fecha 5 de mayo de 1665 (AGS, CCA, CED, 240), sabemos que el consejero de Hacienda Andrés de Riaño asigno a la villa de Morata un donativo de 6.000 reales: 

(…) por parte de vos el Concejo, Justicia y Regimiento de la villa de Morata del dicho reinado de Toledo me ha sido hecha relación que con intervención del dicho D. Andrés de Riaño ofrecisteis servirme por vos y vuestros vecinos con 6.000 reales por ambos donativos [de 1664 y 1665] (…).

Naturalmente, del texto anterior se deduce que esos 6.000 reales más que donativo era una imposición de la Hacienda de Felipe IV. Para llegar a determinar esta cifra el consejo real se basaba en el número de vecinos de cada ciudad, villa o lugar y también en sus circunstancias económicas. Para llegar a recaudar esta cantidad se podía acudir a distintos métodos: desde la imposición directa a los vecinos del Concejo, como ya vimos sucedió en otros donativos o, también, fijar una cantidad adicional como impuesto a distintos trabajos o servicios de los que se prestaban en Morata. En concreto, este donativo de 6.000 reales al que nos estamos refiriendo se iba a financiar con un recargo en el precio de dos actividades que se realizaban en la villa, la molienda de trigo y la fabricación de jabón:

(…) por decreto suyo [de Andrés de Riaño] del 21 de febrero pasado de este año os concedió facultad para que por el tiempo necesario pudieseis imponer y cargar medio real en cada fanega de trigo que se moliere por los forasteros en los molinos del término de la dicha villa y un real en cada carga de jabón de lo que se sacase para fuera parte de ella (…).

Recordemos que en estos años de mediados del siglo XVII Morata contaba, al menos, con tres molinos harineros: el molino del Taray, posteriormente reconvertido en batán, el molino de arriba (actualmente molino hundido) y el molino de abajo (hoy conocido como molino de la huerta de Angulo). En cuanto a la fabricación de jabón sabemos que en Morata los condes de Altamira poseyeron una fábrica de jabón que, a falta de documentación que lo corrobore, podría haber sido levantada por los marqueses de Leganés, sus antecesores en el señorío de Morata .

En ambos casos, tanto el recargo sobre la molienda o sobre la venta de jabón, el esfuerzo económico del donativo real de 6.000 reales iría a cargo de los forasteros que acudieran a Morata a moler su trigo o a adquirir jabón, quedando los vecinos de la villa libres de estos recargos. Sin embargo, con ser esto cierto, también lo es que estos negocios pertenecían a los señores de la villa, los marqueses de Leganés (el molino del Taray y el molino de abajo y la jabonería) o a familias pudientes y eclesiásticos (molino de arriba). En ambos casos, no resulta difícil deducir que la aplicación del recargo podría reducir el número de forasteros que acudieran a Morata a moler su trigo o a comprar jabón, reduciendo así los beneficios económicos de sus propietarios.

Sea como fuere, el Concejo de Morata cuyos miembros, no lo olvidemos, era designado por los propietarios del señorío, en esos años el II marqués de Leganés, Gaspar Dávila Messía, solicitó retirar los recargos a la molienda y a la venta de jabón a los forasteros. Como alternativa se planteó aplicar un recargo a un producto de consumo popular, la carne consumida en este caso por los vecinos de Morata. Además también se planteaba el abono de cuatro reales a pagar por todos los morateños que en los últimos años hubieran plantado viñas en tierras de secano, las denominadas tierras de pan llevar. Así lo reflejaba la cédula real: 

(…) en lugar del dicho presupuesto se os concediese la imposición y cobranza de dos maravedíes en cada libra de carne y de las que se pesaren en la carnicería de la dicha villa o lo que pareciere más conveniente y sin perjuicio de la República, abastos y consumo y que por haberse plantado de los años a esta parte en término de la dicha villa por diferentes vecinos de ella algunas viñas en tierras labrantías de pan llevar por ser el temple del terreno de mejor calidad para fruto que para el de mieses conocida utilidad y conveniencia de los vecinos y haber quedado otras diversas tierras muy débiles para el fruto de pan por ser cascajares y pedregosas y que importa más lo que se pierde en la siembra que lo que se coge de ella se os hiciere merced de remitiros y perdonaros cualquier cargo o culpa en que vuestros vecinos hubiesen incurrido en razón de los dichos plantíos de viñas y daros licencia para cobrar de ellos hasta en la cantidad de 2.000 reales a razón de cuatro reales por cada una de las aranzadas que se hubieren plantado en los dichos 10 años (…).

La imposición de un arbitrio de cuatro reales por aranzada de viña plantada en los diez años anteriores a la fecha de la cédula real, así como el permiso para poder vender o arrendar para pasto las rastrojeras y pámpanas de las viñas de vuestro término, venía a legalizar estos plantíos que no contaban con licencia real aunque, por otra parte, como sucedía con el recargo en la venta de carne en la carnicería pública, traspasaba a los vecinos el coste de un donativo que, en principio, debían de haber sufragado los arrieros que venía a Morata a moler trigo en los molinos y a comprar los productos de jabonería del señor de la villa.

Este cambio solicitado por el Concejo, en ese año dirigido por Bernardino Garcés y Pedro Ruiz de Castañeda como alcaldes por el estado llano y dnoblr, recibió en escasas semanas la aprobación del consejo de Hacienda, según lo recoge la cédula real del 5 de mayo de 1665 (AGS-CCA,CED,240) que fue confirmada por otra cédula emitida el 1 de junio (AGS-CCA,CED,241) del mismo año.

En ambas cédulas también se recoge la autorización real para que el Concejo de la villa de Morata gestionara la contratación de un censo -crédito- para adelantar el pago del importe de un donativo de cuyo importe de 6.000 reales, obviamente, no disponía un Concejo de Morata siempre acuciado por sus escasos ingresos:

(…) así mismo tengo por bien y permito que para el dicho efecto y la más pronta y efectiva satisfacción a mi Real Hacienda de los dichos 6.000 reales y en el interín que procede esta cantidad, costas y y gastos de los dichos arbitrios y medios los podáis tomar a censo los diez años sobre ellos de las comunidades o personas particulares con quien os conviniendo (…) y tomándolo a censo a razón de a 20 por el millar (…).


Cédula real que recoge las condiciones del donativo real de Morata del año 1665

Primer donativo del reinado de Carlos II

En 1668, ya con Carlos II como rey y bajo la regencia de su madre Mariana de Austria por la minoría de edad del heredero de Felipe IV, la villa de Morata debía de afrontar el pago de un nuevo donativo real. Como ya había sucedido en anteriores ocasiones el donativo no dejaba de ser una imposición de la Hacienda real, acuciada como era habitual por problemas económicos que no se podían afrontar con los impuestos habituales.

El 21 de enero de 1668 se emitía una cédula real (AGS-CCA,CED,243) por la que conocemos las características de este nuevo donativo. El documento, firmado por la regente Mariana de Austria, recogía el importe del donativo asignado a la villa de Morata, 186.000 maravedíes, unos 5.000 reales, aproximadamente. 

A escasos dos años del último donativo impuesto por Felipe IV antes de su fallecimiento, parece difícil que el Concejo morateño hubiera amortizado los 6.000 reales del mismo, financiado como hemos visto con la imposición de dos maravedíes por libra de carne y los cuatro reales por cada aranzada de nuevos plantíos de viñas. En cualquier caso, en la cédula real firmada por la madre del rey menor de edad ya no se contemplaba el recargo sobre las ventas de carne en la carnicería pública o las viñas. Ahora se volvía al método tradicional de financiación de otros donativos reales, el repartimiento de distintas cantidades entre los vecinos de la villa:

Por cuanto por parte de vos el Concejo, Justicia y regimiento de la villa de Morata, villa de las del partido de Ocaña, se nos ha dado hecha relación que habéis ofrecido servirnos por vos y vuestros vecinos el (…) donativo que de presente se nos ofrecen con 186.800 maravedíes de que habéis otorgado (…) y conformándonos con ello lo habemos tenido por bien y para la presente damos y concedemos licencia a vos el Concejo, Justicia y Regimiento de la dicha villa de Morata para que para este efecto y no otro alguno podáis tan solamente repartir y repartáis por una vez entre vuestros vecinos los más acomodados y de mayor caudal los dichos 186.800 maravedíes del dicho servicio y sus gastos (…). 

Este sistema de repartimiento del donativo siempre podía dar ocasión a que algunos vecinos no recibieran un trato justo, libre de favoritismo para otros morateños, de hay que en la real cédula se recordara la obligación de seguir criterios de igualdad y sin que los vecinos menos pudientes fueran incluidos en el mismo:

(…) haciéndose el repartimiento con toda igualdad y (…) que ninguno reciba agravio y conforme a los caudales y estado de cada uno reservando como reservamos de (…) a los pobres, viudas y menores porque (…) no es nuestra voluntad que de entienda ni entienda el dicho repartimiento y de lo que procediere del (…) de pagar y satisfacer los dichos 186.000 maravedíes y los gastos (…) sin que se pueda convertir en dicho efecto alguno pena de pagarlo las personas que lo hicieren y distribuyeren (…) de más de que serán castigados con todo rigor (…) para lo que habéis de tener libro de cuenta y razón de lo que procediese del dicho repartimiento (…).



*En 1636 la villa de Morata aportó 270.946 maravedíes (7969 reales) para el donativo solicitado por el rey Felipe IV y que se había aprobado el año de 1635. A diferencia de los donativos de 16364-65, reinado de Felipe IV, y el de 1668 (regencia de Mariana de Austria, para cubrir la cantidad asignada a Morata el Concejo, en lugar de aplicar recargo en los productos de uso común, acudió a la figura del repartimiento entre los vecinos. Para ello, elaboró un censo de estos vecinos pecheros, que dejaba fuera a los pobres viudas. Pese a ello, según el documento de las Contadurías Generales, legajo 3.251, conservado en Archivo General de Simancas, de los 225 vecinos pecheros censados, fue María Páez, viuda de Diego Ruiz, quien más aportó con 23.800 maravedíes (700 reales). Francisco Ruiz Bravo, alcalde ordinario de la villa, certificó las cantidades aportadas por cada vecino que, según el documento citado, en la mayoría de los casos fue de 204 maravedíes (6 reales).



Fuentes y bibliografía:

  • Archivo General de Simancas, CCA,CED,240. 

  • Archivo General de Simancas, CCA,CED,241. 

  • Archivo General de Simancas, CCA,CED,243. 

  • Archivo General de Simancas, Contadurías Generales, Legajo 3.251.

  • Gasto y financiación de la corte de Felipe IV (1621-1665). Rodríguez Contreras, Miriam. Tesis para la obtención de grado de doctor. Universidad Autónoma de Madrid. Facultad de Filosofía y Letras. Departamento de Historia Moderna.

  • El donativo de 1629 en la Andalucía bética. Lanza García, ramón. Universidad Autónoma de Madrid. Estudios de Historia Moderna, 32. Ediciones Universidad de Salamanca.