jueves, 12 de octubre de 2023

El Santo Oficio contra los buscadores de tesoros en Morata

La Inquisición condenó en el siglo XVII a un fraile dominico por realizar prácticas heréticas durante la búsqueda de dinero y joyas supuestamente escondidas en una cueva existente en el cerro del Caballo
Un amplio expediente recoge el proceso y las torturas al principal implicado, Francisco Montes de Gayangos

Buscar y encontrar tesoros. Una fantasía recurrente a la que muchos han dedicado esfuerzos con resultados muy diferentes. En unos casos, la superstición, cuando no el engaño, han guiado los pasos de muchos buscadores de tesoros con resultados decepcionantes y hasta trágicos. En otros, la simple casualidad ha hecho aflorar tesoros escondidos quién sabe por quién y para qué. Hace más de 300 años, unos ¿iluminados? creyeron o hicieron creer que en una cueva de Morata, localizada en el cerro del Caballo, se ocultaban fabulosos tesoros de joyas, oro y dinero. El proceso del dominico por sus actos y la búsqueda del tesoro en Morata es un buen ejemplo del papel del Santo Oficio durante siglos en su papel de defensa de la fe, así como de la dureza de sus sentencias, tal como sucede en el caso que relatamos.

En el siglo XVII, entre los años 1630 y 1632, la Inquisición de Toledo condenó a Fray Francisco Montes de Gayangos, y a varios cómplices, por el delito de supersticiones y por sacar tesoros. Supuestamente, claro, uno de estos tesoros se encontraba en Morata, en el paraje conocido como Cerro del Caballo, en una cueva que fue escenario de los rituales que escenificaron los condenados. Un caso extraño en el que no se sabe qué influyó más: la superstición religiosa, supuestos tratos con el demonio, la simple y llana ignorancia o, quizás, algo tan nuestro como la picaresca de algunos que, tal vez, no dudaron en aprovecharse de la inocencia y la avaricia de los incautos que creían y financiaban sus fantasías. 

Con estos ingredientes se desarrolló un proceso inquisitorial en el que un monje dominico pagó con una condena a 6 años de galeras, 10 años de destierro del distrito y la suspensión perpetua de sus hábitos. 

El protagonista principal de este proceso inquisitorial, Francisco Montes de Gayangos, fue un religioso dominico, natural de Valladolid y de 39 años de edad cuando fue juzgado, que involucró en sus delirios y supersticiones a varios sujetos implicados en la utópica búsqueda de supuestos tesoros ocultos. En esa época, primer tercio del siglo XVII, no faltaban embaucadores ni iluminados, más o menos convencidos de la existencia de estas riquezas ocultas que algunos atribuían a la huída precipitada de los moriscos, producida unas décadas antes a consecuencia del decreto de expulsión emitido por Felipe III.

Francisco Montes era uno de estos iluminados. Del expediente iniciado por la Inquisición para juzgar sus actos heréticos difícilmente se puede deducir si era sincero en su creencia de que era posible encontrar tesoros con sus invocaciones y realmente estaba convencido de sus delirios o, simplemente, se trataba de un embaucador de la época en busca de víctimas que, guiadas por su ambición, cayeran en un simple y vulgar timo. Esta posibilidad de que algunos protagonistas de este suceso no pasaran del papel de pícaros son las palabras que el acusado, Francisco Montes, atribuye a otro de los implicados, Agustín Verdugo, cabecilla al parecer del grupo. 

Según Montes, todo lo que Agustín Verdugo, también condenado por la Inquisición, decía y organizaba era un embuste para cogerle los dineros a Miguel Pérez, criado de la reina y también condenado que, tal como se deduce del expediente, fue quien financió las andanzas del extraño grupo de buscadores de tesoros. En otro momento, Montes reconoce ante sus interrogadores que vivió, comió y durmió durante varios días en la casa de Miguel Pérez. Y además añade que Verdugo defendía sus rituales para buscar tesoros, aunque, al mismo tiempo reconocía que algunas cosas hacía para llevar cuatro reales a casa.

Todas estas confesiones aparecen en  el expediente del proceso incoado a Francisco Montes de Gayangos que se conserva en el Archivo Histórico Nacional, sección Inquisición, Leg. 92, expediente 1. Es un legajo extenso, con 196 folios, en el que aparece reflejada la denuncia, pero también los interrogatorios a los testigos y al acusado, los escritos del defensor y los inquisidores, el paso por la sala de tormentos del fraile dominico y, finalmente, la sentencia. El objetivo de este texto que publicamos en el Blog no es transcribir la totalidad del expediente ni analizar el papel de la Inquisición en esos años; más bien se trata de reflejar un momento histórico, del primer tercio del siglo XVII, en la que, casualmente, los implicados en el proceso se movieron por escenarios de Morata que nos son cercanos.


Portada del expediente abierto por  la Inquisición a los buscadores de tesoros (FUENTE: PARES. Archivo Histórico Nacional. INQUISICION, Leg. 92, nº 180).

Los implicados en la herejía

Según se deduce del expediente inquisitorial, los implicados principales en este caso de herejía y de pactos con los demonios para sacar tesoros son, aparte del fraile dominico, el también citado Agustín Verdugo, Felipe Briones y Miguel Pérez, todos ellos, a su vez procesados por la Inquisición por los mismos delitos que Francisco Montes, pero cada uno en un procedimiento distinto

¿Cómo llegó este grupo variopinto a unir sus esfuerzos, que sabían que les podría traer problemas con la Inquisición, y qué les llevó a realizar todo tipo de extrañas ceremonias y rituales con el objeto de encontrar lo que decían un fabuloso tesoro escondido en una cueva de Morata? Uno de los inquisidores, Dionisio Portocarrero, indica al comienzo del expediente que ya había oído hablar a otro reo, en Sevilla, de este supuesto tesoro:

(…) Y por la mención que en la dicha delación se hace del tesoro de Morata me acuerdo que estando en la Inquisición de Sevilla hizo ante mí una larga declaración un clérigo que allí estuvo preso por astrólogo judiciario que parece convendría ver ahora con esta para acabar de una vez con el embeleso que ha dado ocasión a tantas supersticiones (…).

Hay otras menciones al tesoro de Morata en el desarrollo del expediente de la Inquisición, concretamente en las acusaciones del fiscal del Santo Oficio:

(…) Y la misma injuria e irreverencia izo este reo a las cosas sagradas y pertenecientes al dicho oficio de la misa pues para sacar un tesoro que decían había en la villa de Morata previnieron este reo y sus cómplices dos albas benditas con las que se decían misas (…). Para sacar el dicho tesoro de Morata demás de lo referido en el capitulo precedente tenían prevenido y aposta hicieron dos vestidos de raso 

blanco (…) los cuales habían de vestir los que habían de sacar dicho tesoro (…).

En el expediente se añade:

(…) Y porque habiendo ido uno de los dichos cómplices de este reo a la dicha villa de Morata a reconocer el lugar donde estaba dicho tesoro y a saber  de los demonios que lo guardaban si eran suficientes los dichos pentáculos, para sacarlos sabidas las condiciones con que lo guardaban, y si para haber de cumplir con ello era necesario hacer nuevos instrumentos o ceremonias y que era el tesoro que guardaban, habiéndolo dichos demonios respondido que el tesoro que guardaban eran unos jaeces, mucho oro, plata, moneda y barras, muchas por las piedras preciosas y otras cosas, que todo valdría dos millones y medio de maravedíes, y que para sacarlo era menester derramar sangre humana sobre el dicho lugar (…).

Pese a estas afirmaciones, lo cierto es que en el expediente no queda claro de quién parte la idea de buscar el tesoro. Sí que queda sde constata que Francisco Montes es uno de los cabecillas del grupo y que es él y Agustín Verdugo quienes dirigen al resto en todo el ceremonial previo al traslado a Morata para buscar el tesoro. Que el fraile tratara de involucrar como máximo cabecilla a Verdugo puede responder a la realidad o ser una simple estrategia de defensa para aminorar la pena, algo que a lo largo del expediente queda patente que es el principal objetivo de Francisco Montes. Lo que sí es evidente es que estos dos acusados, junto a Felipe Briones, fueron quienes implicaron a Miguel Pérez, lego en las artes mágicas que decían conocer sus cómplices pero que, por las declaraciones del propio Montes, fue el auténtico pagano de todos los gastos que originaron sus socios que, hasta desplazarse a Morata, llevaron a efecto numerosas y delirantes ceremonias previas.

De hecho, antes de este viaje a Morata, el grupo prueba en distintos lugares de Madrid la búsqueda de riquezas ocultas con el más que previsible resultado de no encontrar ningún tesoro. Pozuelo de Aravaca, Carabanchel o las cercanías de la ermita de San Isidro, junto al río Manzanares, son los escenarios que ven cómo esta estrafalaria cuadrilla realizan sus conjuros para encontrar unos tesoros a lo que se ve tan esquivos que nunca en estas andanzas por Madrid y sus alrededores encontraron dineros o joyas algunas.

Ceremoniales satánicos

En todo el expediente del juicio a Francisco Montes los inquisidores tratan de desentrañar los ceremoniales que realizaron los implicados, y especialmente el dominico, para conseguir localizar los lugares secretos donde se hallaban los tesoros. Es en estos interrogatorios en los que Francisco Montes, en todo momento, intenta desmontar la acusación de haber realizado pactos con el diablo y de oficiar misas sacrílegas, consciente de que ambas acusaciones ante el Santo Oficio son las más graves y las que peores consecuencias penales le pueden acarrear. 

Montes sí que admite otras actividades y la posesión de libros prohibidos, como el titulado La Clavícula de Salomón, que supuestamente detallaban los ceremoniales necesarios para obtener el permiso y la colaboración de los demonios en la búsqueda de las riquezas escondidas. El dominico, en efecto, reconoce haber participado en estos rituales y en los interrogatorios se describen con todo lujo de detalles las extrañas ceremonias realizadas y los instrumentos que utilizaron en las mismas. Utilización de pergaminos de piel de animales vírgenes con los que realizar los llamados pentáculos, en los que a su vez se escribían con sangre de cuervo los caracteres mágicos; sacrificio de animales como pollos y gansos que se servían en vajillas de color negro; azadones en los que se inscribían extrañas frases; túnicas y velas de determinados colores; ofrendas de polvo de oro, incienso y mirra en los ceremoniales; calaveras utilizadas como recipientes de unos polvos elaborados con sesos de criaturas abortivas, según se dice literalmente en el expediente, y en fin, misas sacrílegas y lo que en el proceso los inquisidores denominan convite, el acto supremo para lograr el favor de los demonios.

En todos los interrogatorios Francisco Montes niega reiteradamente haber participado en estos convites y, también de modo recurrente, responsabiliza a Agustín Verdugo de ser el verdadero maestro del grupo y propietario de los libros prohibidos que guiaban sus actividades. Aunque reconoce que conocía el carácter prohibido de estos libros y también que las ceremonias en las que se le acusa de haber de participado constituían una herejía contra su fe católica, siempre quiere dejar claro que nunca ofreció su alma al diablo, que no participó en los convites y que desconocía que se hubieran utilizado sesos de criaturas abortivas, para elaborar los polvos rituales que se ofrecían a los demonios.

Esta reiteración en su negativa a reconocer durante los sucesivos interrogatorios la celebración de las misas sacrílegas y el resto de actividades heréticas provocó que los inquisidores recurrieran a su última baza. Pocas semanas antes de finalizar el proceso determinan que el reo, que por esos días debido a su mala salud se encontraba ingresado en el hospital de la Misericordia de Toledo, pase por la cámara de tormentos para obtener de él la confesión que deseaban. El relato de esta parte del proceso inquisitorial resulta especialmente duro:

(…) Fuele dicho que ya sabe cómo muchas y diversas veces ha sido amonestado dijese enteramente verdad de todo lo que hubiere hecho, o dicho, o visto hacer o decir a otras personas, con ofensa a Dios nuestro Señor, y contra su santa fe católica. Parece que calla y encubre muchas cosas, especialmente que pretendiendo sacar tesoros hizo para ello, para que se hiciesen muchas cosas supersticiosas, (…).

En el acta se explicitan esos actos que Montes teme reconocer y que son el objetivo de los inquisidores: elaboración de pentáculos, consagraciones heréticas, ofrendas a los demonios de su alma y de oro, incienso y mirra y la tétrica utilización de entrañas de cadáveres de criaturas para elaboración de polvos rituales. Los inquisidores ante la falta de reconocimiento del reo de sus pecados más graves acuerdan que:

(…) Le debemos condenar y condenamos que sea puesto a cuestión del tormento (…) en el cual mandamos esté y se persevere tanto tiempo cuanto a nos bien visto fuere, para que en el diga la verdad de lo que está testificado y avisado, con protestación que le haremos que si en dicho tormento muriese o fuese lisiado, o se le hiciere efusión de sangre o mutilación de miembros sea su culpa y cargo y no a la nuestra, por no haber querido decir la verdad (…).

Una vez en la cámara de tormentos Francisco Montes admite, ahora sí, ante la vista de los aparatos de tortura que cuando dijo la misa en San Isidro puso bajo la sábana todos los pentáculos, y también el cuchillo, la vela, la pluma de ganso y el hisopo. Era el reconocimiento hasta entonces negado de haber oficiado la misa sacrílega y además, añade que dijo una misa y dijera nueve como el arte lo mandaba, si no temiera que el ermitaño y su mujer lo vieran, y que no lo dijo antes por no haberse acordado.  

Esta admisión de culpa bajo tormento, no impidió que los inquisidores siguieran requiriendo que admitiera el resto de los graves cargos:

(…) Se le dijo que dijera la verdad, por no seguir el tormento, y dijo que la verdad ya la tiene declarada. 

Fue mandado proseguir al verdugo y estando desnudo, dijo que el convite no vio ni ha hecho, ni ofrecimiento de almas. Fue mandado el verdugo proseguir en el tormento, y dijo el verdugo que no se debía proseguir por estar muy llagado [el reo] y se mandó suspender por ahora el dicho tormento, y cesó la diligencia que se inició a las nueve y media y cesó a las diez y media (…).

No hay noticia en el expediente de que se realizaran más sesiones de tortura, pero los inquisidores ya tenían una de las confesiones que buscaban: el oficio por parte del acusado de misas sacrílegas.

La búsqueda del tesoro en Morata

La tortura de Francisco Montes, fue el penúltimo acto que aparece reflejado en el expediente antes de reiterar que había dicho todo lo que tenía que decir y de que los inquisidores emitieran la sentencia.

Pero antes, uno de los 16 testigos, del que se desconoce el nombre -siguiendo una de las peculiares prácticas procesales de la Inquisición, ajenas a cualquier concepción moderna del Derecho- prestó declaración ante el tribunal e hizo relación de cómo se desplazó a Morata el grupo de visionarios a buscar el que creían fabuloso tesoro, valorado, supuestamente, en más de dos millones y medio de maravedíes, una auténtica fortuna para la época.

Es gracias a la declaración del testigo número 13 cuando podemos seguir qué hicieron los procesados al llegar a Morata en una fecha indeterminada pero en torno a 1628 o 1629. Preguntado Francisco Montes por esta declaración del testigo señaló:

(…) Dijo que es verdad lo que en este capítulo se refiere de que en compañía de Miguel Pérez (…) y del licenciado Francisco de la Fuente y de otros dos, Diego y Miguel, arrieros de Morata, todos tres de dicho lugar, fue Don Agustín Verdugo al Cerro del Caballo, donde decían estaba el tesoro, y quitándose el sombrero, capa y espada, entró dentro de la cueva donde estaba con una vela que Diego el arriero llevaba consigo, y habiendo estado el dicho Don Agustín en la cueva por espacio de un rato, que no se acuerda cuanto sería, que llamó a este y entró con sus hábitos de religioso que iba con ellos, y dijo a este el dicho Don Agustín que le ayudase, y estuvo leyendo en unos papeles que con él llevaba, que imagina era papel cartapacio que tenía suyo, y previno a este que cuando le apretase el dedo respondiera amén, y el dicho don Agustín quemó en dicha cueva un poco de espliego a la llama de una vela que era de cera amarilla y de la sacristía de Morata, y luego salieron fuera este y don Agustín, y se vinieron en casa del clérigo donde cenaron y durmieron todos, y por todo el camino vino muy contento diciendo que aquello estaba muy seguro y que con brevedad sacaría el tesoro, y este y los demás estaban muy contentos(…)..

Naturalmente, el tesoro inexistente nunca apareció tras esta visita a la cueva en la que aparece la presencia del licenciado de la Fuente o Fuentes que de las dos formas se le denomina. El papel Francisco de la Fuente, clérigo en Morata, que aparece citado en varias ocasiones en el expediente, resulta ciertamente confuso y tampoco parece que llegara a ser procesado por la Inquisición.

En otro apartado del proceso, concretamente en sus alegaciones al escrito de acusación del fiscal en el séptimo capitulo, el fraile dominico cita de nuevo al licenciado Fuentes:

(…) Niega lo contenido en dicho capítulo porque si sucedió lo que dice en Morata fue dos años antes que este conociere a Don Agustín Verdugo ni a los demás, porque un clérigo de Morata que se llama licenciado Fuentes se lo dijo a este y le enseñó dos como túnicas de lienzo blanco llenas de caracteres y dijo que las había hecho de aquella suerte don Agustín Verdugo, y por saber este que en La clavícula se decía que no había de haber caracteres en las albas o túnicas este como las había visto se lo dijo a dicho don Agustín y se persuadió y que todo lo que decía y trataba era embeleso, y así se lo dijo muchas veces a todos los demás y sobre esto reñía con don Agustín (…).

Parece evidente que el tal licenciado Fuentes alguna participación tuvo en la acciones, en las idas y venidas de los buscadores de tesoros. De la declaración de Montes se deduce que conocía al clérigo Fuentes, pero una vez más el dominico reniega de Verdugo, le señala como inductor y reitera que todo lo tratado en el proceso era embeleso y engaño, calificativos que en más de una ocasión usa en sus declaraciones ante los inquisidores a quienes también señaló que reñía habitualmente con D. Agustín. 

Pese a todos sus intentos de defensa, Montes no se libró del castigo de la Inquisición y fue condenado, como ya se ha señalado, a salir en auto de fe en modo de penitente, abjurar de levi, suspendido a perpetuidad del ejercicio de sus ordenes, desterrado del distrito de Toledo durante diez años y, seguramente, lo que más temían los reos, cuatro años en las galeras del rey que posteriormente fueron ampliados a seis. 


Fuentes y bibliografía:

  • Archivo Histórico Nacional, sección Inquisición, Leg. 92, expediente 1.

jueves, 5 de octubre de 2023

Un alcalde frente a la Inquisición (II)

El Santo Oficio negó a la justicia civil de Morata la posibilidad de juzgar el desacato de Gerónimo Ruiz

Tras ser detenido, por orden del alcalde de Morata, Diego Mexía, y enviado a la cárcel de la villa de donde se fugó a los dos días, Gerónimo Ruiz de Orive, familiar de la Inquisición, se dirigió a la ciudad de Toledo para presentarse ante el Tribunal del Santo Oficio. Mientras todos estos acontecimientos se sucedían en el escaso margen de cinco días, el procedimiento criminal por desacato iniciado por la Justicia de Morata contra el miembro del Santo Oficio seguía su curso: se tomó testimonio a los testigos presentes cuando sucedieron los hechos que dieron lugar a la detención, se ordenó la requisa de cien fanegas de trigo del reo para hacer frente a posibles condenas y se envío de un mandamiento de detención del preso fugado a los pueblos vecinos. Mientras tanto, la Santa Inquisición de Toledo tampoco perdía el tiempo y planteaba un conflicto de competencias frente al Concejo y Ayuntamiento de la villa de Morata. Se trataba de determinar qué institución tenía competencias para procesar a Gerónimo ruiz de Orive por descato.



La primera decisión del Santo Oficio de Toledo una vez que se presentó ante ellos el preso fugado de la cárcel de la villa de Morata fue ordenar su ingreso en los calabozos de la Inquisición. Con Gerónimo Ruiz de Orive detenido, el Santo Oficio inició los trámites para ser parte del proceso criminal por desacato iniciado por el alcalde ordinario de Morata, Diego Mexía, y declararse competente para juzgar los hechos denunciados frente a la justicia civil representada por el Concejo de la villa de Morata.

Los inquisidores toledanos, haciéndose eco de la petición de Gerónimo Ruiz de Orive al presentarse ante su tribunal, emitieron un escrito el mismo 4 de agosto para que se remitiera a la villa de Morata y a su alcalde Diego Mexía. En este escrito, pedían a la Justicia local que se inhibiera de seguir con el proceso criminal contra su representante en Morata:

(…) mandamos dar esta nuestra carta por la cual os exhortamos y requerimos y siendo necesario en virtud de santa obediencia y so pena de doscientos ducados para gastos extraordinarios de este Santo Oficio os mandamos os inhibáis y hagáis [sic] por inhibido del conocimiento de la dicha causa criminal sobre que procedéis contra el dicho Gerónimo Ruiz y nos la remitáis con el proceso que sobre ella hubiéredes causado contra él para que en este Santo Oficio como jueces competentes que somos de las de la dicha causa procedamos en ella y hagamos justicia (…).

En previsión de que los representantes de la villa de Morata no renunciaran a juzgar al familiar de la Inquisición, el tribunal de Toledo invitaba a Diego Mexía a presentarse en Toledo, o enviar un procurador, para alegar en contrario. En el supuesto de que no se siguieran estas disposiciones de los inquisidores toledanos, aparte de la multa de 200 ducados, se amenazaba con la excomunión en el supuesto de que tampoco se presentaran ante el Tribunal de Toledo todas las actuaciones seguidas con Ruiz de Orive en un plazo de tres días. En esta comunicación de los inquisidores toledanos se aseguraba que su Tribunal, al hacerse cargo del proceso, continuaría con el procesamiento de su familiar:

(…) dijéremos al fiscal de este Santo Oficio con quien oiremos al dicho Gerónimo Ruiz de Orive lo que decir y alegar quisiere y procederemos en la dicha causa (…) sin los molestar ni llamar y por ello que por la presente los citamos y llamamos a ellos y a las otras personas a quien esta nuestra carta se dirige especial y perentoriamente y para todos los autos de la dicha causa hasta la sentencia definitiva (…).

Con este documento, firmado por el inquisidor Toledano Manuel Pantoja el 4 de agosto de 1603, el Santo Oficio dejaba clara su intención de no permitir que la justicia civil juzgara a un miembro de la Inquisición, por más que el delito del que se le acusaba en nada estaba relacionado con la defensa de la religión católica. 


Expediente del pleito por conflicto de competencias entre la Inquisición y el concejo de Morata (Fuente: PARES. AHN. INQUISICIÓN, 65. Exp. 12.)

Respuesta del alcalde de Morata a la Inquisición y nueva toma de testimonios

El mandamiento de los jueces toledanos de la inquisición obtuvo una rápida respuesta por parte de Diego Mexía como alcalde de Morata y como responsable de la orden de detención de Gerónimo Ruiz de Orive. Una vez que fue notificado de la intención del Santo Oficio, Diego Mexía emitió un documento con fecha de seis de agosto en el que se defendía de la acusación de actuar por enemistad con el familiar de la Inquisición y aseguraba que el proceso se inició por el desacato del que fue objeto por parte de Gerónimo Ruiz de Orive. Además, en su escrito, Diego Mexía, que no se negaba a remitir a Toledo las averiguaciones hechas contra Ruiz de Orive, también defendía con vehemencia la competencia de la justicia civil a intervenir criminalmente contra un miembro de la Inquisición:

(…) si las justicias y ministros de su majestad no pudiesen castigar los desacatos que contra ellos cometen sus súbditos, aunque sean familiares del Santo Oficio de la Inquisición, sería grande absurdo y la República no se conservaría con la quietud y tranquilidad que conviene y por tanto suplica a sus señorías y de parte de su majestad el conocimiento de la dicha causa (…) 

Esta respuesta del alcalde ordinario de Morata por el estado de los hijosdalgo mostraba, en principio, la disposición de Diego Mexía a defender su derecho a seguir el proceso por desacato contra Gerónimo Ruiz de Orive. Su defensa del derecho a castigar el desacato en nombre de la justicia civil, apelando a las justicias y ministros de su majestad, no impidió, sin embargo, que los jueces de la Inquisición Toledana siguieran con su intención de hacerse cargo de un proceso en el que, en principió, no defendían la inocencia del inquisidor de Morata, sino su derecho a que un Tribunal del Santo Oficio, y solo un Tribunal del Santo Oficio, juzgase a Gerónimo Ruiz de Orive del presunto desacato a la justicia morateña.

Por otra parte, para tener conocimiento de causa de lo que realmente había acontecido en la plaza de Morata el 31 de julio de 1603 entre el el alcalde y el familiar de la Inquisición, y por qué el incidente había terminado con Gerónimo Ruiz de Orive en la cárcel de la villa por orden de Diego Mexía, los jueces toledanos ordenaron las averiguaciones que consideraron pertinentes para contrastarlas con las que ya constaban en el expediente elaborado a instancias del Concejo morateño. En este sentido, resulta curioso comprobar cómo el inquisidor enviado a Morata para tomar testimonio a los testigos entrevistó a la mayor parte de los vecinos de Morata que ya habían testificado ante las autoridades de la villa a requerimiento del alcalde ordinario. 

Ante este miembro de la Inquisición toledana, Pedro Fernandez, que llegó a Morata el 11 de agosto acompañado de un escribano encargado de dar fe de las declaraciones, Juan Fernandez, declararon, según consta en el expediente conservado en el Archivo Histórico Nacional, varios vecinos testigos presenciales de los hechos que dieron lugar al procesamiento por desacato de Gerónimo Ruiz. 

Antonio López de Valdemoro, Antonio Calderón, Gregorio de Orbezu, Gaspar Carrasco, Alonso Pérez de Urbizu y Francisco Galiano -el alguacil de la villa que ejecutó la orden del alcalde de detener y encarcelar a Gerónimo Ruiz- prestaron declaración ante Pedro Fernández al que respondieron a una batería de preguntas idénticas formuladas a todos ellos:

  • Si conocían a Gerónimo Ruiz de Orive y a Diego Mexía.

  • Si tenían conocimiento de la causa y los hechos por los que fue encarcelado el familiar de la Inquisición.

  • Las circunstancias en que fue detenido Gerónimo Ruiz.

  • Si el alcalde y el familiar de la Inquisición eran hombres de bien.

  • Y por último, quiénes fueron los testigos que presenciaron los hechos.

Las respuestas de estos testigos -realizadas con la obligación de decir verdad y bajo amenaza de excomunión mayoren caso contrario- aparecen en 16 folios unidos al expediente en el que se recogían todos los autos y mandamientos realizados tanto por orden de la Justicia de Morata como por los jueces de la Inquisición. En esencia, estos testimonios son del mismo tenor de las declaraciones que ya habían realizado cuando prestaron declaración, bajo juramento, ante las autoridades de la villa y que constataban cómo Gerónimo Ruiz había proferido gritos contra el alcalde en la plaza y cómo había dicho a su cuñado que se negara a cumplir los requerimientos de Diego Mexía.

El Santo Oficio reitera su competencia y derecho a juzgar a Ruiz de Orive

Mientras se realizaban estas pesquisas por parte del enviado de la inquisición a la villa para que tomara declaración a los testigos, el Santo Oficio no dejó de trabajar en lo que consideraba asunto esencial: dirimir a quién competía juzgar el caso de desacato al alcalde ordinario de Morata. Sin esperar a recibir el resultado de la investigación realizada en Morata, los inquisidores toledanos ya habían decidido qué Tribunal había de juzgar a Gerónimo Ruiz de Orive. El 9 de agosto se redacta en Toledo un documento que reitera el contenido del emitido el día 4 del mismo mes y que deja claro que es el Santo Oficio la institución que debe juzgar a su familiar en Morata. En este escrito se dirigen al alcalde Diego Mexía y se pronuncian rotundamente sobre su petición de declarase competente en el caso:

Nos los jueces contra la herejía y la apostasía de la ciudad y reino de Toledo por la autoridad (…) al dicho Diego Mexía alcalde ordinario de la villa de Morata (…) [habéis] dado ciertas razones por las cuales pretendéis que el conocimiento del dicho negocio os pertenece y ahora (…) del dicho Gerónimo Ruiz nos fue pedido que sin embargo de ellas nos declarásemos por jueces competentes de la causa y os inhibiésemos del conocimiento de ella (…) nos declaramos por jueces competentes de ello y (…) y inhibáis luego ya sois por inhibido del conocimiento de la dicha causa como está mandado y nos la remitáis con el proceso de ellas dentro del segundo día de la notificación de esta nuestra carta que nos por la autoridad apostólica y real a nos concedidas de que en esta requerimos usar y usamos, os inhibimos y habemos por inhibido del conocimiento del dicho negocio lo cual así haced y cumplid y no impidáis al servicio ante quien pasa nos envíe el proceso de él so pena de excomunión mayor y de doscientos ducados para gastos extraordinarios de este Santo Oficio y os apercibimos que pasado el dicho tiempo y no cumpliendo procederemos contra vos a declaración y ejecución de las dichas censuras y penas y como contra (...) a los mandados de esta Inquisición según fallaremos por derecho y si todavía tuviéredes otras razones fuera de las alegadas por usted asi no lo debáis cumplir dentro del dicho de segundo día pareced ante ante nos por vos o por un procurador a lo mostrar que os oiremos y guardaremos vuestra justicia, y solo so pena de excomunión mayor a cualquier servicio o (...) esta nuestra carta fuere requerido os la lea o notifique y de testimonio de ello y que se lo pasare pagandole sus dineros dada en Toledo a nueve días del mes de agosto de mil y seiscientos tres (…):

Gaspar de Quiroga

Don Francisco Manuel 

Por mandato del Santo Oficio

Manuel Pantoja.

En resumen, la Inquisición de Toledo determina taxativamente que el juicio por desacato contra Gerónimo Ruiz debe de pasar a su jurisdicción. Apelando a la autoridad apostólica y real a nos concedidas, el Santo Oficio da por inhibida a la justicia civil, representada por el alcalde de Morata al que, además, conminan a que entregue toda las averiguaciones del caso de nuevo bajo pena y apercibimiento de excomunión mayor. 

Reiteramos que este nuevo mandamiento, remitido a Morata y a su alcalde, para que tuviera conocimiento de que ya no tenía competencia alguna en la causa criminal iniciada por la vía civil contra Gerónimo Ruiz de Orive, se redacta y se envía el 9 de agosto, antes incluso de que el enviado inquisitorial a Morata tomara declaración a los testigos y y antes también de que el propio inculpado prestara la declaración a la que nos hemos referido anteriormente. Como hemos visto, la toma de declaración a los testigos, se realiza el día once de agosto, mientras que Gerónimo Ruiz de Orive, preso en Toledo, declara ante los inquisidores el día 13. 

En su comparecencia ante los jueces que consideraba que le correspondía por su condición de familiar del Santo Oficio, Gerónimo ruiz negó el desacato al alcalde de Morata. En su declaración sí que reconoció el incidente con el alcalde y el origen del mismo -la petición de dinero a su cuñado por parte de Diego Mexía para enviar una documentación sobre un proceso judicial a Medina del Campo- pero negó haberse burlado de la autoridad municipal y, sobre todo, negó haber pronunciado en tres ocasiones la expresión voto a Dios, como forma de desacato y desobediencia al alcalde que le enviaba preso a la cárcel de la villa.

Con esta declaración se pone fin al expedienteHay que recordar que en dicho expediente no se trataba de juzgar los hechos acaecidos en la plaza de Morata. Este incidente, que dio lugar a la incriminación por desacato de Gerónimo Ruiz por parte de la Justicia de la villa de Morata, no se negaba, y solo se trataba de determinar quien tenía razón en un pleito de competencias que en el que, como era de esperar, se dio la razón al poderoso Santo Oficio frente al modesto Concejo de la villa de Morata.

Estos enfrentamientos entre instituciones no fueron ni mucho menos puntuales durante el largo periodo de funcionamiento del Santo Oficio. Inés Gómez, en Los conflictos jurisdiccionales entra la justicia real y el Santo Oficio en la Castilla del siglo XVII destaca destaca como estos conflictos de competencias entre tribunales reales y el Santo Oficio fueron una constante a lo largo del Antiguo Régimen (…). Estos conflictos tuvieron gran repercusión en la sociedad y dieron lugar a la circulación de un sin fin de alegaciones jurídicas.


Fuentes y bibliografía:

  • Breve historia de la Inquisición en España. Perez, Joseph. Editorial Crítica. Barcelona, 2009.

  • Pleito de competencias entre el Tribunal de la Inquisición de Toledo y la justicia ordinaria de Morata de Tajuña (Madrid). Archivo Histórico Nacional, INQUISICIÓN, 65-Exp. 12.

  • Los conflictos jurisdiccionales entre la justicia real y el Santo Oficio en la Castilla del siglo XVII: las juntas de competencias y la circulación de alegaciones jurídicas. Gómez González, Ines. Memoria y Civilización, 24. Universidad de Navarra, 2021. 

jueves, 28 de septiembre de 2023

Un alcalde frente a la Inquisición (I)

En 1603 un regidor de Morata encarceló por desacato a un miembro del Santo Oficio
Tras la fuga del reo, tuvo lugar un conflicto de competencia entre ambas instituciones

Durante más de 350 años el Tribunal del Santo Oficio, la Inquisición, se mantuvo en activo en España. Creada por los Reyes Católicos en 1478, su poder e influencia, más o menos intensa, siempre ese manifestó en la sociedad española.Exurge domine et judica causam tuam (Levántate señor y juzga tu causa) fue el lema de esta institución, presente incluso en las villas y aldeas más remotas, donde se encargaba de defender la ortodoxia católica frente a posibles herejías o amenazas a la religión. En este papel de guardián de la fe, en ocasiones surgían enfrentamientos entre la justicia divina, representada por el Santo Oficio, y la justicia terrenal. A comienzos del siglo XVII, un incidente nimio entre el alcalde ordinario de Morata, Diego Mexía, y uno de los vecinos de la villa, Alonso Sánchez, terminó con el representante local de la Inquisición, Gerónimo Ruiz de Orive, en la cárcel real y, posteriormente, con un conflicto de competencias sobre quien debía juzgar lo sucedido. 



A comienzos de siglo XVII el Santo Oficio se encontraba en uno de los momentos más álgidos de su poder terrenal en todo el reino. Su alargado brazo llegaba a todos los rincones del territorio de la Corona española gracias, entre otras cosas, a la figura del familiar de la Inquisición, sin duda el estamento más bajo en la poderosa estructura piramidal de la institución pero que, a su favor, contaba con la ventaja de moverse en entornos reducidos y rurales donde podían llegar a ser temidos por la población.

En Morata, en el año 1603, como en otros tantos lugares y villas, también residía un familiar de la Santa Inquisición, Gerónimo Ruiz de Orive, protagonista de un enfrentamiento con la justicia de la villa representada por Diego Mexía, alcalde ordinario por el estado de los hijosdalgo.

El incidente entre el representante de la justicia civil, Diego Mexía, y el representante de la Inquisición en Morata se inició cuando el alcalde de la villa requirió a Alonso Sánchez Ruiz, vecino de Morata, que aportara unos dineros para enviar determinada documentación a la cancillería de Valladolid en su sede de Medina del Campo donde se dirimía un pleito que afectaba a su esposa. 

Este requerimiento tuvo lugar, el 31 de julio de 1603 en la plaza de la villa ante varios testigos que presenciaron como el alcalde Diego Mexía se dirigía a Alonso Sánchez, a la sazón cuñado de Gerónimo Ruiz de Orive como marido de la hermana de éste, Petronila Ruiz. Precisamente, los papeles que aparecen como origen del incidente tenían que ver con un proceso criminal que enfrentaba, por un presunto delito que no se especifica en el expediente, a la propia Petronila Ruiz con otra vecina de Morata, Teodora de Adrada. 

El enfrentamiento entre Petronila, esposa de Alonso Sánchez y hermana de Gerónimo Ruiz de Orive, y Teodora Adrada había ya salido de la jurisdicción de la villa de Morata y ya había pasado a una instancia superior del sistema judicial de la época, la Cancillería de Valladolid. En cualquier caso, este pleito en ningún caso afectaba a las atribuciones de Gerónimo Ruiz como familiar de la Inquisición en Morata, limitadas a asuntos relacionados con la religión católica como la herejía o las prácticas prohibidas de otras religiones.

Como se relata en el expediente en el que se recoge toda la documentación relacionada con este caso (Archivo Histórico Nacional, INQUISICIÓN, 65-Exp. 12), cuando el alcalde realizaba el requerimiento a Alonso Sánchez se presentó en la plaza de la villa el citado Gerónimo Ruiz de Orive. De acuerdo con el relato que hace el propio alcalde en el expediente sobre lo sucedido -que aparecerá en versiones muy similares en muchos apartados del expediente- cuando solicitaba a Alonso Sánchez la documentación del proceso que afectaba a su mujer y el dinero necesario para enviarlos a Medina del Campo, Gerónimo Ruiz de Orive, muy alterado, apareció gritando voto a dios que no has de dar ningún dinero, a lo que el alcalde le respondió que se estaba tratando un asunto que le era ajeno y que se retirara. 

Expediente por el conflicto de competencias entre el Concejo de Morata y la Inquisición (Fuente: PARES, INQUISICION Leg. 65, nº, 12).

En el expediente se cuenta también cómo el familiar de la Inquisición no sólo no obedeció la orden del alcalde de retirarse sino que aseguró que tenía poder de su hermana para intervenir en el pleito y en los asuntos relacionados con el mismo. Ante las negativas reiteradas de Gerónimo Ruiz de Orive a obedecer al alcalde -siempre según la versión de la autoridad civil-, que le conminó a abandonar la plaza Diego Mexía aprovechó la presencia del alguacil de la villa, Francisco Galiano, para ordenarle que pusiera preso en la cárcel pública al familiar del Santo Oficio.

La orden de detención, lejos de apaciguar a Gerónimo Ruiz de Orive, incrementó la oposición de este que afirmó, en un alarde de desprecio y de soberbia frente a la autoridad municipal: si me llevan a la cárcel, me soltará. Además, según el expediente, Gerónimo Ruiz comenzó a agitar su cuerpo, a mover rápidamente sus piernas y a saltar de un lado a otro del arroyo que discurría por la plaza de la villa. Diego Mexía reiteró al alguacil que prendiera al familiar del Santo Oficio y que, para evitar la burla y el desacato a su orden, le pusiera un par de grillos.

De esta forma, esposado y conducido por el alguacil Francisco Galiano, y anunciando que recurriría a la Inquisición para evitar ser procesado por la justicia civil, Gerónimo Ruiz de Orive fue llevado a la cárcel pública mientras, por parte del alcalde, se iniciaba la tramitación de la documentación necesaria para proceder a la incriminación por desacato del representante en Morata de la Santa Inquisición. 

Un documento fechado el once de agosto de 1603 da cuenta de la formulación de esta denuncia y del inicio del expediente sobre el asunto: Proceso criminal causado de la justicia de la villa de Morata contra Gerónimo Ruiz de Orive, vecino de ella, sobre el desacato que tuvo contra Diego Mejía, alcalde ordinario en y (...) por la fuga que hizo de la cárcel estando preso en ella.

Y es que como se anuncia en el citado expediente, mientras se tramitaba este asunto se produjo un hecho inesperado que, sin embargo, de alguna forma había anunciado el propio Gerónimo Ruiz sobre su intención de no someterse a la justicia civil: a los dos días de estar preso en la cárcel de la villa el familiar de la Inquisición se fugó de la misma para, según aparece en la documentación, dirigirse a la ciudad de Toledo donde tenía su sede el Tribunal de la Inquisición del distrito al que pertenecía la villa de Morata. (Sobre esta fuga y sus circunstancias, poco aparece recogido en el expediente. De lo que posteriormente declararon los testigos se deduce que la vigilancia debía ser tan laxa que el preso no tuvo ningún problema para darse a la fuga).

El alcalde Morata por el estado de los hijosdalgo -recordemos que en esos años los concejos contaban con dos alcaldes, uno en representación de la nobleza o hijosdalgo y otro en representación del pueblo llano- no dejó que la huida interfiriera en la tramitación de su denuncia por desacato al poder civil por parte del familiar de la Inquisición. Como primera medida emitió una provisión para tratar de localizar y detener al preso huido de la cárcel pública:

Diego Mexía alcalde ordinario en la villa de Morata del estado de los hijosdalgo por el (...) hago saber a todos los señores corregidores, a sus tenientes gobernadores y alcaldes ordinarios y otros jueces y justicias desde todas las ciudades, villas y lugares de estos reinos, señoríos de su majestad (...) yo procedo por proceso de oficio contra Gerónimo Ruiz de Orive vecino de esta villa de Morata sobre y en razón de que (…) el susodicho se me descompuso de palabras y estando yo en la plaza de la dicha villa proveyendo cierto auto en un pleito a Alonso Sanchez Ruiz, su cuñado. (…). Dos días de este presente mes de agosto, el susodicho quebrantó la dicha cárcel y se (…) fuga de ella. (...) Por tanto, de parte de su majestad requiero a ustedes ruego y pido que siendo presentada esta carta como por cualesquiera persona (...) y en su cumplimiento prender al dicho Gerónimo Ruiz de Orive que es un hombre de buen cuerpo y estatura fresco de rostro y flaco,(…) rubio con algunas canas y de edad de hasta cincuenta y cinco años (...) que en una de las manos tiene cortados tres dedos de ella (…).

Aparte de esta orden de búsqueda, con los datos y señas del preso fugado, que se remitió a todas las localidades vecinas, a los pueblos comarcanos, según expresión que aparece en el expediente (Arganda, San Martín de la Vega, Chinchón, Bayona y Perales de Tajuña), la justicia de Morata, por orden del su alcalde Diego Mexía ordenó requisar cien fanegas de trigo y cebada que fueron retiradas de la casa del prófugo con el fin de las vender para proceder en rebeldía contra el dicho Gerónimo Ruiz. De esta cantidad, se restaron seis fanegas para abonar los gastos ocasionados al depositario del grano requisado.

Paralelamente, desde el consistorio y también a instancia de su alcalde por los hijosdalgo, se inició la toma de testimonios a los testigos que estuvieron presentes cuando ocurrieron los hechos que dieron lugar al pleito. Entre estos testigos aparecen Francisco Galiano, el alguacil de la villa encargado de ejecutar la orden de detención del familiar del Santo Oficio, Gregorio de Urbizu escribano público, Diego Pérez de Escamilla, también escribano público, Antonio de Valdemoro, Gaspar Carrasco El Viejo, Francisco Calderón yDiego de la Fuente, alcalde de Morata por el estado llano, todos ellos vecinos de Morata y que -como veremos- también prestaron testimonio posteriormente ante los jueces de la Inquisición de la ciudad de Toledo.

Mientras en Morata la justicia seguía su curso con una rapidez que podría asombrarnos ahora, con la orden de citar a los testigos, requisar los granos del sujeto de la denuncia, emitir la orden de búsqueda de Gerónimo Ruiz de Orive y distribuirla por los pueblos vecinos para intentar su puesta a disposición de la justicia civil frente a la que, en opinión del alcalde, se había producido el desacato y desobediencia, el familiar del Santo Oficio cumplió con su intención de presentarse ante quienes consideraba sus jueces naturales: los inquisidores de la ciudad de Toledo, sede de uno de los tribunales más importantes de la Inquisición en todo el territorio del reino de España.

A día de hoy puede que nos sorprendamos cómo, pese a las dificultades de transporte de la época, con malos caminos que comunicarán una villa como Morata con la ciudad de Toledo (a once leguas según las medidas de longitud de entonces equivalentes a 84 kilómetros), pero ya el día 4 de agosto, dos días después de producirse su la fuga de la cárcel de Morata -y cuando el alcalde de Morata emitía la orden de busca y captura-, Gerónimo Ruiz de Orive se presentó ante el tribunal de la Inquisición, tal como aparece reflejado en el expediente:

Gerónimo Ruiz de Orive, vecino de la villa de Morata, familiar de este Santo Oficio, digo que en días pasados Diego Mexía, alcalde ordinario de la dicha villa, por enemistad que contra mi tiene me puso preso en la cárcel real de la villa y procede contra mi criminalmente sin haber yo cometido delito ninguno como parecerá [sic] de cualesquiera autos y informaciones que sobre ello se hicieren y por obviar la negación que el susodicho me hace me salí de la dicha cárcel y me presento ante ustedes como ante mis jueces competentes.

Por tanto a ustedes pido y suplico me hayan por presentado y me han de dar sus cartas y provisiones (…) para que el dicho alcalde no proceda contra mí y remita a ustedes los autos que sobre ello hubiere, suplico y pido justicia y costas para ello.

[Firmado]

Gerónimo Ruiz de Orive

Presentado en Toledo, 4 de agosto (…) ante los inquisidores Don Gaspar de (Quiroga, don Francisco Manuel y don Francisco de Múxica.

Como primera medida los jueces inquisidores que aparecen citados en el texto precedente ordenaron el ingreso de Gerónimo ruiz de Orive en la cárcel de la Inquisición y, posteriormente, iniciar la investigación que daría lugar al desenlace del pleito sobre de competencias entre la Inquisición y el concejo de Morata. Sobre la sentencia definitiva sobre este caso trataremos la próxima semana, junto con una breve relación de otros casos en los que participaron vecinos de la villa y la Santa Inquisición.


Fuentes y bibliografía:

  • Breve historia de la Inquisición en España. Perez, Joseph. Editorial Crítica. Barcelona, 2009.

  • Pleito de competencias entre el Tribunal de la Inquisición de Toledo y la justicia ordinaria de Morata de Tajuña (Madrid). Archivo Histórico Nacional, INQUISICIÓN, 65-Exp. 12.

jueves, 21 de septiembre de 2023

De Morata a Sevilla para enrolarse en la flota de Indias

Los hermanos Díaz Corpa, huérfanos, ingresaron en 1765 en el colegio de San Telmo para formarse como pilotos de la marina que comunicaba España con las colonias americanas

Dos hermanos morateños, Manuel y Pablo Díaz [Roldán] Corpa partieron para Sevilla a mediados del siglo XVIII para formarse como pilotos de la marina en el sevillano colegio de San Telmo. En este centro, creado por la denominada Universidad de Mareantes, trataban de paliar el déficit crónico de marinos profesionales que sufrían la armada y la marina mercante española en las distintas rutas que unían el territorio español con las colonias americanas. 


Por extraño que pueda parecer, desde un lugar tan alejado de la costa y tan poco marinero como la villa de Morata, los dos hermanos fueron admitidos en el colegio sevillano, eso sí, después de que demostraran, con la documentación adecuada, su pureza de sangre y que sus progenitores por parte materna y materna eran cristianos viejos.

En el Fondo Antiguo del Archivo Histórico Universitario de la Universidad de Sevilla se conservan los dos expedientes que recogen la documentación de ambos hermanos sobre sus antepasados así como sus respectivas partidas de nacimiento y las de matrimonio de sus progenitores, conservadas en el archivo parroquial de la iglesia de la Purísima Concepción de la villa de Morata.

En los años en que los dos hermanos morateños gestionaron su ingreso en la escuela de pilotos de San Telmo, en 1765 y siguientes, los estatutos del colegio sevillano -que ocupaba el edificio actual de la sede de la presidencia de la Junta de Andalucía- fijaban que los niños huérfanos de entre 8 y 14 años tenían preferencia a la hora de ingresar en un centro en el que el 94 por ciento del alumnado procedían de la región andaluza. En esos mismos estatutos se favorecía a los huérfanos de padre y madre frente a los huérfanos de un solo progenitor, situación en la que se encontraban los dos hermanos morateños.

Manuel y Pablo Díaz [Roldán] Corpa eran hijos del matrimonio formado por los vecinos de Morata Francisco Díaz Roldán y Josepha Corpa. Ambos progenitores habían contraído matrimonio el 25 de noviembre de 1744 en la iglesia de Morata, en el caso de Francisco por segunda vez tras un primer enlace con otra vecina de Morata, Isabel Guerra Bustamante, como se constata en el certificado emitido por el párroco de la iglesia de Morat, Francisco Antonio Flores, y ratificado por el escribano del ayuntamiento Joseph García Nieto. 

Del matrimonio de Francisco Díaz y Josepha Corpa nacieron los dos aspirantes a pilotos, el 7 de mayo de 1751 en el caso del primogénito Manuel, y el 30 de junio de 1752 en el caso de Pablo, el hermano menor. Esta circunstancia se constata gracias a los dos certificados de bautismo que los dos hijos de Francisco y Josepha solicitaron para incluirlo en su expediente. La vecindad del matrimonio Díaz Corpa en la villa de Morata se certifica también en la documentación del Catastro de Ensenada. En los legajos que forman parte del denominado libro 3 que recoge los vecinos de Morata del estado seglar aparecen los padres de Manuel y Pablo cuando su progenitor, Francisco, contaba con treinta y ocho años de edad y su madre, Francisca, treinta años. Además de los dos hermanos, en el texto también aparece una hermana, Francisca, hermana de padre, con diez y seis años. En otro apartado del catastro, aparece reflejado el oficio del padre ocupado en el oficio de sacristán en la iglesia de Morata con un sueldo anual de 1.100 reales de vellón (Cuaderno de notas y resumen del tráfico industrial y personal del Catastro de Ensenada).

Para demostrar su condición de huérfanos de padre, los dos hermanos aspirantes a pilotos de la marina española adjuntaron a su expediente la partida de defunción de su padre Francisco. Según esta documentación, Francisco Díaz Roldán falleció en la villa de Morata en el año 1762. Según este legajo en nueve días del mes de noviembre del año pasado de mil setecientos sesenta y dos, en cuyo día falleció el referido [Francisco Díaz], y que se enterró en esta iglesia parroquial en la caja donde se paga por el rompimiento catorce reales y veinte y cuatro maravedíes (…).

Pese a cumplir con el requisito imprescindible de ser huérfanos quizá la circunstancia que permitió a ambos hermanos optar a ingresar en el colegio de San Telmo, pese a no ser andaluces, ni de nacimiento ni de residencia, se explica en los propios expedientes conservados en el archivo de la Universidad de Sevilla. En ambos legajos, de numeración consecutiva, 1057 el de Manuel, y 1058 el de Pablo, aparece una anotación similar en la que se informa que los dos jóvenes morateños eran ahijados de Francisco Ménguez, comisario de matrícula** en Cádiz.

Expediente de limpieza de sangre de Manuel Díaz Roldán (Fuente: archivo universidad de Sevilla)

Los documentos que se incluyen en el expediente de los dos hermanos comenzaron a redactarse y recopilarse en la villa de Morata en los mismos días, en febrero de 1765. Posteriormente, están datados también en la misma fecha, en la ciudad de Sevilla el 26 de abril de 1765, por lo que en el caso del hermano mayor, Manuel, estaba a punto de cumplir los 14 años de edad, fecha límite de ingreso en el colegio de San Telmo. Su contenido es prácticamente idéntico ya que en ambos se recoge, como ya hemos señalado, la certificación del matrimonio de sus progenitores y la partida de bautismo de Manuel y Pablo Díaz Corpa. 

Aparte de estas partidas de matrimonio de su padre y de su madre, la de defunción de su padre y la de bautismo de Pablo y Manuel, todos ellas conservadas en la iglesia parroquial de Morata y certificada por los responsables de dicha parroquia, la parte más importante del expediente es la que trata sobre la pureza de sangre de los dos aspirantes a ingresar en el colegio de San Telmo. Esta condición aparecía como destacada en los estatutos del Colegio de San Telmo que en 1721 incluyó la exigencia de cumplimentar un expediente de limpieza de sangre que certificara entre los ascendientes de los aspirantes a piloto la ausencia de de toda mala raza de judíos, moros o mulatos. Esta declaración incluía el testimonio de varios testigos que, básicamente, respondían a la cuestión de si los ascendientes del solicitantes, abuelos paternos y maternos y padre y madre eran cristianos viejos. Reproducimos la declaración del hijo mayor Manuel Diaz [Roldán] Corpa y los testigos que avalaron su pureza de sangre y que aparece en el expediente conservado en el archivo de la Universidad de Sevilla:

Sello cuarto, veinte maravedíes, año de mil setecientos y sesenta y cinco

Manuel Díaz, natural de esta villa de Morata, interín, en la mejor forma que haya lugar de derecho (…) y digo que conviene justificar que soy hijo legítimo y de legítimo matrimonio de Francisco Díaz Roldán y de Josepha de Corpa, su mujer, vecinos y naturales de esta precitada villa. Los cuales y sus abuelos paternos y maternos y demás sus ascendientes por ambas lineas paterna y materna, naturales y vecinos que han sido de esta propia villa, han sido y fueron cristianos viejos, sin mácula ni raza de moros, judíos de los nuevamente convertidos a nuestra Santa Fe católica, ni penitenciados ni castigados por el Santo Oficio de la Inquisición, ni son ni han sido de casta de negros ni mulatos ni se han usado de oficios viles ni mecánicos ni les esta prohibido el recibir (…) de los honoríficos, como es público y notorio en esta villa y sus contornos sin que haya opinión ni cosa en contrario. Por tanto:

(…) pido y suplico se sirvan mandar (…) información de todo lo referido y expresado, y que así ejecutada (…) interponga su autoridad y decreto judicial en forma en que así procede de Justicia que pido (…).

Manuel Díaz.

En ambos expedientes, cuya información es validada por el teniente de corregidor de Morata, Manuel de Almazán; el procurador síndico de la villa, Antonio de Salcedo, y el propio escribano del Ayuntamiento, Joseph García Nieto, testifican para asegurar la pureza de sangre de los pretendientes a piloto varios vecinos de Morata. Entre ellos, el presbítero de la parroquia de la villa, Miguel Ruiz de Orive, que declara:

(…) conoce de vista, trato y comunicación al dicho Manuel Díaz por quien es presentado y sabe que es natural y vecino de esta villa, la que se halla situada en Castilla la nueva, provincia y Arzobispado de la ciudad de Toledo primada de las españas y que el susodicho es hijo legítimo de legítimo matrimonio de Francisco Díaz Roldán y Josepha Corpa y nieto por línea paterna de Joseph Díaz y Juliana Roldán, difuntos, y por la materna de Francisco de Corpa y Juana Martínez Bernabé, todos naturales y vecinos de esta villa.

Igualmente conoce y ha conocido y es cierto, público y notorio que así los nominados como sus ascendientes son y han sido tenidos y comunmente reputados por cristianos viejos limpios de toda mala raza y secta de moros, judíos, herejes,mulatos, gitanos; que no tienen ni descienden de los colones, pizarros y montezumas, genízaros ni otros a quienes esta prohibido el comercio y navegación de las Indias de España, ni son ni han sido de los nuevamente convertidos a nuestra santa Fe católica, castigados n penitenciados pública ni secretamente por el Santo Oficio de la Inquisición ni otro ningún tribunal, si no es antes bien son, han sido reputados y tenidos por personas de toda estimación y de las esclarecidas y principales familias de esta villa, y como tales han obtenido los empleos honoríficos de esta república, así los referidos como sus parientes por haber concurrido en su persona las circunstancias correspondientes para la obtención de semejantes empleos, sin que haya cosa en contrario ni menos que ninguno de los ya citados hayan ejercido oficios viles ni bajos por donde puedan decaer la honra, estimación y esclarecimiento con que nacieron y en que siempre han estado constituidos (…).

En el mismo sentido y con idénticas palabras testifican Phelipe Ruiz Bravo, también presbítero en la parroquia de Morata; Joseph Orozco y Salcedo, abogado de los Reales Consejos; Luis Fominaya Monteroso, administrador de los bienes del conde de Altamira en Morata, y Diego Apolinario Casanova, propietario en la villa de Morata. 

Los mismos testigos presentó su hermano menor, Pablo, para acreditar ante el colegio sevillano de San Telmo su pureza de sangre, y poder aspirar a convertirse en pilotos de la Armada española. Todos estos testimonios, además de la certificación del escribano del Ayuntamiento contó también con el aval del escribano de Chinchón, Pedro Maroto, que certificó la autenticidad de todas las firmas que aparecen en los expedientes de ambos hermanos.


* La carrera de Indias fue el conjunto de rutas marítimas que comunicaban Castilla y los reinos españoles con los virreinatos de América. Su estructura la integraban la marina mercante y la marina militar. La logística de la Carrera de Indias estaba a cargo de la Casa de la Contratación. Por su parte, el colegio de San Telmo fue creado en 1681 por Carlos II con el objetivo de formar a huérfanos en el oficio de marineros que posteriormente pudieran servir en los buques de la armada o comerciales que cubrían las rutas a Indias. En el centro se formaban menores con edades entre 8 y 14 años para los que era obligatorio superar un expediente de limpieza de sangre que es el que solicitaron y tramitaron en su villa de nacimiento los dos hermanos Díaz [Roldán] Corpa. (Fuente: Fondo Antiguo y Archivo Histórico Universitario de la Universidad de Sevilla).


** Comisario de Matrícula: según el Diccionario Marítimo Español (1831) el oficial del cuerpo del Ministerio de Marina que antiguamente estaba encargado de la matrícula de la gente de mar de una provincia. 


Fuentes y documentación:

  • Fondo Antiguo y Archivo Histórico Universitario. Archivo Histórico de la Universidad de Sevilla. Libro 0245. Fols. 91-103.

  • Fondo Antiguo y Archivo Histórico Universitario. Archivo Histórico de la Universidad de Sevilla. Libro 0245. Fols. 104-116.

  • Diccionario marítimo español (…). de Lorenzo, José; de Murga, Gonzalo y Ferreiro, Martín. Establecimiento tipográfico de T. Fortanet- Madrid, 1864.

  • La formación de pilotos en la Carrera de Indias en el siglo XVIII. García Garralón, Marta. Anuario de Estudios Atlánticos, número 55. Las Palmas de Gran Canaria, 2009.


viernes, 8 de septiembre de 2023

Pequeña -y triste- historia del archivo de la Casa de Altamira

Relato de cómo llegó a la Universidad de Ginebra la crónica sobre las fiestas celebradas en Morata en honor de los condes de Altamira

El texto que reproducimos en el blog la pasada semana trata sobre las fiestas que se celebraron en Morata, entre el 23 y el 28 de mayo, en honor de los condes de Altamira, Ventura Osorio de Moscoso y su mujer, María de la Concepción de Guzmán y de la Cerda. Aunque en el texto original* no consta el año de estas celebraciones sabemos, por otro documento conservado en el Archivo Histórico Nacional (Sección Nobleza BAENA, C.222, D.41-42), que los condes de Altamira permanecieron en Morata durante varias semanas entre finales de abril y el 31 de mayo de 1756.

En ese documento también se recogen los gastos originados durante la estancia de los condes de Altamira en Morata, destinados a la alimentación y a algunos arreglos realizados en el palacio condal, que ascendieron a 27.556 reales. Durante su permanencia en la villa, que se retrasó unos días debido a una enfermedad de su hijo Buenaventura, los condes de Altamira estuvieron acompañados por la familia de José de Guzmán y Vélez de Guevara, conde de Oñate, que se había casado en segundas nupcias con la madre de Ventura Osorio de Moscoso.

Por los nombres de algunas de las parejas participantes en los juegos a caballo celebrados en la plaza en honor de los condes -Manuel y Joseph González, Francisco Oliva, Joseph de Fominaya, Pedro y Manuel Páez y Miguel de Almazán, entre otros- podemos situar las celebraciones en ese año de 1756 ya que todos ellos aparecen censados en Morata en esos años, justo cuando se elaboró el Catastro de Ensenada.

El texto relata, en ripios de autor desconocido, todos los actos celebrados durante varios días, entre el 23 y el 28 de mayo, en honor de los condes de Altamira y sus invitados. Con la misa en la ermita de la Virgen de la Antigua, se inician las celebraciones que continúan con la suelta de novillos en la plaza de la villa -con la asistencia de mozos de Perales, Chinchón y Arganda- y un torneo por parejas y a caballo en el que participan también vecinos de Morata, Chinchón, Arganda y Perales. Del texto se deduce que todos los vecinos participaron como espectadores en los actos programados, no así en el refrigerio y en la cena que se sirvió en palacio previamente a la representación de una función de teatro a cargo de Villalobos el famoso [actor] a tantos coliseos prevenido.

Los festejos que se narran en los versos seguían la costumbre de esos años ya practicada desde siglos atrás: por un lado, los vecinos del pueblo, protagonistas a pie, a la hora de correr los novillos junto con los mozos venidos de los pueblos vecinos y que, como aún hoy sucede, sufrieron revolcones y atropellos de los animales.

Posteriormente, sin la presencia activa del pueblo, la pequeña nobleza participante y algunos criados del conde de Altamira, junto a las parejas de caballeros llegadas también de los pueblos vecinos, son quienes entretienen al público en los juegos de origen medieval (el estafermo, la sortija, las cintas...) realizados ya no a pie, como se hacia con los toros, si no a caballo, un lujo al que no podían acceder la mayoría de los vecinos de Morata.

Según se desprende del texto, la fiesta de correr los toros y los juegos medievales por parejas se llevaron a cabo en la plaza de la villa de Morata, adornada con tapices y colgaduras vegetales para la ocasión, siguiendo también otra costumbre muy arraigada en esa época en las fiestas populares y de la nobleza. Los protagonistas principales son los propios vecinos y los condes de Altamira -y sus invitados- y, de hecho, es el conde quien realiza el despeje de la plaza con su caballo. En cualquier caso, el interés de este texto, con casi 275 años de antigüedad, reside en que es el primer documento conocido hasta ahora que recoge la celebración de una fiesta de toros en Morata con la participación de corredores morateños y de los pueblos vecinos. Después de todo, no ha cambiado tanto la fiesta.


 Último folio del legajo que describe las fiestas en Morata (Fuente: Universidad de Ginebra).

*El texto que apareció en la anterior entrega del blog es la transcripción de un documento perteneciente, en su origen, al archivo de la Casa de Altamira y que en la actualidad, tras una azarosa trayectoria, se conserva en la Universidad de Ginebra. Este documento forma parte de una extensa colección de manuscritos, fechados entre el siglo XV y el siglo XVIII, conocidos como Archives de la maison Altamira integrados, a su vez, en la denominada Collectión Èdouard Favre. Se trata de 83 códices, numerados, que suman en conjunto más de 10.000 documentos que en su momento pertenecieron a la Casa de Altamira y que se conservaron hasta finales del siglo XIX en el archivo condal. Este archivo reunía, entre otros fondos, documentos de varias familias de la alta nobleza española que vía matrimonial, habían emparentado con los condes de Altamira quienes, a su vez, llegaron al señorío de Morata tras recibir la herencia de la Casa de Leganés, primeros señores de la villa a partir del siglo XVII. Estos documentos, por lo tantop, habían pertenecido a casa de la nobleza española como los ducados de Baena, Montemar y Sessa, marquesados de Astorga, Leganés, Almazán, Elche y Poza y condados de Cabra, de Trastámara, Monteagudo, Arzacollar, entre otros muchos títulos nobiliarios.

La dispersión de este rico patrimonio documental comenzó ya en el primer cuarto del siglo XIX, cuando se vendieron más de 7.000 volúmenes de la biblioteca de los condes de Altamira a un librero londinense. Posteriormente, a partir de 1869 y tras la muerte de Vicente Pio Osorio de Moscoso, tanto la biblioteca como el archivo fueron troceados y vendidos en distintas almonedas celebradas en su palacio de Madrid de la calle de San Bernardo, pero también en subastas organizadas en París, por parte de sus herederos. En algunos casos, los documentos del archivo de la Casa de Altamira fueron vendidos al peso y acabaron sirviendo en abacerías y otros comercios de comestibles como envoltura de carnes y pescados cuando no en funciones más escatológicas.

De esta manera, la mayor parte de la riqueza documental atesorada por la Casa de Altamira durante generaciones acabó en manos de coleccionistas españoles y foráneos como el bibliotecario del Congreso, José Sancho Rayón, que adquirió varios documentos actualmente conservados en la Biblioteca Zabálburu de Madrid. Otros compradores destacados fueron la familia del conde de Valencia de Don Juan, que vendió posteriormente algunos manuscritos al Museo Británico. La Hispanic Society, de Nueva York, también cuenta con parte del fondo documental de los Altamira. Finalmente, aún se se puede consultar una parte de los fondos conservada y custodiada en archivos estatales como el Archivo Histórico Nacional o el Archivo Histórico de la Nobleza.

La colección de documentos en la que se incluye el texto que reproducimos sobre las fiestas celebradas en Morata en honor de los condes de Altamira fueron adquiridas por Pablo Chapuy. Este ciudadano suizo, cónsul en España y bibliotecario de profesión, prestó sus servicios en el archivo y la biblioteca condal en los años en que Vicente Pío Osorio de Moscoso era el titular de la Casa. A la muerte del XIII conde, en el año 1864, momento en que se aceleró la dispersión de todo el patrimonio, acuciados los herederos por la situación de ruina económica que arrastraban, prácticamente desde el final de la guerra de la Independencia, Chapuy adquirió una parte importante de la biblioteca y los manuscritos. Posteriormente, el historiador Èdouard Favre compró la colección a los herederos de Chapuy y, más tarde, donó los documentos a la Universidad de Ginebra, donde actualmente se conservan. Afortunadamente, una parte de ese patrimonio documental es accesible en el archivo digital de la Universidad de Ginebra donde los hemos consultado para su transcripción.

El documento que reproducimos, encabezado con el texto Descripción de las fiestas que los vecinos de la villa de Morata celebraron en honor del Excmo. Sr. Marqués de Astorga, consta de siete folios, escritos en anverso y reverso, en lo que parece ser un borrador y no un texto definitivo, ya que aparecen varias palabras, incluso lineas de texto completas, tachadas por el autor, cuyo nombre también también desconocemos.



Bibliografía:

  • Checa Beltrán, J&Madroñal Duran, A (2018) Manuscritos dieciochescos desconocidos del Fondo Altamira en la biblioteca de Ginebra. Cuadernos de Estudios del Siglo XVIIII (28) 221-252.

  • https//doi.org/10.17811/cesxviii.28.2018.221-252.

  • Archivo Histórico Nacional, Sección Nobleza, BAENA, C.222, D.41-42