miércoles, 8 de enero de 2020

Caer como langosta: plagas históricas en la comarca del Bajo Tajuña (VI)

La filoxera llegó a la comarca del partido judicial de Chinchón en 1914
La plaga de la filoxera llegó a la comarca delimitada por los municipios pertenecientes al partido judicial de Chinchón en 1914. Unos años antes, el catedrático de Agricultura José de Hidalgo Tablada, que ocupó en dos ocasiones la alcaldía de Morata en la segunda mitad del siglo XIX, pronosticaba en mayo de 1880 el descenso de la cosecha de uva y en la producción de vino de ese año. Este pronóstico, aparecido en la Revista de los vinos y aceites, no hacía sino confirmar, por parte de un profundo conocedor del campo, las expectativas pesimistas de un sector que, a esas alturas, ya había sido afectado por la plaga de la filoxera en varias comarcas del territorio español.




Decía José de Hidalgo Tablada en ese número de la revista especializada en agricultura en la que colaboraba habitualmente:
(…) nosotros quisiéramos equivocarnos, pero presumimos que en el año 1880 las cosechas de vino (…) serán, en general medianas, aunque por condiciones especiales de localidad, en algunas ocurra lo contrario (…). (La cosecha de vino y aceite en 1880, artículo aparecido en la revista Los Vinos y los Aceites º 10, de 30 de mayo de 1880 y citado en la obra editada por el Ministerio de Agricultura Expansión vinícola y fracaso agrícola, 1870-1900)
Hidalgo Tablada, que a su condición de catedrático de Agricultura unía también la de propietario, cultivador de vid y cosechero de vino en Morata, compartía temor con todas las autoridades relacionadas con el sector agrícola español. Es cierto que, pese a las falsas alarmas que se habían levantado años antes sobre la aparición de la filoxera al partido judicial de Chinchón, aún quedaban varios años para que la plaga llegara a la provincia de Madrid y a la comarca del Bajo Tajuña pero ya se hacía patente la necesidad de generar una normativa legal suficiente para prevenirla o, en caso extrema, atajar sus consecuencias sobre todo el sector vitivinícola.
Aunque sería prolijo detenernos en toda esta legislación, sí que citaremos la que se promulgó en junio de 1878 por parte del Ministerio de Fomento que rápidamente fue aplicada por la Diputación Provincial de Madrid como responsable de las medidas sobre agricultura en el territorio de la provincia. El proyecto de Ley del Ministerio de Fomento aprobaba, en su artículo 1 la creación de una Comisión central de defensa contra la filoxera, en la que estaba prevista la participación de expertos en la lucha contra la plaga y lo que denominaba representantes de la propiedad vinícola.
Por debajo de la Comisión central también se aprobó la creación de comisiones provinciales, en la que participarían también expertos en el problema creado por la plaga así como representantes de los mayores contribuyentes. Estas comisiones provinciales serían las encargadas de llevar a la práctica las medidas adoptadas en la legislación nacional. En consonancia con este artículo 2º de la ley nacional, la comisión provincial de Madrid publicó en el Boletín Oficial de la Provincia del 30 de setiembre de 1878 la trasposición de esta normativa a ala provincia. Entre los puntos que se aprobaban se encontraban medidas encaminadas a prevenir el tráfico de variedades de vides infectadas por el insecto de la filoxera:
(…) Autorizan al Gobierno para que de acuerdo con la Comisión central, pueda prohibir en la medida y por él tiempo que las circunstancias aconsejen la introducción en el territorio de España y sus islas adyacentes de sarmientos, barbados y púas de todos los residuos do la vid, como los troncos, raíces, hojas, tutores y cuanto haya servido para el cultivo de este arbusto, aunque se importare como leña ó combustible, así cómodo todo género de árboles, arbustos y cualesquiera otras plantas vivas, sea cual fuere su procedencia.(…).
La preocupación por la posibilidad de que se extendiera la plaga a partir de variedades genéticas infectadas se manifestaba también en el artículo 5º de la ley nacional:
(…) Previniendo que en el caso de presentarse la filoxera en cualquier punto del territorio español, queda desde aquel momento prohibida la exportación á las demás comarcas de las cepas, sarmientos y demás objetos comprendidos en el párrafo primero del art. 4.°, procedentes de viñas infestadas (…).
La implicación de las autoridades locales en la lucha contra la filoxera afectaba también, como es lógico, a los alcaldes a los que se hacía responsables del control de las nuevas plantaciones:
(…) Para plantar viñas en España y en sus islas adyacentes deberá preceder aviso escrito ó verbal al alcalde respectivo, acompañando certificación de que los sarmientos o barbados no proceden de país extranjero, ni de comarca infestada por la filoxera dentro del territorio español. No será necesario este requisito, cuando los sarmientos ó barbados procedan de las mismas tierras del plantador y éstas no se hallen infestadas.
En las secretarías de los ayuntamientos se llevará un libro registro de la plantación de vides, y en él se anotará el lugar de la plantación, número y procedencia de las cepas, si no fueran de la misma finca del interesado, y nombre del dueño, aparcero ó arrendatario (…).
La ley ministerial se completaba con medias como la obligación de comunicar a las autoridades locales, comarcales y provinciales de cualquier posible presencia de la filoxera y la obligación de proceder al arranque e incineración de las cepas infectadas de filoxera. Estas últimas medidas –el arranque e incineración de las cepas afectadas por la plaga- estuvieron presentes en toda la legislación que se generó en los años siguientes y seguía la lógica que imponía la lucha contra las infecciones. Sin embargo, el temor de muchos propietarios a perder sus plantaciones, sin indemnización alguna, provocó que no siempre se actuara con celeridad y a tiempo para eliminar el insecto de la filoxera.
Por otra parte, estas medidas eran apoyadas por el sector vinícola, aunque desde algunos medios se señalaban también a las posibles importaciones de plantas de jardines y fincas de recreo como posibles focos de infección:
(…) En medio de las incertidumbres que envuelven a este asunto, las medidas por el ministerio de Fomento, como las disposiciones del proyecto de ley presentado á las Cortes, garantizan en lo posible contra la invasión de la plaga; pero mucho tiene que estudiar y que observar todavía la Comisión Central Española de la filoxera, antes de decidirse a hacer aplicación de los recursos que pudiéramos llamar heroicos, como es el de las zonas de incomunicación. El cuidado de los viticultores puede hacer mucho para evitar la propagación del temido mal, fijándose detenidamente en el estado de los viñedos y apresurándose a sacrificar algunas cepas que noten sospechosas, siendo preferible este pequeño sacrificio a mayores y más para los viticultores, abrigamos la confianza de que todos, con el mismo celo, cuidarán solícitamente del particular, más por el beneficio propio que por el temor á las penas propuesta en la ley. Más temibles nos parecen los caprichos de las importaciones en los jardines y fincas de recreo, que no el proceder ordinario y corriente de la gran mayoría de los viticultores (…). (La Correspondencia de España, 18 de agosto de 1878).
En los años siguientes la Comisión Provincial de Madrid continuó alentando a los alcaldes en su lucha contra la filoxera con medidas como el control de los sarmientos en las nuevas plantaciones. EL gobernador civil de Madrid, conde de Heredia Spínola, así se lo pedía a los alcaldes:
Con arreglo a las prescripciones emanadas de la Dirección general de Agricultura, my siendo la estación actual la más a propósito para reemplazar las vides enfermas, es de necesidad que en un breve plazo remita V. a la Comisión de defensa de esta provincia varios sarmientos útiles para plantaciones de cada una de ese término; y al propio tiempo, aunque separadamente, remitirá V. también ejemplares de las raíces correspondientes á todas aquellas cepas que hayan sido arrancadas por enfermas. (…). (Boletín Oficial de la Provincia de Madrid, 30 de enero de 1880).
La administración central, junto a las instituciones provinciales e incluso locales, continuaron generando en los años siguientes un ordenamiento legal dirigido a prevenir y erradicar la filoxera, bien es cierto que con escaso éxito. En 1885 y 1899, por ejemplo, se promulgó esta nueva normativa, en muchos casos adaptación de medidas ya tomadas en el pasado para intentar salvaguardar a la viticultura española. Un sector, el vitivinícola que a pesar de la propagación de la plaga, o precisamente por la misma extensión de la filoxera por todo el territorio nacional había crecido exponencialmente tal como expresamos en el caso del partido judicial de Chinchón la pasada semana. Esta paradoja no pasó desapercibida y algunos periódicos se hicieron eco de los problemas que generaba:
(…) Cuando la filoxera destruyó los ricos viñedos franceses, comenzó en España el cultivo de la vid en proporciones enormes; parecía, según, se extendió en poco tiempo, que no había suficiente terreno para ella: un tratado de comercio muy beneficioso aseguraba el mercado; mostos y vino hechos de todas calidades iban a Francia y de allí vinieron fabulosos ingresos metálicos. La codicia, la santa codicia, principal móvil de tantos progresos, lo fue también de los positivos adelantos aquí realizados en materia de viticultura; ella impulsó asimismo las malas artes de la falsificación tradicional, que siempre tiene numerosos adeptos y habilísimos operadores; pues aunque parezca mentira en la clásica tierra del vino, donde lo da la vid en grandísima y no igualada abundancia, hay fábricas de vino artificial (…) .(El Imparcial, 28 de octubre de 1901).


Lámina del libro Filloxera Vaxtratix (1881) conservado en la Biblioteca Nacional
La plaga en la comarca del Bajo Tajuña
La irrupción de la filoxera en la región central de la península no se generalizó hasta el año 1914 cuando se habían cumplido ya más de treinta años de aparición de los primeros brotes en Málaga y Gerona. El carácter exógeno de la plaga, procedente en su origen del continente americano y posteriormente del territorio francés, explica que la región central fuera la última en padecer una infección que no por hacerse esperar fue menos virulenta con los viñedos de la provincia de Madrid y de la comarca del partido judicial de Chinchón. Aunque las referencias a la filoxera no son muy abundantes en los periódicos y documentos de la época, no faltan referencias puntuales a la misma y otras enfermedades de la vid como el mildiu, una infección oportunista que atacaba a las cepas debilitadas por la propia filoxera. Así sucedió, por ejemplo, en 1915, según publicaba El Globo:
(…) El ministro de Fomento facilitó hoy las siguientes noticias:
Que en vista del desarrollo que adquiere en los viñedos la enfermedad del mildiu, especialmente en la provincia de Madrid, ha ordenado a los ingenieros agrónomos que giren una visita a los pueblos de Arganda, Chinchón y Morata al fin de proponer los medios de atajar esta enfermedad de la vid. (El Globo, 31 de julio de 1915).
En 1921 la filoxera había no sólo había generado la crisis del sector de la vid y de la elaboración de vino en la comarca sino que, también como efecto perjudicial añadido, había afectado a la incipiente industria alcoholera de algunos municipios. En efecto, en torno a este año de 1921 la plaga provocó indirectamente el cierre de las alcoholeras que se localizaban en Colmenar de Oreja y Perales de Tajuña, y el declive de otras como la de Morata, justo después de unos años en que estas industrias permitieron mejorar y acrecentar el valor añadido del cultivo de la vid y aprovechar todos su potencial con la fabricación de alcohol e incluso licores que alcanzaron una merecida fama, tal como sucedió en el caso de la cabecera comarcal de Chinchón.
Al margen del declive de las alcoholeras, la elaboración de vino, y su precio, tendente a la baja, fue otra de las consecuencias negativas de una plaga que, tal como demostró la experiencia en el resto del país, sólo se logró erradicar cuando se eliminó la mayoría de las variedades autóctonas de vid. En el caso de nuestra comarca, los documentos de la década de los años veinte del pasado siglo nos ofrecen un panorama ciertamente preocupante para agricultores y cosecheros. En 1923, por ejemplo, una publicación oficial dibujaba un panorama bastante desolador en el sector:
Aun mermada mucho la cosecha que se presentaba por las heladas y pedriscos, y no digamos por las epidemias, porque en nuestra provincia constituye un verdadero desastre la invasión, da día más creciente, de la filoxera, es lo cierto que los precios de los vinos están en baja y tenemos noticias de La Mancha de grandes existencias de este caldo en sus bodegas sin conseguir darle salida. No hay exportación de este producto y el mercado nacional es muy insuficiente para atender a las ofertas. Los precios son Arganda, 4´50 arroba; Chinchón, 3, Tarancón, 3´50; Valdepeñas, 4 y 4´50 (…). (Boletín Oficial de la Cámara Agraria de Guadalajara, julio de 1923).
Aunque la publicación se editaba en Guadalajara, la proximidad de esta provincia non la madrileña, y la inclusión de los precios del vino en Arganda y Chinchón, convierte en plenamente válida esta referencia para Madrid y la comarca del partido judicial de Chinchón.
Unos años después, en 1928 la situación no había mejorado según el Boletín Agrícola de Guadalajara:
El verano tan seco ha perjudicado a la viña que ya traía poco fruto; la filoxera va concluyendo la poca vid que quedaba, y como nuestros viticultores no se deciden n grande a plantar la cepa americana, la riqueza vitícola está perdida en la provincia. El vino ha variado poco en sus precios; en Arganda a 5 pesetas la arroba de 16 litros; en Chinchón, a 4´50; en Manzanares, a 4 (…). (Boletín Agrícola y Pecuario, Guadalajara, julio y agosto de 1928). Para hacernos una idea de la bajada de precios, diremos que en 1880, en pleno auge del sector por la aparición de la filoxera en Francia, el vino se vendía en Arganda y Morata de Tajuña a 17 reales (4,25 pesetas) la arroba de 16 litros. En términos monetarios el precio era prácticamente el mismo pero, con la inflación, de más de cuarenta años, la rentabilidad de los precios del siglo XX era sensiblemente inferior a los de la década de los ochenta del siglo XIX.. (Fuente: Diario El Popular, 23 de octubre de 1880).
En cualquier caso, la práctica desaparición de las vides autóctonas obligó a los agricultores de la comarca a realizar un esfuerzo económico muy importante a la hora importante trabajo de sustitución de variedades resultó fundamental la existencia de viveros que proporcionaran los portainjertos de vid americana a los agricultores de la comarca. Estos injertos, como veremos la próxima semana, se instalaron en varios municipios como Morata y Arganda. Con su labor, y el trabajo de los agricultores, se consiguió renovar el sector vitivinícola y asegurar su continuidad en las siguientes décadas.

Fuentes y bibliografía:

  • Expansión vinícola y atraso agrario. La viticultura española durante la gran depresión (1870-19009). Carnero y Arbat, Teresa. Servicio de publicaciones agrarias. Ministerio de Agricultura. Madrid, 1980.
  • Publicaciones y periódicos citados en el texto.


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