La
filoxera llegó a la comarca del partido judicial de Chinchón en
1914
La
plaga de la filoxera llegó a la comarca delimitada por los
municipios pertenecientes al partido judicial de Chinchón en 1914.
Unos años antes, el catedrático de Agricultura José de Hidalgo
Tablada, que ocupó en dos ocasiones la alcaldía de Morata en la
segunda mitad del siglo XIX, pronosticaba en mayo de 1880 el descenso
de la cosecha de uva y en la producción de vino de ese año. Este
pronóstico, aparecido en la Revista
de los vinos y aceites, no
hacía sino confirmar, por parte de un profundo conocedor del campo,
las expectativas pesimistas de un sector que, a esas alturas, ya
había sido afectado por la plaga de la filoxera en varias comarcas
del territorio español.
Decía
José de Hidalgo Tablada en ese número de la revista especializada
en agricultura en la que colaboraba habitualmente:
(…)
nosotros quisiéramos
equivocarnos, pero presumimos que en el año 1880 las cosechas de
vino (…) serán, en general medianas, aunque por condiciones
especiales de localidad, en algunas ocurra lo contrario
(…). (La cosecha de vino y
aceite en 1880, artículo
aparecido en la revista Los
Vinos y los Aceites º 10,
de 30 de mayo de 1880 y citado en la obra editada por el Ministerio
de Agricultura Expansión
vinícola y fracaso agrícola, 1870-1900)
Hidalgo
Tablada, que a su condición de catedrático de Agricultura unía
también la de propietario, cultivador de vid y cosechero de vino en
Morata, compartía temor con todas las autoridades relacionadas con
el sector agrícola español. Es cierto que, pese a las falsas
alarmas que se habían levantado años antes sobre la aparición de
la filoxera al partido judicial de Chinchón, aún quedaban varios
años para que la plaga llegara a la provincia de Madrid y a la
comarca del Bajo Tajuña pero ya se hacía patente la necesidad de
generar una normativa legal suficiente para prevenirla o, en caso
extrema, atajar sus consecuencias sobre todo el sector vitivinícola.
Aunque
sería prolijo detenernos en toda esta legislación, sí que
citaremos la que se promulgó en junio de 1878 por parte del
Ministerio de Fomento que rápidamente fue aplicada por la Diputación
Provincial de Madrid como responsable de las medidas sobre
agricultura en el territorio de la provincia. El proyecto de Ley del
Ministerio de Fomento aprobaba, en su artículo 1 la creación de una
Comisión central de defensa
contra la filoxera, en la
que estaba prevista la participación de expertos en la lucha contra
la plaga y lo que denominaba representantes
de la propiedad vinícola.
Por
debajo de la Comisión central también se aprobó la creación de
comisiones provinciales, en la que participarían también expertos
en el problema creado por la plaga así como representantes de los
mayores contribuyentes. Estas comisiones provinciales serían las
encargadas de llevar a la práctica las medidas adoptadas en la
legislación nacional. En consonancia con este artículo 2º de la
ley nacional, la comisión provincial de Madrid publicó en el
Boletín Oficial de la Provincia del 30 de setiembre de 1878 la
trasposición de esta normativa a ala provincia. Entre los puntos que
se aprobaban se encontraban medidas encaminadas a prevenir el tráfico
de variedades de vides infectadas por el insecto de la filoxera:
(…)
Autorizan al Gobierno para
que de acuerdo con la Comisión central, pueda prohibir en la medida
y por él tiempo que las circunstancias aconsejen la introducción en
el territorio de España y sus islas adyacentes de sarmientos,
barbados y púas de todos los residuos do la vid, como los troncos,
raíces, hojas, tutores y cuanto haya servido para el cultivo de este
arbusto, aunque se importare como leña ó combustible, así cómodo
todo género de árboles, arbustos y cualesquiera otras plantas
vivas, sea cual fuere su procedencia.(…).
La
preocupación por la posibilidad de que se extendiera la plaga a
partir de variedades genéticas infectadas se manifestaba también en
el artículo 5º de la ley nacional:
(…)
Previniendo que en el caso
de presentarse la filoxera en cualquier punto del territorio español,
queda desde aquel momento prohibida la exportación á las demás
comarcas de las cepas, sarmientos y demás objetos comprendidos en el
párrafo primero del art. 4.°, procedentes de viñas infestadas (…).
La
implicación de las autoridades locales en la lucha contra la
filoxera afectaba también, como es lógico, a los alcaldes a los que
se hacía responsables del control de las nuevas plantaciones:
(…)
Para plantar viñas en España y en sus islas adyacentes deberá
preceder aviso escrito ó verbal al alcalde respectivo, acompañando
certificación de que los sarmientos o barbados no proceden de país
extranjero, ni de comarca infestada por la filoxera dentro del
territorio español. No será necesario este requisito, cuando los
sarmientos ó barbados procedan de las mismas tierras del plantador y
éstas no se hallen infestadas.
En
las secretarías de los ayuntamientos se llevará un libro registro
de la plantación de vides, y en él se anotará el lugar de la
plantación, número y procedencia de las cepas, si no fueran de la
misma finca del interesado, y nombre del dueño, aparcero ó
arrendatario (…).
La
ley ministerial se completaba con medias como la obligación de
comunicar a las autoridades locales, comarcales y provinciales de
cualquier posible presencia de la filoxera y la obligación de
proceder al arranque e incineración de las cepas infectadas de
filoxera. Estas últimas medidas –el arranque e incineración de
las cepas afectadas por la plaga- estuvieron presentes en toda la
legislación que se generó en los años siguientes y seguía la
lógica que imponía la lucha contra las infecciones. Sin embargo, el
temor de muchos propietarios a perder sus plantaciones, sin
indemnización alguna, provocó que no siempre se actuara con
celeridad y a tiempo para eliminar el insecto de la filoxera.
Por
otra parte, estas medidas eran apoyadas por el sector vinícola,
aunque desde algunos medios se señalaban también a las posibles
importaciones de plantas de jardines y fincas de recreo como posibles
focos de infección:
(…)
En
medio de las incertidumbres que envuelven a este asunto, las medidas
por el ministerio de Fomento, como las disposiciones del proyecto de
ley presentado á las Cortes,
garantizan
en lo posible contra la invasión de la plaga; pero mucho tiene que
estudiar y
que
observar todavía la Comisión Central Española de la filoxera,
antes de decidirse a hacer aplicación de los recursos que pudiéramos
llamar heroicos, como es el de las zonas de incomunicación. El
cuidado de los viticultores puede hacer mucho para evitar la
propagación del temido mal, fijándose detenidamente en el estado de
los viñedos y apresurándose a sacrificar algunas cepas que noten
sospechosas, siendo preferible este pequeño sacrificio a mayores y
más para los viticultores, abrigamos la confianza de que todos, con
el mismo celo, cuidarán solícitamente del particular, más por el
beneficio propio que por el temor á las penas propuesta en la ley.
Más temibles nos parecen los caprichos de las importaciones en los
jardines y fincas de recreo, que no el proceder ordinario y corriente
de la gran mayoría de los viticultores
(…). (La
Correspondencia de España,
18 de agosto de 1878).
En
los años siguientes la Comisión Provincial de Madrid continuó
alentando a los alcaldes en su lucha contra la filoxera con medidas
como el control de los sarmientos en las nuevas plantaciones. EL
gobernador civil de Madrid, conde de Heredia Spínola, así se lo
pedía a los alcaldes:
Con
arreglo a las prescripciones emanadas de la Dirección general de
Agricultura, my siendo la estación actual la más a propósito para
reemplazar las vides enfermas, es de necesidad que en un breve plazo
remita V. a la Comisión de defensa
de esta provincia varios
sarmientos útiles para plantaciones de cada una de ese término; y
al propio tiempo, aunque separadamente, remitirá V. también
ejemplares de las raíces correspondientes á todas aquellas cepas
que hayan sido arrancadas por enfermas.
(…). (Boletín Oficial de
la Provincia de Madrid, 30
de enero de 1880).
La
administración central, junto a las instituciones provinciales e
incluso locales, continuaron generando en los años siguientes un
ordenamiento legal dirigido a prevenir y erradicar la filoxera, bien
es cierto que con escaso éxito. En 1885 y 1899, por ejemplo, se
promulgó esta nueva normativa, en muchos casos adaptación de
medidas ya tomadas en el pasado para intentar salvaguardar a la
viticultura española. Un sector, el vitivinícola que a pesar de la
propagación de la plaga, o precisamente por la misma extensión de
la filoxera por todo el territorio nacional había crecido
exponencialmente tal como expresamos en el caso del partido judicial
de Chinchón la pasada semana. Esta paradoja no pasó desapercibida y
algunos periódicos se hicieron eco de los problemas que generaba:
(…)
Cuando la filoxera destruyó los ricos viñedos franceses, comenzó
en España el cultivo de la vid en proporciones enormes; parecía,
según, se extendió en poco tiempo, que no había suficiente terreno
para ella: un tratado de comercio muy beneficioso aseguraba el
mercado; mostos y vino hechos de todas calidades iban a Francia y de
allí vinieron fabulosos ingresos metálicos. La codicia, la santa
codicia, principal móvil de tantos progresos, lo fue también de los
positivos adelantos aquí realizados en materia de viticultura; ella
impulsó asimismo las malas artes de la falsificación tradicional,
que siempre tiene numerosos adeptos y habilísimos operadores; pues
aunque parezca mentira en la clásica tierra del vino, donde lo da la
vid en grandísima y no igualada abundancia, hay fábricas de vino
artificial (…) .(El
Imparcial, 28 de octubre de
1901).
Lámina del libro Filloxera Vaxtratix (1881) conservado en la Biblioteca Nacional
La
plaga en la comarca del Bajo Tajuña
La
irrupción de la filoxera en la región central de la península no
se generalizó hasta el año 1914 cuando se habían cumplido ya más
de treinta años de aparición de los primeros brotes en Málaga y
Gerona. El carácter exógeno de la plaga, procedente en su origen
del continente americano y posteriormente del territorio francés,
explica que la región central fuera la última en padecer una
infección que no por hacerse esperar fue menos virulenta con los
viñedos de la provincia de Madrid y de la comarca del partido
judicial de Chinchón. Aunque las referencias a la filoxera no son
muy abundantes en los periódicos y documentos de la época, no
faltan referencias puntuales a la misma y otras enfermedades de la
vid como el mildiu, una infección oportunista que atacaba a las
cepas debilitadas por la propia filoxera. Así sucedió, por ejemplo,
en 1915, según publicaba El
Globo:
(…)
El ministro de Fomento facilitó hoy las siguientes noticias:
Que
en vista del desarrollo que adquiere en los viñedos la enfermedad
del mildiu, especialmente en la provincia de Madrid, ha ordenado a
los ingenieros agrónomos que giren una visita a los pueblos de
Arganda, Chinchón y Morata al fin de proponer los medios de atajar
esta enfermedad de la vid.
(El Globo,
31 de julio de 1915).
En
1921 la filoxera había no sólo había generado la crisis del sector
de la vid y de la elaboración de vino en la comarca sino que,
también como efecto perjudicial añadido, había afectado a la
incipiente industria alcoholera de algunos municipios. En efecto, en
torno a este año de 1921 la plaga provocó indirectamente el cierre
de las alcoholeras que se localizaban en Colmenar de Oreja y Perales
de Tajuña, y el declive de otras como la de Morata, justo después
de unos años en que estas industrias permitieron mejorar y
acrecentar el valor añadido del cultivo de la vid y aprovechar todos
su potencial con la fabricación de alcohol e incluso licores que
alcanzaron una merecida fama, tal como sucedió en el caso de la
cabecera comarcal de Chinchón.
Al
margen del declive de las alcoholeras, la elaboración de vino, y su
precio, tendente a la baja, fue otra de las consecuencias negativas
de una plaga que, tal como demostró la experiencia en el resto del
país, sólo se logró erradicar cuando se eliminó la mayoría de
las variedades autóctonas de vid. En el caso de nuestra comarca, los
documentos de la década de los años veinte del pasado siglo nos
ofrecen un panorama ciertamente preocupante para agricultores y
cosecheros. En 1923, por ejemplo, una publicación oficial dibujaba
un panorama bastante desolador en el sector:
Aun
mermada mucho la cosecha que se presentaba por las heladas y
pedriscos, y no digamos por las epidemias, porque en nuestra
provincia constituye un verdadero desastre la invasión, da día más
creciente, de la filoxera, es lo cierto que los precios de los vinos
están en baja y tenemos noticias de La Mancha de grandes existencias
de este caldo en sus bodegas sin conseguir darle salida. No hay
exportación de este producto y el mercado nacional es muy
insuficiente para atender a las ofertas. Los precios son Arganda,
4´50 arroba; Chinchón, 3, Tarancón, 3´50; Valdepeñas, 4 y 4´50
(…). (Boletín
Oficial de la Cámara Agraria de Guadalajara,
julio de 1923).
Aunque
la publicación se editaba en Guadalajara, la proximidad de esta
provincia non la madrileña, y la inclusión de los precios del vino
en Arganda y Chinchón, convierte en plenamente válida esta
referencia para Madrid y la comarca del partido judicial de Chinchón.
Unos
años después, en 1928 la situación no había mejorado según el
Boletín Agrícola de
Guadalajara:
El
verano tan seco ha perjudicado a la viña que ya traía poco fruto;
la filoxera va concluyendo la poca vid que quedaba, y como nuestros
viticultores no se deciden n grande a plantar la cepa americana, la
riqueza vitícola está perdida en la provincia. El vino ha variado
poco en sus precios; en Arganda a 5 pesetas la arroba de 16 litros;
en Chinchón, a 4´50; en Manzanares, a 4 (…). (Boletín
Agrícola y Pecuario,
Guadalajara, julio y agosto de 1928). Para hacernos una idea de la
bajada de precios, diremos que en 1880, en pleno auge del sector por
la aparición de la filoxera en Francia, el vino se vendía en
Arganda y Morata de Tajuña a 17 reales (4,25 pesetas) la arroba de
16 litros. En términos monetarios el precio era prácticamente el
mismo pero, con la inflación, de más de cuarenta años, la
rentabilidad de los precios del siglo XX era sensiblemente inferior a
los de la década de los ochenta del siglo XIX.. (Fuente: Diario
El Popular, 23 de octubre
de 1880).
En
cualquier caso, la práctica desaparición de las vides autóctonas
obligó a los agricultores de la comarca a realizar un esfuerzo
económico muy importante a la hora importante trabajo de sustitución
de variedades resultó fundamental la existencia de viveros que
proporcionaran los portainjertos de vid americana a los agricultores
de la comarca. Estos injertos, como veremos la próxima semana, se
instalaron en varios municipios como Morata y Arganda. Con su labor,
y el trabajo de los agricultores, se consiguió renovar el sector
vitivinícola y asegurar su continuidad en las siguientes décadas.
Fuentes
y bibliografía:
- Expansión vinícola y atraso agrario. La viticultura española durante la gran depresión (1870-19009). Carnero y Arbat, Teresa. Servicio de publicaciones agrarias. Ministerio de Agricultura. Madrid, 1980.
- Publicaciones y periódicos citados en el texto.
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