miércoles, 16 de septiembre de 2015

Denuncia contra el escribano de Morata

Archivo Histórico Nacional. Leg.1404. Exp. 72

1815
Transcripción
Morata
Expediente formado a consecuencia de orden de la Cámara ganada a instancia de Thomás Díaz, Antonio Oliva, Cándido Sánchez y Ramón Ximénez, vecinos de la villa de Morata.
Sobre:  Que se establezcan en ella Alcalde Mayor, se nombre escribano y otras cosas.
Excelentísimo Señor
Thomas Díaz, Antonio Olivas, Cándido Sánchez y Ramón Ximénez, vecinos pecheros de esta villa de Morata, con el más profundo respeto hacen presente que con motivo de las injusticias, el poquísimo respeto, o la falta de cumplimiento no solo a las órdenes del Supremo Consejo de Castilla, sino a las de nuestro Rey el Señor Don Fernando el Séptimo y su Gobierno, que la Justicia y Ayuntamiento están haciendo de cuya inobediencia se han experimentado y experimentan notables daños a todo el vecindario; de modo de que a fin de que V. E. o el Consejo tome la oportuna y repentina providencia que consolide un verdadero régimen, no pueden menos los exponentes de cerciorar todo lo que pasa a V. E. en esta villa.
La primera es la poquísima administración de Justicia: díganlo los desordenes que de noche se han experimentado, como es quitando el honor los jóvenes a las solteras. Casas, huertas, puertas que no las hayan violentado; de estos datos las pruebas suficientes lo serán, el golpe atrocísimo [sic] que dieron al médico titular, sacándolo seguidamente como que era para un enfermo y lo echaron en el pilón de la fuente. El boticario, que ha tenido que ausentarse aburrido, a causa de los desórdenes que con su familia han ejecutado y trataban ejecutar estos mismos jóvenes. Y de estos atentados o hechos públicos ¿qué resolución han tomado para contener tales atentados? Sólo la de yacer tranquila la Justicia de noche en sus lechos.
Segunda. La falta de cumplimiento a toda orden superior. Prescindiendo de las rigurosísimas [órdenes] que nuestro amado monarca y su gobierno han dirigido a fin de que las Justicias de los años anteriores den las cuentas.
Bastará de más pruebas la última que han recibido que es la de los Dispersos, la que fue leída delante de todo el Común de los vecinos en el día 28 del anterior mes de mayo. Habiendo preguntado Don José Aparicio, abogado de los Reales Consejos, en qué día había sido recibida, le contestó el escribano del Ayuntamiento que haría uno o dos correos, a lo que a presencia  expuso el mismo Aparicio, el poco respeto que daban a toda superior orden y máxima que por su omisión se había perdido la ocasión de haberse podido coger a un pícaro de Capitán, acaso de los que comprende la referida orden, sin pasaporte alguno, el que … alojaron y el que el día del Corpus vociferó públicamente mil desatinos contra nuestro amado Fernando, diciendo que hasta que Napoleón volviera no habría gobierno bueno en España. ¿Por qué leyeron esta orden a presencia del referido Concejo, siendo así que jamás se hace saber nada y la insinuada no dice se junte el pueblo?  Fue leído por querer ocultar una de sus inicuas maldades. Dígalo todo el Común de Vecinos, que el tal Congreso era dispuesto para tratar de la despedida del inocente médico, al que veneramos y estimamos, excepto aquellos que se hayan inculcados en el expediente que sigue en el Consejo de Castilla, solo porque pidió sus sueldos y escandalosamente pusieron preso. Mas como todo se les ofuscó, por haberse presentado tan a tiempo y en aquel mismo acto, el tal facultativo con una carta cerrada con su sello del Supremo Consejo hallaronse absortos y aturdidos, y por esa causa se leyó la otra, según fe puede sacarse del escribano Real que es el mismo Aparicio.
Tercera, será como estos inculpados en lo del médico son los que tiene el pueblo hoy en bandos, son los que seducen para mil iniquidades a sus parientes, según se puede ver en la última y escandalosa conjuración que tenían hecha con sus firmas, tratando en su escrito de inepto en su profesión al médico, al que no tratan sino de perderlo, aunque nos parece que no, por ser de superior talento, como para tener la razón y justicia.
¿No son estas suficientes pruebas de que en esta Villa no hay justicia y que según la Gaceta del 15 de este mismo es como aquella encubridora de mil maldades? ¿Pero cómo es posible la podrá haber cuanto aquí desde que vinieron los franceses, no se guarda la de huecos y parentescos? Véase el Ayuntamiento que tenemos y se cerciorará usted, es pariente del Alcalde hasta el escribano y siempre es así.
Hemos insinuado al bendito del escribano. Quedará vuestra excelencia absorto si es que fija su atención. Tenemos para hombre de fe pública a un falsario en todos sus escritos, suplantador de firma del señor Albarrategui, contador de propio;  ladrón de la Real Hacienda, con las que suplantó o fingió; sáquense esos autos abiertos que residen en la escribanía del señor Maruri y quedará la Superioridad pasmada. Este, este es la piedra fundamental de todas las iniquidades de esta Villa. Este es el con sus falsedades [permite que] hagan,  deshagan la Justicia, pues cree permanecen todavía los franceses.
En fin señor, de estos son datos, lo que son públicos y ciertos como probables todos, resolverá V. E. o el Consejo de Castilla la oportuna Providencia a fin de que resida un verdadero régimen y se eviten estos Partidos tan nocivos como hay, pues han llegado en el mismo día 28 del anterior mes a un principio de motín. Y en fin esperamos juntamente para corregir tantos perjuicios como experimentamos, se recojan inmediatamente las llaves del archivo de Villa y oficio de Escribano, que reside en su propia casa. Por todo lo cual:
A V. E. rendidamente suplicamos tome la eficacia posible, a fin de que se establezca, según anteriormente lo ha habido, un alcalde Mayor, con su nuevo escribano, pues de no verificarse así, solo esta villa será capaz, según se ve en el día de hoy, de llamar la atención no solo de V. E. sino de el Consejo de Castilla y nuestro amado Rey. Cuya gracia, como justicia, esperan de V. E. los exponentes y verdaderos españoles.
Morata, 18 de junio de 1815.
De los que por no saber firmar lo hacen los dos por los otros.
Antonio Oliva Thomás Díaz
31 de julio de 1815
Señores de Sala plenario
Gobernador, Soler, Cavanilles, López Roldán, … y otros
Dese cuenta con la … que corresponde con los antecedentes si los hubiese
Thomás Díaz, Antonio Olivas, Cándido Sánchez y Ramón Ximénez, vecinos de la Villa de Morata, han dirigido a la Cámara la adjunta exposición, en que piden se establezca en ella según lo estaba anteriormente un alcalde mayor y se nombre un nuevo escribano. La Cámara, en su vista, ha acordado se publique por vacante dicha Alcaldía mayor y que la Sala de Alcaldes tomando las noticias reservadas que estime convenientes de personas de probidad e imparciales, informe acerca de los desórdenes y delitos de lo … hubiere. Y de su orden lo participo a Vd. a fin de que, haciéndolo presente en dicha Sala, disponga su cumplimiento devolviéndome con el informe la referida exposición. Dios guarde a Ud. muchos años.
Madrid a 27 de julio de 1815
Juan José de Ayestamendi
Señor Gobernador de la Sala de Alcaldes de Casa y Corte

Agosto cuatro de 1815
Señores de la Sala plena: Gobernador, Soler, Cavanilles, …
Infórmese … al cura párroco y a la Justicia del pueblo más inmediato


En la Escribanía de Cámara de Madrid no existen antecedentes algunos relativos a Thomás Díaz, Antonio Oliva, Cándido Sánchez y Ramón Ximénez, y solo y con respecto al pueblo de Morata están pendientes las causas siguientes:
La principiada por la justicia de Morata en agosto de 1813 contra Juan y Antonio Ramírez por robos, la cual está en poder del … Cavero para recibir las confesiones.
La de Francisco Santillana también principiada en la misma época por robo de ganado lanar y que se ha recibido a confesión y prueba en este día.
Y la de Lucio Fominaya principiada en el mismo tiempo por robo y de la cual conoce todavía la referida Justicia habiéndomela comunicado en 12 de junio para que en el término de dos meses la determine definitivamente y consulte bajo la multa de 100 ducados.

La Sala de Señores Alcaldes en vista de una orden que se la ha comunicado por la Cámara ha acordado que se informe reservadamente sobre el contenido de la exposición de que es copia certificada la adjunta, presentada a la misma Cámara por Thomás Díaz, Antonio Oliva, Cándido Sánchez y Ramón Ximénez, vecinos de la Villa de Morata, en que piden se establezca en ella, según lo estaban  anteriormente, un Alcalde Mayor, y se nombre un nuevo escribano; siendo extensivo dicho informe acerca de los desórdenes y delitos del escribano, tomando para ello las noticias reservadas que estime convenientes de personas de probidad e imparciales.
Dios guarde a Ud. Muchos años
Madrid, 12 de septiembre de 1815
Cura Párroco de la Villa de Morata
A la justicia de la Villa de Arganda
Es copia de su original de que certifico: Yo, don Ignacio Antonio Martínez del Consejo de S. M. su señoría, escribano de Cámara más antiguo y de Gobierno de la Sala de Señores  Alcaldes. Y para que conste y acompañe a una orden de la misma Sala que con esta fecha dirijo a la justicia de la villa de Arganda, doy la presente que firmo en Madrid a doce de septiembre de 1815.
Ignacio Antonio Martínez

Respuesta de la Justicia de Arganda
Señor Don Ignacio Antonio Martínez
Deseando cumplir exactamente con la orden de los Señores de la Sala, que me comunicó Ud. con fecha 12 del corriente, reducida a que tomando noticias reservadas de personas de probidad e imparciales informase con la misma reserva acerca del contenido de la exposición hecha a la Camara por Thomás Díaz, Antonio Oliva, Cándido Sánchez y Ramón Ximénez, vecinos de la villa de Morata, de que se me remitió copia que devuelvo, he tomado todas las medidas conducentes para no aventurar el sigilo y por si podía conseguir noticias  exactas que ilustrasen algún tanto los extremos que comprenden la referida exposición, pero nada he adelantado a motivo del ningún conocimiento que tengo en las personas de aquel pueblo, lo que me retrasó también de pedir informe al cura párroco de Morata pues podría suceder muy bien que tuviera algunas relaciones de amistad con las personas que se verán en el asunto.
Espero que los señores de la Sala se harán cargo de estas consideraciones para que convencidos del justo respeto debido a sus órdenes tomen en su vista la resolución que fuere de su superior agrado.
Dios guarde a Ud. muchos años
Arganda, 18 de septiembre de 1815
Miguel Asenjo [Alcalde de Arganda]

Requerimiento al cura párroco de Morata
19 de octubre de 1815
Reunión del Pleno de la Sala de Alcaldes: Gobernador, cavanilles, tuero, oller, …
Hágase recuerdo para que inmediatamente evacúe el informe
En 12 de septiembre último remití  a la Sala de Alcaldes copia certificada de la representación hecha a la Cámara por Thomás Díaz, Antonio Oliva, Cándido Sánchez y Ramón Ximénez, vecinos de la villa de Morata, en que pedían se estableciese en ella, según lo establecido anteriormente, un Alcalde Mayor y se nombrase un nuevo escribano, a fin de que reservadamente informase sobre su contenido y sobre los desórdenes y delitos del escribano tomando para ello las noticias que estimase  convenientes de personas de probidad e imparciales.
Y no habiendo evacuado dicho informe ni aun contestado el recibo, sin embargo del tiempo que ha mediado, en su vista ha resuelto la Sala se dé orden para que inmediatamente ejecute dicho informe y de su acuerdo se lo participo para su inteligencia y cumplimiento
Dios guarde a Ud. muchos años
Madrid, 20 de octubre de 1815

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