miércoles, 10 de enero de 2018

La ganadería en Morata (II)

Reunión del Honrado Concejo de la Mesta en el palacio del Conde de Altamira (II)

Esta semana seguimos con la transcripción del acta de la reunión que celebró en Morata el Honrado Concejo de la Mesta en el año 1738. Como apuntamos en el post anterior, en esta reunión los representantes de los ganaderos trashumantes decidieron los nuevos cargos de la Mesta y resolvieron los asuntos que afectaban a esta poderosa organización de origen medieval.

Junta del viernes cuatro de octubre por la mañana
Hallándose formada la Junta se dio cuenta por el Secretario de Acuerdos de varias peticiones y se decretaron:
Por Don Gaspar Manuel de Benavides se hizo presente cómo habiéndose dado por su ilustrísima despacho para exigir a (…) Tabernero y Joseph Martínez (…) que fueron en las entradas del año mil setecientos y treinta y siete y salidas del del treinta y seis el primero del Puerto de Socuéllamos y el segundo del de El Guijo los quince ducados de multa en que estaban incursos por no haber cumplido como es de su obligación con entregar los libros del paso de ganados en la Escribania de Acuerdos de mi cargo, sin embargo de varias providencias que para ello hubo, no se había podido poner en ejecución dicho despacho por serles impracticable a los padres del convento de San Francisco de la villa de Molina, a quienes estaban aplicadas dichas multas en cuenta de seiscientos reales que se les aplicaron de limosna en el concejo celebrado en dicha villa por no saber el domicilio de dichos padres y otras dificultades, por lo que se acordó que para lo que mira a la exacción de la multa de dicho (…) Tabernero se diese el despacho correspondiente a dicho Don Gaspar Manuel de Benavides y a la de el nominado Joseph Martínez a Don Julio Manuel Viejo, pero que esta exacción se entendiese con los que le nombraron que fueron Don Francisco Sáenz del Río al dicho Martínez y Tabernero, Mathias Tabernero que dentro de veinte días de como les sea hecho notorio el Despacho aporte cada uno dichos quince ducados, y no lo haciendo se les exija doble la multa reservándoseles como se les reserva a dichos nominadores su derecho para que se le repitan contra los nominados procuradores quienes así mismo dentro de quince días de cómo les conste esta providencia remitan los libros de dichos puertos, pena de que se les exigirán los treinta ducados que se les impone en el poder que con ellos se les entrega.
En conformidad de la costumbre que hay y como cuarto día que es de concejo por mí el escribano se dio aviso a la Junta de que para mañana se echaran las suertes de oficios mayores como son fiscales y Alguaciles de las audiencias de los cuatro partidos de Segovia Soria, Cuenca y León. Y en este estado y por esta mañana mando su ilustrísima se cesase y levantase la Junta hasta la tarde que la hubiese a las cuatro, lo que se participó.
Junta del mismo día cuatro por la tarde
Leyéronse diferentes peticiones de varios hermanos de este Honrado Concejo sobre posesiones de pastos y otras cosas y se decretaron:
Diose cuenta de la relación de las (…) efectuadas en el medio del verano de este año por el licenciado Don Manuel Ortiz alcalde mayor entregador del partido de Segovia, procurador fiscal y ministros de su Audiencia que comprende las audiencias de Boñar, Cervera, Íscar, Peñafiel y San Esteban de Gormaz. Y en vista de las adicciones, reparos y cargos hechos por el señor Fiscal general se acordó lo que consta en el oficio de residencias.
Y en esta Junta se acordó por su ilustrísima y los individuos de ella que cuando se nombren los comisarios para cumplimentar de su parte a Don Gerónimo Pardo que sucede en el Concejo y Junta general próxima al señor presidente actual, se haga presente en esta Junta el reparo del Señor Fiscal General sobre la residencia de las villas de Rueda y su intendencia que se componen de diez y siete pueblos para que entonces se tómela providencia correspondiente a fin de que respecto de excusarse estas y otras a los llamamientos del entregador se represente a dicho Ilustrísimo señor Don Gerónimo Pardo que dichos comisarios lo conveniente para que con su protección se pueda conseguir alguna providencia favorable que facilite el remedio para que no se excusen dichos pueblos a los expresados llamamientos por lo perjudicial que es al Concejo.
En este estado se mando por su Ilustrísima de viese la relación de los pleitos que están de cuidado y solicitus de Don Manuel Fernández de Salinas, procurador General de este Honrado Concejo como se efectuó y en vista de ello y de lo prevenido por el señor Fiscal general se acordó en cada partida lo que sigue:
Estado de Capilla. Que respecto de haberse mandado por el Concejo se guarde la costumbre que hay sobre que se residencie el estado de Capillas por el Alcalde entregador de Mestas se acordó que con dictamen del abogado se delibere y haga lo conveniente en el seguimiento de esta instancia.
Composición del Puente de María Castañas. Que el despacho que sobre ello se ha obtenido se entregue a el licenciado Don Manuel Ortiz, Alcalde entregador del partido de Segovia para que haga, se evacue y ejecute dando recibo.
Derecho que intentar cobrar en Villarta. Que se entregue a Don Pedro Sobrino vecino de Mazarete el despacho sobre que presenten el Privilegio que tuviesen para cobrar dicho derecho a fin de que haga, se notifique.
Derecho del puente de Almaraz. Que el despacho dado por el Concejo para que se presente el privilegio que hubiese para la cobranza de este derecho se entregue al Licenciado Don Manuel Ortiz, Alcalde entregador de Segovia para que haga se notifique.
Mesa Maestral y Puerto del Campillo. Que se solicite la determinación y que por este efecto se de pedimiento en Consejo pleno pidiendo se señale día para votarlo.
Villa de Bilbao,siga
Imposiciones de Montiel,se solicite la vista
Contaduría del Concejo, se este a la vista.
Mesta y Sevilla, se solicite la vista.
Memoria sobre Dehesas de Maestrazgos, que se solicite esta resolución en tiempo oportuno con dictamen de su ilustrísima.
Montazgo de la Mula, se solicite la vista y que los señores Comisarios que se nombrasen para cumplimentar del Señor Presidente próximo de parte de este Concejo hagan la súplica correspondiente al Señor que presida en la sala de Hacienda para que se vea y en caso necesario la hagan del señor Marqués de Torrenueva.
Memorias sobre dehesas de pasto y labor, que se solicite la resolución.
Memorial sobre dehesas de concejos, siga.
Memorial sobre particioneros, siga.
(…) con los protectores de Huelgas y Paular, siga y con dictamen del Abogado se continúe en esta dependencia.
Cuenca, siga en la conformidad que antes está acordado.
Villa de Galve. Que estos autos los reconozca el abogado del Concejo con asistencia del entregador de Soria para que en su vista y de lo que este le instara pueda dar el dictamen conveniente.
Albarracín, que el procurador general siga esta dependencia a costa cde este Cencejo y que la defensa la haga el Señor Fiscal respecto de estar instruida de ella desde sus principios.
Villas de Aguilar y la (…), que asistiendo el entregador a decir el hecho de esta (…) del Abogado con dictamen de este, seguida de aclaración por no haber ya pleito alguno pendiente.
Sexmeros de Ledesma, se esté a la vista
Villa de (…), que se note como está acordado
Villa de Romanos, se solicite la vista.
Representación del reino, siga conforme a lo acordado.
Duque de Escalona, para apartador y que asista el entregador de Soria por haber insinuado tener que decir sobre ello.
Cuenca y Don Diego Alonso, siga.
Diputado común y Tierra de Molina, se acordó que respecto de la (…) se acuda del Concejo a pedir que la práctica y ejecución de ella se haga asistencia del poder saliente que ponga esta Junta. Y desde luego se acordó dar poder al Señor Don Gaspar Martínez de Benavides con las facultades convenientes para dicho efecto y cláusula de (…) en caso de enfermedad.
Villa de Saldaña, siga.
En cuyo estado mando su ilustrísima se cesase en la relación y levantase la Junta de ser tarde hasta mañana que la hubiese a las nueve continuar con la relación y en lo demás que ocurra.
Junta del sábado cinco de octubre por la mañana
Nuevamente juntados en este Concejo con su ilustrísima los hermanos ganaderos y después de haberse dado cuenta de varias peticiones que se decretaron mandó su ilustrísima y la Junta se continuase en la relación del Procurador General que quedó pendiente ayer por la tarde y en efecto de hizo de la forma siguiente:
Villa de Ledesma, siga.
Villa de Ayllón, siga.
Villa de Villamayor, que se escriba a Don Diego de Torres, hermano de Villamayor y quien tiene el poder del Concejo para esta dependencia a fin de que de aviso qué estado tiene o qué se ha efectuado en ella y si acaso está evacuada avise con qué perjuicio de este Concejo con toda individualidad para que se consulte con el abogado que lo defiende y en su vista se tome el sesgo que parezca más conveniente para subsanar cualquier perjuicio que en esto se considere.
Villa de Almotacén, siga.
Don Francisco del Toro y Joseph (…) que para lo que (…) en el territorio de Mérida no se adquiere posesión lo siga el Procurador General acosta de este Concejo.
Conde de Villareal, siga.
Don Joseph Godino, que se suplique de esta sentencia con dictamen del Abogado que lo defiende para lo cual le informa el Alcalde entregador del partido de Soria.
Ciudad de Almería, siga.
Villa de Cebreros, se esté a la visa.
Villa de Caracenilla, que se facilite esta certificación poniéndolo en estado.
Villa de Rinconada, se esté a la vista
Lugar de Mozoncillo, ídem.
Villa de Monteagudo, que se anote en el libro que está acordado.
Villa de Bodornal, que esté a la vista.
Villa de Villagordo, ídem.
Villa de Torbanos, ídem.
Miguel Ibáñez, se esté a la vista.
Villa de Cambronero, ídem.
Villa de Montellano, que se anote en el libro.
Lugar de Pozuelo, se esté a la vista.
Villa de Añover, ídem.
Villa de Los Santos, ídem.
Lugar de Cueto, ídem.
Santa María de (…), ídem.
Lugar de Corduente, ídem.
Villa de Vellisca, que se anote en el libro.
Lugar de Povedilla, ídem.
(…)
Cañada de Molina, que se efectúe todo lo contenido en el dictamen dado que los abogados del Concejo en veinte y seis de agosto de este año con la calidad de que el cometido sea del Alcalde entregador del partido de Cuenca para que lo efectúe cuando ponga su audiencia en la villa de Budía.
Y en estos términos y por ser ya la hora de acudir a la función de Ánimas que hace esta Comunidad y está señalada para hoy, mandó su ilustrísima se cesase esta Junta, hasta la tarde a la hora acostumbrada.

Escudo del Honrado Concejo de la Mesta

Junta del mismo día, sábado cinco de octubre por la tarde.
Estando ya formada la junta con su ilustrísima y habiéndose dado cuenta de varias peticiones se mandó proseguir la relación de asuntos del Procurador General como se efectuó en la forma siguiente:
Villa de Montalbán, siga.
Lugar de Aliseda, siga
Villa de Rueda, siga.
Puerto de Montalbán, que respecto de haber ido ahora del puerto el sujeto para esta diligencia dará cuenta en el Concejo próximo.
Arrendador de alcabalas, siga conforme a lo acordado.
(…)
Por Don Manuel Fernández de Salinas Procurador general de este Concejo se presentó la relación de gastos causados en los pleitos y demás dependencias que han corrido y corren a su cuidado que importan, desde el Concejo y Junta General próxima, seis ochocientos y sesenta y siete reales y trece maravedíes, los que se mandaron librar y pagar por decreto (…) y que respecto de que en dicha relación se cargaban los apuntamientos hechos por el pasante de Don Julio Antonio de Albala, uno de los abogados de ese Concejo y los despachos del susodicho con la consideración de su entidad y que la práctica observada es que en los pleitos que nuevamente se despachan se tenga en consideración el examen de los autos, sin considerar segundo apuntamiento, pero habiendo este o precediendo junta se acordó se considere con moderación el Despacho de Pedimientos, y para ello se prevenga al procurador general lo practique así en adelante, sin dejar de remunerar el trabajo ni gravar al Concejo.
Diose así mismo cuenta de la relación remitida por el agente de la Chancillería de Valladolid Don Francisco de (…) de los pleitos que tocantes a esta comunidad corren a su cuidado y en vista de la razón que daba del estado de cada uno se previno y acordó lo siguiente:
Villa de (…) y aldeas de su jurisdicción, que prosiga en este pleito según lo que se propone y con dictamen del Abogado que le defiende.
Los regidores y concejo del lugar de Baños, que solicite la vista.
La villa de Ágreda, que esté a la vista con todo cuidado y acudiendo a proseguir el pleito la villa de Ágreda de cuenta por medio del Procurador general, advirtiendo del de Valladolid que este pleito es con la villa de Ágreda y no con su tierra, porque los lugares de ella se están residenciando.
Despacho y Audiencia sobre rompimientos y plantíos en tierra de Valladolid, que a tiempo de ir a la Audiencia de Martín Muñoz y mediante estar próximo para ello el Entregador de Segovia Don Manuel Ortiz, efectúe él el cometido entonces.
En estos términos se mandó por su ilustrísima y Junta general que respecto de ser el día señalado para echar los oficios mayores de fiscales y alguaciles de las cuatro audiencias y partidos de Soria, Cuenca, Segovia y León se pasase a ejecutar y con efecto para este fin, yo el Escribano de Acuerdos recibí juramento de los individuos ganaderos que iban a practicar dicha elección, el que hicieron en la forma ordinaria de defender el Misterio de la Inmaculada Concepción de María Santísima, Señora nuestra y que la ejecutarían sin y en personas y demás conforme a las leyes y Privilegios de este Honrado Concejo en cuya virtud mandó su ilustrísima saliesen, como salieron según se acostumbra las tres cuadrillas de Cuenca, Segovia y León, quedando solo la de Soria con su Ilustrísima y esta conforme nombró para que entrasen en suerte de fiscal de este partido a Don Juan Manuel Viejo, Don Julian Manuel del Valle y Don Joseph Martínez; para escribano a Juan García, Miguel Gutiérrez Caravantes y Joseph Solano; para primer alguacil a Juan Antonio Moreno, Manuel González y (…) de Angulo; y para la suerte de segunda vara a Francisco Bravo Andrés, Juan Sierra y Francisco Sierra. Y después de efectuada esta elección por esta cuadrilla fueron entrando las demás sucesivamente en la sala del Concejo, siguiendo a la referida de Soria la de Cuenca y a esta la de Segovia y últimamente la de León, las cuales también hicieron las elecciones de personas para el sorteo de dichos oficios en la forma siguiente:
La cuadrilla de Cuenca nombró para que entrasen en suerte para fiscal de este Partido a Don Juan de Hermosilla, Don Gerónimo Cayetano de la Sierra y Don Nicolás López; para la de escribano a Antonio Pérez, Tomas Rubio y Joseph Fernández; para primera vara a Jacobo Sanz, Francisco Serna y Domingo Sanz; para la de segunda vara a (…) Clarés, Juan Martínez y Diego Serna.
La cuadrilla de Segovia nombró para entrar en la suerte de fiscales a Don Pedro de Veraza, Don Julián de Veraza y Don Manuel Vázquez de Zúñiga; para la de escribano a Tomás Martínez de Fresno, Antonio Alejo Sanz de Villavieja y Joseph Arribas; para la de primera vara a Manuel Fernández Ortiz, Luis González y Pedro Sanz; para la de segunda vara a Baltasar García Bello, Melchor Ramírez y Benito Sanz.
La cuadrilla de León nombró para que entrasen en la suerte de fiscal de este partido a Don Manuel Izquierdo, Mathías Andrés de la Cámara y Don Joseph Pérez; para la de escribano a Joseph de Soria, Antonio Palazón y Thomás Bureba; para la de primera vara a Sebastián García, Mathías Sánchez y Miguel de (…); y para la de segunda vara a Juan Antonio Fernández, Juan de la Puente y Juan Ruiz. Y en este estado por su Ilustrísima y Concejo se mandó que para que no se siguiesen gastos en la (…) de los ganaderos que habían de esperar del sorteo de dichos oficios se parase a ejecutar desde luego, no obstante, lo que prevenía la ley, atento a que en esto se seguía a todos buena obra, y con efecto, habiendo condescendido sin reparo ni réplica mandó su Ilustrísima previniese como se hizo el cántaro y bolas de plata que para estos casos tiene este Concejo, en el cual se fueron introduciendo tres bolas atornilladas, que cada una incluía una cédula con el nombre de los tres que para cada oficio, así de fiscal como de escribano, primer alguacil y segundo están nombrados, y después la sacó un niño que para este efecto se llamó de corta edad, siendo la primera la que gozará la suerte de cada oficio y sacadas en esta conformidad en todas cuatro cuadrillas con la orden y forma que se acostumbra salieron y les tocó la suerte para dichos oficios y a cada uno de ellos como se expresará a las personas siguientes:
Para Procurador fiscal de la Audiencia del Partido de Soria salió en la suerte Don Juan Manuel del Valle, vecino del lugar de Maya.
Para escribano a Juan García, vecino de la villa de Cabrejas del Pinar.
Para primer Alguacil a Manuel González, vecino de Gallinero; para segundo Alguacil a Francisco Bravo Andrés, vecino de Tarangüeña.
Para Procurador Fiscal de la Audiencia del Partido de Cuenca salió por suerte Don Juan de Hermosilla, vecino de Masegosa.
Para escribano Thomás Rubio, vecino de Anguiano.
Para primer Alguacil, Francisco Serna, vecino de Masegosa.
Para Alguacil segundo, Diego Serna, vecino de Terzaga.
Para Procurador fiscal de la Audiencia del Partido de Segovia salió en la suerte Don Pedro de Beraza, vecino de Segovia, para escribano a Antonio Alejo Sanz Villavieja, vecino de La Alameda.
Para primer Alguacil tocó la suerte a Luis González, vecino de Canencia.
Para segundo Alguacil a Melchor Ramírez, vecino de (…).
Para Procurador Fiscal de la Audiencia del Partido de León tocó la suerte a Manuel Izquierdo vecino de (…).
Para Escribano a Thomás Brieva, vecino de Anguiano.
Para primera vara de Alguacil tocó la suerte a Sebastián García, vecino de Montenegro.
Para la segunda vara de Alguacil a Juan Ruiz, vecino de Villaoslada.
Ejecutado el referido sorteo, yo es escribano de Acuerdos de este Concejo recibió juramentos a los que como va expresado les tocó la suerte para los enunciados empleos, el que hicieron en forma de derecho de ejercerlos bien y fielmente, sin dolo, fraude ni contravención de las Leyes y Privilegios de este Honrado Concejo con lo cual se acabó el referido sorteo de oficios en la conformidad que queda prevenida.
Por el fiscal General de este Concejo se hizo presente en esta Junta a que respecto de no haber enviado a ella Don Joseph Aguado su segundo agente la relación de pleitos que corren a su solicitud y cuidado, y que estos debían tener el curso correspondiente a su expedición, en que había alguna lentitud, se acordase lo conveniente en este particular y con efecto apara ello se mandó remitir a Junta de Caballeros apartados.
Así mismo se hizo presente que Don Jacinto Martínez, Tesorero de este Concejo y Don Joseph Sáenz de Santa María, contador de el tenían que dar razón de cómo se habían percibido varias cantidades de más de algunos juros y otros efectos que se habían puesto en estado de producir los intereses correspondientes a esta Junta con el motivo del encargo y cometido dado para ello en las juntas próximas y en su vista se acordó remitiese como se remitió este particular a la Junta de caballeros apartados.

Fuentes y bibliografía
  • Archivo Histórico Nacional. Diversos-Mesta 514 N 1


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